Ley del "solo sí es sí"

Si si lo entiendo pero creo que hay sentencias en las que si por lo que fuera la violación con intimidación se juzgó como "violación" a secas
ahora con la nueva ley no le puedes poner el agravante para que suba la condena ya juzgada aunque quieras. Se queda como abuso sexual, falta añadir con penetración es decir la antigua violación y con intimidación, para que la pena suba.

Según quedase por escrito la sentencia en firme hay poco que puedas hacer, para poder meter esos agravantes, no puedes en teoría añadir agravantes a posterioridad y claro, se queda entonces la condena muy light. Yo creo que es eso lo que ha pasado, que hay sentencias, por como se redactaron, no te dejan maniobra para evitar la rebaja. Y ahora al unificar criterios... pues ya ves.
Hablas de intimidación para que la pena suba. ¿Cómo convenzo al juez que ha habido intimidación? El violador no va a declarar que me intimidó con un cuchillo, ¿Cómo demuestro yo que ha habido intimidación mediante un arma blanca? La violación no se hace con testigos delante.

De ahí a considerar que toda penetración sin consentimiento es VIOLACIÓN. Así la mujer no tendría que pasar el trago de declarar y convencer al juez de que fue intimidada.
 
Hablas de intimidación para que la pena suba. ¿Cómo convenzo al juez que ha habido intimidación? El violador no va a declarar que me intimidó con un cuchillo, ¿Cómo demuestro yo que ha habido intimidación mediante un arma blanca? La violación no se hace con testigos delante.

De ahí a considerar que toda penetración sin consentimiento es VIOLACIÓN. Así la mujer no tendría que pasar el trago de declarar y convencer al juez de que fue intimidada.
No se como funciona el mundo judicial pero siempre hay que declarar. Y ahora que la palabra violación se ha eliminado del código penal y se considera abuso pues más razón para especificar que los detalles no son tocamientos o que la penetracion no fue de borrachera sino con cuchillo en mano. No se puede juzgar igual. Lo que si deberían es de evitar meter en la misma sala a la vez a acusado y víctima o que el abogado pudiera transmitir el testimonio en nombre de la víctima. Eso estaría bien
 
Menos de la mitad. Los jueces interpretan la ley a su gusto, no solo la aplican sino que LA INTERPRETAN. Hay sentencias que no se entienden. A ver como explicas que éste juez siga todavía con toga. Por cierto, se desprende que hubo penetración y la condena era SOLO a dos años de cárcel.

Con la ley de Montero eso hubiera sido VIOLACION, porque no hubo consentimiento, pero claro, eran polis. Y así muchas sentencias "aplicadas" por los jueces.


Esto es anterior a la ley de Montero, que conste. No me extraña que se haya montado la de Dios es Cristo por la Ley del Si es solo Si. Así los jueces pueden desviar cuando interesa una penetración hacia penas mas benignas para los violadores.
No sé si es desconocimiento o mera falacia.

Los jueces interpretan la ley, dentro de unos límites. No pueden salirse del texto de la ley. Pueden considerar la ley anticonstitucional, y entonces remiten y no aplican, pero fuera de eso no tienen más remedio que aplicar la ley. O prevaricar.

En cuanto a lo de "este juez" no sé de quién hablas. Pero lo que cuentas a continuación, con fiscalía y acusación particular llegando a un acuerdo con los acusados es una sentencia de conformidad. Que el juez acepta. No la dicta. Así que menos criticar al juez si la propia acusación particular estaba conforme con esa condena a un curso de educación sexual en lugar de cárcel.

La mera insinuación de que los jueces no aplican la ley porque los acusados son policías es alucinante. Esa facilidad para acusar a todo el mundo de prevaricar, o a casi todo el mundo, con tal de no reconocer que la ley está mal hecha...
 
Tienes razón, por eso había que ir caso por caso. Vamos a poner un caso. Chica intimidada por violador con un cuchillo y obligada a ser violada por no perder la vida. Sentencia anterior, no se resistió, no hubo violencia, y por lo tanto la pena mas baja, agresión sexual. Pongamos por decir algo 6 años.

Viene la Ley del si es si y ahí como no ha habido consentimiento es violación y la pena sería mayor. Pongamos 10 años.

