Los 'okupas' podrán empadronarse para el cobro de la renta mínima

Estaba leyendo el hilo y qué desesperación! Tenemos un claro y gran problema de comprensión lectora y ceguera ideológica en este país. Ánimo a las primas que están intentando desmentir el enésimo bulo de vox y a todas, por favor, antes de compartir noticias aseguraos que son ciertas para no crear ruido innecesario. Medios de comunicación totalmente polarizados y comprados y la vorágine de sobreinformación que tenemos hoy en día por las rrss hacen difícil la labor de intentar lograr que no nos mientan pero seamos más listos.
 
Ay dios

Esto existe desde hace AÑOS

Y lo sé MUY bien porque se utiliza en muchas ciudades de Catalunya para sobretodo escolarizada los niños. Lo llaman "padrón fin vivienda fija". Simplemente comprueban que vives en la ciudad regularmente y así obtienes permiso para escolarizar a tus hijos o pedir una ayuda social al ayuntamiento dejando constancia desde cuándo vives en la ciudad.

Lo hacen también los sin techo que son usuarios de comedores sociales del ayuntamiento de Barcelona. Y de hecho acompañe a una amiga a hacer el trámite para escolarizar a los niños.

Ambos con nacionalidad española pero habían pasado unos años fuera. No tenía vivienda y le dieron una dirección. Una señora escucho la historia y al ser menores y en edad escolar el mismo día le dieron el volante para escolarizar a los niños. Luego le dieron el papel para regularizar el patrón, en un mes y medio ya le habían hecho la comprobación.

Y ya digo se usa HACE años. Hablo de hace 2 y pico (Rajoy) pero hace más tiempo y sirvió para corregir muchos problenas, especialmente el referente a la escolaridad y atención de los sin techo .





Captura de pantalla

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En mi modesta opinión la principal novedad de esta norma, que además es una novedad sustancial y que puede tener grandes consecuencias, es la consideración de infraviviendas como viviendas a efectos del padrón. Y que hasta se considera vivienda lo que esencialmente no es una vivienda. Es decir, terminando pronto, que para empadronarse no hará falta ni okupar.

De hecho el propio BOE cita "viviendas" tales como cuevas, roulottes o caravanas y se entiende que cualquier techo donde guarecerse de la rociada tendrá la consideración de vivienda, sin que se sepa muy bien en estos casos si tampoco va a discutirse su situación jurídico-privada en cuanto a la titularidad ¿Quiere usted empadronarse como residente bajo un cubo de basura comunitario, que es grande? Sin problemas, adelante ¿Quiere usted empadronarse en la caseta del perro del casoplón de Galapagar? Okupando en esta ocasión. Genial. Solo tiene que meterse dentro de la finca, en el supuesto caso de que no le pille la pareja de la Guardia Civil que está para asegurar que en la propiedad del señorito no se cuele nadie más que sus titulares y el servicio. Oh ¿Quiere usted empadronarse en un chamizo de cualquier finca? Hale, donde diga y sin problemas. Incluso la norma acepta como vivienda la ausencia total de vivienda. Si simplemente vive usted en la calle, se empadrona en la calle y a correr. Lo único que hay que hacer es presentarse en un Ayuntamiento, aportar nombre, apellidos, nacionalidad, un documento que acredite la identidad y ya está empadronado en España. Un extranjero listo mirará también cómo se adquiere la residencia legal y cuáles son los derechos que otorga.
Y de ahí en adelante, que paga el contribuyente. El contribuyente español, claro.

Este despropósito es digno del caletre de Irene Montero y de su pandilla de amigas momento cumple sorpresa; sus consecuencias son imprevisibles. Solo hay que pensar un poquito y con ese poquito que se piense ya se imagina uno hasta donde se podría llegar.

Ojocuidao que vienen curvitas.


