la tienes en la página anterior.Por favor es una vergüenza de sentencia, parece más bien un ajuste de cuentas del propio juez hacia Juana rivas, como la trata, como la desprecia, alguien puede subir la sentencia?
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la tienes en la página anterior.Por favor es una vergüenza de sentencia, parece más bien un ajuste de cuentas del propio juez hacia Juana rivas, como la trata, como la desprecia, alguien puede subir la sentencia?
Pues la madre del niño asesino por AJ. ..según ella sin relación con su acosador....le pusieron orden de alejamiento y pulsera...Y en la cárcel está ..La justicia la creyo en 2009 cuando condeno al marido a 2 meses de prision y un año de orden de alejamiento,vosotros os pensais que los jueces "regalan" las ordenes de alejamiento ¿no? Se ve que ni en vuestra vida os visteis en una de esas,los juicios por malos tratos y acoso son muyyy jodidos,es un trago que no se lo recomiendo ni a mi peor enemigo,os debeis de pensar que es llegar alli y por tu cara bonita ya te dan la razon,pues deciros que no, que tienes casi que ir con un puñal en la espalda para que te den la razon,pero claro es muy facil echar la lengua a pacer sin tener ni idea
Ni haberlo denunciado?a bueno entonces la cosa es mas grave de lo que pensaba ya que ella presento una denuncia por malos tratos ante la guardia civil y por lo que parece la justicia Españistani ni la tramito ni la envio a un juzgado en Italia,es decir se paso la denuncia por el forro de lo weves y ahora dicen que no demostro que hubiera maltrato en todos esos años?me puedes explicar como lo va a demostrar si esa denuncia esta en el cajon de los recuerdos desde 2016 y sale antes el juicio por secuestro que la denuncia por malos tratos?y asi esta la "justicia" en este paisSí, pero en el caso es asíY hay una frase relevante en la setencia: "La acusada no ha acreditado haber sufrido malos tratos entre 2009 y 2016, ni siquiera haberlos denunciado.""Cierto que en 2009 el juzgado Penal 2 de Granada en sentencia (F 1780) de 26 de mayo, condenó por delito de malos tratos a Francesco A. al estimar probado que estando este, junto al hijo común de 3 años, en el domicilio familiar de la Calle xxxxx de Granada, a las 05,30 horas del 7 de mayo de 2009, llegó JUANA R. G. y él le pidió explicaciones acerca de donde había estado toda la noche, lo que motivó una discusión entre ambos, en el curso de la cual, él golpeó a Juana. Tras este incidente la pareja se reconcilia y se traslada a vivir a Carloforte, Italia, y no se inicia ningún procedimiento contra Francesco por malos tratos, salvo la denuncia que ella interpone el 12 de julio de 2016, ante el Juzgado de Violencia 2 de Granada, cuando empezó a mostrar excusas para no volver a Italia. Tras diversos avatares, acabó siendo remitida a las jurisdicción de aquel país, sin que conste que se haya tramitado la misma, ni haya surtido otro efecto aunque JUANA R. G. obtuvo una ayuda en España de las que se conceden a mujeres maltratadas."
Por si quieres ver algunas partes, te dejo unasCada cual es responsable de su vida, las decisiones que ella y él tomaron no las tomaron sus hijos, la pena es que las decisiones de los padres y madres acaban afectando a los hijos.-"Tras haber residido en España, donde la pareja estuvo temporalmente separada en 2009 en que Francesco resultó condenado por un delito de malos tratos, decidieron reconciliarse y en 2012 se marcharon a Italia donde de común acuerdo fijaron la residencia familiar en Carloforte, y en esta localidad los menores fueron escolarizados y quedaron registrados como residentes"
-"Salvo el episodio de malos tratos ocurrido en 2009, no se ha acreditado ningún otro posterior, ni en G., el mayor de los dos hijos, se han detectado desajustes sicológicos relacionados con malos tratos contra él o por haberlos presenciado hacia la persona de la madre, ni se ha apreciado que la restitución al contexto paterno, suponga un grave peligro para su integridad física o síquica.”"
-"No especificó hechos, fechas o lugares concretos de maltrato ni de tortura, aunque si refirió que Francesco lo hizo en 2009 por lo que fue condenado y tras ese episodio, por el que estuvieron un tiempo separados, le dio otra oportunidad, se marcharon a vivir a Italia y nació el segundo hijo."
