La CEOE avala reforma laboral de Yolanda Diaz

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La ministra de Trabajo Yolanda Díaz se anota otro tanto antes del parón navideño, después de que la CEOE le haya dado el visto bueno a su reforma laboral.​

Después de multitud de idas y vueltas, la patronal ha admitido la propuesta del gobierno, que ya fue secundado por los sindicatos.


La nueva reforma laboral quitará los aspectos más lesivos para el trabajador impuestos por la reforma del Partido Popular en 2012.

La temporalidad, uno de los principales problemas del mercado laboral en España, se limitará. Las empresas que incumplan este punto será sancionadas.

Se tendrá en cuenta de nuevo la prevalencia del convenio sectorial sobre el de empresa para los sindicatos, los salarios y las jornadas.

Se elimina el límite de un año a la ultraactividad de los convenios colectivos.


La subcontratación tendrá que hacerse efectiva con unas condiciones mínimas impuestas para las empresas.

El contrato de formación y aprendizaje se transforma en «contrato formativo en alternancia», que se podrá firmar hasta los 30 años (antes hasta los 25), con una duración de 3 meses a 2 años, en lugar de 1 a 3 años.

La reforma incluye cambios en los tipos de contratos como el indefinido y sus modalidades como el ocasional.

 

El Gobierno, patronal y sindicatos acuerdan la reforma laboral​


Gran acuerdo en la reforma laboral. El Gobierno ha logrado el respaldo de patronales y sindicatos mayoritarios a su legislación, que busca reducir el trabajo temporal, crea los futuros ERTE para evitar despidos en futuras crisis y reequilibra el poder de trabajadores y empresarios en la negociación colectiva con cambios en la reforma del PP de 2012. El Comité Ejecutivo de CEOE fue el primero en dar el sí a la reforma, pese a las resistencias de patronales con gran peso en la organización que lidera Antonio Garamendi. Después llegó el aval de UGT por unanimidad


Qué está en juego cuando hablamos de la "derogación de la reforma laboral del PP"
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La patronal de empresarios avala la reforma laboral del Gobierno. También UGT en su comité confederal, que ha respaldado la medida por unanimidad. El Comité Ejecutivo de la CEOE ha sido el primero en dar el sí a las líneas generales del texto legislativo que hay sobre la mesa con el Ejecutivo y los sindicatos, según fuentes patronales, pese a notables dificultades en el debate de este jueves, con varias patronales de peso que han ejercido importantes resistencias, como la catalana Foment y la de automóviles Anfac. Aún falta el visto bueno de la Junta directiva de la organización de empresarios que dirige Antonio Garamendi y cerrar "el texto definitivo" que irá al BOE. UGT ha sido el segundo agente social en respaldar el texto y, ahora, las partes esperan a la votación en CCOO para confirmar lo que se prevé como un gran acuerdo social.


Las últimas diferencias, que perduran este jueves, afectan a la subcontratación, uno de los temas más delicados para los empresarios. En las últimas jornadas, de hasta 13 horas de negociación diaria, se habían acercado las posturas en el resto de flecos pendientes. Se pactó una importante limitación de la temporalidad con más sanciones para las empresas incumplidoras, pero no con la consecuencia de despido nulo para los trabajadores que estuvo sobre la mesa. También se terminaron de atar dos cuestiones clave para los sindicatos: la prevalencia del convenio sectorial sobre el de empresa en relación a los salarios y la supresión del límite a la ultraactividad de los convenios colectivos.

El texto consensuado –a falta de últimos detalles– por las tres partes del diálogo social parecía un imposible hace meses. Incluso, unas semanas atrás. Los negociadores lo han conseguido este jueves dando un nuevo ejemplo de capacidad de acuerdo, que ha supuesto algunas cesiones de todas las partes dados los intereses encontrados en muchos puntos. Sobre todo de los empresarios frente a los sindicatos y el Gobierno.

La reforma aborda multitud de cuestiones, que se resumen a continuación.

