Alberto Rodríguez "el rastas", secretario de Organización de Podemos, imputado por patear a un policía

El Constitucional admitirá los recursos del exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez contra la pérdida de su escaño​

El pleno del Tribunal de Garantías estudiará los recursos contra la sentencia del Supremo que le condenó por atentado a la autoridad y la resolución de la presidenta del Congreso que le retiró el escaño. Los magistrados debatirán también si aceptan la medida cautelar solicitada por Rodríguez, que pide la restitución de sus derechos hasta que el pleno se pronuncie sobre el fondo del asunto.​


Madrid

El pleno del Tribunal Constitucional admitirá este jueves a trámite los dos recursos presentados por el exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez contra la sentencia del Supremo y la resolución de la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, que le privó hace 7 meses de su escaño.





Aunque la admisión a trámite de ambos recursos, que avanza a la SER fuentes del Constitucional, no anticipa un pronunciamiento favorable a los intereses de Rodríguez, sí que deja la puerta abierta a una resolución positiva para el diputado. Y es que no son pocas las voces en el Constitucional que consideran desproporcionado que el diputado de Unidas Podemos perdiera su escaño por aquella sentencia del Supremo, según las mismas fuentes.

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El Alto Tribunal le condenó por dar una patada a un policía durante una protesta en 2014. La pena de cárcel se sustituyó por multa pero con la accesoria de inhabilitación para cargo público durante la condena, lo que llevó a la presidenta Batet, tras recibir una aclaración del presidente del Supremo, Manuel Marchena, a retirar el escaño a Rodríguez.

El pleno también estudiará la petición de Alberto Rodríguez de devolverle el escaño de forma cautelar mientras estudian el fondo del asunto. Los magistrados podrían aceptar hoy mismo su petición o postergarla, a la espera de escuchar a las otras partes del caso.




Para cuando se dilucide el tema llega la fecha de las nuevas elecciones, con lo que Alberto Rodriguez no va a recuperar su escaño y Batet que debería estar ya fuera sigue en su puesto.

Este muchacho, lo que sea menos trabajar.
El garrapatismo de los socialcomunistas, que una vez se amorran al pesebre, no los sacas ni con agua caliente.
 
Mira, estoy de acuerdo contigo en algo. Creo que Batet debería dimitir. Eso de cambiar las normas para dejar a partidos que expresamente quieren cargarse la Constitución (cómo es eso de Bildu de vamos a Madrid a derrocar el régimen o algo así) estén en la comisión de secretos es de dimisión o cese. Pero ipso facto.
Los tiranos se caracterizan por eso.
Por cambiar las leyes según sus intereses personales.
 

El TC anulará la expulsión de Alberto Rodríguez del Congreso por falta de motivación​

13/06/2022 por Redacción

Ernesto Ekaizer, ha indicado en Radio Euskadi que el Tribunal Constitucional ha fallado a favor de devolver el escaño al diputado canario de unidas Podemos Alberto Rodríguez.​

Esta decisión anularía la decisión llevada a cabo por la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, que lo inhabilitó a pesar de que los letrados de la cámara avalaron que siguiera con su escaño.

El movimiento se llevó a cabo después de que el juez Marchena exigiera que se aplicara la inhabilitación del diputado, que ahora ve como su posición era la correcta.

“El escaño será devuelto”, señala Ekaizer: “Es muy importante esa falta de motivación, porque cuando ves las razones por las que la señora Batet le comunicó la medida a Alberto Rodríguez ves que no hay nada”.

El periodista cree que la sentencia se aplicará a principios de julio.

En su recurso, el exdiputado de U.P. señaló que «Con independencia de la discrepancia que podamos tener sobre la liquidación de la pena, lo cierto es y la verdad es que ambas instancias, que algo tenían que decir y resolver sobre la condena injustamente impuesta, han determinado, de una parte, en qué consistía dicha pena y sus efectos y, de otra, que la misma ha quedado ya extinguida», indica.

