CASO ALCASSER

Seguramente no habría nadie más a quien delatar...

Pues más condenable aún, entonces debería haber sido Pitarch quien denunciara a García ante el Colegio de Abogados por tratar con tanta frivolidad la documentación del caso y por involucrarlo a él.
En tu opinión, no.

Sí, pero ahí la culpa no la tiene Quillis... Pitarch, y sobre todo el otro.
 
Claro, esa ya me la sé, lo que no se entiende es que no se compararan con los de Mauricio.
Pero eso lo hemos puesto muchas veces.
Se comparó morfológicamente por parte de Frontela e INT con los hermanos de Anglés y algún amigo más de ambos.Eso tiene poca consistencia.Es a ojo,vamos a través del microcospio,y es una descripción física del pelo en sí.Es más,Frontela hablaba de que había pelos de Ricart y al final no eran.También de Roberto.De Mauri no recuerdo si alguno le pareció que sí.
Luego el relevante ,el que hace Carracedo,se sabe que es posible realizarlo a punto de empezar el juicio y el Tribunal admite compararlos con Ricart,que es el acusado.Mauri no estaba sentado en el banquillo.
 
Y eso que dice Ricart de ser verdad,me refiero a lo que pones en negrita qué tiene que ver con qué lo quieran para algo raro? si ya te digo que no era el único que lo tenía.Igual Pitarch era un imbécil con ganas de notoriedad pero no veo que tiene eso que ver con buscar supuestos nombres que de estar,otros ya sabrían.
El 90% de estos circos pasaban por lo que pasaban.
Como Miguel Ricart subiéndose al carro de FG proclamando su inocencia.Eso sí,inocente del todo fue después de 2 años o más.
Como no va a ser todo un circo...
Te lo he puesto en negrita porque me preguntaste lo del trofeo.
 
Pero eso lo hemos puesto muchas veces.
Se comparó morfológicamente por parte de Frontela e INT con los hermanos de Anglés y algún amigo más de ambos.Eso tiene poca consistencia.Es a ojo,vamos a través del microcospio,y es una descripción física del pelo en sí.Es más,Frontela hablaba de que había pelos de Ricart y al final no eran.También de Roberto.De Mauri no recuerdo si alguno le pareció que sí.
Luego el relevante ,el que hace Carracedo,se sabe que es posible realizarlo a punto de empezar el juicio y el Tribunal admite compararlos con Ricart,que es el acusado.Mauri no estaba sentado en el banquillo.
Ya, pero es que eso me parece un despropósito, si se admite un careo porque Ricart apunta directamente al Mauri también como implicado, haber hecho uno relevante (porque si es solo una descripción del pelo, pues de poco vale, ¿no?) con Carracedo. Incluso antes del juicio si me apuras, ya que el Mauri no estaba acusado.
 
No se trata de quién más hay o quién menos, sino de lo que declara ella.

- Haber puede haber de cualquiera, otra cosa es que por H o por B no haya salido.

- Una confesión que no se sostiene en varios puntos, o me dirás que es muy creíble lo de la caseta de La Romana. ¿Que la frecuentaban? Sí, pero no cuadra con lo que hemos mencionado ya infinidad de veces (rastros biológicos, caminata, la moqueta encontrada "por ahí").

- No identifica a los ocupantes, pero sí a cuatro individuos (más las chicas), además de las vestimentas que llevaban ese día...
Bueno no me parece muy normal decir que puede ser cualquiera el responsable cuando hay una persona que confiesa y da datos de como fueran las cosas.No sé a cuanta gente conocéis que se confiese autor de algo así sin serlo.
Me parece bien que no creas en la caseta,cada uno su opinión,pero que una persona no confiese el supuesto lugar de los hechos no implica que sea porque no lo sabe.Más bien puede ser porque no quiere que se sepa cual es el real.
Una moqueta llena de porquería me pega bastante para una caseta o similar.Para un chalet no mucho y menos arrancada.
 
Ya, pero es que eso me parece un despropósito, si se admite un careo porque Ricart apunta directamente al Mauri también como implicado, haber hecho uno relevante (porque si es solo una descripción del pelo, pues de poco vale, ¿no?) con Carracedo. Incluso antes del juicio si me apuras, ya que el Mauri no estaba acusado.
Pero còmo van a admitir un análisis de una persona de la qué no hay pruebas de su implicación y no está acusada? De hecho él al juicio va como testigo.
 