El desmontaje de la reforma laboral del PP​

Bajo el título de la "derogación de la reforma laboral" del Partido Popular, se abordaban básicamente cuatro elementos en esta legislación.

  • Se recupera la prevalencia del convenio sectorial sobre el de empresa. No en todas las materias, pero sí en dos clave para sindicatos: los salarios y las jornadas.
  • Se pone fin al límite de un año a la ultraactividad de los convenios colectivos (su prórroga una vez caducan y no se pacta uno nuevo) que marcó la reforma de Rajoy. Los convenios, en defecto de pacto, no decaen.
Estas dos cuestiones eran destacadas como de carácter "urgente" en el acuerdo de coalición de PSOE y Unidas Podemos, junto a la derogación del despido por bajas médicas que ya se aprobó al inicio del mandato. Además, era clave para los sindicatos que advertían de que ha sido una vía utilizada para devaluar salarios y otras condiciones laborales. Según fuentes patronales, la primacía del convenio sectorial es una de las cuestiones que más problemas ha generado en la patronal, con el rechazo de organizaciones como Anfac, que se ha abstenido en la votación.

  • La subcontratación, que no pertenece a la reforma del PP, pero se suele incluir en este paquete de cambios (por ejemplo en el acuerdo de gobierno). No se limita la posibilidad de subcontratar, sino que se fijan las condiciones mínimas que deben cumplir las empresas para el personal subcontratado: el convenio sectorial de la actividad que realicen en la empresa principal. Por ejemplo, si son limpiadoras, el de la limpieza. Este punto parece que está aún por cerrar del todo sobre el papel, en el que es importante "cada coma".
Se ha caído de la reforma, la revisión del artículo 41, de modificaciones sustanciales de las condiciones laborales por parte del empresario. En anteriores borradores se incluyó para limitarlo y para evitar las comisiones 'ad hoc', que los sindicatos consideran que no tienen mucho poder de resistencia frente a las empresas. La medida está en el acuerdo de gobierno para la legislatura, así como los descuelgues de los convenios, que tampoco se tocan en esta reforma.

Tampoco se aborda la primacía del convenio autonómico sobre el estatal, que generó polémica en la última semana, y que se deja pendiente del debate parlamentario.

El mayor reto: limitar la temporalidad​

Puede que el reto más importante y difícil de esta reforma laboral sea este, los cambios para reducir de una vez por todas la alta temporalidad en España, que convierte al país en el campeón de la UE en trabajadores temporales. Estos no son solo más inestables sino que desde la pasada crisis se han vuelto ultracortos. Este paquete de cambios actúa en cuatro líneas:

1) Tipos de contratos. El contrato se presume como indefinido. Solo se regulan solo dos modalidades de contratos temporales: para sustituciones de trabajadores y por circunstancias de la producción. Estos últimos pueden responder a dos tipos de causas. Unas, las "imprevisibles" por las que las empresas necesiten de más personal de manera temporal ante picos inesperados de producción u otros motivos. Las segundas, por causas "previsibles" pero de muy corta duración (los llamados contratos "ocasionales"), que sirven para contrataciones excepcionales que se pueden prever y que son de muy escasa duración, como pueden ser las de apoyo en el comercio en el Black Friday.

2) Más límite a su extensión. Los contratos por circunstancias de la producción para situaciones imprevisibles tienen un máximo de seis meses, ampliable a un año en la negociación colectiva. Hay que recordar que el contrato por obra y servicio podía extenderse tres años e incluso cuatro en determinadas circunstancias. Los contratos para situaciones "ocasionales" se pueden firmar por un máximo de 90 días en un año, no consecutivos.

Además, se reduce al periodo para considerar fijo a un trabajador temporal que encadena varios contratos: se aplicará a aquellas personas "que en un periodo de 24 meses hubieran estado contratadas durante un plazo superior a 18 meses" con dos o más contratos por circunstancias de la producción. Antes era un plazo de 24 meses de un periodo de 30 meses.

