Mofas de un juez a una víctima de violencia machista

@pato laqueado


Desconozco cuál es este caso que mencionas. Pero si es como tú lo cuentas, pues aquí estoy yo para denunciarlo.

Oh, no importa. Ya está muerta. Aquì lo tienes, de varias cabeceras importantes. Quien sabe por qué, ciertos casos parece que no interesan. Ni nos enteramos de que existen. Sin acritud, de verdad, porque la prensa tiene muchísima culpa: p. ej, este caso en concreto apenas lo han mencionado, mientras que con la tipa esta del caso que nos ocupa serán capaces de tirarse semanas, solo porque sirve a montar polémica sobre jueces "machistas". Saludos.

Irán ejecuta a la joven que a los 17 años mató a su marido, que la maltrataba y permitió que la violaran desde los 15
https://www.lavanguardia.com/intern.../zeinab-sekaanvand-ejecutada-iran-marido.html


Iran executes former child bride for 'killing abusive husband': Sentence is carried out two days after she gave birth to stillborn child fathered by prisoner she married while on death row
https://www.dailymail.co.uk/news/ar...ekaanvand-jailed-killing-abusive-husband.html

Iran hanging: Fears for child bride Zeinab Sekaanvand

https://www.bbc.com/news/world-middle-east-37617333



Iran, giustiziata Zeinab Sekaanvand sposa-bambina curda che uccise il marito
La giovane era stata arrestata quando aveva 17 anni. L’esecuzione della condanna confermata anche da Amnesty International. L’Iran è rimasto l’unico Paese al mondo a mettere a morte minorenni al momento del reato
https://www.corriere.it/esteri/18_o...to-50e3ad4c-c649-11e8-9c9d-1a34fa855d35.shtml

 
Esto pasa en muchas profesiones, maestros/as que en corrillos dicen los hasta los co..nes que están de tal crío y lo mal que lo educan los padres, conversaciones en quirófano sobre lo gordo que está el paciente y se sale de la camilla, etc, es inevitable.
 
Un vídeo sobrecogedor


Los ciudadanos suelen pensar que son los abogados, fiscales y jueces los que interpretan la ley, pero no es así. La ley la interpretamos los ciudadanos con nuestra conducta

¿Cómo podemos extrañarnos de que pase lo que está pasando, cuando tres personas piezas claves en el proceso de administración de justicia frente a la violencia contra la mujer, se expresan de la forma en que lo hacen?

Javier Pérez Royo
42 comentarios

04/10/2018 - 21:07h
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CADENA SER

Una sociedad democrática, que descansa en los principios de igualdad jurídica y libertad personal, es y no puede dejar de ser una cadena ininterrumpida de relaciones jurídicas. En una sociedad democrática los individuos no pueden dejar de relacionarse jurídicamente. Están siendo permanentemente partes de una relación jurídica.

En la inmensa mayoría, en la casi totalidad (99%) de esa relaciones, las partes coinciden con sus conductas en la interpretación de la norma jurídica reguladora de la relación y, en consecuencia, no se plantea ningún conflicto. En algunos casos, que son millones, pero que son un porcentaje insignificante en los billones de operaciones jurídicas en que consiste el tejido social, las partes no coinciden en la interpretación de la ley y surge el conflicto que, dependiendo de las circunstancias, acaba siendo residenciado o no ante un tribunal de justicia.

En este momento es en el que entran en juego los abogados de las partes, el fiscal y el juez. Y no entran en juego como intérpretes de la ley, sino como intérpretes de la interpretación que de la ley han hecho las partes con su conducta. Los abogados argumentan de manera contradictoria que es la parte que cada uno de ellos representa la que se ha mantenido con su conducta dentro de la ley y que es la otra parte la que se ha puesto fuera de la ley. El fiscal, en aquellos asuntos en que se exige su presencia, que no son todos, aunque cada vez son más, se supone que informa de manera neutral y objetiva sobre la adecuación/inadecuación de la conducta de cada una de las partes a lo previsto en la ley. Y el juez, que es el portador del poder del Estado, tras haber oído a las partes, a sus abogados y al fiscal, acaba decidiendo cuál de las partes ha interpretado con su conducta correctamente la ley y cuál no lo ha hecho.