El día 21 de Noviembre de 1.992, se personó en el Cuartel de la Guardia Civil de la localidad de Picassent (Valencia), a las 20,15 horas, Dª. DOLORES BADAL SORIA, de 63 años de edad, casada, ama de casa, hija de Celestino y de Antonia, natural y vecina de esta localidad de Picassent (Valencia), con domicilio en la calle(?), manifestando ante el Comandante de Puesto de la guardia Civil de Picassent, que serían sobre las 20,00 horas del día 13 de Noviembre de 1.992 (VIERNES), cuando se hallaba en su domicilio, vio a tres jóvenes haciendo autostop, y que cree se podría tratar de las tres chicas desaparecidas, por lo que acto seguido se traslada el Equipo de Policía Judicial al domicilio de la citada DOLORES BADAL SORIA, para efectuar el correspondiente INFORME y CROQUIS de la zona, dando como resultado lo siguiente:

DATOS OBTENIDOS: Para la realización del presente informe se recopilaron los siguientes datos:

–De 20,00 a 20,30 horas del día 13 de Noviembre de 1.992, la citada señora se encontraba con la ventana abierta mirando hacia la esquina donde al parecer se hallaban las chiquillas haciendo Autostop, situada con medio cuerpo fuera de la ventana, por lo que pudo apreciar todos los detalles.

-La ventana se halla a una altura de la acera de 9 a 10 metros aproximados, y a una distancia de la esquina donde se encontraban las tres niñas y donde paró el vehículo de 10 a 12 metros aproximados.

-Frente a la ventana de la vivienda de la señora DOLORES, existe una farola empotrada en la pared, a una altura del suelo de unos 8 metros y a una distancia de su esquina de 3 metros, con luz potente y clara.

-En la acera de la parte izquierda de la carretera VP-3065 según dirección a Venta Cabrera, existe otra farola, que se encuentra a una distancia de donde dice la señora DOLORES se encontraban las chiquillas, de unos 6 metros de distancia, con luz fuerte y clara.

–El vehículo de color blanco descrito por la señora y según manifiesta la misma se paró a la derecha saliéndose de la calzada, según el sentido de su marcha para recoger a las niñas, quedando con la parte delantera a la altura misma de la esquina, al no poder subirse en la acera por encontrarse en la misma un contenedor de recogida de basura, y de esa forma permitir el paso a los vehículos que circulaban detrás, y que pudo observar en ese momento que en el interior del mismo iban cuatro personas (hombres), y que su sorpresa fue que al ser un vehículo tan pequeño, pudieran ir siete personas, al subir en el mismo las tres niñas, que pudo apreciar que la última en subir era la que vestía de negro.

-El tiempo que permanecieron las niñas en el citado lugar, calcula que sería de cuatro a cinco minutos.

–Que posteriormente a todo lo relatado, el vehículo continuó la marcha en dirección hacia Venta Cabrera, y que su inicio fue normal, arrancando a velocidad moderada.

-De todos estos datos obtenidos por la manifestante Sra. DOLORES, se ha comprobado de la siguiente forma:

-Se ha colocado un vehículo en la posición en que la señora dice que lo vio, cuando recogieron a las niñas, subiendo dos componentes de la Guardia Civil en primer lugar en los asientos delanteros (Conductor y Ocupante), y acto seguido en los asientos traseros, siendo observados desde la ventana y en la posición en que se encontraba la señora, por un componente del Equipo de Policía Judicial, apreciando perfectamente el cuerpo del conductor, ocupantes delantero y trasero derechos y observando la parte del cuerpo del ocupante posterior izquierdo desde su cintura a rodillas y manos.

-En base a los datos aportados y pruebas realizadas, se cree que la manifestante pudo apreciar perfectamente que el vehículo iba ocupado por cuatro individuos.

-Y no teniendo nada más que hacer constar, se da por terminado el presente INFORME, que consta de dos folios útiles, escritos por una sola cara a dos espacios, que es firmada por los componentes de este Equipo de Policía Judicial, siendo las 13,30 horas del día, mes y año al principio consignado.
 

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