Madre e hija atrincheradas en la embajada de Uruguay ¿otra Juana Rivas?

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María Ugarte, la nueva 'Juana Rivas', denunciada por 'secuestrar' a su hija tres años en Uruguay

  • La embajada en Barcelona se niega a entregar a la niña al padre porque dice que su competencia no es aplicar sentencias españolas.

El conflicto comenzó hace años. María Noel Estella Ugarte Michelini es la madre con cuyo nombre se ha bautizado uno de los casos más mediáticos de los últimos años en Uruguay. Denunció hace unos años a su ex pareja por abusos sexuales a la hija que ambos tenían en común. Él la denunció por sustracción de menores cuando se la llevó para su país natal. Ahora, tras años de pleitos interpuestos entre ambos, la justicia española ha emitido su resolución.

Una jueza de Vielha ha sentenciado que la mujer tenía que entregar a su hija al consulado de Uruguay en Barcelona para que su padre, a quien ha entregado la custodia, recogiese allí a la niña. Pero el cónsul le ha enviado una notificación al progenitor diciéndole que no entregaría a la niña porque no es de su competencia ejecutar una sentencia emitida en España. Y la situación, en ese punto, continúa enquistándose.

En los últimos meses, en Uruguay, el conflicto está generando debate y controversia como en su día lo hizo el caso de Juana Rivas en España. A este caso se le está llamando allí el 'el caso María'. Han llegado incluso a producirse manifestaciones en la calle y protestas frente a la embajada española de la capital, Montevideo.

El asunto guarda ciertos paralelismos. María Ugarte, así se llama la madre, denunció por maltrato machista y abusos sexuales sobre la menor a su ex pareja. El caso fue archivado en España en febrero del año 2019, pero el litigio comenzó varios años atrás. De hecho, en 2017, el progenitor emprendió una recogida de firmas en Lleida, donde reside, para recuperar a la menor.

En el proceso judicial, la mujer dijo que la menor iba a sufrir una separación traumática. Al parecer hace tres años que no mantiene relación con su padre. Su madre dice que su deseo es continuar viviendo junto a ella. Este viernes el padre tenía que recogerla en la embajada uruguaya pero no ha podido hacerlo ante la negativa del cónsul.

El inicio de la historia

Todo comenzó en el año 2016. En aquel momento, la pareja convivía en España con la niña. Madre e hija se subieron a un avión para visitar a la familia materna. La niña tenía en aquel momento 4 años. Durante el transcurso del vuelo, la madre advirtió que su hija estaba realizando dibujos de contenido sexual. Eso le indujo a pensar que la niña podía estar sufriendo abusos sexuales por parte de su padre.

Poco después de aterrizar en Uruguay, tres especialistas diferentes visitaron a la niña y a la madre. Analizaron los dibujos. En concreto, según los documentos presentes en la causa, la directora del Instituto Técnico Forense de Montevideo refrendó lo dicho por la madre. En un informe del 2016, dijo que la menor expresaba "miedos a la figura del rol paterno, ausente y agresivo".

Otra psicóloga argumentó también que "se comprueba que hasta llegar a Montevideo la menor ha vivido en un ambiente violento, en un entorno más bien aislado. En sus expresiones verbales, juegos y dibujos se ven indicadores de abuso sexual por parte del padre, en actividades obligadas relacionadas con 'juegos sexuales' (…) Estos sucesos acaecidos a tan corta edad (3 años) generaron gran confusión y angustia en la niña".

A partir de entonces, la madre denunció al padre en su país de origen, cortó la relación con él y no volvió a España. Se quedó instalada allí desde entonces. A su vez, el progenitor hizo lo propio e interpuso una denuncia contra su ex pareja por la sustracción de la menor. El caso lo llevaba desde entonces un juzgado de Vielha. El litigio se resolvió en que la madre y la hija tenían que regresar a España. De hecho, el consulado le buscó un trabajo en Castelldefels. Ella cumplió, regresó y se afincó de nuevo en Cataluña.

