Herederos de Pilar. Hilo parcialmente moderado, entra bajo tu propio riesgo. PARTE XVIII

Menciona dos aspectos: consanguineidad y matrimonio, independientemente de que los padres se casen antes o después del nacimiento del supuesto hijo. Luego si no se ha casado con la madre (Frau B, C o de Petit Nicolas) el niño o niños no tienen derecho alguno. Excluye claramente a los hijos extramatrimoniales. Yo lo que veo es que prevén un posible desliz "arreglable" casándose o un matrimonio de penalti. Entiendo lo que dice tu profe, pero es que este caso tiene una regulación aparte, sin hablar del aforamiento por encima de todo del Sexto.

Aforada está la mariliendres y Leo.Él es inviolable.(Para mí esto ya es motivo para reformar la Constitución: nadie en el s.XXI puede tener este grado de impunidad y decir que es el máximo baranda de un estado "democrático".Es que se da de leches contra toda ética,joé)
 
Eso se ha dicho siempre.Pero tienen ochocientos años de linaje en ese roca y dinero a espuertas ( como todos los paraísos fiscales).Entonces no sé que en qué fila estarán los Bernadotte.¿Gallinero? :joyful:
Sí, pero así los han considerado siempre los de linaje de sangre azul. Eran otros tiempos cuando lo de Rainiero y Grace.
 
Menciona el matrimonio pero sólo excluye a los que se casen con la expresa prohibición del rey y las Cortes, no indica para nada que el matrimonio sea condición sine qua non. Con lo que daría pie a una laguna legal. Deberían haberlo redactado de otra manera. Es un asunto que tal y como está redactado el artículo daría pie a debate.

Y sí, claro, en el caso de la Frau si Felipe así lo decidiera sería más fácil con un matrimonio posterior.
Dice expresamente que tiene que haber consanguineidad (excluye a los adoptados) y matrimonio con la madre del heredero, independientemente de que se efectúe el matrimonio después de que el bebé haya sido concebido (antes de nacer) o después del nacimiento, pero menciona que tiene que existir matrimonio entre el padre y la madre del heredero (copio y pego): solo permite la sucesión de los hijos considerados legítimos (nacidos por consanguinidad y concebidos dentro del matrimonio, aún si nacen con posterioridad a la separación o divorcio),4 quedando excluidos por tanto los hijos adoptivos y los concebidos fuera de las relaciones matrimoniales. No obstante, tienen también la consideración de legítimos los hijos concebidos antes del matrimonio que fueran debidamente reconocidos, siempre que no fueran de una relación extramatrimonial y se celebrara el posterior matrimonio entre los progenitores para su legitimación.5 6.

Como ves los padres del posible heredero tienen que casarse, antes, durante o después de su nacimiento para que ese hijo pueda entrar en la línea de sucesión.
 
Sí, pero así los han considerado siempre los de linaje de sangre azul. Eran otros tiempos cuando lo de Rainiero y Grace.
Y que Hannover (Ernestito) es una de las mayores fortunas de Europa, yo en caso de ser Carolina preferiría ser la viuda oficial a la segunda esposa divorciada de semejante perla, que encima debe ir por el segundo trasplante de hígado (los otros los hicieron foie hace varias navidades).
 
Dice expresamente que tiene que haber consanguineidad (excluye a los adoptados) y matrimonio con la madre del heredero, independientemente de que se efectúe el matrimonio después de que el bebé haya sido concebido (antes de nacer) o después del nacimiento, pero menciona que tiene que existir matrimonio entre el padre y la madre del heredero (copio y pego): solo permite la sucesión de los hijos considerados legítimos (nacidos por consanguinidad y concebidos dentro del matrimonio, aún si nacen con posterioridad a la separación o divorcio),4 quedando excluidos por tanto los hijos adoptivos y los concebidos fuera de las relaciones matrimoniales. No obstante, tienen también la consideración de legítimos los hijos concebidos antes del matrimonio que fueran debidamente reconocidos, siempre que no fueran de una relación extramatrimonial y se celebrara el posterior matrimonio entre los progenitores para su legitimación.5 6.

Como ves los padres del posible heredero tienen que casarse, antes, durante o después de su nacimiento para que ese hijo pueda entrar en la línea de sucesión.

Es que en la wiki lo explica ,bruji.Si coges el título "pelao" (sin las sinopsis) no dice nada del "matrimonio" ( igual dentro de "la aprobación del Rey" -las Cortes son aconfesionales- se sobreentiende que dicha aprobación se dará sólo si cumple los principios de la Casa Dinástica ,que es católica,apostólica y romana : es decir,lo explicado ahí.Es un suponer)
 
Me ha dado un tufillo a venganza,...no sé porqué....Ahora Sanz Roldán el que supuestamente participó en la abdicación y despachó a Corinna en el avión está en el punto de mira, y la segunda del Marianico el recorto también....No sé, Marcellín el brazo vengador???


