Daniel Sancho (hijo del actor Rodolfo Sancho) acusado de matar y desmembrar en Tailandia al médico colombiano Edwin Arrieta.

Tengo dudas de que asi sea. El poder del cerebro para bloquear informacion es grandioso. El padre puede estar negandose a si mismo lo que es obvio desde fuera. "Disonancia cognitiva" lo llamo alguien por el foro, 200 paginas atras. Por ello el deterioro del padre.
Es actor, está haciendo un papel ya escrito en un guión y por ello le pagan 150.000 euros.
 
Daniel Jerónimo Sancho Bronchalo es un criminal
Padre Sancho puede decir misa en arameo y hacer que se cree el papel de "padre coraje de un chiquillo influenciable"
Y si cobra y le pagan 150.000 euros, mejor para él.
"Chiquillo influenciable" tenía ya sus 29 años cumplidos,, novia desde hace cinco años que le acompañaba al abogado de sus otros juicios penales por delitos de agresión y lesiones y ya, en dos meses, cumple 30 años.
De vez en cuando hay que recordar que el ángel descuartizó a una persona después de matar "presuntamente"...ahí, de rodillas en el baño cortando y envolviendo cortando y envolviendo y al frigorífico hasta que decidía que trozo tirar en según qué sitio. Que parece que estaba desmontando un mr potato pues no, maiii en tailandés
 
Es una diferencia abismal con Tailandia por eso es una de las cosas que no cuadra con que planeara hacerlo allí y que es porque pensaba que no lo iban a pillar tampoco cuadra poque no era la primera vez que va a Tailandia y sabría lo de las cámaras y la pena de muerte
y eso que dijo a la familia Española que conoció en el avión , que no iba a volver más al país... que inmediatamente se relacionó con que ya llevaba el crimen premeditado..... no han vuelto a comentar nada de esa familia... claro no interesa
 
Eso es imposible porque aún suponiendo que le condenaran por asesinato y no homicidio aquí es de 10 a 20 años, dependiendo de si el dolo es directo o eventual
Le podrían caer perfectamente 20 años por asesinato premeditado, más 5 más por ser pareja de la víctima, más 1 por descuartizar el cuerpo.
Unos 26 años.

Veo que hay algun@ usuari@ a la que le hace gracia mi comentario. No le veo la gracias la verdad 🙄. A Rosa Peral del caso de la guardia urbana le cayeron 25. Son penas que en España ya se han puesto.
 
Última edición:
Eso es imposible porque aún suponiendo que le condenaran por asesinato y no homicidio aquí es de 10 a 20 años, dependiendo de si el dolo es directo o eventual

El tipo de dolo no influye en la pena. Es decir, si hay dolo, hay dolo. Independientemente del tipo que sea, se va a castigar de la misma manera un delito con dolo eventual que un delito con dolo directo.

En este caso es evidente que es un delito doloso y no imprudente (pues el sujeto sabia lo que hacia y ademas quería hacerlo, el hecho de ser psicopata no te exime ni te atenua la responsabilidad penal ) ademas yo diría que es dolo directo, pues la acción iba dirigida directamente al resultado obtenido (aunque el tipo de dolo no tiene relevancia).

Además también es evidente que es un asesinato, y no solamente un homicidio doloso, porque se da la circunstancia agravante de alevosia:

“Se considera que hay alevosía cuando la persona que comete algún delito contra otra persona, lo hace de manera tal que se asegura la correcta ejecución. Evitando, de esta manera, que la víctima pueda defenderse o evitar dicho ataque.

De esta forma, la alevosía se produce cuando el delincuente actúa de manera segura y a traición. Otro ejemplo sería el caso de un ataque por la espalda.

Por consiguiente, la alevosía implica cometer un delito de manera que se impida a la víctima defenderse, asegurando tanto su consumación como que el perpetrador quede ileso.

Clasificación de alevosía

Se pueden clasificar diferentes tipos de alevosía en función de la premeditación del acto delictivo.

  1. La alevosía por desvalimiento, se considera cuando el delincuente se aprovecha de alguna desventaja física de la víctima para atacar. Por ejemplo, el ataque a algún anciano o persona con alguna discapacidad.
  2. En la alevosía súbita, el maleante se aprovecha de la confianza de la víctima para poder realizar el ataque.
  3. La alevosía insidiosa se consume cuando el delincuente realiza un delito de forma tal que no queden evidencias. Un ejemplo claro es cuando el delincuente le da veneno a la víctima, sin que la víctima lo sepa.
  4. En la alevosía proditoria, el culpable realiza el delito de manera premeditada. Para esto suele vigilar a la víctima para tener un mejor control y saber cuándo es el momento más propicio para atacar.