Rodríguez recalcó que no existe norma legal o constitucional que le obligue a privarle de su cargo de diputado electo. «Le solicito que tenga para bien, sin más demoras, restituirme en el mismo al o existir ya pena alguna pendiente de cumplir. Ténganse en cuenta la tardía notificación del Tribunal Supremo, que, según adjunto, me ha informado el día 23 de diciembre de que la condena finaliza el 5 de diciembre del presente año», expresa el diputado en su escrito.




Veremossss

Si ocurre eso....¿Que pasa con Batet?
 

El TC anulará la expulsión de Alberto Rodríguez del Congreso por falta de motivación​

13/06/2022 por Redacción

Ernesto Ekaizer, ha indicado en Radio Euskadi que el Tribunal Constitucional ha fallado a favor de devolver el escaño al diputado canario de unidas Podemos Alberto Rodríguez.​

Esta decisión anularía la decisión llevada a cabo por la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, que lo inhabilitó a pesar de que los letrados de la cámara avalaron que siguiera con su escaño.

El movimiento se llevó a cabo después de que el juez Marchena exigiera que se aplicara la inhabilitación del diputado, que ahora ve como su posición era la correcta.

“El escaño será devuelto”, señala Ekaizer: “Es muy importante esa falta de motivación, porque cuando ves las razones por las que la señora Batet le comunicó la medida a Alberto Rodríguez ves que no hay nada”.

El periodista cree que la sentencia se aplicará a principios de julio.

En su recurso, el exdiputado de U.P. señaló que «Con independencia de la discrepancia que podamos tener sobre la liquidación de la pena, lo cierto es y la verdad es que ambas instancias, que algo tenían que decir y resolver sobre la condena injustamente impuesta, han determinado, de una parte, en qué consistía dicha pena y sus efectos y, de otra, que la misma ha quedado ya extinguida», indica.

Rodríguez recalcó que no existe norma legal o constitucional que le obligue a privarle de su cargo de diputado electo. «Le solicito que tenga para bien, sin más demoras, restituirme en el mismo al o existir ya pena alguna pendiente de cumplir. Ténganse en cuenta la tardía notificación del Tribunal Supremo, que, según adjunto, me ha informado el día 23 de diciembre de que la condena finaliza el 5 de diciembre del presente año», expresa el diputado en su escrito.




Veremossss

Si ocurre eso....¿Que pasa con Batet?

Se consideraría prevaricacion por su parte?
 
Se consideraría prevaricacion por su parte?

Prevaricación: Delito consistente en que una autoridad , un juez o un funcionario dicte a sabiendas una resolución injusta .

Si no es prevaricadora es una ignorante de las normas y leyes del Parlamento.

Cualquiera de las dos cuestiones la dejaría en una situación muy comprometida.

Pero todavía no es oficial lo del Tribunal Constitucional. Yo no me fío de que en última instancia salven ""el honor"" de Batet argumentando cualquier cosa.
 

La Fiscalía apoya que el Constitucional ampare a Alberto Rodríguez por la retirada de su escaño​

  • El ministerio público ha remitido un informe al tribunal de garantías en el que apoya la postura del exdirigente de Podemos frente a la resolución del 22 de octubre de 2021 firmada por Batet, en la que se le comunicaba su sustitución como miembro del Congreso.​

No ocurre lo mismo con el segundo recurso de amparo que formuló Alberto Rodríguez, en este caso contra el auto en el que el Tribunal Supremo acordó sustituir la pena de un mes y 15 días de cárcel por una multa, pero le mantuvo la condena a inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo.
En este caso, la Fiscalía ha informado en contra de que el TC estime el recurso de amparo del exdiputado, añaden las fuentes.

En relación a la decisión de Batet, Rodríguez argumentó que el acuerdo había vulnerado su derecho a permanecer en el ejercicio del cargo público representativo mediante una decisión que debería haber correspondido al pleno del Congreso y no a su presidenta.

