La durííísima vida de Rocíííííto. Sus relaciones con su ex, sus hijos y con Fidel Albiac

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Luchó por tener la custodia compartida por estar con sus hijos, no por no pagar manutención. De hecho, Rociito cedió a la custodia compartida a cambio de que AD le diese su parte en unos negocios.

Si la hija menor de edad y ahora en la universidad lleva 4 años sólo con un progenitor el otro sí debería aportar económicamente. Y el hijo ha pasado más tiempo del estipulado con AD también y más teniendo necesidades, y Rociito sigue sin aportar dinero. Que el dinero no es para AD, es para los hijos

No tiene sentido.Por mucho intercambio q hubiese un juez siempre modificaria y revisaria esas condiciones visto los hechos y como bien dices los afectados son los hijos.O Antonioda presento unos escritos defendiendo no pasar compensacion alguna o es rarisima la situacion.De hecho todo esto de cambiar gananciales x custodia compartida es la parte menos aclarada entre estos 2.Se filtro pero no quedo claro.Tambien se dijo q lo q hizo Rocibicho es retirarle las demandas x lo gananciales.No se nunca lo aclaro ninguno y lo q se supo fue via terceros interesados.
 
No tiene sentido.Por mucho intercambio q hubiese un juez siempre modificaria y revisaria esas condiciones visto los hechos y como bien dices los afectados son los hijos.O Antonioda presento unos escritos defendiendo no pasar compensacion alguna o es rarisima la situacion.De hecho todo esto de cambiar gananciales x custodia compartida es la parte menos aclarada entre estos 2.Se filtro pero no quedo claro.Tambien se dijo q lo q hizo Rocibicho es retirarle las demandas x lo gananciales.No se nunca lo aclaro ninguno y lo q se supo fue via terceros interesados.
De hecho, se puede renunciar a cualquier derecho monetario o no en un divorcio pero a lo que no puede renunciar ninguno de los progenitores es a la pensión de alimentos, porque son para los hijos no para los padres. Yo también creo que no nos han explicado qué es lo que hay detrás.
 
No tiene sentido.Por mucho intercambio q hubiese un juez siempre modificaria y revisaria esas condiciones visto los hechos y como bien dices los afectados son los hijos.O Antonioda presento unos escritos defendiendo no pasar compensacion alguna o es rarisima la situacion.De hecho todo esto de cambiar gananciales x custodia compartida es la parte menos aclarada entre estos 2.Se filtro pero no quedo claro.Tambien se dijo q lo q hizo Rocibicho es retirarle las demandas x lo gananciales.No se nunca lo aclaro ninguno y lo q se supo fue via terceros interesados.

No sabemos en qué régimen se casaron (o por lo menos yo no lo sé) pero dudo que sea en gananciales. Y no creo que ningún abogado sea tan zote de poner régimen de gananciales a cambio de custodia. Pero en el divorcio se hace un convenio que si es de mutuo acuerdo está firmado por ambos cónyuges y si a la vez se hace la liquidación del patrimonio común se pueden hacer cambalaches. El juez tiene que ratificarlo pero si no ve daño ninguno para los hijos, lo aceptará. Como resultado de ese convenio AD no se quedó con la parte que le correspondía de las sociedades que tenía con Rociito y a cambio tuvo la custodia compartida. El luego ha explicado que renunció a lo que patrimonialmente le correspondía a cambio de tener un régimen mejor para sus hijos, y vistos los hechos cuadra. Porque en ese momento la compartida era absolutamente inusual. Así que sin saber lo que se negoció todo cuadra perfectamente.

Cuando hay custodia compartida cada progenitor se debe de hacer cargo de los gastos de los hijos mientras están con ellos así que no se devenga pensión alimenticia a favor de ninguno de los dos. La pensión de alimentos es en favor del crío pero si no la quieres cobrar basta con no ejercitar las acciones por el impago de la misma, que terminan prescribiendo.
 
