La Manada. Violación en los Sanfermines.

Grabar, difundir o reenviar un vídeo sin permiso es delito penal

07/10/2016

El artículo 197 del Código Penal dice que grabar imágenes comprometidas sin consentimiento conllevará penas de 1 a 4 años de cárcel y difundir o reenviarlas de 2 a 5 años de prisión.
https://www.google.es/amp/s/amp.eit...ar-difundir-reenviar-video-permiso-es-delito/

Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen

Artículo primero

1. El derecho fundamental al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, garantizado en el artículo dieciocho de la Constitución, será protegido civilmente frente a todo género de intromisiones ilegítimas, de acuerdo con lo establecido en la presente Ley Orgánica.

2. El carácter delictivo de la intromisión no impedirá el recurso al procedimiento de tutela judicial previsto en el artículo 9.º de esta Ley. En cualquier caso, serán aplicables los criterios de esta Ley para la determinación de la responsabilidad civil derivada de delito.

3. El derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen es errenunciable, inalienable e imprescriptible. La renuncia a la protección prevista en esta ley será nula, sin perjuicio de los supuestos de autorización o consentimiento a que se refiere el artículo segundo de esta ley.
[Bloque 4: #asegundo]

jurisprudencia
Artículo segundo

Uno. La protección civil del honor, de la intimidad y de la propia imagen quedará delimitada por las leyes y por los usos sociales atendiendo al ámbito que, por sus propios actos, mantenga cada persona reservado para sí misma o su familia.

Dos. No se apreciará la existencia de intromisión ilegítima en el ámbito protegido cuando estuviere expresamente autorizada por Ley o cuando el titular del derecho hubiere otorgado al efecto su consentimiento expreso o, por imperativo del artículo 71 de la Constitución, cuando se trate de opiniones manifestadas por Diputados o Senadores en el ejercicio de sus funciones. Iniciado un proceso civil en aplicación de la presente Ley, no podrá seguirse contra un Diputado o Senador sin la previa autorización del Congreso de los Diputados o del Senado.

La previa autorización será tramitada por el procedimiento previsto para los suplicatorios.

Tres. El consentimiento a que se refiere el párrafo anterior será revocable en cualquier momento, pero habrán de indemnizarse en su caso, los daños y perjuicios causados, incluyendo en ellos las expectativas justificadas.



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Grabar o fotografiar personas
Existe un gran debate sobre dónde está el límite de fotografiar o grabar personas en la calle. Con el caso del Cara Anchoa, es un tema que está bastante más en auge hoy en día.

Lo primero que tenemos que tener en cuenta que el derecho a la propia imagen es un derecho constitucional y que, por tanto, prevalece sobre otras leyes (como las leyes de derechos de autor) al provenir de una norma de rango superior.
De forma genérica están prohibidas la captación, reproducción y publicación de la imagen (reconocible) de una persona, salvo consentimiento expreso. Hay algunas excepciones a considerar:




    • Que se trate de personas públicas (por profesión o cargo) en acto público o en lugar abierto al público, como por ejemplo un político en un evento municipal.



    • Cuando hay interés informativo, es decir, cuando se trata de información gráfica sobre un hecho o evento y la imagen aparece como accesoria, por ejemplo si estamos en una manifestación, siempre cumpliéndose dos requisitos indispensables: que la información sea veraz (basado en el fundamento de la diligencia) y que la información sea de interés público.
    • La parodia, aunque en esta última excepción no todo el monte es orégano como a muchas personas les gustaría, y existen muchas líneas que no se pueden cruzar. Daría para un artículo completo.
Por supuesto, si la persona retratada aparece en situación poco decorosa, se puede dañar su honor o dignidad la gravedad aumenta. Por no hablar de fotografiar a niños, ya que la ley es aún más estricta cuando se trata de ese tipo de fotos. Tenemos que tener claro también que cuando hacemos fotos o vídeos a personas y se nos pide que lo borremos, debemos hacerlo o bien si vamos a comerciar con la imagen, tenemos que solicitarle permiso para ello. (Una vez más, YouTube es una forma de comercial con esa imagen, porque ganas dinero con su uso).

https://oliverdelarosa.com/se-puede-fotografiar-grabar-la-calle/

Gracias, queda aclarado. No creo que nadie vuelva a decir que es legal
 
Puesto lo que he oído es que es un señor que estuvo de baja por depresión y al que le han dado ya varios toques. Esa es la realidad

El toque creo que fue por retrasos en algun procedimiento (que con lo intenso que es no me extraña). Y ETS no ha tenido? si las hubiera que lo incapaciten tambien por eso. Es mas, q ciertos casos no se juzguen, que se entreguen los acusados a las hordas y eso que nos ahorramos en sueldos.
 