Denuncias archivadas

Las denuncias por abusos sexuales en España fueron después archivadas. También las de violencia machista. La juez, según fuentes cercanas a la madre de la niña, tomó la decisión sin aceptar los informes de los peritos psicológicos elaborados en Uruguay durante la estancia de madre e hija en su país natal.

La sentencia de la jueza de Vielha enumera una serie de informes que acreditan que la relación del padre con su hija era perfectamente normal. Además. el archivo de la causa se basa, en gran medida, en un informe del equipo de asesoramiento técnico y de atención a la víctima (EATAV) que desacredita la versión de la madre y que detalla que la menor "no hace, en ningún momento, ningún tipo de relato de referencia a una presunta situación abusiva de caracter sexual".

Ahora, la posición de la embajada no ha hecho sino enquistar el conflicto ya larvado en los últimos años. La niña, entretanto, continúa en la embajada a la espera de una solución.

https://www.elespanol.com/reportaje...enunciada-secuestrar-uruguay/434207109_0.html
 
Los Mossos esperan salida de menor del consulado Uruguay para entrega a padre

Dos dotaciones de los Mossos d'Esquadra custodian el edificio del consulado de Uruguay en Barcelona a la espera de poder hacer efectiva la resolución judicial que los insta a entregar a su padre a la niña de 7 años que permanece con su madre desde el pasado viernes en sede diplomática.

Para cumplir la orden de la jueza de primera instancia de Vielha e Mijaran (Lleida), que retiró la custodia a la madre, de nacionalidad uruguaya, una dotación de la policía catalana permanece a las puertas del edificio, ubicado en la avenida Diagonal, y otra en el rellano, pendientes de que la mujer finalmente abandone la finca con la niña.

La madre se refugió en el consulado para evitar el traspaso de su hija a su padre biológico, que tiene la guarda judicial, después de habérsela llevado a Uruguay y de que se archivara una denuncia de la madre por malos tratos y abusos a la menor supuestamente cometidos por el progenitor.

La entrega estaba prevista para el pasado viernes, día 4, cuando se había establecido que la niña fuera transferida en el Consulado de Uruguay por ser un espacio idóneo, ya que conoce al cónsul y no le resultaría "una persona hostil".

Sin embargo, y aunque ambos progenitores se presentaron en la sede, el cónsul se negó a cumplir con la orden, tras lo cual el Ministerio de Relaciones Exteriores de Uruguay emitió un comunicado en el que subrayó que están exentos de cumplir con ella.

"En el marco del Derecho Internacional convencional y consuetudinario, el Estado uruguayo, y por ende su Misión Diplomática y Oficinas Consulares, está exento de la autoridad de la sentenciante", señala la nota.

Por ese motivo, la jueza Cristina Marrero ha instado a los Mossos a custodiar el edificio y entregar a la menor a su padre, junto con un equipo de psicólogos, en el momento en que la madre u otra persona en su representación salga del edificio, lo que podría alargarse sine díe.

La magistrada así lo ha dictado a instancias de un recurso de Fiscalía contra una providencia con la que establecía un nuevo lugar y una nueva fecha para llevar a cabo la entrega y en el que solicitaba intervención policial inmediata para ejecutar la sentencia.

En sus respectivos autos, la jueza también ha insistido en la necesidad de resolver la situación cuanto antes "en atención a la insostenible situación de tensión que está soportando la menor" y la "presión" que la niña está teniendo que enfrentar y que, en su opinión, no puede "prolongarse en el tiempo".

Para protestar contra la decisión judicial y respaldar a la madre, una cincuentena de personas de concentraron este lunes frente al consulado uruguayo bajo el lema "María no está sola" en una manifestación que contó con el apoyo de Comisiones Obreras de Cataluña, quien ha censurado un nuevo caso de "revictimización de una mujer que ha padecido violencia machista".

https://www.cope.es/actualidad/espa...do-uruguay-para-entrega-padre-20191008_515688
 
Nº 107/19: Sentencia Judicial Nº 58/19 del 25 de setiembre en el caso de guarda y custodia de la niña uruguaya N.S.U.