-"En los folios 523 a 526 se contiene la pericial del equipo Psicosocial 3 de la Delegación del Gobierno de Granada, que tras examinar, a petición judicial, al hijo mayor G. de 10 años, concluye que presenta una adaptación positiva a su entorno, sin desajustes sicológicos significativos, considera que ambos progenitores lo quieren y lo cuidan, aunque le guasta más el modelo educativo de la madre, que quiere vivir con la madre, aunque no le importa ver a su padre en verano y no se observa a lo largo de la evaluación del menor que su restitución al contexto paterno suponga un grave peligro para su integridad física o psíquica. No se detecta en ese informe rastro alguno de las secuelas y vestigios que deja en un menor el hecho haber tenido que “ponerse en medio del padre y la madre, para proteger a esta cuando recibía golpes”, o tener que imitar “estar enfermo y no ir al colegio para quedarse con la madre y protegerla” o haber “recibido frecuentes golpes en la cabeza”, expresiones estas contenidas en el informe del 1383 vuelta, y en la denuncia de 12 de julio de 2016 del folio 1571, donde menciona también que Francesco la enceraba en un habitación durante horas, le daba patadas, le escupía en la cara, le tiraba de los pelos, la arrastraba, trató de estrangularla… sus hijos sobre todo el mayor, han sufrido mucho y presenciado varias cosas"
- "JUANA R. G. aporta comunicaciones e informes periciales que adolecen todos de la misma falta de sustento probatorio, pues dan por veraces estos episodios de maltrato, pese a no haber quedado probado ninguno de ellos dentro de un proceso"
-"Falto de rigor es igualmente el informe de la Acción Social por la Igualdad del f 1652, porque menciona que el menor ha sido apartado de un entorno de violencia, expresión igualmente imaginaria. Menciona que el menor ha relatado vivencias de haber presenciado episodios de malos tratos psicológicos y físicos del padre hacia la madre, usando asimismo expresiones que dan certeza a unos hechos que después no se contienen en el informe de los folios 523 a 526. En este informe del f 1652 no se específica la metodología usada a la hora de entrevistar al menor y las circunstancias en las que se produce esa narración de episodios de malos tratos, ni menciona los datos concretos que hubiera aportado, a diferencia de la seriedad y profesionalidad mostrada en el citado de los folios 523 a 526. Por ello su contenido, más próximo a la opinión que al informe, carece de relevancia probatoria."
-"Nada aporta tampoco el informe de la sicóloga Sagrario Cruz Hernández del f 2033, donde concluye que Juana “muestra síntomas de haber padecido trastorno de estrés postraumático, cuyo origen se localiza en la percepción de la convivencia familiar realizada en Calaforte”, es decir que no aprecia malos tratos como origen de ese estrés derivado solo por una percepción de la convivencia familiar, en la que como suele ocurrir, seguramente había momentos de tensión, desacuerdos, disputa o discusión, pero de ahí al maltrato hay una diferencia"
-"En el folio 1579 se contiene un informe policial de valoración de riesgo medio, pero carece de fundamento, pues se sustenta solo en los datos que Juana relata en la denuncia de 12 de julio de 2016, se emite sin examinar al supuesto agresor y como se ha dicho, a día de hoy, los hechos allí denunciados, son inexistentes, porque no se han probado en ningún proceso, esos episodios de violencia que ella manifestó en el folio 1571."
Y los jueces tienen que aplicar la ley, no son dioses ni dictadores.
Se perfectamente como es el perfil de una mujer maltratada por que trabaje de voluntaria como monitora de defensa personal en un centro de acogidaEso de ir tachando a la gente de maltratadora sin entender de qué persona concreta se está hablando...No, no lo veo bien.
El estereotipo de la violencia de género "hombre->mujer" no tiene por qué ser el estereotipo en los demás casos.
Maltratadores pueden ser padres, madres, hijos, amigos, amigas, jefes, jefas, personas sanas, personas con secuelas, personas con problemas psicológicos, personas con problemas psiquiátricos...
Hay madres que han educado(o educan) a base de collejas, pegar en el culo, retorcer, llamar tont@...y no han sido tachadas de maltratadoras ni de incorregibles ni de malas madres.
No reduzcamos la realidad a un estereotipo.
La tía esta es una delincuente. Que pague las costas y las indemnizaciones, que cumpla su condena y a olvidarnos de semejante sinvergüenza.Yo no la creo por ser mujer yo la creo por que hay una sentencia en 2009 condenando al marido por maltratador,un maltratador no cambia es mas si vuelves con el de segundas el maltrato se recrudece
Se perfectamente como es el perfil de una mujer maltratada por que trabaje de voluntaria como monitora de defensa personal en un centro de acogida
Edito y al ex marido ya lo condenaron en 2009 por maltrato a si que es un maltratador