La interpretación de la ley está presidida por el principio de igualdad. Y dicho principio de igualdad exige que las partes estén representadas por sus respectivos abogados, que son quienes se enfrentan en el juicio. Es el principio de “igualdad de armas” acuñado por la doctrina alemana. Pero exige, sobre todo, la neutralidad e imparcialidad de los representantes del Estado en el proceso de administración de justicia.

El principio de igualdad puede quebrar o porque el abogado de una de las partes tiene acceso al fiscal y al juez de una manera que no la tiene el abogado de la otra o porque el fiscal y, sobre todo, el juez carecen de la imparcialidad exigible en la tarea que tienen constitucionalmente encomendadas.

Esta triple quiebra del principio de igualdad es la que ha quedado recogida en el vídeo hecho público esta mañana por la Cadena SER, en el que, en una conversación entre el juez, la fiscal y la letrada de la Administración de Justicia, queda reflejada una conducta de cada uno de ellos que resulta incompatible con lo que la Constitución exige en el proceso de administrar justicia.

El vídeo es sobrecogedor porque refleja una conducta impropia de los tres, aunque no de los tres por igual. Pero de los tres. Y sobre la conducta de los tres deberían abrir una investigación el Ministerio Fiscal y el Consejo General del Poder Judicial. La apariencia de que se administra justicia forma parte del derecho ciudadano a la tutela judicial efectiva. Si no parece que se está administrando justicia, es que no se está administrando. El vídeo es concluyente. La "complicidad" de la letrada, la fiscal y el juez produce espanto.

Y en un tema tan sensible como el que estaba presente en la conversación. Y en el lugar y en el momento en que la conversación tiene lugar. No estamos en el ejercicio de la función jurisdiccional, pero sí en el lugar y en el momento más próximo al ejercicio de dicha función. Por eso ha quedado reflejada en el soporte en que ha quedado reflejada. Es una conversación privada, pero mantenida inmediatamente después de un acto público. ¿No será ese el momento en el que están diciendo lo que de verdad piensan?

El vídeo es expresión de una (in)cultura jurídica terrible, que es la que ayuda a explicar la magnitud del fenómeno de la violencia contra la mujer. ¿Cómo podemos extrañarnos de que pase lo que está pasando, cuando tres personas que, por ser piezas claves en el proceso de administración de justicia, a través del cual se debería hacer frente a la violencia contra la mujer, se expresan de la forma en que lo hacen?

https://www.eldiario.es/zonacritica/video-sobrecogedor_6_821427876.html


No sé donde he oído que se ha autorecusado de la causa el juez...Por cierto....Tendrán que alabar y agradecer a la prensa que no hayan puesto al menos yo no lo sé el nombre y dos apellidos completos de éste elemento, ni el nombre de la fiscala, ni el nombre de la mujer que formaban el trío socarrón.

No vale con abrirle un expediente porque éste sujeto si sigue en la judicatura es un peligro para las mujeres. Por eso parece que se ha guardado muy bien su nombre para que no se publique.

Eso es proteger y tapar a un personaje que no lo merece. ¿Quien es? Queremos saber su filiación.

Sabemos el nombre de la mujer y su apellido de la mujer maltratada pero convenientemente la prensa ha echado un capote al CGPJ para no dar datos del juez.

¡Que asco!
 
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Un vídeo sobrecogedor


Los ciudadanos suelen pensar que son los abogados, fiscales y jueces los que interpretan la ley, pero no es así. La ley la interpretamos los ciudadanos con nuestra conducta

¿Cómo podemos extrañarnos de que pase lo que está pasando, cuando tres personas piezas claves en el proceso de administración de justicia frente a la violencia contra la mujer, se expresan de la forma en que lo hacen?

Javier Pérez Royo
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04/10/2018 - 21:07h
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CADENA SER

Una sociedad democrática, que descansa en los principios de igualdad jurídica y libertad personal, es y no puede dejar de ser una cadena ininterrumpida de relaciones jurídicas. En una sociedad democrática los individuos no pueden dejar de relacionarse jurídicamente. Están siendo permanentemente partes de una relación jurídica.