3 de Octubre, 2019
COMUNICADO DE PRENSA Nº 107/19

El Ministerio de Relaciones Exteriores pone en conocimiento que la sentencia Nº 58/19 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Vielha e Mijarán (Cataluña – España) en el caso de guarda y custodia de la niña uruguaya N.S.U, en el numeral 5 de la parte dispositiva del fallo, se dispuso al Consulado General de Uruguay en Barcelona y a su titular, un papel en la ejecución de la sentencia que no es conforme al Derecho Internacional, consagrado especialmente en este caso en la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares, vigente sin reservas entre nuestro país y el Reino de España, la cual recoge las normas del Derecho Internacional Consuetudinario.

La mencionada sentencia desconoce la inviolabilidad de los locales consulares prevista en el artículo 31 de la mencionada Convención, como así también la inviolabilidad personal de los funcionarios consulares conforme al artículo 41, y a su inmunidad de jurisdicción en los términos previstos por el artículo 43, al disponer que el Consulado General de la República en Barcelona asuma una determinada función, como la de ejecución de una sentencia judicial y que todo ello ocurra bajo apercibimiento de intervención policial, considerando ésta una extralimitación grave.

Cabe mencionar que el rol de un Consulado en el exterior es el de “proteger en el Estado receptor los intereses del Estado que envía y de sus nacionales, sean personas naturales o jurídicas, dentro de los límites permitidos por el derecho internacional” (artículo 5º. Literal A) Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares.

Con relación a la situación particular de la niña N.S.U. y de su madre M.N.U.M., se informa que el Consulado General de Uruguay en Barcelona, en estrecha coordinación con la Embajada de Uruguay en el Reino de España y la Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación, han venido atendiendo y asistiendo a ambas nacionales desde el primer día que arribaron a territorio español. Asimismo cabe señalar que se tiene comunicación permanente con la familia de las nacionales residentes en Uruguay y que también se han venido realizando gestiones de coordinación con el Instituto Nacional del Niño y Adolescente de Uruguay.

Esta función se encuentra estipulada tanto en la Convención de Viena de Relaciones Consulares, de 24 de abril de 1963, como también en la nueva Ley de Organización Consular de Uruguay Nº 19.268, artículo 28 literal A).

Por último, se informa que el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de su Consulado General de Uruguay en Barcelona, la Embajada de Uruguay en el Reino de España y sus servicios especializados en Montevideo, continuarán trabajando a efectos de prestar asistencia a las nacionales, como así también asegurar la protección y pleno respeto de sus derechos.

Ante esta situación, el Ministerio de Relaciones Exteriores instruyó a la Embajada de la República en España y al Consulado General de la República en Barcelona a establecer contacto con las autoridades españolas competentes, a efectos de manifestar la preocupación ante una sentencia improcedente, de conformidad con el Derecho Internacional, exhortando a dichas autoridades a que la resolución de la situación se lleve a cabo atendiendo al interés superior de la niña.



Montevideo, 3 de octubre de 2019

Fuente: Ministerio de Relaciones Exteriores

Dirección de Prensa
 
Si te sometes a una jurisdicción, que es la que te corresponde, litigas, y pierdes -como es, aquí, el caso de la madre-, debes cumplir la sentencia aunque no estés de acuerdo con la decisión judicial que recayó sobre el fondo del asunto. Esto es: aún cuando no te den la razón.
Es un caso es especialmente delicado, porque la niña está realmente afectada por todo lo que ha sucedido.
En todo litigio, hay dos partes y dos versiones. Pero lo cierto, es que ser feminista, no debería implicar defender a rajatabla la conducta de una madre que está actuando, no sólo ilegalmente, sino que además en claro perjuicio del interés superior (bienestar general) de su propia hija. Al contrario, en nombre de las mujeres y del bienestar de la niña, deberíamos repudiar que otra mujer tenga un comportamiento así.
https://www.montevideo.com.uy/Notic...la-sospecha-de-abuso-fue-adulterado--uc731590
"Es evidente que el dibujo que motiva la sospecha y da pie a todo lo que acaeció después, una figura humana con órganos sexuales masculinos, fue adulterado. Es totalmente claro para cualquiera", subrayó.
"La figura humana es acorde a la motricidad de la niña, el dibujo firme de los órganos es más bien de alguien mucho mayor. Lo que dio pie a todo esto, la Justicia española determinó que era adulterado", añadió.
Chediak afirmó, entonces, que "no está demostrado ningún tipo de abuso, ni físico ni psicológico" (por parte del padre).