Y consideró que esa medida estuvo insuficientemente motivada y que la consecuencia de la pérdida de la condición de diputado implica doble punibilidad y es una consecuencia desproporcionada derivada de la sanción penal.

El fiscal considera que el acuerdo adoptado por Batet incurre en un “doble automatismo” y que puede haber “margen” para otro entendimiento de la ley, según el informe al que ha tenido acceso El Mundo.

El Tribunal Supremo condenó el año pasado a Rodríguez a un mes y quince días de prisión, que sustituyó por una multa de 540 euros, por dar una patada a un policía nacional durante una protesta en 2014 en La Laguna (Tenerife) y una pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la pena, de 45 días. El pasado 26 de enero declaró extinguida su responsabilidad criminal.

 

La Fiscalía apoya que el Constitucional ampare a Alberto Rodríguez por la retirada de su escaño​

  • El ministerio público ha remitido un informe al tribunal de garantías en el que apoya la postura del exdirigente de Podemos frente a la resolución del 22 de octubre de 2021 firmada por Batet, en la que se le comunicaba su sustitución como miembro del Congreso.​

No ocurre lo mismo con el segundo recurso de amparo que formuló Alberto Rodríguez, en este caso contra el auto en el que el Tribunal Supremo acordó sustituir la pena de un mes y 15 días de cárcel por una multa, pero le mantuvo la condena a inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo.
En este caso, la Fiscalía ha informado en contra de que el TC estime el recurso de amparo del exdiputado, añaden las fuentes.

En relación a la decisión de Batet, Rodríguez argumentó que el acuerdo había vulnerado su derecho a permanecer en el ejercicio del cargo público representativo mediante una decisión que debería haber correspondido al pleno del Congreso y no a su presidenta.

Y consideró que esa medida estuvo insuficientemente motivada y que la consecuencia de la pérdida de la condición de diputado implica doble punibilidad y es una consecuencia desproporcionada derivada de la sanción penal.

El fiscal considera que el acuerdo adoptado por Batet incurre en un “doble automatismo” y que puede haber “margen” para otro entendimiento de la ley, según el informe al que ha tenido acceso El Mundo.

El Tribunal Supremo condenó el año pasado a Rodríguez a un mes y quince días de prisión, que sustituyó por una multa de 540 euros, por dar una patada a un policía nacional durante una protesta en 2014 en La Laguna (Tenerife) y una pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la pena, de 45 días. El pasado 26 de enero declaró extinguida su responsabilidad criminal.

Batet cumplió una orden del Supremo. Punto. Las órdenes no pasan por el Pleno del Congreso como no han pasado otras antes que esta. Y las órdenes se libran mediante un oficio que NO ES MOTIVADO. Lo que se motiva es la sentencia.
 

El exdiputado Alberto Rodríguez, más cerca de recuperar su escaño tras indicar la Fiscalía que fue vulnerado su derecho​

La Fiscalía del TC recrimina a Meritxell Batet haber optado por la retirada del acta de diputado, pero se opone a que se le ampare por la condena del Supremo y dice que la pena accesoria de inhabilitación estuvo "debidamente justificada".​



El ex secretario de Organización y diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez a su salida del Tribunal Supremo donde ha acudido para declarar como investigado, en Madrid, a 21 de septiembre de 2021.
El exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez a su salida del Tribunal Supremo e1 21 de septiembre de 2021. — Cézaro De Luca / EUROPA PRESS

MADRID
26/07/2022 18:19 ACTUALIZADO: 26/07/2022 18:53
ANA MARÍA PASCUAL@ANMARIAPASCUAL
Una de cal y otra de arena para el exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez. La Fiscalía ante el Tribunal Constitucional indica que la retirada de su escaño vulneró su derecho fundamental a ocupar un cargo público y a no ser apartado de él si no es por las causas y de acuerdo con los procedimientos legalmente establecidos, por lo que pide reestablecer "íntegramente" ese derecho.

