Gananciales o separación de bienes?

Eso NO PASA .
No puedes avalar con un piso ganancial sin las dos firmas, y menos si es la vivienda familiar.

Es que estoy harta de la peña que dice que le embargan por deudas " de su marido " en gananciales TROLA. Te embargan porque TU has firmado.

En separación de bienes puedes tener un piso al 50%, y si firmas el aval, te embargan igualmente.
Es que si estás en gananciales y eres autónomo, de las deudas de la profesión responden los bienes gananciales. Quizás @azafrán se refiera a eso.

Hay autónomos que no constituyen sociedades para ejercer su actividad, por las razones que sea, entonces no hay limitación de responsabilidad.

La sociedad de gananciales responde de las deudas gananciales con independencia de a nombre de quién estén los bienes o de cómo se contrajera la obligación, con firma de uno o de los dos.

Hay una creencia de que en la sociedad de gananciales se parten los bienes por la mitad y eso no es así. Sólo se parte lo que queda después de liquidar el patrimonio ganancial porque la sociedad de gananciales puede ser deudora o acreedora de los cónyuges y cuando se liquida se hacen esas operaciones de liquidación y, dependiendo de casos, algún cónyuge puede ser deudor del otro.
 
@Lagoona
Sí, prima, has sabido entender lo que he dicho sobre el tema. Así es lo que explicas de la liquidación del régimen.

Añado un dato, corregidme si es erróneo. En la práctica jurídica, en España, no se aplica la liquidación como régimen absoluto de separación de bienes. Si la mujer alega la dedicación al trabajo doméstico, tiene derecho a solicitar una compensación económica. Ante el juez.
 
Última edición:
@Lagoona
Sí, prima, has sabido entender lo que he dicho sobre el tema. Así es lo que explicas de la liquidación del régimen.

Añado un dato, corregidme si es erróneo. En la práctica jurídica, en España, no se aplica la liquidación como régimen absoluto de separación de bienes. Si la mujer alega la dedicación al trabajo doméstico, tiene derecho a solicitar una compensación económica. Ante el juez.
Sí, el trabajo para la casa da derecho a una compensación en el Derecho común. El problema es cómo se calcula eso. Lo ideal es que se pacte esa compensación o el modo de calcularla.
 
Lo ideal siempre en estos casos es pactar con asesoramiento y la cabeza bien fría, dependiendo de la propia situación y de la de la pareja, y de los bienes propios.

Me viene a la cabeza un caso de la esposa de un dentista. LLegó el divorcio y resultó el dentista declaraba a Hacienda unos ingresos ridículos y la mujer se quedó a dos velas porque el muy zorro lo tenía todo en negro y no hubo manera de demostrar las ganancias de su negocio.

Se supone que debemos estar conservando todos los papeles de los gastos de un matrimonio para demostrar el origen del dinero:eek:
 
Eso NO PASA .
No puedes avalar con un piso ganancial sin las dos firmas, y menos si es la vivienda familiar.

Es que estoy harta de la peña que dice que le embargan por deudas " de su marido " en gananciales TROLA. Te embargan porque TU has firmado.

En separación de bienes puedes tener un piso al 50%, y si firmas el aval, te embargan igualmente.
Prima, a qué te refieres con firmar el aval?
 
GANANCIALES sin duda.
Por dos razones de mucho peso

PRIMERA. socio- laboral.

Porque al 99,9 % de las mujeres, no les beneficia en su carrera profesional ser madres.

Alguien tiene que volcarse más en la familia, es de cajón. En la mayoría de los casos es la madre.

Y no olvidemos que estamos en España. El machismo llega al punto de que no se asciende porque no estás en el vestuario masculino del paddel dos días por semana, comiendo en el restaurante de la camarera tetuda los otros dos, y el viernes de cañas hasta las 8:30. O sea, que no eres de los pelotas del jefazo.

Por alguna razón este foro está lleno de primas funcionarias o en teletrabajo y viviendo en el extranjero, pero España es un país donde se trabaja de 9 a 2 y de 4 a 7 ( mínimo) y las mujeres no ascienden. No se puede conciliar, y además el índice de desempleo y salarios bajos en mujeres es brutal, mirad las estadísticas.

La UNICA manera de poder tener una carrera profesional equiparable a la de un hombre, es no tener hijos y dedicarse a formarse, y a cambiar de empresa si ves que te atascas, cambiando de ciudad si es necesario.

SEGUNDA: LOS TIOS

Vuestros compañeros de generación mi marido los llama la generación inservible, porque no valen para mantener económicamente una familia como sus padres, ni para unirla en el cariño y llevar la casa como sus madres.

Lo de pagar a medias lo entienden muy bien, aunque ellos comen el doble, beben el triple de cervezas, y necesitan Niagara y medio para ducharse y afeitarse con el grifo abierto.

Pero lo de que la casa sea de los dos, ganando el más, ya no les viene bien. Porque criar hijos y llevar la casa son tareas inferiores.

Perdona, pero la base de la felicidad es estar a gusto en casa, y los hijos no se crían como mascotas, se educan en valores. Es lo más importante, y el que no piense así, mejor que no se meta a formar familia.

