TODO sobre el caso Urdangarín PARTE IV

Estado
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Re: TODO sobre el caso Urdangarín PARTE II

No y sí. La Constitución no menciona en su artículo 56 al heredero, pero la Ley de enjuiciamiento criminal sí dice en el artículo 411 que están exentos de declarar ante el juez "el Rey, la Reina, sus respectivos consortes, el Príncipe Heredero y los Regentes del Reino". El resto de la familia real no tiene por qué comparecer pero sí debe declarar por escrito (artículo 412). Cristina supongo que sí es Familia Real, Urdangarín, en la página web sale listado como familia real y según wikipedia lo es, pero Juan Carlos ha dicho que es ciudadano particular, así que ya no sé qué pensar. Cuando menos, de declarar por escrito no se salva. E irresponsable, en un sentido jurídico, sólo lo es el rey.

Edito para añadir que nos estamos liando inviolabilidad e irresponsabilidad. Inviolabilidad =asuntos de Estado. Irresponsabilidad = actos como persona particular, ahí entrarían robos, violaciones, etc. En este enlace lo explica alguien que sabe de ello más que yo Sinopsis artículo 56 - Constitución Española


Vale, abril, los reyes, el heredero y su consorte están exentos de declarar como testigos.

¿Qué hay de declarar como imputados?

Porque imputárseles se les podrá imputar si se prueba que han delinquido, ¿no?

Vamos, digo yo.

Fuera del artículo 411 no vuelve a mencionarse al príncipe heredero en toda la ley.


http://www.juecesdemocracia.es/legislacionvigente/penal/general/leyenjuiciamientocriminal%E7.pdf


Ley de Enjuiciamiento Criminal

CAPITULO V
De las declaraciones de los testigos
410. Todos los que residan en territorio español, nacionales o extranjeros, que no estén
impedidos, tendrán obligación de concurrir al llamamiento judicial para declarar cuanto supieren
sobre lo que les fuere preguntado si para ello se les cita con las formalidades prescritas en la ley.
411. Se exceptúan de lo dispuesto en el artículo anterior:
El Rey, la Reina, sus respectivos consortes, el Príncipe Heredero y los Regentes del Reino.
También están exentos del deber de declarar los Agentes Diplomáticos acreditados en España,
en todo caso, y el personal administrativo, técnico o de servicio de las misiones diplomáticas, así
como sus familiares, si concurren en ellos los requisitos exigidos en los tratados.
412. 1. Estarán exentas también de concurrir al llamamiento del Juez, pero no de declarar,
pudiendo hacerlo por escrito, las demás personas de la Familia Real.


SALUD Y REPÚBLICA
 
Re: TODO sobre el caso Urdangarín PARTE II

DALAY, ¿dónde has leído esto?

Me parece muy fuerte que estén intentando engañarnos con este asunto.

Felipe no está blindado en la Constitución.

http://www.boe.es/aeboe/consultas/enlaces/documentos/ConstitucionCASTELLANO.pdf

Por cierto, el artículo 61 dice que el rey debe guardar y hacer guardar las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y el príncipe heredero tiene las mismas obligaciones:

Artículo 61.
1. El Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará
juramento de desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer
guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos
y de las Comunidades Autónomas.

2. El Príncipe heredero, al alcanzar la mayoría de edad, y el
Regente o Regentes al hacerse cargo de sus funciones, prestarán el
mismo juramento, así como el de fidelidad al Rey.


Las leyes dicen que la corrupción y el tráfico de influencias son delitos.

Los ciudadanos tenemos derecho a saber cómo es posible que las personas que ostentan la jefatura del estado vivan como millonarios cuando el dinero que les damos no cubre el derroche de lujos de que disfrutan y cuando su estatus les impide hacer negocios legal y moralmente.

Pero que haya quienes se estén apresurando a decir que Felipe es tan inmune como el rey es porque temen que se le investigue.

De todos modos, ¿por qué esta gente tiene que lanzar a sus perros de presa a ladrar que son inmunes?

¿Acaso no están limpios de polvo y Paj* y se conducen de forma ejemplar tanto en la vida pública como privada?