Lo que está en juego son dos cosas diferentes en este momento: el derecho a ser recibidas en el consulado, que desde luego, no se lo iban a negar, y la competencia del cónsul para restituir a un menor o no por orden judicial.
Pero más allá de eso, y de lo discutible que pueda ser que la niña pase de forma tan radical a la guarda completa del padre, tiene que entregarla porque la retuvo en forma ilegítima. Si hubiera procedido entregándola, ahorrándole el estrés de estar 4 días allí dentro, no habría sido necesario que la Policía tuviera que estar rodeando el consulado.
Descuento la pericia y capacidad de la Policía española: no es que va a haber un tiroteo ni se le van a presentar a la niña con los uniformes. También habrá técnicos en salud mental, asistentes familiares, mediadores. España es un Estado serio, y Uruguay tiene una larga tradición de apego al Derecho Internacional y cumplimiento de los tratados que firma. Últimamente quizás no tanto, pero también Uruguay siempre fue un país serio.
Aspiremos a que la sociedad civil (internacionales feministas, etc) no presionen en forma indebida a las autoridades competentes, y no den cuerda a la madre, ni al padre, para que todo esto no se transforme en un innecesario conflicto diplomático entre dos países con larga tradición de buen relacionamiento, y sobre todo para que la niña pronto pueda desarrollar un vínculo sano con ambos padres.

Sería bueno que l@s compañer@s cotillas trajeran la sentencia (sin los nombres de los involucrados, claro), para poder apreciarla en su totalidad y comprender las dos partes del proceso.

La Justicia Uruguaya y la Audiencia Provincial de Lleida ordenaron la restitución de la menor a su padre.
La madre es quien ha sido considerada nociva para la niña en este momento, y se le sugiere atención psiquiátrica y tratamiento psicológico.
Asimismo se considera que la niña necesita restablecer y reconstruir un vínculo con su padre, que no es perfecto, pero está preparado para ejercer la paternidad y de momento parece menos nocivo que la madre, que la ha alienado.
La niña lo que declara es "que la madre le dijo que el padre le hacía cosas feas cuando era chica" y se descompone cada vez que se enfrenta a decidir entre uno y otro. Ningún niño merece ser manipulado por padre o madre, y es algo que realmente me indigna.
 
Como en todo, hay dos bibliotecas, pero es comprensible que el Cónsul permita el ingreso (es de su competencia) y se considere sin competencia para ser él en persona quien restituya un menor aún por orden judicial.
De todos modos, insisto, lo que debe apreciarse son los fundamentos de la sentencia española que ordena a la madre entregar de inmediato la niña a su padre.
Por qué motivos considera que la madre está siendo nociva para la niña.
Creo que el hecho de encerrarse en el Consulado para evitar o demorar la restitución, no hace más que confirmar el desequilibrio mental y la sensación de omnipotencia de la Sra.
A la niña se le ha dicho que "tiene que estar en esas oficinas porque están preparando unos documentos". Cosa que no es verdad. Está allí porque mamá considera que no tiene que irse con papá.

Hay muchos padres abandónicos, hay realmente padres que violan a sus hij@s y/o hijastr@s, para repudiar y despreciar a los cuales no me alcanza el idioma. Pero todos en el fondo sabemos y conocemos la existencia en abundancia de madres manipuladoras, que hacen un infierno de la vida de hombres que -quizás fueron malos como parejas, pero- no son malos como padres luego de la separaciín.
Conocemos miles de denuncias de violencias que tras cartón la mujer admite que no ocurrieron y que las usa como medio de presión y chantaje.
Eso es algo a combatir, tanto como la auténtica violencia doméstica, porque la desacredita.
Si se usa la violencia doméstica como pretexto, sólo se la desacredita, y es un flajelo demasiado grave como para hacerle sombras de duda innecesarias.