Sin embargo, no ve motivo para ampararle en su recurso contra la sentencia del Supremo que le condenó a un mes y medio de cárcel por un delito de atentado a la autoridad pese a que la patada a un policía no quedó acreditada en el juicio. La pena de prisión se sustituyó por una multa de 540 euros.

El fallo implicaba una pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, lo que motivó la pérdida del escaño, según la interpretación del presidente de la Sala Segunda del Supremo, Manuel Marchena, que instó a la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, a ejecutar esa pena accesoria.


Ahora el fiscal Pedro Crespo indica que la presidenta del Congreso tenía margen para que hubiera llevado a cabo otra interpretación de la ley en vez de apuntar a la "mera suspensión" de los derechos como diputado. Por ello, aboga por restablecer a Rodríguez íntegramente en su derecho fundamental, declarando la nulidad del acuerdo dictado por Batet.

El fiscal considera que las actuaciones deben "retrotraerse" al momento anterior a dicha decisión, "con el fin de que los órganos competentes del Congreso procedan a resolver, con pleno respeto al derecho fundamental vulnerado, sobre los efectos, en el ámbito de su competencia, de la sentencia de la Sala Segunda del TS".
Los letrados del Congreso elaboraron un somero informe en el que se oponían jurídicamente a la retirada del escaño de Rodríguez por parte de la Mesa del Congreso invocando la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, siempre partidario de elegir la medida menos restrictiva para los derechos fundamentales, en este caso, de un diputado.

Pero además el cuerpo jurídico del Congreso de los Diputados señalaba claramente otros casos semejantes en los que el Constitucional había fallado a favor del mantenimiento del escaño y en contra de la interpretación de que las penas accesorias supongan la pérdida de esa condición de diputado, como ocurrió en el caso de Alberto Rodríguez a instancias del Supremo.

Reproches a Batet​

El fiscal recrimina a Batet que "no hay evidencia alguna de que la decisión recurrida contase con más sustento que el de un doble automatismo: la aceptación de cualquier pena privativa de libertad como desencadenante automático de la aplicación del artículo 6.2a) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) y la conclusión de que la combinación de esta norma con el artículo 6.4 de la misma conducía de forma igualmente automática a la pérdida definitiva del escaño".

Esto quiere decir que no había evidencia jurídica para determinar que la pena accesoria en el caso de Rodríguez diera como resultado la pérdida de su escaño, tal y como establecieron los letrados del Congreso.

Proceso posterior sobre el escaño​

Alberto Rodríguez recurrió en amparo al Constitucional la decisión de Meritxell Batet, del 22 de octubre de 2021, de retirarle su acta de diputado. La Fiscalía advierte que, aunque es favorable a ese amparo, la restitución del escaño no se producirá automáticamente, ya que la Junta Electoral Central expidió la credencial de diputada a Fátima González --la siguiente en la lista--, quien sin embargo renunció a ocupar su escaño.

La Fiscalía augura un conflicto en este sentido, ya que señala que Rodríguez no impugnó el nombramiento de su compañera como su sustituta en el Congreso y prevé la "dilucidación" por parte de "la autoridad competente".

El borrador de la sentencia que se alcanzará en el Constitucional sobre la retirada del escaño de Alberto Rodríguez ya está listo, a cargo de la magistrada María Luisa Balaguer, quien propone dar la razón al exdiputado en su denuncia por vulneración de su derecho fundamental a ocupar su puesto en el Congreso. Aún no hay fecha para la votación de dicho borrador.

Avala la sentencia del Supremo​

En el segundo recurso pendiente de Alberto Rodríguez en el TC, la Fiscalía muestra una opinión contraria y avala íntegramente la sentencia que le condenó. El exdiputado denunció la vulneración del derecho a un juez imparcial, porque en el fallo se calificó de "inapropiado" que en su última palabra Rodríguez advirtiera de que llegaría hasta el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH).