Claro que los casos mas graves como la penetración sin consentimiento en la antigua ley constituía SOLO AGRESION y se castigaban con 6 años pasan al escalón mas alto de violación como 10 años pongamos por caso, solo se deja lo de agresión para cosas de menos importancia, que te dan asco pero no se considera un trauma como por ejemplo tocamiento de t*tas o nalgas. Y es mucho 6 años para tocamientos de t*tas y nalgas así que lo rebajan a 3 años pongamos por caso.

El violador viendo la ley Montero y que la agresión se castiga ahora con 3 años recurre. Mire Sr. Juez, mi sentencia del juez x me castigo por agresión sexual a 6 años y ahora Montero me la pone en 3 así que me deben rebajar hasta los 3 años.

A partir de ahora dos interpretaciones. El juez que es proclive a rebajar y se lo deja en 3 años tal y como se articula en la ley de Montero.
Pero si el juez es otro estudia el caso, el hecho, la penetración y se olvida de la sentencia del juez x que ponía agresión y de los 6 años de castigo y le dice al violador. "Vamos a ver, con la ley de Montero esto es violación pura y dura y se te condenaría no a 6 años como te condenó el juez x en su día sino a 10 años" " Sigue en la cárcel y contento de que no te caigan lo que te queda para cumplir los 10 de la actual ley"

Mismo hecho, dos jueces y dos formas de ver las cosas. Uno estudia el hecho y no rebaja la pena, el otro mira que es agresión, no se fija en el hecho y por ser agresión en la primera sentencia se lo rebaja a 3.

Es un poco rollo pero lo entiendo así.
Vale, o sea que efectivamente es ignorancia de cómo funciona un procedimiento penal. Comprensible, no siempre parece seguir lo que marca el sentido común.

Un juez no puede decidir condenar por violación a alguien que en sentencia firme fue condenado por agresión. Por lo tanto si había una condena por agresión da igual que ahora quizá hubiera sido violación, no puede cambiar la calificación. Y si la pena para la agresión es inferior, pues no tiene más remedio que rebajar la pena. O prevaricar. Que aunque no lo creas a la mayoría de los jueces no les gusta hacerlo.
 
No es cambiar los hechos, para nada, es interpretarlos con arreglo a la nueva ley. Si ha habido penetración con cuchillo es la misma penetración y el mismo cuchillo tanto en la primera sentencia de agresión sexual como en la de violación con la Ley del Si es si.
Pero es que no puedes volver a calificar el delito. Se le condenó por agresión. Agresión it is. Y por tanto se aplica la pena de la agresión.
 

Totalmente de acuerdo. No fue (solo) Irene Montero, aunque ella lo vendió como éxito suyo. Al ser fracaso ya no queremos que sea solo de ella?
Pero es cierto. Coge Yolanda Díaz por ejemplo. No solo votó a favor de la ley, eso lo hicieron muchos. Es que además se opuso a la reforma para corregir la ley.
Ahora veta a Montero en sus listas para no pagar electoralmente por la ley del sí es sí.
Gran comienzo de Sumar.
 
Hablas de intimidación para que la pena suba. ¿Cómo convenzo al juez que ha habido intimidación? El violador no va a declarar que me intimidó con un cuchillo, ¿Cómo demuestro yo que ha habido intimidación mediante un arma blanca? La violación no se hace con testigos delante.

De ahí a considerar que toda penetración sin consentimiento es VIOLACIÓN. Así la mujer no tendría que pasar el trago de declarar y convencer al juez de que fue intimidada.
Eso, perdona, es un poco radical. Si es por eso también tendría que demostrar que no consintió. Porque qué pasa con una persona que consintió y luego se arrepiente? Tendrá que demostrar que no consintió. Y teniendo en cuenta que eso es algo que pasa en el fuero interno es más difícil de demostrar que la existencia de un cuchillo.

Las violaciones se suelen resolver por indicios. Porque como bien dices no hay nadie mirando. Bueno, están los casos de los que graban, pero son los menos.

Y del mismo modo que puedes convencer al juez de que no hubo consentimiento (no vamos a dar también por supuesto que nunca lo hay, vamos, digo yo) se puede convencer de que hubo arma blanca. Los fiscales saben interrogar a los agresores.
 