3) Fomento del contrato fijo-discontinuo. Se pretende impulsar este tipo de contrato indefinido pero intermitente para que sea la modalidad que se firme en trabajos estacionales o vinculadas a actividades de temporada. También se rediseña el contrato fijo de obra de la construcción, declarado abusivo por la justicia europea, para que sea considerado indefinido, con la obligación de intentar formar y recolocar al empleado entre distintas obras y la posibilidad de extinguir el contrato si esto no es posible.

3) Más sanciones. Se endurecen las sanciones de la Inspección de Trabajo ante la temporalidad irregular que se impondrán por cada trabajador, no como ahora que se considera que existe solo una irregularidad sea cual sea la plantilla afectada. La cuantía de las multas se eleva hasta los 10.000 euros en los casos más graves.

También se fija una tasa de cotización a las empresas según sus bajas, a propuesta del ministro Escrivá, que penalizará a las que más extinciones hagan. Se ha caído de esta negociación la consideración de despido nulo en caso de cualquier situación de temporalidad irregular, que implicaría que tendrían que ser readmitidos en sus puestos como fijos, medida que ha sido suprimida en los últimos días de la negociación.

Los futuros ERTE para frenar despidos​

Otro elemento fundamental de la reforma es la creación de lo que se ha denominado futuros ERTE, que se titula formalmente Mecanismo Red, con el objetivo de dar a las empresas mecanismos de flexibilidad que sustituyan a los despidos masivos que suelen producirse ante crisis.

Por un lado, se reforman los ERTE que ya existían –recogidos en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores–, con novedades como la preferencia de la reducción de jornada a la suspensión de contratos, la posibilidad de las empresas de acceder a ayudas a la cotización y la imposibilidad de realizar horas extra y de externalizar servicios durante su vigencia.

Y, por otro lado, se crea el Mecanismo Red con expedientes para crisis económicas (cíclicas) y de sector, que también dan prioridad a la reducción de jornada (de entre 10 y 70%), crea una prestación para los trabajadores afectados, determina que las empresas podrán acceder a ayudas a la cotización si forman a los trabajadores y cumplen con compromisos de mantenimiento del empleo, entre otras medidas.

Contratos formativos​

Otra de las asignaturas pendientes era reformular los contratos formativos. El contrato de formación y aprendizaje pasará a ser el "contrato formativo en alternancia", que se podrá firmar hasta los 30 años (antes hasta los 25), con una duración mínima de tres meses (antes un año) a un máximo de dos años (en lugar de tres). El contrato de trabajo en prácticas pasará a denominarse "contrato formativo para la obtención de la práctica profesional", que se limita a un máximo de un año (ahora dos) y se fija la retribución según marque el convenio colectivo, cuando antes podía ser del 60 y 75% de lo que este marcara. Además, estos se podrán firmar a tiempo parcial, algo que ahora no era posible.

 

«Garamendi se ha convertido en otro ministro a las órdenes de Yolanda Díaz, la gran triunfadora». Paco Marhuenda.​



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Jóvenes que pasan a indefinidos tras la reforma laboral: “Se acabó la ansiedad continua para ver si me renuevan”​


Cuando se enteró, llamó por teléfono entre la risa y las lágrimas. “Mamá, que me han hecho fija”, anunció Lorena Rodríguez Suárez después de que su empresa le comunicara su contratación indefinida. “No me lo podía creer. Primero sentí una inmensa alegría. Luego lloré, reí, bailé... No sabía cómo expresar todo lo que sentía”, explica la trabajadora de 25 años a elDiario.es. Lleva siete años en el sector del comercio y este es su primer contrato indefinido. Lorena, así como Ismael, Raquel y Sara, son jóvenes que han accedido a contratos indefinidos con la aprobación de la reforma laboral y destacan, sobre todo, la “tranquilidad” que sienten. “Como temporal te sientes ansiosa todos los días. El qué va a ser de mí mañana, ¿me renovarán? ¿Me echarán? ¿Encontraré otra cosa?”, relata Lorena.