No sabemos en qué régimen se casaron (o por lo menos yo no lo sé) pero dudo que sea en gananciales. Y no creo que ningún abogado sea tan zote de poner régimen de gananciales a cambio de custodia. Pero en el divorcio se hace un convenio que si es de mutuo acuerdo está firmado por ambos cónyuges y si a la vez se hace la liquidación del patrimonio común se pueden hacer cambalaches. El juez tiene que ratificarlo pero si no ve daño ninguno para los hijos, lo aceptará. Como resultado de ese convenio AD no se quedó con la parte que le correspondía de las sociedades que tenía con Rociito y a cambio tuvo la custodia compartida. El luego ha explicado que renunció a lo que patrimonialmente le correspondía a cambio de tener un régimen mejor para sus hijos, y vistos los hechos cuadra. Porque en ese momento la compartida era absolutamente inusual. Así que sin saber lo que se negoció todo cuadra perfectamente.

Cuando hay custodia compartida cada progenitor se debe de hacer cargo de los gastos de los hijos mientras están con ellos así que no se devenga pensión alimenticia a favor de ninguno de los dos. La pensión de alimentos es en favor del crío pero si no la quieres cobrar basta con no ejercitar las acciones por el impago de la misma, que terminan prescribiendo.

No estamos hablando de la pension alimenticia sino de gastos extraordinarios por estudios o enfermedad.Es raro q un juez no le de la razon a AD ya q no parecen dificil de probar.Sabemos parte de la verdad no toda la verdad.Por lo q se ve si se casaron en regimen de gananciales.Aparte de q independientemente del regimen del matrimonio si las sociedades estaban a nombre de los 2 es q son de los 2 y hay q repartir.
 
No estamos hablando de la pension alimenticia sino de gastos extraordinarios por estudios o enfermedad.Es raro q un juez no le de la razon a AD ya q no parecen dificil de probar.Sabemos parte de la verdad no toda la verdad.Por lo q se ve si se casaron en regimen de gananciales.Aparte de q independientemente del regimen del matrimonio si las sociedades estaban a nombre de los 2 es q son de los 2 y hay q repartir.
Si una sociedad esta a nombre de los dos hay que repartir, a no ser que una de las partes quiera y decida ceder su parte de beneficios a la otra.
Con respecto a la custodia compartida, antes solo se concedía si los dos miembros de la pareja estaban de acuerdo. Si Rocibicho no aceptaba, nunca le habrían dado la compartida a Antonio David. Este acuerdo al que llegaron (yo te cedo mi parte de la sociedad a cambio de que accedas a la compartida) fue un acuerdo entre sus abogados, las dos partes estuvieron de acuerdo.
Estamos hablando de una sociedad que tenían en común, en la que ingresaban las ganancias de las exclusivas que realizaron.
 
Última edición por un moderador:
No es cierto. AD luchó por conseguir la custodia compartida de sus hijos, en una época en la que no se concedía tan facilmente como ahora. La consiguió a cambio de cederle a Rocibicho las ganancias obtenidas en una sociedad común que tenían ambos, en la que facturaban las exclusivas.
Además sirvió, creo algo así como precedente para futuros casos similares, ya que siempre eran las madres quienes se quedaban con los hijos.
 
Hilario López Millán contó que Rocihito cuando el fiel secretario de su madre , q fue quien la crío, enfermó, no fue a verlo ni llevo a sus hijos. Hilario era íntimo de Rocío y del secretario, Juan de la Rosa, y qué sabrá, que no quiere saber nada de esta mujer. Rocihito llegó a demandarlo por un comentario que hizo e Hilario le ganó el juicio, pero la Hito no pago las costas. A Hilario le costó no volver a QTTF. Este verano pasado creo que leí en LOC que había pedido el embargo del sueldo de la interfecta esta en Tele 5, pero resulta que había cola de antiguos demandados para cobrar costas
Esto reitera lo que ya sabía que hay un reguero de demandados que están a la cola para cobrar las costas de los juicios perdidos por la susodicha, osea que el sueldo de televisión lo tiene o tenía embargado, no me extraña que esté en la ruina entre hacienda y las demandas que pierde, también que le haya puesto las propiedades a nombre de fide para que no se las puedan embargar, que pena de mujer, y sus hermanísimas le están aconsejando bien por la punta de atrás.
 
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haters @rataroja
 
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