En la inmensa mayoría, en la casi totalidad (99%) de esa relaciones, las partes coinciden con sus conductas en la interpretación de la norma jurídica reguladora de la relación y, en consecuencia, no se plantea ningún conflicto. En algunos casos, que son millones, pero que son un porcentaje insignificante en los billones de operaciones jurídicas en que consiste el tejido social, las partes no coinciden en la interpretación de la ley y surge el conflicto que, dependiendo de las circunstancias, acaba siendo residenciado o no ante un tribunal de justicia.

En este momento es en el que entran en juego los abogados de las partes, el fiscal y el juez. Y no entran en juego como intérpretes de la ley, sino como intérpretes de la interpretación que de la ley han hecho las partes con su conducta. Los abogados argumentan de manera contradictoria que es la parte que cada uno de ellos representa la que se ha mantenido con su conducta dentro de la ley y que es la otra parte la que se ha puesto fuera de la ley. El fiscal, en aquellos asuntos en que se exige su presencia, que no son todos, aunque cada vez son más, se supone que informa de manera neutral y objetiva sobre la adecuación/inadecuación de la conducta de cada una de las partes a lo previsto en la ley. Y el juez, que es el portador del poder del Estado, tras haber oído a las partes, a sus abogados y al fiscal, acaba decidiendo cuál de las partes ha interpretado con su conducta correctamente la ley y cuál no lo ha hecho.

La interpretación de la ley está presidida por el principio de igualdad. Y dicho principio de igualdad exige que las partes estén representadas por sus respectivos abogados, que son quienes se enfrentan en el juicio. Es el principio de “igualdad de armas” acuñado por la doctrina alemana. Pero exige, sobre todo, la neutralidad e imparcialidad de los representantes del Estado en el proceso de administración de justicia.

El principio de igualdad puede quebrar o porque el abogado de una de las partes tiene acceso al fiscal y al juez de una manera que no la tiene el abogado de la otra o porque el fiscal y, sobre todo, el juez carecen de la imparcialidad exigible en la tarea que tienen constitucionalmente encomendadas.

Esta triple quiebra del principio de igualdad es la que ha quedado recogida en el vídeo hecho público esta mañana por la Cadena SER, en el que, en una conversación entre el juez, la fiscal y la letrada de la Administración de Justicia, queda reflejada una conducta de cada uno de ellos que resulta incompatible con lo que la Constitución exige en el proceso de administrar justicia.

El vídeo es sobrecogedor porque refleja una conducta impropia de los tres, aunque no de los tres por igual. Pero de los tres. Y sobre la conducta de los tres deberían abrir una investigación el Ministerio Fiscal y el Consejo General del Poder Judicial. La apariencia de que se administra justicia forma parte del derecho ciudadano a la tutela judicial efectiva. Si no parece que se está administrando justicia, es que no se está administrando. El vídeo es concluyente. La "complicidad" de la letrada, la fiscal y el juez produce espanto.

Y en un tema tan sensible como el que estaba presente en la conversación. Y en el lugar y en el momento en que la conversación tiene lugar. No estamos en el ejercicio de la función jurisdiccional, pero sí en el lugar y en el momento más próximo al ejercicio de dicha función. Por eso ha quedado reflejada en el soporte en que ha quedado reflejada. Es una conversación privada, pero mantenida inmediatamente después de un acto público. ¿No será ese el momento en el que están diciendo lo que de verdad piensan?

El vídeo es expresión de una (in)cultura jurídica terrible, que es la que ayuda a explicar la magnitud del fenómeno de la violencia contra la mujer. ¿Cómo podemos extrañarnos de que pase lo que está pasando, cuando tres personas que, por ser piezas claves en el proceso de administración de justicia, a través del cual se debería hacer frente a la violencia contra la mujer, se expresan de la forma en que lo hacen?

https://www.eldiario.es/zonacritica/video-sobrecogedor_6_821427876.html


No sé donde he oído que se ha autorecusado de la causa el juez...Por cierto....Tendrán que alabar y agradecer a la prensa que no hayan puesto al menos yo no lo sé el nombre y dos apellidos completos de éste elemento, ni el nombre de la fiscala, ni el nombre de la mujer que formaban el trío socarrón.

No vale con abrirle un expediente porque éste sujeto si sigue en la judicatura es un peligro para las mujeres. Por eso parece que se ha guardado muy bien su nombre para que no se publique.