Nº 107/19: Sentencia Judicial Nº 58/19 del 25 de setiembre en el caso de guarda y custodia de la niña uruguaya N.S.U.

3 de Octubre, 2019
COMUNICADO DE PRENSA Nº 107/19

El Ministerio de Relaciones Exteriores pone en conocimiento que la sentencia Nº 58/19 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Vielha e Mijarán (Cataluña – España) en el caso de guarda y custodia de la niña uruguaya N.S.U, en el numeral 5 de la parte dispositiva del fallo, se dispuso al Consulado General de Uruguay en Barcelona y a su titular, un papel en la ejecución de la sentencia que no es conforme al Derecho Internacional, consagrado especialmente en este caso en la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares, vigente sin reservas entre nuestro país y el Reino de España, la cual recoge las normas del Derecho Internacional Consuetudinario.

La mencionada sentencia desconoce la inviolabilidad de los locales consulares prevista en el artículo 31 de la mencionada Convención, como así también la inviolabilidad personal de los funcionarios consulares conforme al artículo 41, y a su inmunidad de jurisdicción en los términos previstos por el artículo 43, al disponer que el Consulado General de la República en Barcelona asuma una determinada función, como la de ejecución de una sentencia judicial y que todo ello ocurra bajo apercibimiento de intervención policial, considerando ésta una extralimitación grave.

Cabe mencionar que el rol de un Consulado en el exterior es el de “proteger en el Estado receptor los intereses del Estado que envía y de sus nacionales, sean personas naturales o jurídicas, dentro de los límites permitidos por el derecho internacional” (artículo 5º. Literal A) Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares.

Con relación a la situación particular de la niña N.S.U. y de su madre M.N.U.M., se informa que el Consulado General de Uruguay en Barcelona, en estrecha coordinación con la Embajada de Uruguay en el Reino de España y la Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación, han venido atendiendo y asistiendo a ambas nacionales desde el primer día que arribaron a territorio español. Asimismo cabe señalar que se tiene comunicación permanente con la familia de las nacionales residentes en Uruguay y que también se han venido realizando gestiones de coordinación con el Instituto Nacional del Niño y Adolescente de Uruguay.

Esta función se encuentra estipulada tanto en la Convención de Viena de Relaciones Consulares, de 24 de abril de 1963, como también en la nueva Ley de Organización Consular de Uruguay Nº 19.268, artículo 28 literal A).

Por último, se informa que el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de su Consulado General de Uruguay en Barcelona, la Embajada de Uruguay en el Reino de España y sus servicios especializados en Montevideo, continuarán trabajando a efectos de prestar asistencia a las nacionales, como así también asegurar la protección y pleno respeto de sus derechos.

Ante esta situación, el Ministerio de Relaciones Exteriores instruyó a la Embajada de la República en España y al Consulado General de la República en Barcelona a establecer contacto con las autoridades españolas competentes, a efectos de manifestar la preocupación ante una sentencia improcedente, de conformidad con el Derecho Internacional, exhortando a dichas autoridades a que la resolución de la situación se lleve a cabo atendiendo al interés superior de la niña.



Montevideo, 3 de octubre de 2019

Fuente: Ministerio de Relaciones Exteriores

Dirección de Prensa
 
De entrada ha creado un conflicto diplomático que a ver cómo y quién lo soluciona. Y con la niña por medio... en fin.

Como en todo, hay dos bibliotecas, pero es comprensible que el Cónsul permita el ingreso (es de su competencia) y se considere sin competencia para ser él en persona quien restituya un menor aún por orden judicial.
De todos modos, insisto, lo que debe apreciarse son los fundamentos de la sentencia española que ordena a la madre entregar de inmediato la niña a su padre.
Por qué motivos considera que la madre está siendo nociva para la niña.
Creo que el hecho de encerrarse en el Consulado para evitar o demorar la restitución, no hace más que confirmar el desequilibrio mental y la sensación de omnipotencia de la Sra.
A la niña se le ha dicho que "tiene que estar en esas oficinas porque están preparando unos documentos". Cosa que no es verdad. Está allí porque mamá considera que no tiene que irse con papá.