Están cagaditos de miedo. La gente está harta de ver cómo esta tropa viven como millonarios sin que los ingresos que supuestamente reciben justifiquen esa vida de lujos sin medida.

Anda que la Ortiz no tiene que estar lamentando el día que le dio el “sí” al tonto, deslumbrada por el cargo, el estatus social que iba a adquirir y la vida de millonaria que iba a llevar. ¿De dónde sale el dinero para las cirugías y las sales importadas de Japón de la esposa del heredero de la corona?

SALUD Y REPÚBLICA
Pimpinela, lo he leido el "EL CORREO ESPAÑOL" y me he quedado a cuadros
y despuès lo ha confirmado Peñafiel, que al parecer, tambipen se lo ha dicho el Fiscal General del Estado

Esta noticia me ha parecido mas ESACANDALOSA que las corruptelas de yerno y, presuntamente, la hija


Un saludo
 
Re: TODO sobre el caso Urdangarín PARTE II

Por favor, leed lo que he puesto en la página anterior, he abierto un hilo también con este tema: UN ARTÍCULO EN LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL PROTEGE AL REY, A LA REINA Y SE EXTIENDE AL HIJO, A FELIPE DE B BORBÓN. LO HA SABIDO HOY JAIME PEÑAFIEL QUE HA HABLADO DEL TEMA URDANGARÍN CON EL FISCAL GENERAL DEL ESTADO Y LO HA SOLTADO COMO UNA BOMBA ESTA TARDE EN SALVAME. ADEMÁS, HA DICHO QUE NI LAS INFANTAS NI LOS CÓNYUGES ESTÁN OBLIGADOS A IR A DECLARAR, QUE TIENEN EL PRIVILEGIO DE DECLARAR POR ESCRITO.


Pues cuando en 1991 cambiaron la ley, por algo sería.

Creo que lo que pretendían al introducir ese artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal era que cuando pillaran a alguno de la CR involucrado en alguna investigación criminal - y sólo era cuestión de tiempo porque están todos pringados hasta las cejas - no se montara un circo mediático y así evitar la foto de un miembro de la familia real entrando en los juzgados a declarar, aunque fuera como testigo.

Creo que imputárseles si se les puede imputar. Por lo menos no he visto nada en esta ley que diga que son inmunes.

Peñafiel no se ha enterado de la fiesta y ha lanzado una bomba que no es tal.

Felipe no es inmune y su señora tampoco.


http://www.juecesdemocracia.es/legislacionvigente/penal/general/leyenjuiciamientocriminal%E7.pdf


Ley de Enjuiciamiento Criminal

CAPITULO V
De las declaraciones de los testigos
410. Todos los que residan en territorio español, nacionales o extranjeros, que no estén
impedidos, tendrán obligación de concurrir al llamamiento judicial para declarar cuanto supieren
sobre lo que les fuere preguntado si para ello se les cita con las formalidades prescritas en la ley.
411. Se exceptúan de lo dispuesto en el artículo anterior:
El Rey, la Reina, sus respectivos consortes, el Príncipe Heredero y los Regentes del Reino.
También están exentos del deber de declarar los Agentes Diplomáticos acreditados en España,
en todo caso, y el personal administrativo, técnico o de servicio de las misiones diplomáticas, así
como sus familiares, si concurren en ellos los requisitos exigidos en los tratados.
412. 1. Estarán exentas también de concurrir al llamamiento del Juez, pero no de declarar,
pudiendo hacerlo por escrito, las demás personas de la Familia Real.


SALUD Y REPÚBLICA
 
Re: TODO sobre el caso Urdangarín PARTE II

J

Me asusta lo que ha dicho el Fiscal "que la CR no presiona"
Uffff- esta gente siempre dice lo contrario de lo que hace, o emplea un lenguaje diferente (lease rinoplastia a una operación de cirugia estética en toda regla) y a una separaciòn y posterior divorcio de los Lujo, "cese de la convivencia" asi que por esa regla de tres habrá que pensar que SI van a echar un cablei al yernísimo,

Ésa fué exactamente mi primera impresión cuando leí el titular.
 