El fiscal resta importancia a ese detalle, aduciendo que "no hay razón alguna para sospechar que el concreto razonamiento judicial pudiera ser determinante, ni aun colateralmente influyente, en el sentido del fallo".
Respecto a la presunta vulneración de su derecho a la presunción de inocencia, ya que la condena sólo estuvo apoyada en el testimonio del propio agente agredido, sin más indicios probatorios, la Fiscalía alega que si bien la Sala "se apoya de modo prácticamente exclusivo" en ese testimonio, de "la lectura conjunta de los razonamientos del tribunal no permite llegar a la conclusión de que su discurso pueda tacharse de inmotivado, ilógico o arbitrario".

Rodríguez denunció la imposición de la pena accesoria de inhabilitación en una condena que no implicaba pena de cárcel. Pero el fiscal contesta que "la pena accesoria impuesta no excedió el marco previsible de su regulación legal" y considera que está "debidamente justificada".


  • renobal
    hace 38 minutos
    26 de julio de 2022, 22:00
    Que Batet estaba vulnerando un derecho era cosa sabida desde el primer informe de los abogados del Congreso que, después se supone por presiones hubo quien se desdijo paa avalar a la presidenta.Luego, en buena ley ha habido prevaricación manifiesta y, por tanto, la sra. Batet, aparte de ser inhabilitada para desempeñar cargo público alguno, debiera indemnizar a Rodríguez cuantiosamente por los daños causados. Puede pedir ayuda al susurrador amigo de la familia que arrime el hombro y no se esconda tras las puñetas como suele
  • gusgore
    hace 1 hora
    26 de julio de 2022, 21:34
    Batet realizó un acto de prevaricación cuando cambió de opinión y se asustó ante el requerimiento del juez Marchena, ya que los letrados de la cámara habían sido muy claros respecto a la cuestión que afectaba al diputado Alberto Rodríguez. Le temblaron las piernas y hizo dejación de una de sus funciones fundamentales: defender a un diputado el la bulneracion de un derecho fundamental.
Supongo que al mismo tiempo que retorne Alberto Rodriguez a su escaño Batet presentará su dimisión o será cesada. Ambos en el Congreso, cara a cara será un auténtico desafío para un país cuyo presidente se precia de tener democracia "plena"
 

El TC anulará la expulsión de Alberto Rodríguez del Congreso por falta de motivación​

13/06/2022 por Redacción

Ernesto Ekaizer, ha indicado en Radio Euskadi que el Tribunal Constitucional ha fallado a favor de devolver el escaño al diputado canario de unidas Podemos Alberto Rodríguez.​

Esta decisión anularía la decisión llevada a cabo por la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, que lo inhabilitó a pesar de que los letrados de la cámara avalaron que siguiera con su escaño.

El movimiento se llevó a cabo después de que el juez Marchena exigiera que se aplicara la inhabilitación del diputado, que ahora ve como su posición era la correcta.

“El escaño será devuelto”, señala Ekaizer: “Es muy importante esa falta de motivación, porque cuando ves las razones por las que la señora Batet le comunicó la medida a Alberto Rodríguez ves que no hay nada”.

El periodista cree que la sentencia se aplicará a principios de julio.

En su recurso, el exdiputado de U.P. señaló que «Con independencia de la discrepancia que podamos tener sobre la liquidación de la pena, lo cierto es y la verdad es que ambas instancias, que algo tenían que decir y resolver sobre la condena injustamente impuesta, han determinado, de una parte, en qué consistía dicha pena y sus efectos y, de otra, que la misma ha quedado ya extinguida», indica.

Rodríguez recalcó que no existe norma legal o constitucional que le obligue a privarle de su cargo de diputado electo. «Le solicito que tenga para bien, sin más demoras, restituirme en el mismo al o existir ya pena alguna pendiente de cumplir. Ténganse en cuenta la tardía notificación del Tribunal Supremo, que, según adjunto, me ha informado el día 23 de diciembre de que la condena finaliza el 5 de diciembre del presente año», expresa el diputado en su escrito.