No se como funciona el mundo judicial pero siempre hay que declarar. Y ahora que la palabra violación se ha eliminado del código penal y se considera abuso pues más razón para especificar que los detalles no son tocamientos o que la penetracion no fue de borrachera sino con cuchillo en mano. No se puede juzgar igual. Lo que si deberían es de evitar meter en la misma sala a la vez a acusado y víctima o que el abogado pudiera transmitir el testimonio en nombre de la víctima. Eso estaría bien
Se toman muchas medidas para proteger a la víctima en los juzgados. De veras que sí.
 
Tienes razón, por eso había que ir caso por caso. Vamos a poner un caso. Chica intimidada por violador con un cuchillo y obligada a ser violada por no perder la vida. Sentencia anterior, no se resistió, no hubo violencia, y por lo tanto la pena mas baja, agresión sexual. Pongamos por decir algo 6 años.

Viene la Ley del si es si y ahí como no ha habido consentimiento es violación y la pena sería mayor. Pongamos 10 años.

Claro que los casos mas graves como la penetración sin consentimiento en la antigua ley constituía SOLO AGRESION y se castigaban con 6 años pasan al escalón mas alto de violación como 10 años pongamos por caso, solo se deja lo de agresión para cosas de menos importancia, que te dan asco pero no se considera un trauma como por ejemplo tocamiento de t*tas o nalgas. Y es mucho 6 años para tocamientos de t*tas y nalgas así que lo rebajan a 3 años pongamos por caso.

El violador viendo la ley Montero y que la agresión se castiga ahora con 3 años recurre. Mire Sr. Juez, mi sentencia del juez x me castigo por agresión sexual a 6 años y ahora Montero me la pone en 3 así que me deben rebajar hasta los 3 años.

A partir de ahora dos interpretaciones. El juez que es proclive a rebajar y se lo deja en 3 años tal y como se articula en la ley de Montero.
Pero si el juez es otro estudia el caso, el hecho, la penetración y se olvida de la sentencia del juez x que ponía agresión y de los 6 años de castigo y le dice al violador. "Vamos a ver, con la ley de Montero esto es violación pura y dura y se te condenaría no a 6 años como te condenó el juez x en su día sino a 10 años" " Sigue en la cárcel y contento de que no te caigan lo que te queda para cumplir los 10 de la actual ley"

Mismo hecho, dos jueces y dos formas de ver las cosas. Uno estudia el hecho y no rebaja la pena, el otro mira que es agresión, no se fija en el hecho y por ser agresión en la primera sentencia se lo rebaja a 3.

Es un poco rollo pero lo entiendo así.
A ver. Si te amenazan con un cuchillo es intimidación. Y si, antes también era violacion. Porque no había consentimiento.

Regulación anterior:

"Artículo 178.

El que atentare contra la libertad sexual de otra persona, con violencia o intimidación será castigado como responsable de agresión sexual con la pena de prisión de uno a cuatro años.

Artículo 179.

Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado, como reo de violación, con la pena de prisión de seis a doce años."
 
A ver. Si te amenazan con un cuchillo es intimidación. Y si, antes también era violacion. Porque no había consentimiento.

Regulación anterior:

"Artículo 178.

El que atentare contra la libertad sexual de otra persona, con violencia o intimidación será castigado como responsable de agresión sexual con la pena de prisión de uno a cuatro años.

Artículo 179.

Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado, como reo de violación, con la pena de prisión de seis a doce años."
¿Y como pruebo que ha habido un cuchillo? Ah, espera, que el violador va a reconocer ante el juez que me intimidó con un cuchillo. Vale, ya me voy enterando.:cautious:
 
¿Y como pruebo que ha habido un cuchillo? Ah, espera, que el violador va a reconocer ante el juez que me intimidó con un cuchillo. Vale, ya me voy enterando.:cautious:
Y como pruebas que no hubo consentimiento?

Como pruebas que dijiste que no?

Los juicios de este tipo se basan en indicios y además la declaración de la víctima se constituye en prueba de cargo si reúne una serie de requisitos que están establecidos jurisprudencialmente.
 

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