Tribuna Política

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La modificación del Código Civil que lo prescribe entrará en vigor el próximo 30 de junioAlejandro Zabaleta 20.12.2016 | 03:52Una legislación que crea polémicaLa polémica modificación del artículo 56 del Código Civil fue aprobada el 2 de julio de 2015 y su tenor establece, en relación al matrimonio, que "si alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias mentales, intelectuales o sensoriales, se exigirá por el Secretario judicial, Notario, Encargado del Registro Civil o funcionario que tramite el acta o expediente, dictamen médico sobre su aptitud para prestar el consentimiento". Así, la norma mete en el mismo saco a los afectados por deficiencias mentales, intelectuales y sensoriales. A diferencia de las personas que no están aquejadas por estas deficiencias, a estos afectados por discapacidad no se les presume aptitud suficiente para prestar el consentimiento matrimonial, de forma que quedará en manos de un médico el dictamen correspondiente que acredite o descarte la presencia de esta aptitud en el contrayente.La anterior redacción de este artículo, aún vigente, señala que "si alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias o...
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