Gananciales o separación de bienes?

En efecto tanta gente que se casa en gananciales es porrque es la opcion por defecto en nuestro pais y antiguamente la gente se casaba sin posesiones, se compraban la casa a nombre de los dos, la mujer ni trabajaba... Bueno, es mas, si es que estaba prohibido divorciarse!!! Entonces daba un poquillo igual. La cosa es que con el cambio social tan grande que ha habido lo logico seria que esto tb hubiese cambiado.
La separación de bienes son todo ventajas como ya te han comentado pero hay un tema mas, y es en caso de haber un problema legal o de deudas y embargos de uno de los dos, el otro no tendria ningún problema pero en gananciales si.
 
En efecto tanta gente que se casa en gananciales es porrque es la opcion por defecto en nuestro pais y antiguamente la gente se casaba sin posesiones, se compraban la casa a nombre de los dos, la mujer ni trabajaba... Bueno, es mas, si es que estaba prohibido divorciarse!!! Entonces daba un poquillo igual. La cosa es que con el cambio social tan grande que ha habido lo logico seria que esto tb hubiese cambiado.
La separación de bienes son todo ventajas como ya te han comentado pero hay un tema mas, y es en caso de haber un problema legal o de deudas y embargos de uno de los dos, el otro no tendria ningún problema pero en gananciales si.
Si es que en principio me parecen todo ventajas, de ahí que me choque tanto que la gran mayoría de matrimonios se case en régimen de gananciales.
Una duda que tengo es que si en un matrimonio en régimen de separación de bienes fallece uno de los cónyuges el otro tiene derecho a herencia y pensión de viudedad (esta última si viene al caso, claro)?
 
Resumiendo y en cristiano; la separación de bienes supone que los ingresos de cada uno son suyos, como ahora que no estáis casados, cualquier cosa que compréis juntos, es un proindiviso, y lo que figure a nombre de uno es solo de uno. El sistema de gananciales, el común de España si no capitulas, salvo en algunos derechos forales, implica que los ingresos desde que te casas son de la masa ganacial, ósea de los dos, como bienes privativos tienes lo que ya tuvieras de antes, y salvo determinados bienes que siempre se consideran privativos como las herencias que recibas. Una ventaja de los gananciales es que como normalmente el patrimonio se compra a medias , como una casa.., si luego te divorcias de mutuo acuerdo y líquidas quedándosela uno de ellos y comprando la parte al otro .. te ahorras impuestos de actos jurídicos patrimoniales que está exento y es una pasta, pero tambien tienes la desventaja de que de las deudas que uno contraiga responde la sociedad de gananciales, ósea también el otro.. Tu decides, si ganas menos que tú novio o en algun momento piensas ser ama de casa te compensa gananciales, jaja.., porque su espíritu es que en un matrimonio lo que hay es de los dos, vete a un abogado, solicita más extensa y le cuentas con detalle tus circunstancias concretas, que lo que decidas regirá tu vida, aunque siempre, después de casada, puedes modificar el régimen.
 
El régimen de Gananciales solo interesa en el caso de que uno de los dos miembros no trabaje fuera de casa y se dedique exclusivamente al cuidado del hogar.De esta manera se asegura que en caso de divorcio obtenga la mitad del dinero/bienes conseguido por el otro miembro que ha trabajado fuera.
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Salvo Cataluña y Baleares que tienen por defecto régimen de Separación de Bienes en el resto tienen Gananciales ( era el régimen más justo cuando una gran mayoría de mujeres eran amas de casa).
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Aunque el régimen sea el de Gananciales lo que una persona haya comprado antes del matrimonio y lo que herede antes o después de casarse es exclusivamente suyo.
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Acabo de darme cuenta de que @Transilvania y @Missmisima ya lo habían explicado perfectamente.
 
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Nosotros estamos en gananciales. Le ofrecí antes de casarnos firmar capitulaciones y se negó en redondo. Pasados unos años se lo volví a ofrecer y volvió a declinar la opción. En algún caso puntual he tenido que acudir al notario para renunciar a mi derecho expectante de viudedad para algún tema en concreto de alguna venta de propiedades. Por lo demás, todo en común salvo la plancha que es SU-YA. Somos raros, lo sé.
 
