Es pro derechas, y ahí está el PP y PENo sé qué significa afines tipo Concha. Pero la acusación la realiza la fiscalía. Que con Lola Delgado a la cabeza no es exactamente muy pro PP...
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Es pro derechas, y ahí está el PP y PENo sé qué significa afines tipo Concha. Pero la acusación la realiza la fiscalía. Que con Lola Delgado a la cabeza no es exactamente muy pro PP...
Bueno, ni Unidas Podemos denuncia, ni el ex diputado va a denunciar, pero el numerito ofrecido ha sido bochornoso y con un miedo tremendo en el cuerpo sobre quiénes nos gobiernan.
En un Estado de Derecho una Ministra cuestiona a el Poder Judicial, único órgano de control del resto de poderes, y aquí no pasa nada...o sí. Pavor. Lo único bueno es que no hay mal que cien años dure ni elecciones generales cada cuatro años, en un país democrático, alabado sea el Señor.
Para empezar en un Estado de Derecho los tres poderes están al mismo nivel, los famosos frenos y contrapesos en los que se basa el sistema democrático.En un Estado de Derecho una Presidenta de todo un Parlamento, primer poder, representando al pueblo se arrodilla y se baja las bragas ante un tercer poder sin tener nada escrito que lo avale y expulsa por su cara bonita a un diputado.
ah, es verdad, que a veces se me olvida que para ti el PSOE es casi casi extrema derecha. O igual extrema no.Es pro derechas, y ahí está el PP y PE
En un Estado de derecho la presidenta de uno de los tres poderes, el legislativo, respeta y ejecuta las sentencias de otro poder, el judicial.En un Estado de Derecho una Presidenta de todo un Parlamento, primer poder, representando al pueblo se arrodilla y se baja las bragas ante un tercer poder sin tener nada escrito que lo avale y expulsa por su cara bonita a un diputado.
Cuada cuatro años se celebran elecciones democráticas y resulta que tenemos órganos de la Judicatura con mas de dos años de retraso en renovarlos porque a una persona no se le pone en las narices hacerlo. Muy democrático y muy de Estado de Derecho.
Y es mas, resulta que cuando llegan a un acuerdo las dos derechas pactan en incluir nombres que por un lado han sido recusados en causas del PP y el otro según figura en las escuchas telefónicas del caso Lezo, Arnaldo Alcubilla participó en las maniobras para colocar jueces y fiscales afines que favoreciesen la exculpación del expresidente de la Comunidad de Madrid Ignacio González en el caso del supuesto regalo de un ático de lujo en la localidad malagueña de Estepona.
Por cierto, el caso fue archivado.
Si, si estamos en un país muy """democrático""
En un Estado de derecho la presidenta de uno de los tres poderes, el legislativo, respeta y ejecuta las sentencias de otro poder, el judicial.
Afortunadamente lo ha hecho. Aunque ha tardado más de la cuenta y se ha resistido innecesaria e incomprensiblemente.
La gente que sabe una pizca de derecho sabe qué es la inhabilitación para cargo público.No hay sentencia ni escrito de Marchena en el que conste que debe abandonar el escaño.
Desafortunadamente lo ha hecho.
Si el unico cambio en toda esta situación es que hubiera sido del PP hubieras estado pidiendo su dimensión desde el minuto uno y te alegrarias de que abandonase el escaño. ese es el problema para mi, que hubieras dicho justo lo cotnrario si el acusado hubiera sido de otro partido.No hay sentencia ni escrito de Marchena en el que conste que debe abandonar el escaño.
Desafortunadamente lo ha hecho.
La gente que sabe una pizca de derecho sabe qué es la inhabilitación para cargo público.
Es una incógnita en qué norma funda Meritxell Batet su decisión y con qué motivación priva del escaño a Alberto Rodríguez cuando no existe “decisión judicial firme que anule la elección o la proclamación del Diputado”, como recoge el 22.1 del Reglamento del Congreso de los Diputados. Conviene recordar la tajante prohibición de la aplicación retroactiva de la norma penal y de sus penas en los estados de derecho y la plena legitimidad de la elección de Alberto Rodríguez el 10 de noviembre de 2019."En definitiva, de un análisis de la normativa aplicable, interpretada a la luz de los principios constitucionales en la forma en que los mismos han sido configurados por el Tribunal Constitucional en jurisprudencia reiterada, llevan a concluir que de la Sentencia 750/2021, de 6/1O dictada en la causa especial 3/21029/2019, no cabe derivar consecuencia extra penal alguna que afecte a la condición de diputado del Sr. Rodríguez, no concurriendo ni la causa de incompatibilidad sobrevenida contemplada en el apartado 2 en relación con el apartado 4 del artículo 6 de la LOREG, ni ninguno de los supuestos que, en aplicación de los artículos 21 y 22 del Reglamento del Congreso, comportarían bien la suspensión de los derechos, prerrogativas y deberes del diputado, bien la pérdida de la condición".
Efectivamente. Por eso Marchena contestó a Batet que no tenía que interpretarle la Sentencia. Que la cumpliera y punto.La gente que sabe de Derecho sabe los jueces hablan con sus sentencias escritas, no se puede dejar a la interpretación.
Efectivamente. Por eso Marchena contestó a Batet que no tenía que interpretarle la Sentencia. Que la cumpliera y punto.