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Así es, los gastos de la comunidad son a cuenta del propietario, igual que el IBI pero últimamente en los contratos privados se llega al pacto de pagarlo el inquilino. En ambos casos las deudas van a propietario.Aunque no sé pague la comunidad creo que no se puede quitar el uso de por ejemplo el ascensor, porque la comunidad debería exigir vía judicial la deuda 🤷🏻‍♀️
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