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La joven, residente en Tenerife, trabaja desde los 18 años. Ha pasado por muchas empresas y contratos temporales. Aunque los puestos muchas veces no lo eran. “En tiendas es muy normal que estés de temporal. He trabajado en empresas donde todos éramos temporales menos algún encargado”, explica. Lorena vive independizada y, cuando se quedaba sin alguno de los empleos y no lograba encontrar otro rápido, tenía que pedir ayuda a sus padres. “Y no una, varias veces. Por mucho que lo intentes, con tantos contratos temporales no te libras de pasar por el paro. Aunque los padres están ahí de forma incondicional, a una le sabe mal tener que pedir ayuda”, relata.

La canaria trabajaba desde marzo como promotora de una marca de móviles dentro de una gran superficie de productos electrónicos. Entró con un contrato temporal en una plaza vacante de una persona que finalmente no iba a regresar a su puesto. A mediados de abril la llamaron para que firmara un nuevo contrato. Esta vez, indefinido. “No me esperaba para nada que me hicieran fija y menos tan rápido”, apunta Lorena Rodríguez Suárez, que cree que su estabilización tiene que ver con la reforma laboral.

Lo mismo piensa Raquel, de Barcelona y a punto de cumplir 27 años. Está trabajando en una empresa turística, haciendo funciones de marketing, desde 2019. Ella, como otros compañeros, encadenaban contratos de seis meses “de prácticas,” y el pasado mes la convirtieron a indefinida. “Nos están cambiando a varios”, cuenta Raquel. Conversiones a fijos sin un motivo aparente por lo que todos intuyen que son motivados por la nueva legislación laboral, más restrictiva con los contratos temporales y que sanciona el fraude con multas más elevadas.

Ismael Fernández, de 21 años, no es que lo intuya, es que sabe que su contrato indefinido es consecuencia de la reforma laboral. El joven de Málaga había accedido hacía unos meses a su primer empleo, a tiempo parcial en un almacén que trabaja para una gran multinacional textil. “Teníamos contratos de mes a mes. Cuando empecé pensé que no duraría, que me echarían en algún momento y pasarían a otro trabajador. Pero hace poco escuchamos que iban a pasar a fijos a los que llevaban más de seis meses porque había una nueva ley”. Y, al ser su caso, le hicieron indefinido en el mes de abril.

A Sara, administrativa en el sector sanitario de 34 años, parece que el nuevo marco normativo le ha ahorrado otros tres meses siendo temporal. Como en tantas otras empresas, aunque su puesto era estructural le dijeron que tenía que pasar por varios contratos temporales de tres meses. Al año, si todo iba bien, le harían fija. Todavía le quedaban otros tres meses más como temporal, pero la llamaron en abril para comunicarle que esta vez el contrato que firmaría sería indefinido. “Estoy muy contenta. Trabajo desde los 15 años y este es mi segundo contrato indefinido”, explica la trabajadora, de la provincia de Barcelona.

Vivir con “tranquilidad” al día siguiente​

“¿Qué cuántos temporales he tenido? ¿Temporales?”; repite Sara a la pregunta de elDiario.es. “Uuuyyy, pues deja que piense, desde los 15 años trabajando, me las he visto de todos los colores.... He estado en unas 11 o 12 empresas diferentes, pero número de contratos no te sé decir. Muchos, muchísimos”, explica la trabajadora, que con 34 años celebra por fin la estabilidad para poder vivir más tranquila con su marido y sus dos hijos, con discapacidad.


Los cuatro jóvenes entrevistados destacan esa palabra, “tranquilidad”, como lo que más les ha aportado sus nuevos contratos indefinidos, cuatro del récord de 700.000 que se han suscrito en abril con el auge de la reforma laboral. Muchos los han suscrito jóvenes como ellos, que eran el colectivo más perjudicado por el trabajo temporal.

A la pregunta inversa, qué llevaban peor de los contratos temporales, apuntan a la “ansiedad” constante de pensar que nos les iban a renovar, el “miedo” a tardar en encontrar un nuevo empleo y la incapacidad de hacer planes o de tomar decisiones por la incertidumbre de no saber si seguirían empleados al mes siguiente.