@PaulaElisa mira la página que he puesto

Esto es del 2015

" Como se ha indicado anteriormente, el Padrón debe reflejar el domicilio donde realmente vive cada vecino del municipio y de la misma manera que la inscripción padronal es completamente independiente de las controversias jurídico-privadas sobre la titularidad de la vivienda, lo es también de las circunstancias físicas, higiénico-sanitarias o de otra índole que afecten al domicilio. En consecuencia, las infraviviendas (chabolas, caravanas, cuevas, etc. e incluso ausencia total de techo) pueden y deben figurar como domicilios válidos en el Padrón."

Puedes buscarlo. Ya estaba. Tal cual. Por supuesto la gente no se lee ni memoriza el BOE, yo lo sé porque conozco gente sin domicilio físico y les he echado una mano. Conozco bien la problemática y desde cuándo cambio la cosa. Por ejemplo se por otro caso que en el 2012 no se podía y por el que he citado en el 2017 si... lo que no sabía era la fecha de cuando lo cambiaron porque obvio, no le leo el BOE por afición. Pero se que se puede desde hace años y es más, lo he comprobado.
De bulo, nada de nada.
El desgobierno Sánchez-Iglesias es lo más esperpéntico que haya visto jamás España. Banda de corruptos, comunistas, traidores que no respetan las leyes, la propiedad privada, la vida-trabajo-dignidad de los españoles. Odian todo lo que suene a libertad.




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Eso que pones es esto del 2015

"3.1 Empadronamiento en un domicilio en el que ya constan empadronadas otras personas.

Cuando un ciudadano solicite su alta en un domicilio en el que ya consten empadronadas otras personas, en lugar de solicitarle que aporte el documento que justifique su ocupación de la vivienda, se le deberá exigir la autorización por escrito de una persona mayor de edad que figure empadronada en ese domicilio. La persona que autorice deberá disponer de algún título acreditativo de la posesión efectiva de la vivienda (propiedad, alquiler...) a nombre de la misma.

Si, con ocasión de este empadronamiento, la Administración municipal advirtiera que las personas que figuran empadronadas en ese domicilio lo han abandonado, aceptará el empadronamiento de los nuevos residentes en la vivienda conforme al procedimiento ordinario, y, simultáneamente, iniciará expediente de baja de oficio en su Padrón de las personas que ya no habitan en ese domicilio.

3.2 Empadronamiento en establecimientos colectivos.

Cuando el alta se produzca en un establecimiento colectivo (residencias, conventos, etc.) la autorización deberá ser suscrita por la persona que ostente la dirección del mismo. En estos casos se hará constar en el apartado «tipo de vivienda» de la hoja padronal la mención «colectiva». En los demás casos, el tipo de vivienda es «familiar».

3.3 empadronamiento de personas sin domicilio.

Como se ha indicado anteriormente, el Padrón debe reflejar el domicilio donde realmente vive cada vecino del municipio y de la misma manera que la inscripción padronal es completamente independiente de las controversias jurídico-privadas sobre la titularidad de la vivienda, lo es también de las circunstancias físicas, higiénico-sanitarias o de otra índole que afecten al domicilio. En consecuencia, las infraviviendas (chabolas, caravanas, cuevas, etc. e incluso ausencia total de techo) pueden y deben figurar como domicilios válidos en el Padrón.

Las situaciones más extremas pueden plantear la duda sobre la procedencia o no de su constancia en el Padrón municipal. El criterio que debe presidir esta decisión viene determinado por la posibilidad o imposibilidad de dirigir al empadronado una comunicación al domicilio que figure en su inscripción. En el caso de que sea razonable esperar que esa comunicación llegue a conocimiento del destinatario, se le debe empadronar en esa dirección."

Es decir te lo podemos poner mil veces. Que no ha habido CAMBIOS..QUE YA ESTABA.

Ostras os han colado un bulo ... Ok. No lo habéis comprobado. Pues mira a veces pasa.

Pero leñe se os pone las pruebas denakte vuestro y erre.
 
Y para que se publica de nuevo ahora?
Creo que me tiene ignorada por un rufi rafe pero si tiene tanta curiosidad decidseli l que no quede en la ignorancia que me sabe mal y todo...

