Hola prima @Ayuve, la verdad es que yo tengo el Derecho civil un tanto oxidado, pero no es cierto que casarse dé igual, al menos en lo referido a la vivienda, por ejemplo. En el momento en el que se constituye una sociedad de gananciales, si ese es el sistema que elegís (ya sea porque viene por defecto o porque os lo planteáis), conformáis una sociedad y, a partir de ese momento en adelante, la vivienda familiar pertenece a la sociedad de gananciales en el porcentaje que quede por pagar. Es un poco complejo pero podría quedar en que tu pareja ostentaría la propiedad en proporción al importe que haya pagado hasta antes de casaros, y el resto del porcentaje del bien sería propiedad de la sociedad. De tal forma, en el supuesto de divorciaros, la única parte que entraría a repartirse es la que pertenece a la sociedad, conservando tu ex-cónyuge el porcentaje que le pertenece de antes de casaros, además de su parte correspondiente de la sociedad. En el caso de separación de bienes, la vivienda siempre será suya, aunque siga pagando hipoteca una vez casados (otro tema será que él pueda disponer de la vivienda -hacer cosas con ella, como arrendarla o venderla-, que creo que necesita el acuerdo del cónyuge). Sin matrimonio, la vivienda es suya.
Respecto de los bienes comprados a medias antes del matrimonio, a cada uno os pertenece la parte del valor proporcional al pago. Vamos, que si un bien vale 100 y cada uno pagó 50, pues mitad y mitad, por ejemplo, por lo que es importante conservar alguna prueba del pago que ha abonado cada uno. Los que compréis estando casados en gananciales, en principio, pertenecen a la sociedad, es decir, a los dos. En cambio, los comprados con separación de bienes, si los pagas con tu dinero son tuyos y, si se pagan con dinero de ambos, la propiedad sería proporcional a lo aportado por cada uno. El único problema que yo veo en separación de bienes es el caso de un bien costoso que pague uno pero lo usen los dos, que igual puede llevar a discusiones en caso de divorcio. Eso igual sabiéndolo se puede pactar en las capitulaciones que sea de los dos.
No sé si hay alguna prima que maneje más que yo del tema y que me quiera corregir, pero creo que va así. En el caso de que lo dejarais sin casaros, podrías reclamarle tu parte de los bienes, aunque siempre es mejor llegar a un acuerdo amistoso y, si puede ser, previo a que pase nada. Como último consejo, intenta que quede siempre constancia de todo por escrito y, si no tienes las facturas ni el acuerdo como tal de repartiros el valor de los bienes, pueden ser útiles conversaciones de whatsapp o emails donde se aluda a que los dos habéis pagado los bienes, por mínima que sea la referencia. Todo ello siempre jugará en tu favor.
Respecto de los bienes comprados a medias antes del matrimonio, a cada uno os pertenece la parte del valor proporcional al pago. Vamos, que si un bien vale 100 y cada uno pagó 50, pues mitad y mitad, por ejemplo, por lo que es importante conservar alguna prueba del pago que ha abonado cada uno. Los que compréis estando casados en gananciales, en principio, pertenecen a la sociedad, es decir, a los dos. En cambio, los comprados con separación de bienes, si los pagas con tu dinero son tuyos y, si se pagan con dinero de ambos, la propiedad sería proporcional a lo aportado por cada uno. El único problema que yo veo en separación de bienes es el caso de un bien costoso que pague uno pero lo usen los dos, que igual puede llevar a discusiones en caso de divorcio. Eso igual sabiéndolo se puede pactar en las capitulaciones que sea de los dos.
No sé si hay alguna prima que maneje más que yo del tema y que me quiera corregir, pero creo que va así. En el caso de que lo dejarais sin casaros, podrías reclamarle tu parte de los bienes, aunque siempre es mejor llegar a un acuerdo amistoso y, si puede ser, previo a que pase nada. Como último consejo, intenta que quede siempre constancia de todo por escrito y, si no tienes las facturas ni el acuerdo como tal de repartiros el valor de los bienes, pueden ser útiles conversaciones de whatsapp o emails donde se aluda a que los dos habéis pagado los bienes, por mínima que sea la referencia. Todo ello siempre jugará en tu favor.