¿Estarán acojonados el Preparado y la consorte ante la que se está liando en Cataluña?

No sé por qué les estáis criticando tanto,la verdad.Han despejado su agenda para poder dedicar el 100% a la cuestión,han estado al pie del cañón todos los días en sus aposentos, ayer mismo permanentemente conectados a TVE para no perder un detalle de lo que pasaba. Incluso han dejado la fundamental tarea de abrir cortinillas por culpa de lo que está pasando....¿y no se lo tenéis en cuenta?no tenéis corazón ni piedad :sneaky:
Sin palabras¡¡¡¡noticia_17213.jpg
 
Amigas cotillas, está demás decir que como extranjera ni se me ocurre comentar
ningún tema político, sería una falta total de respeto y personalmente siento un
afecto tan entrañable por vosotras que no pienso manchar jamás dicho cariño.
El tema es que solo pregunto a nivel informativo:
En este caso, cuáles son las obligaciones del Rey? Porque desconozco la constitución española
y siempre me pierdo con respecto a qué demonios debe hacer este Felipe???
A la distancia siempre parece que ni él sabe lo que debe hacer... Me confundo con el tema
de su jefatura de Estado. Tiene poder para negociar? Puede ser un intermediario?
Estoy perdida. Alguna cotis me puede contar?
Gracias y un beso para todas!!!
TartShowyCapeghostfrog-max-1mb.gif
 
Última edición:
Amigas cotillas, está demás decir que como extranjera ni se me ocurre comentar
ningún tema político, sería una falta total de respeto y personalmente siento un
afecto tan entrañable por vosotras que no pienso manchar jamás dicho cariño.
El tema es que solo pregunto a nivel informativo:
En este caso, cuáles son las obligaciones del Rey? Porque desconozco la constitución española
y siempre me pierdo con respecto a qué demonios debe hacer este Felipe???
A la distancia siempre parece que ni él sabe lo que debe hacer... Me confundo con el tema
de su jefatura de Estado. Tiene poder para negociar? Puede ser un intermediario?
Estoy perdida. Alguna cotis me puede contar?
Gracias y un beso para todas!!!
TartShowyCapeghostfrog-max-1mb.gif

te adjunto la wiki
El rey de España es, constitucionalmente, símbolo de la unidad y permanencia del Estado.6 Según el servicio jurídico del Congreso de los Diputados, la idea de unidad tendría una significación política doble: la Corona representa la unidad del Estado frente a la división orgánica de poderes y el rey representa igualmente al Estado como ente único, en relación con los político-territoriales en que este se divide. La idea de permanencia alude al carácter hereditario de la Corona, puesto que el monarca no es elegido por las fuerzas políticas y sociales y tiene capacidad para expresar lo general y permanente, asegurando la sucesión de un régimen de la misma naturaleza.5

Asumiendo su rol de arbitraje y moderación del funcionamiento regular de las instituciones, desempeña una serie de funciones contempladas y recogidas en la Constitución. Se pueden enumerar las siguientes como las más representativas e importantes de cuantas corresponden al monarca:6

  • Sancionar y promulgar las Leyes. La sanción real, que el rey da en el plazo de quince días, tiene una función certificante que confiere a la ley su perfeccionamiento, pese a haber sido ya aprobada por las Cortes Generales; en cuanto a la promulgación, unida a la publicación que también al rey corresponde ordenar, el monarca pone las leyes en conocimiento presunto de todos, particulares y autoridades, y por ese solo hecho quedan investidas de fuerza obligatoria general (principio constitucional de publicidad de las normas).
  • Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar a elecciones en los términos previstos en la Constitución. A propuesta del presidente del Gobierno, el titular de la Corona tiene la potestad de poner fin anticipadamente al mandato de senadores y diputados, bien ambas Cámaras o una sola de ellas, expidiendo un real decreto de disolución, que además deberá precisar la fecha de las elecciones, que también al rey corresponde convocar, sea por este motivo o por la expiración natural del mandato de las Cámaras.
  • Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución. El rey tiene en exclusiva el derecho a apelar al pueblo y someter a consulta de la Nación todo proyecto o cuestión que le haya propuesto el presidente del Gobierno, previa autorización del Congreso de los Diputados, o bien por exigirlo así la propia Constitución para su reforma.
  • Proponer al Congreso de los Diputados el candidato a la presidencia del Gobierno, nombrarlo y cesarlo, en los términos previstos en la Constitución. Tras cada renovación del Congreso de los Diputados y en los casos en que este rechaza ratificar su confianza al Gobierno, el titular de la Corona consulta con los líderes de los grupos políticos con representación parlamentaria y propone al Congreso de Diputados un candidato a la presidencia del Gobierno, y lo nombra si el Congreso le da su confianza o propone otro en caso contrario. Además nombra como presidente del Gobierno al candidato cuyo nombre esté incluido en una moción de censura aprobada por el Congreso de los Diputados contra el Gobierno.
  • Nombrar y cesar a los demás miembros del Gobierno, a propuesta de su presidente.
  • Expedir los decretos acordados en Consejo de Ministros, presidirlo a petición del presidente del Gobierno, cuando lo estime oportuno, a fin de ser informado de los asuntos de Estado, conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones con arreglo a las Leyes.
  • El derecho de gracia. El rey tiene el derecho, a propuesta del Gobierno, de remitir en todo o en parte todas las condenas pronunciadas por los tribunales de justicia en el orden penal, sea común o militar, bien de manera condicional o incondicional. En todo caso debe ser de acuerdo a la ley, no pudiendo conceder indultos generales. El rey se reserva la concesión de títulos nobiliariosy grandezas de España.
  • Alto patronazgo de las Reales Academias.
  • Acreditar a los embajadores y otros representantes diplomáticos del Reino, y ante él se acreditan los embajadores y representantes diplomáticos extranjeros.
  • Manifestar el consentimiento del Estado para obligarse por medio de tratados internacionales.13
  • Declarar la guerra y hacer la paz, previa autorización de las Cortes Generales
Aparte de esto es el mando supremo del ejército español.
Saludos
 
Muchas gracias, @violett!!!
Pero entonces tiene mucho por hacer!!!
Caramba!!! me caigo y me levanto!!!
Nadie dice que sea fácil la situación, pero tiene muchas atribuciones
como para mediar y comprometerse con todo esto.
Me quedado de piedra... :wideyed::wideyed::wideyed:
 
Zambinella, con su permiso, me permito rectificarla. Pablo es su primo mayor. Su tío es Constantino, también conocido como Langostino en los ambientes subversivos, como es este blog y que fue el que apoyó el golpe de los coroneles en su Grecia natal. Saludos.
Muchas gracias por la corrección, por lo que veo estoy liada con los griegos. Buen día.
 
Back