Se ha modificado no por la renta vital sino por una denuncia de Cáritas


La denuncia propició que tras ser firme y sin recursos se tuviera que modificar el BOE


La modificacion aha sido en este párrafo del 2015


"Los menores de edad españoles pueden no disponer de DNI hasta los 14 años, por lo que sus datos de identificación se acreditarán hasta entonces mediante el Libro de Familia o Certificado de nacimiento.

Asimismo, para los menores extranjeros nacidos en España es obligatoria su inscripción en el Registro Civil y el traslado de la misma al correspondiente Libro de Familia, por lo que este también será un documento suficiente para acreditar sus datos de identificación durante un plazo máximo de tres meses desde su nacimiento, tras el cual dicha acreditación se realizará con la misma documentación exigida para los mayores de edad.

Para menores extranjeros no nacidos en España la ley no realiza distinción con los mayores de edad, por lo que se exigirán los mismos documentos de identificación para ambos."


Caritas considero que era discriminación contra los menores extranjeros e interpuso una denanda. Cuando está fue resuelta y en firme se modificó ESTE PARRAFO Y SOLO ESTE PÁRRAFO. El resto es igual con alguna variación semántica

Captura del 2015 fuente


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Explicación del porqué e la variación

Fuente



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Ok.

En serio. No costaba comprobar esto. Era tan sencillo como ir al BOE y comprobar la razón de la modificación de la ley QUE SIEMPRE VIENE..

NO SE HA MODIFICADO por la renta vital.. el apartado de empadronamiento de twbtecsin domicilio SIGUE IGUAL..

Se ha modificado por una denuncia de Cáritas. Pero no se ha tocado nada del BOE con respecto al empadronamiento de gente sin domicilio o chabolistas
 
Estaba leyendo el hilo y qué desesperación! Tenemos un claro y gran problema de comprensión lectora y ceguera ideológica en este país. Ánimo a las primas que están intentando desmentir el enésimo bulo de vox y a todas, por favor, antes de compartir noticias aseguraos que son ciertas para no crear ruido innecesario. Medios de comunicación totalmente polarizados y comprados y la vorágine de sobreinformación que tenemos hoy en día por las rrss hacen difícil la labor de inteantar lograr que no nos mientan pero seamos más listos.

A todos nos han colado algún bulo.

Pero bueno una vez se te dice cuesta 5 minutos ir al BOE y hacer un ejercicio de comparar. Y además la razón de la modificación venía bien clara en el BOE. Y lo recogió el diario.es... pues buen si no se fian de dicho diario por su corriente ideológica, en el artículo donde se hablaba de tal cosa venían los enlaces correspondientes.

Pero claro pongo la noticia de el diario.es y le dicen "claassro muy fiable" y ni se molestan en seguir los enlaces y la prueba es que los enlaces se pusieron en las primeras contestaciones pero nadie se molestó en leerlo o habrían visto que lo de empadronarse en infravivirndas o sin domicilio fijo ya estaba en el 2015. O sea que no queda otra que captura de pantalla y copiar y pegar porque si no erre que erre diciéndote que mientes.
 
A todos nos han colado algún bulo.

Pero bueno una vez se te dice cuesta 5 minutos ir al BOE y hacer un ejercicio de comparar. Y además la razón de la modificación venía bien clara en el BOE. Y lo recogió el diario.es... pues buen si no se fian de dicho diario por su corriente ideológica, en el artículo donde se hablaba de tal cosa venían los enlaces correspondientes.

Pero claro pongo la noticia de el diario.es y le dicen "claassro muy fiable" y ni se molestan en seguir los enlaces y la prueba es que los enlaces se pusieron en las primeras contestaciones pero nadie se molestó en leerlo o habrían visto que lo de empadronarse en infravivirndas o sin domicilio fijo ya estaba en el 2015. O sea que no queda otra que captura de pantalla y copiar y pegar porque si no erre que erre diciéndote que mientes.