Si los hijos son de los dos, el dinero es de los dos.

ES MENTIRA eso de que las deudas por empresas, juego, etc. te arrastran a tí. Las fórmulas societarias están precisamente para limitar la responsabilidad patrimonial.

En gananciales, todo lo que tienes antes del matrimonio, heredes o te donen, ves SOLO TUYO.

Lo que pasa es que mucha gente firma todo lo que le pone su marido delante y las timan. Pero si te sale un marido chungo, en separación de bienes, igual te hace firmar avales o lo que sea.

Y si te sale incluso jugador o drogadicto en gananciales te pueden embargar la cuenta común, es cierto, pero tu le puedes cobrar la mitad con cargo a sus bienes privativos, le puedes embargar la herencia o el piso de soltero.

TAMBIÉN ES MENTIRA que sea más fácil divorciarse en separación de bienes, porque tú tienes que pleitear para demostrar que has pagado a medias en vez de proporcionalmente a tus ingresos ( por gelipoller) como dice la ley, y además tienes que luchar por una compensatoria digna.

En gananciales ningún juez te tiene que reconocer nada. La mitad de todo es tuyo y San punto pelota.

Estando como está en general la situación de la mujer en España, separación de bienes y custodia compartida NO nos benefician nada, porque se aplica la igualdad sobre situaciones profundamente desiguales de partida.
Además creo que si te embargan, puedes disolver la sociedad de gananciales cuando te lo notifican para que no se lleven tu mitad con el embargo, si no me equivoco.
 
Es que si estás en gananciales y eres autónomo, de las deudas de la profesión responden los bienes gananciales. Quizás @azafrán se refiera a eso.

Hay autónomos que no constituyen sociedades para ejercer su actividad, por las razones que sea, entonces no hay limitación de responsabilidad.

La sociedad de gananciales responde de las deudas gananciales con independencia de a nombre de quién estén los bienes o de cómo se contrajera la obligación, con firma de uno o de los dos.

Hay una creencia de que en la sociedad de gananciales se parten los bienes por la mitad y eso no es así. Sólo se parte lo que queda después de liquidar el patrimonio ganancial porque la sociedad de gananciales puede ser deudora o acreedora de los cónyuges y cuando se liquida se hacen esas operaciones de liquidación y, dependiendo de casos, algún cónyuge puede ser deudor del otro.
La sociedad como tal, sólo puede ser deudora de los bienes privativos aportados, cosa que es muy recomendable NO hacer. Lo que renten esos bienes privativos ya es ganancial en su totalidad.

El tema de autónomos no lo controlo, pero habiendo S.L.U. , no veo su fundamento.

En cualquier caso, siendo asalariados los dos, que suele ser lo normal, yo recomiendo siempre gananciales porque ni os imagináis la repercusión tan negativa que suele tener la maternidad en la carrera de una mujer.

Aunque sean funcionarios los dos, siempre acaba la madre recogiendolos del cole y yendo al parque, y el padre formándose para ascender, metiéndose a dar clase en la Universidad, etc.

Durante la crianza no hay más remedio que postergar una de las dos carreras profesionales, porque si se reparten los niños al 50%, no asciende ninguno de los dos entre los 30 a 40 años, que son los cruciales en una carrera .

Por eso gananciales es lo mínimo, porque si luego te divorcias, al menos te llevas el 50% de lo ganado. Aún así, nadie te va a devolver las oportunidades de promoción pérdidas, y posiblemente nunca llegues al nivel de tu ex.
 
Lo ideal siempre en estos casos es pactar con asesoramiento y la cabeza bien fría, dependiendo de la propia situación y de la de la pareja, y de los bienes propios.

Me viene a la cabeza un caso de la esposa de un dentista. LLegó el divorcio y resultó el dentista declaraba a Hacienda unos ingresos ridículos y la mujer se quedó a dos velas porque el muy zorro lo tenía todo en negro y no hubo manera de demostrar las ganancias de su negocio.

Se supone que debemos estar conservando todos los papeles de los gastos de un matrimonio para demostrar el origen del dinero:eek:
Pues no veas los empresarios en general.
La maniobra más común es crear una nueva empresa a nombre de la querida o un hermano, y pasarle todos tus clientes.

Así la que tú mujer conoce, efectivamente va mal, incluso cierra.

Si esa sociedad es ganancial, puedes denunciar al cónyuge por un delito de administración desleal contra la comunidad de gananciales.

Es muy importante a efectos prácticos que sea delito.
 
NO estoy de acuerdo.
Eso no lo decides tu como madre.
Eso lo decidís los dos como familia.
Y si tu educas, el paga tu parte.

¿ Qué pasa, que los hijos son solo tuyos? ¿ A él le da igual que estén 10 horas en la guardería?

Pues cuando quieras retomar tu carrera, NO va a ser fácil, igual nunca llegas a alcanzar su nivel.

No he dicho otra cosa que se regule internamente. Entre DOS. Como EQUIPO. De manera que la parte que se quede en casa ( padre o madre) no tenga desventajas.

No sé qué has entendido.
 

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