Eso es proteger y tapar a un personaje que no lo merece. ¿Quien es? Queremos saber su filiación.

Sabemos el nombre de la mujer y su apellido de la mujer maltratada pero convenientemente la prensa ha echado un capote al CGPJ para no dar datos del juez.

¡Que asco!

La prensa está vendida, Idolo. Prensa de mierda.
 
Un vídeo sobrecogedor


Los ciudadanos suelen pensar que son los abogados, fiscales y jueces los que interpretan la ley, pero no es así. La ley la interpretamos los ciudadanos con nuestra conducta

¿Cómo podemos extrañarnos de que pase lo que está pasando, cuando tres personas piezas claves en el proceso de administración de justicia frente a la violencia contra la mujer, se expresan de la forma en que lo hacen?

Javier Pérez Royo
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04/10/2018 - 21:07h
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CADENA SER

Una sociedad democrática, que descansa en los principios de igualdad jurídica y libertad personal, es y no puede dejar de ser una cadena ininterrumpida de relaciones jurídicas. En una sociedad democrática los individuos no pueden dejar de relacionarse jurídicamente. Están siendo permanentemente partes de una relación jurídica.

En la inmensa mayoría, en la casi totalidad (99%) de esa relaciones, las partes coinciden con sus conductas en la interpretación de la norma jurídica reguladora de la relación y, en consecuencia, no se plantea ningún conflicto. En algunos casos, que son millones, pero que son un porcentaje insignificante en los billones de operaciones jurídicas en que consiste el tejido social, las partes no coinciden en la interpretación de la ley y surge el conflicto que, dependiendo de las circunstancias, acaba siendo residenciado o no ante un tribunal de justicia.

En este momento es en el que entran en juego los abogados de las partes, el fiscal y el juez. Y no entran en juego como intérpretes de la ley, sino como intérpretes de la interpretación que de la ley han hecho las partes con su conducta. Los abogados argumentan de manera contradictoria que es la parte que cada uno de ellos representa la que se ha mantenido con su conducta dentro de la ley y que es la otra parte la que se ha puesto fuera de la ley. El fiscal, en aquellos asuntos en que se exige su presencia, que no son todos, aunque cada vez son más, se supone que informa de manera neutral y objetiva sobre la adecuación/inadecuación de la conducta de cada una de las partes a lo previsto en la ley. Y el juez, que es el portador del poder del Estado, tras haber oído a las partes, a sus abogados y al fiscal, acaba decidiendo cuál de las partes ha interpretado con su conducta correctamente la ley y cuál no lo ha hecho.

La interpretación de la ley está presidida por el principio de igualdad. Y dicho principio de igualdad exige que las partes estén representadas por sus respectivos abogados, que son quienes se enfrentan en el juicio. Es el principio de “igualdad de armas” acuñado por la doctrina alemana. Pero exige, sobre todo, la neutralidad e imparcialidad de los representantes del Estado en el proceso de administración de justicia.

El principio de igualdad puede quebrar o porque el abogado de una de las partes tiene acceso al fiscal y al juez de una manera que no la tiene el abogado de la otra o porque el fiscal y, sobre todo, el juez carecen de la imparcialidad exigible en la tarea que tienen constitucionalmente encomendadas.

Esta triple quiebra del principio de igualdad es la que ha quedado recogida en el vídeo hecho público esta mañana por la Cadena SER, en el que, en una conversación entre el juez, la fiscal y la letrada de la Administración de Justicia, queda reflejada una conducta de cada uno de ellos que resulta incompatible con lo que la Constitución exige en el proceso de administrar justicia.

El vídeo es sobrecogedor porque refleja una conducta impropia de los tres, aunque no de los tres por igual. Pero de los tres. Y sobre la conducta de los tres deberían abrir una investigación el Ministerio Fiscal y el Consejo General del Poder Judicial. La apariencia de que se administra justicia forma parte del derecho ciudadano a la tutela judicial efectiva. Si no parece que se está administrando justicia, es que no se está administrando. El vídeo es concluyente. La "complicidad" de la letrada, la fiscal y el juez produce espanto.

