Las Campos: María Teresa, Terelu y Carmen Borrego

  • AutorTeresaLourdesBorrego
  • Fecha de inicio
En mi casa hay una persona que gana más de 900€ netos al mes, más su manutención y alojamiento, que trabaja 8 horas, y el resto son presenciales. Y antes exactamente lo mismo que ahora.

Efectivamente, para limpiar, planchar, etc. No se necesitan estudios, por eso es un empleo no cualificado y se paga en consecuencia. A un enfermero se le paga como enfermero, no como empleado de limpieza, ni tampoco como médico, porque no es ni su formación, ni es su trabajo. El sueldo va de acuerdo a la formación y al trabajo que desempeña.

Siento que no te guste, pero es así, y además es lógico. No debe ganar lo mismo el arquitecto que el albañil, por mucho que tú te empeñes.

Por eso normalmente, queremos que nuestros hijos, tengan la mejor formación posible, y puedan acceder a trabajos acordes a ella, bien remunerados.

Siento ser yo quien te de esta noticia, pero el mundo es así.

a que llaman "horas presenciales" en España?
es como que la persona NO esta trabajando , puede estar descansando, viendo TV, o haciendo lo que quiera... pero está ahí por si el adulto mayor tiene una urgencia grave o el hijo que mencionabas ídem????

si es así a mí no me parece que se pueda equiparar horas extras a horas presenciales que creo que es lo que algunas foreras confunden y por eso les parece mal.
Hora extra= estar fregando, cocinando, planchando fuera de su horario común de trabajo
Hora presencial= está descansando (viendo, TV, durmiendo, leyendo el foro, jajjj) pero es un adulto que está en casa y eso da seguridad por si un anciano o niño tiene una emergencia...
eso entendí.
 
a que llaman "horas presenciales" en España?
es como que la persona NO esta trabajando , puede estar descansando, viendo TV, o haciendo lo que quiera... pero está ahí por si el adulto mayor tiene una urgencia grave o el hijo que mencionabas ídem????

si es así a mí no me parece que se pueda equiparar horas extras a horas presenciales que creo que es lo que algunas foreras confunden y por eso les parece mal.
Hora extra= estar fregando, cocinando, planchando fuera de su horario común de trabajo
Hora presencial= está descansando (viendo, TV, durmiendo, leyendo el foro, jajjj) pero es un adulto que está en casa y eso da seguridad por si un anciano o niño tiene una emergencia...
eso entendí.

Así es, y así lo dice la ley.

Quien no hace la diferencia entre horas presenciales y horas extras, es porque no tiene ni idea de cómo es el trabajo de una interna.
 
En mi casa hay una persona que gana más de 900€ netos al mes, más su manutención y alojamiento, que trabaja 8 horas, y el resto son presenciales. Y antes exactamente lo mismo que ahora.

Efectivamente, para limpiar, planchar, etc. No se necesitan estudios, por eso es un empleo no cualificado y se paga en consecuencia. A un enfermero se le paga como enfermero, no como empleado de limpieza, ni tampoco como médico, porque no es ni su formación, ni es su trabajo. El sueldo va de acuerdo a la formación y al trabajo que desempeña.

Siento que no te guste, pero es así, y además es lógico. No debe ganar lo mismo el arquitecto que el albañil, por mucho que tú te empeñes.

Por eso normalmente, queremos que nuestros hijos, tengan la mejor formación posible, y puedan acceder a trabajos acordes a ella, bien remunerados.

Siento ser yo quien te de esta noticia, pero el mundo es así.



jjjaja claro, se paga en consecuencia xq alguien se inventó que el trabajo supuestamente no cualificado, o no cualificado, tiene que ser pagado con sueldos de miseria. claro claro normá. te has retratado

lo de las horas presenciales es fascinante.

eso sí, no cuentas que son "horas presenciales"

que yo sepa después de as 8 horas de trabajo, que a veces son 4, 6, las que sean, uno se va a su cas

repito ¿que son horas presenciales? xq se hacen? qué sentido tienen?

a ver si horas presenciales son trabajo que no cobra...no, imposible, no?
 
Lee chica, lee.