Si grabar una conversación en la que uno participa no es delito, grabar imagenes en las que uno participa, tampoco debería serlo, ¿no? Una cosa es que te graben escondidos detrás de un matorral sin saberlo tu y otra que se pongan delante de ti a grabarte. También me he vuelto tarumba buscando en la sentencia algo relativo a la difusión del video y nada.

Y una vuelta de tuerca más: Si resulta que es ilegal grabar o hacer fotos a terceros y hubieran borrado los vídeos de los móviles, el argumento vuestro no sería que los habían borrado para evitar ese delito, sino para borrar pruebas. Entonces, ¿en qué quedamos? ¿Es un video ilegal o es una prueba? Y si es ilegal, el video no serviría como prueba y no podría utilizarse como prueba de cargo...
¿También ha delinquido la policía al extraer esos vídeos de los móviles?

Pues que tontos... Borrando los vídeos lo tenían todo hecho porque si ella ni se acordaba de que la habían grabado..., mucho delito contra la intimidad, pero resulta que al final es una prueba que se ha utilizado contra ellos y yo no tengo claro que sea tal prueba.

Pero los borraron. La policia los recuperó
 
El toque creo que fue por retrasos en algun procedimiento (que con lo intenso que es no me extraña). Y ETS no ha tenido? si las hubiera que lo incapaciten tambien por eso. Es mas, q ciertos casos no se juzguen, que se entreguen los acusados a las hordas y eso que nos ahorramos en sueldos.

Ya es el colmo, presumen de tener mucha empatía con la victima y se nos acusa de jalear a la manada pero sin embargo demuestra su empatía con una enfermedad como la depresión, valores le llamo yo
 
Perdona pero en este tema sí me has tocado la moral, acaso es menos persona por haber tenido depresión? Sabes lo dura que es esa enfermedad para que frivolices de esa manera? Te deseo que no tengas contacto con esa enfermedad para que no digas que eso implique que su voto sea menos válido. Y las dos quejas eran por retrasos, no seas demagoga

No te enfades así, por favor. Siento haberte ofendido.
No frivolizo. Lo siento pero es lo que pienso
 
El toque creo que fue por retrasos en algun procedimiento (que con lo intenso que es no me extraña). Y ETS no ha tenido? si las hubiera que lo incapaciten tambien por eso. Es mas, q ciertos casos no se juzguen, que se entreguen los acusados a las hordas y eso que nos ahorramos en sueldos.

En este caso han intervenido cuatro jueces en total, de los que solo uno vio denuncia falsa. No lo han juzgado las hordas
 
Ya es el colmo, presumen de tener mucha empatía con la victima y se nos acusa de jalear a la manada pero sin embargo demuestra su empatía con una enfermedad como la depresión, valores le llamo yo

Si solo fuera eso... incluso van a cuchillo contra otras mujeres que opinan libremente. Se ve que solo son "hermanas" las que piensan igual que ellas.
Da igual, lo dije y lo repito, sera la propia mujer la que acabe con este nuevo feminismo irracional y sectario.
 
No te enfades así, por favor. Siento haberte ofendido.
No frivolizo. Lo siento pero es lo que pienso

Pues no entiendo cual es el problema de haber superado una enfermedad y ejercer en la carrera judicial. Es una enfermedad igual que puede serlo el cancer, te parecería motivo relevante que mencionar ? Las enfermedades mentales son lo mismo que las físicas, se podrá criticar al juez por lo que quieras pero no por si ha tenido depresion, no me enfado pero es el colmo
 
Pues no entiendo cual es el problema de haber superado una enfermedad y ejercer en la carrera judicial. Es una enfermedad igual que puede serlo el cancer, te parecería motivo relevante que mencionar ? Las enfermedades mentales son lo mismo que las físicas, se podrá criticar al juez por lo que quieras pero no por si ha tenido depresion, no me enfado pero es el colmo

No te molestes pero no es lo mismo un cancer que una depresión, a la hora de realizar un trabajo intelectual. Es obvio
 

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