Échale un vistazo a Civio (@civio): https://twitter.com/civio?s=09

Dejo por aquí esta cuenta de Instagram que se dedica a consultar el BOE todos los días. Lo explican de forma sencilla y van actualizando la información relevante. Por ahí me enteré de este bulo. Por si os interesa :)
 

El PSOE tumba con sus votos la enmienda de Podemos, ERC y Bildu sobre los desahucios​



desahucios
l portavoz de Unidas Podemos en el Congreso, Pablo Echenique, conversa con el secretario general del PSOE en el Congreso, Rafael Simancas, minutos antes de que de comienzo la Comisión de Presupuestos.
El desencuentro estaba servido. La crónica de la enmienda sobre los desahucios con la que Podemos soliviantó al PSOE y a su media naranja socialista en el Consejo de Ministros tenía un final más que previsible: su rechazo. Y eso es exactamente lo que ha ocurrido hoy en la Comisión de Presupuestos del Gobierno.
La provocación de Podemos al firmar la enmienda con ERC y Bildu contra los PGE del Gobierno en el que participa en coalición se ha topado con los votos del PSOE en contra, que sumados a los del PP, Ciudadanos, PNV y Coalición Canaria han provocado su derrota. Ahora, se votará en Pleno, aunque es difícil que pueda prosperar visto lo ocurrido en la Comisión de Presupuestos.
La enmienda pretendía, por un lado, suspender los desahucios sin alternativa habitacional hasta diciembre de 2022. Se trataba de prorrogar la moratoria de estos desahucios para ejecución de hipotecas hasta mediados de 2022. Primera derrota.
Por otro lado, Podemos, ERC y Bildu pretendían ampliar la moratoria de desahucios en el alquiler vigente a todo supuesto. En este caso, el PSOE ha votado en contra junto a Ciudadanos y PNV, mientras que PP, PDeCAT y Coalición Canaria han optado por abstenerse. El ‘tripartito’ de nuevo caía derrotado.
La propuesta venía a ampliar los supuestos de vulnerabilidad ya contemplados en la vigente moratoria, limitada a casos provocados por la pandemia de Covid-19, y extenderla más allá del 31 de enero, hasta al menos el 31 de diciembre de 2022, así como el corte de suministros básicos de agua, luz y gas.
Podemos, sin embargo, ha optado por el silencio pese al evidente ridículo que ha protagonizado con esta enmienda. Al cierre de esta edición, su portavoz en el Congreso, Pablo Echenique, ha elegido a Ciudadanos como diana de sus ataques. Una vez más vía Twitter.