No he inventado nada. El mundo real funciona así no porque lo haya dispuesto yo, lo que pasa es que tú te acabas de enterar. Y lo de las horas presenciales va con el trabajo de interna, tampoco lo he inventado yo. Si no sabes de lo que hablas, o te callas, o te informas primero. Si no sabes lo que son las horas presenciales no es culpa mía.
 
vaya cara tan dura. osea, en las horas presenciales gratuitas supongo, una persona tiene que estar trabajando pero gratis

osea, uno trabaja sus ocho horas, por un sueldo mísero además.

y cuando acaban sigue trabajando estando de presencial. y gratis.

lo peor es que haya gente que xq crea que alguien no está fregando y está dscansando eso no s un trabajo

se puede saber xq una persona que acaba sus 8 horas, o las convenidas, tiene que seguir estando ahí por si pasa algo...gratis

acaso usté caterindenev cuando acabo su trabajo se queda en la empresa jugando al candy crush...x si pasa algo...gratis
si se lo propusieran como condición en un emplo...aceptaría?

y si sus hijos no son capaces de estudiar una carrera...que le parecerá que desempeñen un duro trabajo x una miseria con la sesuda explicación de...haber estudiaó

ser presencial jajaja. me parto.

mola mucho tener una especie de esclavo por 900 euros de nada. pregunto

que así cualquiera ¿eh?
 
Lee, chica lee.

No he inventado nada. El mundo real funciona así no porque lo haya dispuesto yo, lo que pasa es que tú te acabas de enterar. Y lo de las horas presenciales va con el trabajo de interna, tampoco lo he inventado yo. Si no sabes de lo que hablas, o te callas, o te informas primero. Si no sabes lo que son las horas presenciales no es culpa mía.


que son las horas presenciales? me preguntas clavando tu pupila en mi pupila azul
hora presencial eres tú...:sleep::sleep::sleep:


las horas presenciales no pueden ser más de 20 semanales (para alguien que trabaje a jornada completa) y SIEMPRE deben de retribuirse

ahora vas y me dices que esa pobre (en mi opinión) señora, no hacía más de 20 horas a la semana y que además le retribuías. :hilarious:
 
ya que parece que te gusta compartir tus experincias y tal...

x cuanto te salen las horas presenciales?

y cuantas hace al día?

gracias catherine
 
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Se la olvidan los papeles.
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A mi en el fondo me da un poco de penilla esta mujer, no es que sea muy buena, ella,tiene su maldad, pero con 74 años, y a estas horas, ahí, sin necesidad de tener que estar, porque económicamente no creo que tenga necesidad, para ella sola.
Pero claro.. tiene a las circunstancias que tiene.
En estos tiempos hay también personas de su edad, que tienen que hacerse cargo de hijos y nietos, porque no tienen trabajo, pero supongo que esos hijos y nietos, no se querrán comprar un casoplón , y tener una vida de lujo.
Eso es lo que supuestamente la pasa a la abuela campos, que las circunstancias, la hacen estar ahí, con lo de la audiencia, a mi no me interesa, porque quito el sonido, pero si miro a veces, y se la ve algún dia la cara de incomodidad que pone, creo que debe de estar queriéndose largar enseguida del programa.
 
Fuente: Seguridad Social.

La jornada de las empleadas del hogar internas

En el caso de una empleada del hogar interna el tiempo entre el fin de la jornada de la empleada del hogar y el comienzo de la siguiente podrá pasar sólo diez horas, compensándose el resto (hasta las doce horas) en períodos de hasta cuatro semanas.

La empleada del hogar interna dispondrá al menos de dos horas diarias para las comidas principales. Este tiempo no computa como tiempo de trabajo, sino de descanso o permiso. El descanso semanal de la empleada del hogar interna será de treinta y seis horas consecutivas que comprenderán, como regla general, la tarde del sábado o la mañana del lunes y el domingo completo.

¿A qué se refiere “el régimen de pernocta” en el empleo doméstico de empleadas del hogar internas?
El régimen de pernocta es el pacto que empleador y empleada del hogar interna realizan, estableciendo el horario y la compensación económica por el hecho de dormir en la vivienda en la que se trabaja. Es decir, esto se refiere a la empleada del hogar interna que presta servicios durante el día y además duerme en la vivienda como parte de las obligaciones de su contrato como empleada del hogar.
El régimen de pernocta tiene que respetar algunos límites: no puede obligarse a la empleada del hogar interna a estar en la vivienda antes de las diez de la noche, no puede pedírsele que realice tarea alguna y debe tener derecho a permanecer en su habitación, salvo casos de urgencia justificada.
Cualquier régimen de pernocta que no respete estos límites establecidos en la legislación de empleadas del hogar vigente en 2012, formará parte de la jornada de trabajo o del tiempo de presencia, y como tal debe retribuirse, pasando a formar parte del salario de la empleada del hogar teniendo en cuanta las tablas salariales establecidas en el convenio de empleadas del hogar.
 

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