Características de alevosía

Hay algunos puntos clave para entender qué queda definido dentro de la alevosía. A pesar de que en muchos casos la alevosía se ejecuta de manera premeditada, no es un requisito necesario para considerarla como tal.

Esto quiere decir que puede suceder de manera espontánea en el momento del delito. En cualquiera de los casos, sí es un requisito necesario para considerar una alevosía que la víctima esté completamente indefensa en el momento del ataque.

También se entiende como alevosía a toda forma o medio que el delincuente utiliza para que de manera segura pueda cumplir con éxito su delito. De hecho, la propia forma o medio que se utiliza para consumar el delito se puede considerar como alevosía.

Por último, debe haber dolo del lado del delincuente. Esto quiere decir que el delincuente debe ser consciente de que lo que está haciendo está mal, y aun sabiéndolo continúa con su acto.”
 
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El tipo de dolo no influye en la pena. Es decir, si hay dolo, hay dolo. Independientemente del tipo que sea, se va a castigar de la misma manera un delito con dolo eventual que un delito con dolo directo.

En este caso es evidente que es un delito doloso y no imprudente, ademas yo diría que es dolo directo, pues la acción iba dirigida directamente al resultado obtenido (aunque el tipo de dolo no tiene relevancia).

Además también es evidente que es un asesinato, y no solamente un homicidio doloso, porque se da la circunstancia agravante de alevosia:

Se considera que hay alevosía cuando la persona que comete algún delito contra otra persona, lo hace de manera tal que se asegura la correcta ejecución. Evitando, de esta manera, que la víctima pueda defenderse o evitar dicho ataque.

De esta forma, la alevosía se produce cuando el delincuente actúa de manera segura y a traición. Otro ejemplo sería el caso de un ataque por la espalda.

Por consiguiente, la alevosía implica cometer un delito de manera que se impida a la víctima defenderse, asegurando tanto su consumación como que el perpetrador quede ileso.

Clasificación de alevosía​

Se pueden clasificar diferentes tipos de alevosía en función de la premeditación del acto delictivo.

  1. La alevosía por desvalimiento, se considera cuando el delincuente se aprovecha de alguna desventaja física de la víctima para atacar. Por ejemplo, el ataque a algún anciano o persona con alguna discapacidad.
  2. En la alevosía súbita, el maleante se aprovecha de la confianza de la víctima para poder realizar el ataque.
  3. La alevosía insidiosa se consume cuando el delincuente realiza un delito de forma tal que no queden evidencias. Un ejemplo claro es cuando el delincuente le da veneno a la víctima, sin que la víctima lo sepa.
  4. En la alevosía proditoria, el culpable realiza el delito de manera premeditada. Para esto suele vigilar a la víctima para tener un mejor control y saber cuándo es el momento más propicio para atacar.

Características de alevosía​

Hay algunos puntos clave para entender qué queda definido dentro de la alevosía. A pesar de que en muchos casos la alevosía se ejecuta de manera premeditada, no es un requisito necesario para considerarla como tal.

Esto quiere decir que puede suceder de manera espontánea en el momento del delito. En cualquiera de los casos, sí es un requisito necesario para considerar una alevosía que la víctima esté completamente indefensa en el momento del ataque.

También se entiende como alevosía a toda forma o medio que el delincuente utiliza para que de manera segura pueda cumplir con éxito su delito. De hecho, la propia forma o medio que se utiliza para consumar el delito se puede considerar como alevosía.

Por último, debe haber dolo del lado del delincuente. Esto quiere decir que el delincuente debe ser consciente de que lo que está haciendo está mal, y aun sabiéndolo continúa con su acto.
Pos fale
 
Gracias, Analista criminóloga vidente, por habernos mostrado una vez más la imagen de la víctima en dibujitos infantilizados.
Y por tu profesionalidad.
Como un recortable de hace más de 50 años.
Era eso necesario?
Sin ninguna necesidad, porque ya lo habíamos obtenido en otra imagen más acorde y certera y menos personal. Una imagen forense.
Para qué se copia un dibujo de mierda?
Pues para joder a la victima.
Podíamos cosificar más a la víctima?
Sí, es posible.

Ahora, por un segundo, imaginen que alguien muy cercano a la familia y esté viendo esta mierda.
Cómo se sentiría viendo a tu amigo, familia, o lo que sea, reducido a un dibujo infantiloide?

Vaya mierda de analistas se lucen por las teles.
Y si es verdad que el despacho Ospina promovió este encuentro, me cago en Ospina también.
Qué necesidad!
 

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