Creo que mi relación se va al garete, consejos plis.

Una relación larga de cuatro años, habiendo cortado sólo dos meses antes de conocerte...Pues no parece que ese chico esté preparado para una relación estable otra vez. Hubiera necesitado un tiempo a solas.
se llama liana y es mas normal de lo que parece. Yo tambien pienso que se necesita tiempo entre relaciones pero mucha gente no sabe estar sola
 
No estoy segura de eso. Si das t7 consentimiento libremente y sin coacción no es delito. No haberlo dado.
A mi me vieron como marcaba el número secreto de la tarjeta y me robaron. Lo primero que me preguntaron cuando denuncié es si había dado el número a alguien.

Por motivos laborales tengo formación específica certificada oficial al respecto de la LOPD española y la RGPD Europea, y lo que comentas no es así.

Tu con tus datos tienes derecho a consentir el uso en cuestiones específicas, por tiempo o circunstancias específicos y a retirar ese consentimiento en cualquier momento.

Si yo te doy mi tarjeta y mi PIN porque estoy confinada y necesito que me vayas a hacer la compra del súper para dos semanas, por ejemplo, el consentimiento de ese uso de mis datos es exclusivamente limitado al uso de mi tarjeta para que me vayas a hacer el recado que te he pedido, si te vas con mi tarjeta al cajero a cotillear el estado de mis cuentas bancarias estás cometiendo un delito contra mi privacidad porque yo no he autorizado que uses mis datos para ese fin.

Que luego puedes pensar, pues no haberme dado tu tarjeta y tú pin, pues ok, pero darte acceso a mis datos para un fin específico y que tú incumplas ese fin no significa que me sueltes "pues no haberlo dado" y te quedes tan ancha, porque el que comete el delito no es el que da unos datos para un fin concreto, sino el que usa tus datos para extralimitarse de ese fin para el que se le autoriza.
 
Tengo policía en la familia.
Le voy a contar la situación y prometo escribir lo que me diga.
A ver qué me cuenta de algo así.
Yo personalmente al tipo es que no le diría nada.
Pero nada.

Ni del teléfono ni de la ex, ni de que no está a la altura ni de nada.
No tiene que dar ni explicaciones.
"No quiero seguir" y ya.
Me cito a mi misma y copio audio tal cual:

" Mirar el teléfono de otra persona según la Ley de Protección de Datos es un delito, aún teniendo las claves.
Aquí lo verdaderamente importante es saber ( y esto es complicado de demostrar), si se tiene el consentimiento expreso del dueño del teléfono para que la otra persona pueda ver su móvil.
Si no le ha dado tal consentimiento, rotundamente tiene un problema. Y dado que en una situación así es poco probable que se demuestre el consentimiento de uno a otro, es delito sin miramientos.
Sea cual sea la situación, la Policía está obligada a recoger cualquier denuncia siempre que sea en el ámbito penal, a cualquier persona que vaya a interponerla.
Otra cosa es que haya un equipo instructor o lo que sea".

( Esto último no lo he entendido, pris).
Felices Reyes.
 
Me cito a mi misma y copio audio tal cual:

" Mirar el teléfono de otra persona según la Ley de Protección de Datos es un delito, aún teniendo las claves.
Aquí lo verdaderamente importante es saber ( y esto es complicado de demostrar), si se tiene el consentimiento expreso del dueño del teléfono para que la otra persona pueda ver su móvil.
Si no le ha dado tal consentimiento, rotundamente tiene un problema. Y dado que en una situación así es poco probable que se demuestre el consentimiento de uno a otro, es delito sin miramientos.
Sea cual sea la situación, la Policía está obligada a recoger cualquier denuncia siempre que sea en el ámbito penal, a cualquier persona que vaya a interponerla.
Otra cosa es que haya un equipo instructor o lo que sea".

( Esto último no lo he entendido, pris).
Felices Reyes.
lo del equipo instructor, entiendo que no van a mover un dedo, pero igual es otra cosa. Lo que no entiendo es la referencia a la ley de protección de datos (los delitos de recogen en el código penal, ¿o no?). También otras primas han hecho referencia a ella.