Podemos no quiere a Ciudadanos en el juego de alianzas de los Presupuestos Generales del Estado, pero Echenique no ha dudado en reprocharle que votase en contra de muchas de las cuestiones que se han votado hoy en el Congreso.
Pánico de Podemos
La razón: el pánico de Podemos a ver cómo los PGE se devolvían al Gobierno si alguna de las secciones que lo componen era rechazada en la Comisión de Presupuestos.
En cualquier caso, el PSOE y Unidas Podemos han sacado adelante en dicha Comisión de Presupuestos las votaciones a las secciones de su proyecto de PGE sin apuros gracias a la ausencia de Vox, lo que permite a las formaciones que respaldan al Gobierno sumar con holgura mayoría absoluta (cada Comisión tiene 37 diputados).
El PNV ha votado junto a la coalición, mientras que Esquerra Republicana, EH-Bildu y el PDeCAT se han abstenido y Ciudadanos ha votado junto a PP y Coalición Canaria para tratar de derribar el proyecto.
Lo que sí se ha introducido en el dictamen de presupuestos de 2021 tras el debate hoy de una parte de las 3.700 enmiendas parciales y a las secciones son una docena de nuevas iniciativas, la mayoría transaccionadas con PNV, ERC y Más País.
Así, el presupuesto contará desde este martes tal y como estaba previsto con la enmiendas del PNV transaccionada con PSOE y Unidas Podemos, que insta a culminar en 2021 la enajenación al ayuntamiento de San Sebastián de los terrenos de los cuarteles de Loyola, para lo que se constituirá una comisión.
Los presupuestos también incluyen declarar de interés general determinadas actuaciones de transformación en regadío y la transformación de la antigua vía Vieja de Lezama en Vía Verde.
Además se ha incluido una enmienda de Nueva Canarias para dotar con 30 millones de euros a un programa canario para la lucha contra la pobreza y prestaciones básicas de servicios sociales
La comisión ha aprobado por unanimidad varias enmiendas de Más País para autorizar 30 plazas para la contratación de personal investigador como laboral fijo en el marco de los Agentes del Sistema español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Originalmente lo que proponían los presupuestos es que solo se pudieran contratar a doctores y ahora podrá contratarse cualquier persona que trabaje en un centro de investigación público, sea doctor, sea técnico de laboratorio, o sea incluso personal administrativo.
También se ha dado luz verde a 1 millón de euros para la planta piloto hidrometalúrgica de recuperación de materiales de residuos críticos CENIM así como 200.000 euros para la Fundación Bioversidad para actuaciones de la asamblea ciudadana para el cambio climático.
Asimismo, con 28 votos a favor y 4 en contra se ha aprobado la implantación de una tarjeta sanitaria única en toda España, tal como exigía Ciudadanos.
Procedente de ERC, el compromiso de que se haga un seguimiento cuatrimestral del grado de ejecución de las inversiones en Cataluña estudiando mecanismos que maximicen su realización con la finalidad de que el grado de ejecución anual en dicho territorio no sea inferior a la media estatal de inversión territorializada.
 

El Gobierno avala al okupa que rompió la puerta para entrar si no había nadie​

El Ejecutivo ha modificado, de 'tapadillo', el decreto antidesahucios. Distintas fuentes jurídicas coinciden en señalar que el decreto puede sentar un peligroso precedente respecto a la propiedad privada
José Luis Ábalos.

José Luis Ábalos.
JOAQUÍN HERNÁNDEZ
PERFIL
EMAILTWITTER

PUBLICADO 21/01/2021 04:45ACTUALIZADO21/01/2021 09:04
El Gobierno ha avalado las ocupaciones ilegales que se produjeron en 2020 sobre viviendas que no tuvieran un inquilino con contrato y que pertenecieran a personas físicas o jurídicas con más de diez propiedades, durante el estado de alarma, según coinciden en alertar distintas fuentes jurídicas a Vozpópuli.
MÁS INFO
De 'tapadillo', a través de un Real Decreto-ley 1/2021 "de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica" del Ministerio de Consumo de Alberto Garzón, el Ejecutivo ha aprobado blindar tanto por la vía penal como por la civil a "habitantes sin título" de viviendas de grandes tenedores que no sean residencia de un particular siempre que acrediten que uno de ellos cumple alguna de las condiciones de la ley de "dependencia" (víctima de violencia sobre la mujer, mayores, niños, con alguna discapacidad, etc.), y que la familia o grupo de habitantes cumple con requisitos de "vulnerabilidad económica que le imposibiliten encontrar una alternativa habitacional para sí y para las personas con las que conviva".
La suspensión de desahucios se aplica a las personas que hayan entrado en las viviendas antes de la publicación del primer decreto antidesahucios del pasado 22 de diciembre.