Veremossss

Si ocurre eso....¿Que pasa con Batet?

Que seguirá en su puesto como si tal cosa, probablemente.
 

El exdiputado Alberto Rodríguez, más cerca de recuperar su escaño tras indicar la Fiscalía que fue vulnerado su derecho​

La Fiscalía del TC recrimina a Meritxell Batet haber optado por la retirada del acta de diputado, pero se opone a que se le ampare por la condena del Supremo y dice que la pena accesoria de inhabilitación estuvo "debidamente justificada".​



El ex secretario de Organización y diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez a su salida del Tribunal Supremo donde ha acudido para declarar como investigado, en Madrid, a 21 de septiembre de 2021.
El exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez a su salida del Tribunal Supremo e1 21 de septiembre de 2021. — Cézaro De Luca / EUROPA PRESS

MADRID
26/07/2022 18:19 ACTUALIZADO: 26/07/2022 18:53
ANA MARÍA PASCUAL@ANMARIAPASCUAL
Una de cal y otra de arena para el exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez. La Fiscalía ante el Tribunal Constitucional indica que la retirada de su escaño vulneró su derecho fundamental a ocupar un cargo público y a no ser apartado de él si no es por las causas y de acuerdo con los procedimientos legalmente establecidos, por lo que pide reestablecer "íntegramente" ese derecho.

Sin embargo, no ve motivo para ampararle en su recurso contra la sentencia del Supremo que le condenó a un mes y medio de cárcel por un delito de atentado a la autoridad pese a que la patada a un policía no quedó acreditada en el juicio. La pena de prisión se sustituyó por una multa de 540 euros.

El fallo implicaba una pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, lo que motivó la pérdida del escaño, según la interpretación del presidente de la Sala Segunda del Supremo, Manuel Marchena, que instó a la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, a ejecutar esa pena accesoria.


Ahora el fiscal Pedro Crespo indica que la presidenta del Congreso tenía margen para que hubiera llevado a cabo otra interpretación de la ley en vez de apuntar a la "mera suspensión" de los derechos como diputado. Por ello, aboga por restablecer a Rodríguez íntegramente en su derecho fundamental, declarando la nulidad del acuerdo dictado por Batet.

El fiscal considera que las actuaciones deben "retrotraerse" al momento anterior a dicha decisión, "con el fin de que los órganos competentes del Congreso procedan a resolver, con pleno respeto al derecho fundamental vulnerado, sobre los efectos, en el ámbito de su competencia, de la sentencia de la Sala Segunda del TS".
Los letrados del Congreso elaboraron un somero informe en el que se oponían jurídicamente a la retirada del escaño de Rodríguez por parte de la Mesa del Congreso invocando la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, siempre partidario de elegir la medida menos restrictiva para los derechos fundamentales, en este caso, de un diputado.

Pero además el cuerpo jurídico del Congreso de los Diputados señalaba claramente otros casos semejantes en los que el Constitucional había fallado a favor del mantenimiento del escaño y en contra de la interpretación de que las penas accesorias supongan la pérdida de esa condición de diputado, como ocurrió en el caso de Alberto Rodríguez a instancias del Supremo.

Reproches a Batet​

El fiscal recrimina a Batet que "no hay evidencia alguna de que la decisión recurrida contase con más sustento que el de un doble automatismo: la aceptación de cualquier pena privativa de libertad como desencadenante automático de la aplicación del artículo 6.2a) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) y la conclusión de que la combinación de esta norma con el artículo 6.4 de la misma conducía de forma igualmente automática a la pérdida definitiva del escaño".

Esto quiere decir que no había evidencia jurídica para determinar que la pena accesoria en el caso de Rodríguez diera como resultado la pérdida de su escaño, tal y como establecieron los letrados del Congreso.