Y en un tema tan sensible como el que estaba presente en la conversación. Y en el lugar y en el momento en que la conversación tiene lugar. No estamos en el ejercicio de la función jurisdiccional, pero sí en el lugar y en el momento más próximo al ejercicio de dicha función. Por eso ha quedado reflejada en el soporte en que ha quedado reflejada. Es una conversación privada, pero mantenida inmediatamente después de un acto público. ¿No será ese el momento en el que están diciendo lo que de verdad piensan?

El vídeo es expresión de una (in)cultura jurídica terrible, que es la que ayuda a explicar la magnitud del fenómeno de la violencia contra la mujer. ¿Cómo podemos extrañarnos de que pase lo que está pasando, cuando tres personas que, por ser piezas claves en el proceso de administración de justicia, a través del cual se debería hacer frente a la violencia contra la mujer, se expresan de la forma en que lo hacen?

https://www.eldiario.es/zonacritica/video-sobrecogedor_6_821427876.html


No sé donde he oído que se ha autorecusado de la causa el juez...Por cierto....Tendrán que alabar y agradecer a la prensa que no hayan puesto al menos yo no lo sé el nombre y dos apellidos completos de éste elemento, ni el nombre de la fiscala, ni el nombre de la mujer que formaban el trío socarrón.

No vale con abrirle un expediente porque éste sujeto si sigue en la judicatura es un peligro para las mujeres. Por eso parece que se ha guardado muy bien su nombre para que no se publique.

Eso es proteger y tapar a un personaje que no lo merece. ¿Quien es? Queremos saber su filiación.

Sabemos el nombre de la mujer y su apellido de la mujer maltratada pero convenientemente la prensa ha echado un capote al CGPJ para no dar datos del juez.

¡Que asco!
Francisco Javier Martínez Derqui.
Está desde ayer en la mayoría de las noticias sobre este caso.
 
A ver si os creeis que los jueces no tienen opiniones personales sobre las partes de un proceso, pues claro que sí, pero luego no tiene pq reflejarse en las resoluciones que toman. Esta conversación que grabó el sistema de la sala de vistas es de lo más normal en el día a día de los juzgados, en los pasillos, en los despachos, que son personas, no máquinas.

Claro, son personas, personas que entienden que tienen la misión de impartir justicia y por eso deben conducirse con ética, sobre todo cuando un caso está en juicio. Por algo existen los códigos de conductas profesionales. Si lo que hizo el juez, lo hubiera hecho en un plató de televisión y sobre un tema que no fuese violencia de género, quedaría claro lo mal de su conducta. Además, siempre se puede justificar por qué se toma una decisión, más allá de decir a ver qué cara hace zutano o fulano.

Te lo aviso, este tipo de jueces te va a juzgar a vos o a un familiar cuando tengás un problema. ¿Qué cara pondrías si te enterás que comenta tu caso con otros funcionarios y además se alegra de que una decisión te sea negativa? Que te caiga mal una de las partes es una cosa, expresarlo en público, con otros funcionarios involucrados en la causa y mostrando alegría por tomar una decisión en contra de esa persona, es lo que está MAL.
 
Esto pasa en muchas profesiones, maestros/as que en corrillos dicen los hasta los co..nes que están de tal crío y lo mal que lo educan los padres, conversaciones en quirófano sobre lo gordo que está el paciente y se sale de la camilla, etc, es inevitable.

Sí, pero si la maestra se la pasa sancionando al niño por lo mal que le caen los padres, ahí está hostigando al niño. Si el médico hace mal un procedimiento o le hace al paciente un procedimiento que no pidió, porque considera que está muy gordo, está cometiendo un delito. Está sobrepasando sus funciones. Bueno, la misión del juez es impartir justicia y sus decisiones deben estar sustentadas en criterios racionales y lógicos de justicia. ¿Ves en su conversación alguna sustentación que no pase por lo mal que le cae la madre?

Te lo repito, en toda actividad profesional existen los códigos de conducta, precisamente para eso, para que tus opiniones no nublen los procedimientos y resulta que la profesión de un juez es impartir justicia. ¿Ves criterios racionales en algo de lo que dice?

Y aunque suene repetitiva: éstos son los jueces que te van a tocar. ¿Te sentís seguro/a con estas cosas?
 