Creo que la mayoría de la gente se casa en gananciales porque la gente concibe que el hacer separación de bienes significa que no estás del todo seguro de que tu relación sea para siempre. Es como que con los gananciales vas con todo, no sé si me explico. Sé que no siempre es así pero mucha gente tiene aún esa idea en la cabeza. Pero la realidad es que la separación de bienes es muy útil y en mi opinión mejor. Independientemente de que haya divorcio o no, la separación de bienes os protege en caso de que uno de los dos se endeude (por la razón que sea), o se meta en algún problema, al menos así , si hay separación de bienes, no se arrastra al otro, solo estaría afectada la persona implicada y tú no tienes que apandar con las deudas o demás asuntos que pueda tener tu pareja.

Lo de gananciales solo lo veo útil cuando una de las partes renuncia a su trabajo para ocuparse de la casa, los hijos... como ya se ha comentado antes.
 
Si mi pareja tiene más que yo, gananciales sin duda, si lo tengo yo, separación de bienes sin duda. Esto es una broma.

Lo que si creo es que lo que se haga en matrimonio, aunque el régimen sea separación de bienes, es de los dos.
 
Primero. Participación en ganancias. Si no hay hijos o personas a cargo, se puede negociar el porcentaje que decidáis, hasta un 50%. Si hay hijos, al 50%.

Funciona como una separación de bienes. En el momento de separación o divorcio, al que menos le haya crecido su patrimonio, tiene derecho a reclamar ese porcentaje de las ganancias de la otra parte.

Exige calcular el inventario inicial de cada uno y ser riguroso con la contabilidad doméstica.

Segundo. Separación de bienes. Pactaría un 25% o un 30% del valor de mercado del piso, en el momento de separación o divorcio, a cambio de que la otra parte se quede con la propiedad y la hipoteca.

Yo sería la que me quedo sin piso y sin dinero. Se supone que voy aportando dinero para y por la convivencia. Me quedo con el cucú al aire.

Según la jurisprudencia, el régimen de separación de bienes no es un régimen absoluto de separación de bienes. Tienes derecho a una compensación por trabajo doméstico, por ejemplo.

Estos dos primeros simplifica la liquidación, en caso de ruptura del matrimonio o pareja. También, para proteger a la familia de los acreedores, embargos y deudas.
 
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Nosotros estamos en gananciales. Le ofrecí antes de casarnos firmar capitulaciones y se negó en redondo. Pasados unos años se lo volví a ofrecer y volvió a declinar la opción. En algún caso puntual he tenido que acudir al notario para renunciar a mi derecho expectante de viudedad para algún tema en concreto de alguna venta de propiedades. Por lo demás, todo en común salvo la plancha que es SU-YA. Somos raros, lo sé.
....el problema está, como ya han explicado antes, es que las deudas que se contraigan también son comunes.Imaginate no solo deudas de juego o de negocios ,si no por ejemplo tener que indemnizar a alguien por un accidente.En separación de bienes se indemniza " hasta donde llegue " el patrimonio del que lo ha cometido, el del otro " no se toca".En Gananciales se pagaría la indemnización con el patrimonio de los dos,puesto que es común.La familia se queda sin nada o con una notable disminución de sus bienes. A mí este aspecto de no dejar a la familia totalmente desprotegida es el que más me hace apostar por la separación de bienes.
 
Si es que en principio me parecen todo ventajas, de ahí que me choque tanto que la gran mayoría de matrimonios se case en régimen de gananciales.
Una duda que tengo es que si en un matrimonio en régimen de separación de bienes fallece uno de los cónyuges el otro tiene derecho a herencia y pensión de viudedad (esta última si viene al caso, claro)?

Yo creo que la mayoría se casa en gananciales porque les da palo hacer capitulaciones para la separación de bienes, es como que así se ahorran un trámite. En los lugares en los que la separación de bienes es por defecto estoy segura que se casa la mayoría en separación de bienes por esto mismo. Esta es mi opinión cuñada del día, que la mayoría se casa en el régimen que esté por defecto por vagueria, por costumbre, o porque les da igual.

Con respecto a pensión de viudedad o herencia, el régimen matrimonial no tiene nada que ver, lo que da derecho a la pensión de viudedad es el enviudar, y lo que da derecho a la legítima es ser hijo o cónyuge del finado. Además de evidentemente fuera de lo que es la legítima el resto se lo puedes legar a quien te salga del papo, a tu mujer/marido o a tus hijos o al vecino del quinto.
 

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