Proceso posterior sobre el escaño​

Alberto Rodríguez recurrió en amparo al Constitucional la decisión de Meritxell Batet, del 22 de octubre de 2021, de retirarle su acta de diputado. La Fiscalía advierte que, aunque es favorable a ese amparo, la restitución del escaño no se producirá automáticamente, ya que la Junta Electoral Central expidió la credencial de diputada a Fátima González --la siguiente en la lista--, quien sin embargo renunció a ocupar su escaño.

La Fiscalía augura un conflicto en este sentido, ya que señala que Rodríguez no impugnó el nombramiento de su compañera como su sustituta en el Congreso y prevé la "dilucidación" por parte de "la autoridad competente".

El borrador de la sentencia que se alcanzará en el Constitucional sobre la retirada del escaño de Alberto Rodríguez ya está listo, a cargo de la magistrada María Luisa Balaguer, quien propone dar la razón al exdiputado en su denuncia por vulneración de su derecho fundamental a ocupar su puesto en el Congreso. Aún no hay fecha para la votación de dicho borrador.

Avala la sentencia del Supremo​

En el segundo recurso pendiente de Alberto Rodríguez en el TC, la Fiscalía muestra una opinión contraria y avala íntegramente la sentencia que le condenó. El exdiputado denunció la vulneración del derecho a un juez imparcial, porque en el fallo se calificó de "inapropiado" que en su última palabra Rodríguez advirtiera de que llegaría hasta el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH).

El fiscal resta importancia a ese detalle, aduciendo que "no hay razón alguna para sospechar que el concreto razonamiento judicial pudiera ser determinante, ni aun colateralmente influyente, en el sentido del fallo".
Respecto a la presunta vulneración de su derecho a la presunción de inocencia, ya que la condena sólo estuvo apoyada en el testimonio del propio agente agredido, sin más indicios probatorios, la Fiscalía alega que si bien la Sala "se apoya de modo prácticamente exclusivo" en ese testimonio, de "la lectura conjunta de los razonamientos del tribunal no permite llegar a la conclusión de que su discurso pueda tacharse de inmotivado, ilógico o arbitrario".

Rodríguez denunció la imposición de la pena accesoria de inhabilitación en una condena que no implicaba pena de cárcel. Pero el fiscal contesta que "la pena accesoria impuesta no excedió el marco previsible de su regulación legal" y considera que está "debidamente justificada".


  • renobal
    hace 38 minutos
    26 de julio de 2022, 22:00
    Que Batet estaba vulnerando un derecho era cosa sabida desde el primer informe de los abogados del Congreso que, después se supone por presiones hubo quien se desdijo paa avalar a la presidenta.Luego, en buena ley ha habido prevaricación manifiesta y, por tanto, la sra. Batet, aparte de ser inhabilitada para desempeñar cargo público alguno, debiera indemnizar a Rodríguez cuantiosamente por los daños causados. Puede pedir ayuda al susurrador amigo de la familia que arrime el hombro y no se esconda tras las puñetas como suele
  • gusgore
    hace 1 hora
    26 de julio de 2022, 21:34
    Batet realizó un acto de prevaricación cuando cambió de opinión y se asustó ante el requerimiento del juez Marchena, ya que los letrados de la cámara habían sido muy claros respecto a la cuestión que afectaba al diputado Alberto Rodríguez. Le temblaron las piernas y hizo dejación de una de sus funciones fundamentales: defender a un diputado el la bulneracion de un derecho fundamental.
Supongo que al mismo tiempo que retorne Alberto Rodriguez a su escaño Batet presentará su dimisión o será cesada. Ambos en el Congreso, cara a cara será un auténtico desafío para un país cuyo presidente se precia de tener democracia "plena"
Claro, mujer. Batet dimitirá por cumplir una orden directa del Supremo. Eso, en tu mundo.....
 

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