¡Felices reyes¡
 

Me cito a mi misma y copio audio tal cual:

" Mirar el teléfono de otra persona según la Ley de Protección de Datos es un delito, aún teniendo las claves.
Aquí lo verdaderamente importante es saber ( y esto es complicado de demostrar), si se tiene el consentimiento expreso del dueño del teléfono para que la otra persona pueda ver su móvil.
Si no le ha dado tal consentimiento, rotundamente tiene un problema. Y dado que en una situación así es poco probable que se demuestre el consentimiento de uno a otro, es delito sin miramientos.
Sea cual sea la situación, la Policía está obligada a recoger cualquier denuncia siempre que sea en el ámbito penal, a cualquier persona que vaya a interponerla.
Otra cosa es que haya un equipo instructor o lo que sea".

( Esto último no lo he entendido, pris).
Felices Reyes.
El delito está tipificado en el artículo 197 del Código Penal. No obstante, en este caso sería bastante difícil de demostrar ante un juez la vulneración de la intimidad, es la palabra del uno contra la del otro y no suelen prosperar si esa información no se ha utilizado o se ha hecho una captura de pantalla.
Pero quería precisar que es en el CP donde viene tipificado el delito XD mi alma penalista lo necesitaba.
 


El delito está tipificado en el artículo 197 del Código Penal. No obstante, en este caso sería bastante difícil de demostrar ante un juez la vulneración de la intimidad, es la palabra del uno contra la del otro y no suelen prosperar si esa información no se ha utilizado o se ha hecho una captura de pantalla.
Pero quería precisar que es en el CP donde viene tipificado el delito XD mi alma penalista lo necesitaba.
Yo te hablo desde la experiencia de la Policía y de hecho me ha comentado que nunca en 30 años ha recogido una denuncia así.
Y que efectivamente eso no prospera a menos que se use la info del móvil con algún fin.
 
Me cito a mi misma y copio audio tal cual:

" Mirar el teléfono de otra persona según la Ley de Protección de Datos es un delito, aún teniendo las claves.
Aquí lo verdaderamente importante es saber ( y esto es complicado de demostrar), si se tiene el consentimiento expreso del dueño del teléfono para que la otra persona pueda ver su móvil.
Si no le ha dado tal consentimiento, rotundamente tiene un problema. Y dado que en una situación así es poco probable que se demuestre el consentimiento de uno a otro, es delito sin miramientos.
Sea cual sea la situación, la Policía está obligada a recoger cualquier denuncia siempre que sea en el ámbito penal, a cualquier persona que vaya a interponerla.
Otra cosa es que haya un equipo instructor o lo que sea".

( Esto último no lo he entendido, pris).
Felices Reyes.

Equipo instructor se refiere que una vez recogida la denuncia por la policía ésta va al juzgado de instrucción, y allí deciden si dan curso a la demanda o la desestiman.

Es decir: La policia tiene obligación de cursar la denuncia por ridícula o rara que suene, pero una vez en el juzgado es el juez de instrucción quién decide si la denuncia tiene base para investigar y celebrar un juicio o no.
 
Si tú no eres normalmente celoso/a, la urgencia de mirar qué hay en el móvil ya es mala señal. Es porque en el fondo sabes que no te fías.
Y quien no ha puesto cuernos? Yo también los he puesto y se que está mal pero mi relación era tóxica y hay veces que tienes dependencia emocional con esa persona y no quieres cortar con el pero a la vez buscas cariño con otra persona
 
Y quien no ha puesto cuernos? Yo también los he puesto y se que está mal pero mi relación era tóxica y hay veces que tienes dependencia emocional con esa persona y no quieres cortar con el pero a la vez buscas cariño con otra persona
Yo nunca he puesto los cuernos. Poner o no los cuernos es responsabilidad de quien los pone y todos podemos equivocarnos y tomar malas decisiones, eso lo entiendo, pero escudarnos en la dependencia o que la relación era tóxica me parece justificarse y no asumir la responsabilidad de uno mismo.
 

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