Re: TODO sobre el caso Urdangarín PARTE II

Me gustaría pedir a las juristas de nuevo cuño de este foro que tengan cuidado con la interpretación que hacen tanto de los artículos constitucionales como la normativa de la LECr, no sea que se crean que están descubriendo la pólvora y lo que ocurre, más bien, es que están haciendo un poquito el ridículo.
Lo digo sin acritud, bien lo sabe Dios
 
Re: TODO sobre el caso Urdangarín PARTE II

CAPITULO V
De las declaraciones de los testigos
410. Todos los que residan en territorio español, nacionales o extranjeros, que no estén
impedidos, tendrán obligación de concurrir al llamamiento judicial para declarar cuanto supieren
sobre lo que les fuere preguntado si para ello se les cita con las formalidades prescritas en la ley.
411. Se exceptúan de lo dispuesto en el artículo anterior:
El Rey, la Reina, sus respectivos consortes, el Príncipe Heredero y los Regentes del Reino.
También están exentos del deber de declarar los Agentes Diplomáticos acreditados en España,
en todo caso, y el personal administrativo, técnico o de servicio de las misiones diplomáticas, así
como sus familiares, si concurren en ellos los requisitos exigidos en los tratados.
412. 1. Estarán exentas también de concurrir al llamamiento del Juez, pero no de declarar,
pudiendo hacerlo por escrito, las demás personas de la Familia Real.


SALUD Y REPÚBLICA

Eso se refiere a las declaraciones como TESTIGOS, no como a IMPUTADOS.
 
Re: TODO sobre el caso Urdangarín PARTE II

Por cierto ¿donde está urdangarin ahora? sigue en España? y por qué la prensa no ha ido a esperarle al aeropuerto, por ejemplo, como hacen con Fran Rivera, y demás famosos? ¿o no es un ciudadano normal?
 
Re: TODO sobre el caso Urdangarín PARTE II

Me gustaría pedir a las juristas de nuevo cuño de este foro que tengan cuidado con la interpretación que hacen tanto de los artículos constitucionales como la normativa de la LECr, no sea que se crean que están descubriendo la pólvora y lo que ocurre, más bien, es que están haciendo un poquito el ridículo.
Lo digo sin acritud, bien lo sabe Dios

Si, claro,lo que no te convenga que salga a la luz, normal, te entiendo y el tema es otro.
Y no metas a Dios en esto.
 
Re: TODO sobre el caso Urdangarín PARTE II

Me gustaría pedir a las juristas de nuevo cuño de este foro que tengan cuidado con la interpretación que hacen tanto de los artículos constitucionales como la normativa de la LECr, no sea que se crean que están descubriendo la pólvora y lo que ocurre, más bien, es que están haciendo un poquito el ridículo.
Lo digo sin acritud, bien lo sabe Dios

JA, JA, JA... muy bueno.
 
Re: TODO sobre el caso Urdangarín PARTE II

Vale, abril, los reyes, el heredero y su consorte están exentos de declarar como testigos.

¿Qué hay de declarar como imputados?

Porque imputárseles se les podrá imputar si se prueba que han delinquido, ¿no?

Vamos, digo yo.
Yo entiendo que al rey no se le puede imputar de ninguna manera, al resto sí. Échale un ojo el enlace que he pegado antes, el de la letrada del Congreso. Esto es lo que dice:

"...no se puede perseguir criminalmente al Monarca y que, en cuanto se refiere a la responsabilidad civil, no se le puede demandar ante la jurisdicción ordinaria; no se da, en cambio, la imposibilidad de someter a juicio a la Familia Real".

Fuente: Sinopsis artículo 56 - Constitución Española

Cosa muy distinta es si estoy de acuerdo o no. Creo que si la democracia es SANA y un rey delinque, debería pasar lo que cita esta señora "nos encontraríamos ante el desprestigio y, por ende, ante el ocaso de la institución monárquica", que es lo que procedería también si delinquiese un Jefe de Estado sin monarquía: a la put* calle. Ahora, ¿somos una democracia sana, eh? Ya lo veremos con Urdangarín.
 
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