“Yo no estoy en mi casa, soy de otra provincia”, explica Raquel, que reside en Barcelona, pero no es natural de allí. “Con contratos temporales siempre estás a expensas de saber si te renuevan y, si no lo hacen, tienes que ver si puedes permitirte ese piso, si has de cambiarte, si perderás la fianza, si tendrás que volver a casa,...”, relata la joven. En muchos casos, las decisiones no son de tanto calado, pero marcan el día a día. “Tengo que saber si tendré salario al mes siguiente para apuntarme o no a un gimnasio”, dice como ejemplo.

Con contratos temporales siempre estás a expensas de saber si te renuevan y, si no lo hacen, tienes que ver si puedes permitirte tu piso, si has de cambiarte, si perderás la fianza, si tendrás que volver a casa,...
Ismael Fernández celebra la seguridad de ingresos que supone este contrato. “Me estoy preparando una oposición y el salario lo uso para pagarme las academias, que son muy caras”, cuenta. Aunque se suponían que en el almacén estaban contentos con él, cuando llevaba el momento de renovar no terminaba de fiarse. “No las tienes 100% contigo. Ahora, a menos que haga algo muy mal o así, sé que tendré trabajo y sueldo para seguir preparándome la oposición. Eso da mucha tranquilidad”, celebra.

A Sara su contrato indefinido le da una calma extra. Con dos hijos con discapacidad, uno de ellos bastante dependiente, necesita un trabajo con horarios que puedan adaptarse a las necesidades de cuidado de sus pequeños. Y no es tan fácil de encontrar. Lo sabe bien, porque cuando se le acababa algún contrato temporal, tenía que recuperar la búsqueda. “Realmente, lo que peor llevaba de los contratos temporales era volver otra vez al Inem. Volver otra vez a pedir ayudas sociales, explicar 'que me han vuelto a echar'. Me daba mucha vergüenza, a nadie le gusta ir a pedir”, relata la administrativa.

Cuando ser temporal se traduce en “no tener derechos”​

La vulnerabilidad de ser un trabajador temporal no solo reside en la posibilidad de perder el empleo en el corto plazo, explican los jóvenes trabajadores, sino también te expone a una mayor precariedad en los puestos de trabajo. “Cuando estás como temporal, tus derechos están siempre en segundo o en tercer plano. No te puedes poner enfermo, porque no te van a volver a llamar. Me pasó en la pandemia en una tienda y eso que era el protocolo por COVID. Te decían que, si estabas enfermo, no fueras en tres días hasta ver qué pasaba. Pues no me volvieron a llamar”, denuncia Sara.

“También tienes miedo de pedir si puedes ir con los niños si lo necesitan y tienes que hacer malabares, porque tú no puedes faltar a tu puesto”, añade la administrativa. “Cuando eres temporal estás vendidísimo, no tienes derecho a nada”, se queja.

Siempre me he ido de todos los trabajos con una mano delante y otra detrás. Ahora, si pasara algo y me despidieran algún día, al menos tendría la indemnización
Lorena Rodríguez Suárez, que está estudiando a distancia la carrera de Derecho y antes ha cursado más estudios mientras trabajaba, coincide en la vulnerabilidad de los empleados temporales. “Estás mal en un sitio, pero piensas 'mejor aguanto' porque no sabes si vas a encontrar otra cosa. Cuando he tenido un examen, sientes que no puedes decir nada. Ahora, tengo más libertad para decir si puedo salir media hora antes y la recupero otro día. Sabes que tienes un respaldo detrás”, explica.

Si estos contratos terminaran en despido, tendrían una mayor indemnización que cuando tenían que abandonar sus puestos al terminar un contrato temporal. “Siempre me he ido de todos los trabajos con una mano delante y otra detrás. Ahora, si pasara algo y me despidieran algún día, al menos tendría la indemnización”, valora Lorena.

 
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