Hay muchos padres abandónicos, hay realmente padres que violan a sus hij@s y/o hijastr@s, para repudiar y despreciar a los cuales no me alcanza el idioma. Pero todos en el fondo sabemos y conocemos la existencia en abundancia de madres manipuladoras, que hacen un infierno de la vida de hombres que -quizás fueron malos como parejas, pero- no son malos como padres luego de la separaciín.
Conocemos miles de denuncias de violencias que tras cartón la mujer admite que no ocurrieron y que las usa como medio de presión y chantaje.
Eso es algo a combatir, tanto como la auténtica violencia doméstica, porque la desacredita.
Si se usa la violencia doméstica como pretexto, sólo se la desacredita, y es un flajelo demasiado grave como para hacerle sombras de duda innecesarias.
 
Para más INRI, l@s manifestantes que estaban cantando el Himno Uruguayo en las puertas del Consulado, tenían un pabellón uruguayo pero lo habían puesto al revés. Con el sol del lado contrario al que va.
No es que haga a la sustancia del caso, pero he sentido vergüenza ajena.
 
La niña lo que declara es "que la madre le dijo que el padre le hacía cosas feas cuando era chica" y se descompone cada vez que se enfrenta a decidir entre uno y otro. Ningún niño merece ser manipulado por padre o madre, y es algo que realmente me indigna.
Esto recuerda las declaraciones de los niños en el caso McMartin, años atrás. Lo mismo que el dibujo al parecer manipulado.
Por otra parte, yendo al título del hilo, están en el consulado según tengo entendido, no en la embajada, y las funciones y atribuciones son diferentes.
 
Esto recuerda las declaraciones de los niños en el caso McMartin, años atrás. Lo mismo que el dibujo al parecer manipulado.
Por otra parte, yendo al título del hilo, están en el consulado según tengo entendido, no en la embajada, y las funciones y atribuciones son diferentes.

Tengo claro que están en el Consulado, sí.
Si he dicho Embajada, ha sido por error.
No conozco el caso Mc.Martin. Es un poco off topic, pero... me ilustras?
 
1- la madre ha demostrado al juez que su pareja le maltrataba??? Hay una condena??

2- en españa este señor ha sido condenado por malos tratos???

Uruguay no lo se y pregunto, España este señor no ha sido condenado por malos tratos es más este señor tenía que denunciar a esta mujer por denuncia falsa
Ya vale de inventarios denuncias falsas y poner en contra a las menores

Ya está bien de usar a los hijos, de utilizar y lavar el cerebro a los niños

Que esta señora ha lavado el cerebro a su hija muy típico de una amargada divorciada

Si ha sido maltratada que presente informes médicos al juez de una vez pero no utilice la palabra malos tratos por despecho
 
No, queenie, me refería al título del hilo, que habla de la embajada, no a lo que tú dices.
El caso McMartin es interesantísimo. Fue un juicio por abuso sexual y rituales satánicos en una guardería en USA, allá por los años ochenta. Me llamó muchísimo la atención a raíz de ver una película, muy posterior, sobre el asunto (con James Woods recuerdo). Luego de ver la película busqué más información, pues me despertó curiosidad.Fue un juicio muy costoso y largo, duró años, y se logró demostrar que las declaraciones de los niños habían sido manipuladas por los terapeutas que los atendieron mediante preguntas sesgadas y juegos conducidos. Al final todo se desestimó, pero los acusados (la familia propietaria de la guardería -hasta la abuela si no me equivoco- y varios empleados) ya no pudieron recuperarse del daño producido por las falsas acusaciones. Y eso que no había redes sociales en ese tiempo... pero la histeria colectiva fue tremenda. Muy, muy interesante y tremendamente esclarecedor de cómo puede influenciarse a un niño para que declare lo que nunca sucedió. Por cierto, la madre que realizó la primera denuncia, que desencadenó todo el asunto, tenía problemas mentales, no recuerdo si era bipolar o esquizofrénica, y antecedentes de denuncias similares.
 
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