"La modificación de este miércoles amplía la protección a la ocupación ilegal, ya que elimina la posibilidad de suspender la paralización del desahucio aun en el caso de que haya delito. Al eliminar la restricción del delito, se protege a los okupas ilegales que hayan delinquido, legitimándoles y permitiendo su ocupación", dicen fuentes jurídicas.
"Si alguien rompe una puerta para entrar en un piso vacío, no se puede alegar que haya violencia o intimidación de las personas"
"Desde la entrada en vigor del presente real decreto-ley y hasta la finalización del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, prorrogado por Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, en todos los juicios verbales en los que se sustancien las demandas a las que se refieren los apartados 2.º, 4.º y 7.º del artículo 250.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, y en aquellos otros procesos penales en los que se sustancie el lanzamiento de la vivienda habitual de aquellas personas que la estén habitando sin ningún título habilitante para ello, el Juez tendrá la facultad de suspender el lanzamiento hasta la finalización del estado de alarma", justifica el decreto de Consumo.
"Esta modificación se ampara en la competencia exclusiva del Estado atribuida por la regla 6.ª del artículo 149.1 de la Constitución Española, que atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de legislación procesal", esgrime el mismo decreto.
"Con este cambio, solo se podrá paralizar un desahucio en el caso de que haya violencia o intimidación sobre las personas. En la gran mayoría de los casos de ocupación ilegal no existe violencia de ningún tipo. Si alguien rompe una puerta para entrar en un piso vacío, no se puede alegar que haya violencia o intimidación de las personas. Ese supuesto estaría cubierto", afirma el abogado Alejandro Fuentes Lojo, del despacho que consiguió la primera rebaja de un alquiler por la covid.

Demandas​

Todos los propietarios podrán solicitar una compensación del Gobierno equivalente al valor medio del alquiler en el entorno de la vivienda okupada de acuerdo al índice de referencia estatal.
Fuentes del mundo de la asesoría legal a los grandes tenedores avanzaron a este medio que los grandes propietarios (por lo general, fondos de inversión estadounidenses) ya se han empezado a mover para presentar demandas contra el Estado en aquellos casos donde la vulneración del derecho a la propiedad privada de los inversores con contratos en vigor no esté justificada por la situación de excepcionalidad.
Esto posiblemente se hace para permitir que en los casos de delito de usurpación pacífica (sin violencia ni intimación) el okupa pueda no ser desahuciado"
"Ya hay dudas sobre la suspensión de los desahucios durante el estado de alarma, y una vez finalice, los inversores tendrán las de ganar, porque podrán reclamar casi con total seguridad lo que consideren oportuno más intereses de demora", advierten fuentes jurídicas que piden guardar el anonimato.
"El matiz introducido 'de rondón' habilita que el okupa, aun cometiendo un delito pero sin que haya violencia o intimidación, pueda seguir ocupando la vivienda hasta mayo (si el juez lo considera). Es decir, se elimina la mención genérica a delito y se circunscribe solo a los supuestos (de delitos) en que exista violencia o intimidación. Esto posiblemente se hace para permitir que en los casos de delito de usurpación pacífica (sin violencia ni intimación) el okupa pueda no ser desahuciado", resume Jacobo Sánchez-Andrade, Counsel del despacho internacional Bird & Bird.

Desde el ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de José Luis Ábalos, responsable del área de Vivienda, no han contestado las preguntas de este medio.
 
Los mossos aparecen para echarle la bronca a la dueña de la vivienda porque "está molestando a Abdullah" (el okupa). Abdullah tiene más derechos que la dueña y dice que le pondrá una denuncia por acoso si sigue apareciendo por allí...

Lo siento por la señora y espero que el día 14 sea consecuente con su voto.


 

El Gobierno avala al okupa que rompió la puerta para entrar si no había nadie​

El Ejecutivo ha modificado, de 'tapadillo', el decreto antidesahucios. Distintas fuentes jurídicas coinciden en señalar que el decreto puede sentar un peligroso precedente respecto a la propiedad privada
José Luis Ábalos.