Claro, son personas, personas que entienden que tienen la misión de impartir justicia y por eso deben conducirse con ética, sobre todo cuando un caso está en juicio. Por algo existen los códigos de conductas profesionales. Si lo que hizo el juez, lo hubiera hecho en un plató de televisión y sobre un tema que no fuese violencia de género, quedaría claro lo mal de su conducta. Además, siempre se puede justificar por qué se toma una decisión, más allá de decir a ver qué cara hace zutano o fulano.

Te lo aviso, este tipo de jueces te va a juzgar a vos o a un familiar cuando tengás un problema. ¿Qué cara pondrías si te enterás que comenta tu caso con otros funcionarios y además se alegra de que una decisión te sea negativa? Que te caiga mal una de las partes es una cosa, expresarlo en público, con otros funcionarios involucrados en la causa y mostrando alegría por tomar una decisión en contra de esa persona, es lo que está MAL.




Mira, es lo que hay, te guste o no , los jueces comentan los casos y sus opiniones con otros funcionarios, y lo seguiran haciendo.
 
Creo que hay gente que no es capaz de diferenciar o ver la importancia de este rol, que todos los profesionales podemos hablar y opinar es un hecho, la diferencia esta en el poder que tenemos, el doctor o profesor puede pensar que el estudiante esta mal criado, etc, pero otra cosa es que le falte el respeto, y si lo hace es sancionado, el doctor puede opinar lo que quiera pero va a cumplir su labor porque sino también es sancionado, acá este juez va a tomar una determinación respecto a la vida de alguien y sus hijos como para tomarse el tema a la ligera con la gente del tribunal, y acá el no hace un comentario profesional o respecto al caso sino que simplemente ofende a una persona con esos calificativos y luego ironiza sobre como va a sufrir cuando pierda a los hijos, es que ni siquiera le importan los niños y su bienestar, y si hay personas que son capaces de normalizar esto, creo que es tremendo y me alegra que gran parte de la sociedad lo vea como algo indebido y sancionable
 
josué Reyzábal estudia acciones legales contra su expareja María Sanjuán

Josué Reyzábal, la expareja de María Sanjuán, ha roto su silencio después de que la modelo haya denunciado al juez que instruye su caso de violencia machista por llamarla "bicho" e "hija put*", y que su nombre haya vuelto a la línea mediática. El empresario madrileño va a tomar acciones legales contra Sanjuán "por utilizar los Juzgados de Violencia para obtener en el procedimiento de divorcio un beneficio económico que no le corresponde". A continuación, reproducimos el comunicado que ha enviado el equipo jurídico de Reyzábal:

"En Madrid, a 4 de octubre de 2018. D. Josué Reyzabal jamás ha maltratado, ni psicológica ni físicamente a la Sra. Sanjuan. La Sala de lo Penal de la Audiencia Provincial de Madrid se ha pronunciado ya en dos ocasionessobre esta cuestión: por una parte, archivando una primera denuncia y denegando las medidas cautelares que exigía la Sra. Sanjuan y, por otraparte, anulando las medidas cautelares que erróneamente había dictado el Juzgado de Violencia en una segunda denuncia. La Sra. Sanjuan no es una víctima de violencia de género.



La realidad es que la Sra. Sanjuan denuncia hechos que no son malos tratos, la Administración de Justicia actúa en consecuencia, y posteriormente, después quitarle la razón a la Sra. Sanjuan, se filtran ilegalmente datos (entre ellos un vídeo) que afectan a la intimidad y el honor del Sr. Reyzabal. La defensa del Sr. Reyzabal está estudiando el ejercicio de acciones judiciales contra la Sra. Sanjuan, por utilizar los Juzgados de Violencia para obtener en el procedimiento de divorcio un beneficio económico que no le corresponde.

Adicionalmente, es ilegal la publicación del vídeo, lo que podrá dar lugar al ejercicio de acciones judiciales por revelación de secretos y lesión de la intimidad y el honor, del Sr. Reyzabal. Acudir a la vía penal puede servir en ocasiones para forzar una negociación y sacar mucho dinero al otro cónyuge y evitar la custodia compartida que, como es bien sabido, es el criterio general que tiene hoy día establecido el Tribunal Supremo.


Lamentablemente la utilización torticera de la justicia a quien más perjudicaes a las verdaderas víctimas de la violencia machista. La mejor forma deprotegerlas es atacando y nunca amparando a quien formula denuncias falsas".

 
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