José Luis Ábalos.
JOAQUÍN HERNÁNDEZ
PERFIL
EMAILTWITTER

PUBLICADO 21/01/2021 04:45ACTUALIZADO21/01/2021 09:04
El Gobierno ha avalado las ocupaciones ilegales que se produjeron en 2020 sobre viviendas que no tuvieran un inquilino con contrato y que pertenecieran a personas físicas o jurídicas con más de diez propiedades, durante el estado de alarma, según coinciden en alertar distintas fuentes jurídicas a Vozpópuli.
MÁS INFO
De 'tapadillo', a través de un Real Decreto-ley 1/2021 "de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica" del Ministerio de Consumo de Alberto Garzón, el Ejecutivo ha aprobado blindar tanto por la vía penal como por la civil a "habitantes sin título" de viviendas de grandes tenedores que no sean residencia de un particular siempre que acrediten que uno de ellos cumple alguna de las condiciones de la ley de "dependencia" (víctima de violencia sobre la mujer, mayores, niños, con alguna discapacidad, etc.), y que la familia o grupo de habitantes cumple con requisitos de "vulnerabilidad económica que le imposibiliten encontrar una alternativa habitacional para sí y para las personas con las que conviva".
La suspensión de desahucios se aplica a las personas que hayan entrado en las viviendas antes de la publicación del primer decreto antidesahucios del pasado 22 de diciembre.

"La modificación de este miércoles amplía la protección a la ocupación ilegal, ya que elimina la posibilidad de suspender la paralización del desahucio aun en el caso de que haya delito. Al eliminar la restricción del delito, se protege a los okupas ilegales que hayan delinquido, legitimándoles y permitiendo su ocupación", dicen fuentes jurídicas.

"Desde la entrada en vigor del presente real decreto-ley y hasta la finalización del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, prorrogado por Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, en todos los juicios verbales en los que se sustancien las demandas a las que se refieren los apartados 2.º, 4.º y 7.º del artículo 250.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, y en aquellos otros procesos penales en los que se sustancie el lanzamiento de la vivienda habitual de aquellas personas que la estén habitando sin ningún título habilitante para ello, el Juez tendrá la facultad de suspender el lanzamiento hasta la finalización del estado de alarma", justifica el decreto de Consumo.
"Esta modificación se ampara en la competencia exclusiva del Estado atribuida por la regla 6.ª del artículo 149.1 de la Constitución Española, que atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de legislación procesal", esgrime el mismo decreto.
"Con este cambio, solo se podrá paralizar un desahucio en el caso de que haya violencia o intimidación sobre las personas. En la gran mayoría de los casos de ocupación ilegal no existe violencia de ningún tipo. Si alguien rompe una puerta para entrar en un piso vacío, no se puede alegar que haya violencia o intimidación de las personas. Ese supuesto estaría cubierto", afirma el abogado Alejandro Fuentes Lojo, del despacho que consiguió la primera rebaja de un alquiler por la covid.

Demandas​

Todos los propietarios podrán solicitar una compensación del Gobierno equivalente al valor medio del alquiler en el entorno de la vivienda okupada de acuerdo al índice de referencia estatal.
Fuentes del mundo de la asesoría legal a los grandes tenedores avanzaron a este medio que los grandes propietarios (por lo general, fondos de inversión estadounidenses) ya se han empezado a mover para presentar demandas contra el Estado en aquellos casos donde la vulneración del derecho a la propiedad privada de los inversores con contratos en vigor no esté justificada por la situación de excepcionalidad.

"Ya hay dudas sobre la suspensión de los desahucios durante el estado de alarma, y una vez finalice, los inversores tendrán las de ganar, porque podrán reclamar casi con total seguridad lo que consideren oportuno más intereses de demora", advierten fuentes jurídicas que piden guardar el anonimato.
"El matiz introducido 'de rondón' habilita que el okupa, aun cometiendo un delito pero sin que haya violencia o intimidación, pueda seguir ocupando la vivienda hasta mayo (si el juez lo considera). Es decir, se elimina la mención genérica a delito y se circunscribe solo a los supuestos (de delitos) en que exista violencia o intimidación. Esto posiblemente se hace para permitir que en los casos de delito de usurpación pacífica (sin violencia ni intimación) el okupa pueda no ser desahuciado", resume Jacobo Sánchez-Andrade, Counsel del despacho internacional Bird & Bird.

Desde el ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de José Luis Ábalos, responsable del área de Vivienda, no han contestado las preguntas de este medio.
Al gobierno le viene muy bien este estado en el que estamos sumergidos, asi ellos no son contralados por el congreso y pueden impunemente hacer sus tropelias
 
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