El Rey y Corinna han roto y el miedo ahora es que la princesa empiece a ‘cantar’
Han repartido las ganancias por sus intermediaciones en pingües negocios, pero ella no habría quedado satisfecha


C.G. | 21/12/2014
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Imagen de la publicación alemana ‘Bild’, en la que aparece Corinna tras el Rey durante un viaje oficial a Stuttgart

El Rey ha roto con Corinna zu Sayn-Wittgenstein, y, como ocurre con cualquier pareja, ha habido acuerdo económico. La operación para convencer al Monarca de la conveniencia de la ruptura ha durado meses y en ella han tomado parte el nuevo Rey Felipe, Rajoy y cercanos amigos. El temor ahora es que el cierre haya sido en falso y la ambiciosa princesa, que, al parecer, no ha quedado satisfecha, empiece a ‘cantar’.

Dejar de hacer el pendón
Según desvela el periodista Jesús Cacho en Voz Populi, la ruptura no ha resultado fácil porque costó convencer a un reacio Rey Juan Carlos, al que han estado intentando convencerle de que a su conveniente abdicación debía acompañarle el fin de su relación, en otras palabras, “dejar de seguir haciendo el pendón al lado de esta mujer de revista de varietés”, que había hecho “el negocio de su vida” con su relación con el Monarca español.

Corinna no ha quedado satisfecha
La operación se habría iniciado el 2 de junio de este año, tras la abdicación, y se habría cerrado en la primera quincena de noviembre. Hay temor de que la señora, a la que el servicio de Zarzuela estaba obligada a llamar “la princesa” por “orden expresa de don Juan Carlos, cuando residía en el Pardo”, esté tentada a pedir más dinero, porque “no ha quedado satisfecha con la compensación económica recibida”.

“Me va a permitir, Señor… sólo está con usted por su dinero”
Al final, la advertencia que le hizo el mayordomo real a Don Juan Carlos fue un vaticinio en toda regla: “Me va a permitir, Señor, que le diga que la princesa sólo está con usted por su dinero”.

Una “conspiración” para hacerle abdicar
Por lo pronto, la Princesa se ha limitado a dar a su entorno su versión de la abdicación del Rey: se habría visto obligado a abdicar contra su voluntad tras “una conspiración en la que habría participado el director del CNI, Sanz Roldán, el exjefe de la Casa del Rey Rafael Spottorno”, que habría seguido instrucciones de Felipe, y “el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy”.

El adiós del CNI a la princesa tras lo de Botsuana
El comienzo del fin habría aquella famosa cacería de elefantes en Botsuana, el 14 abril de 2012, de la que regresaron a España el Rey herido, la princesa alemana y su hijo; estos últimos pernoctaron en el hotel Miguel Ángel hasta la mañana del 15, cuando fueron “sacados por un par de agentes del CNI que colocaron a la pareja en Barajas casi en la escalerilla de un avión rumbo a París, con la recomendación de no volver a poner pie en España”.



Una más en la alta sociedad madrileña
Corinna había vivido como una ‘reina’ durante sus años en Zarzuela, con escolta oficial, y el Rey Juan Carlos la había introducido en “los círculos de la buena sociedad madrileña presentándola en cenas, acudiendo a monterías a las que volaba en el propio helicóptero del monarca, e incluso formando parte de la comitiva real en viajes de Estado”.

Ella misma aseguró en una entrevista que había hecho “gestiones delicadas y confidenciales” para el Gobierno español, “asuntos clasificados” que había ayudado a solucionar por “el bien del país”.

Los encuentros tras la abdicación
El Rey Juan Carlos y Corinna se habrían visto varias veces después de la abdicación: una, al menos, en Londres, en la casa del distrito de Belgravia propiedad de la alemana, y otra en una finca de Huelva en compañía de Alberto Alcocer.

El reparto de las ganancias mutuas
Según la citada información, ambos han tenido que repartir gananciales de las comisiones cobradas por la princesa por intermediaciones con “la pantalla del rey de España detrás”. El dinero se habría ingresado en cuentas bancarias a su nombre, una forma mucho más segura y discreta de operar desde todos los puntos de vista”. Y estaba por arreglar el reparto del dinero, que no ha dejado satisfecha a Corinna, de ahí el temor ante la posibilidad de que esta mujer, “la peor, en el sentido de que es la más lista y de lejos la más peligrosa de todas las mujeres que han pasado por la cama del Rey”- según una fuente conocedora citada por el periodista-, empiece a cantar.

 
Y que Hannover (Ernestito) es una de las mayores fortunas de Europa, yo en caso de ser Carolina preferiría ser la viuda oficial a la segunda esposa divorciada de semejante perla, que encima debe ir por el segundo trasplante de hígado (los otros los hicieron foie hace varias navidades).

Toma claro! Además es que de viuda sigue siendo Alteza Real , y de divorciada-aunque le saque el tupé y un riñón - se queda en Serenísima ,que es segunda división.Lo del páncreas del meón es pa donar a la Ciencia.Debe ser el más escarallao del Universo -siempre tiene dos o tres principios de fallecimiento cuando se pasa de los chorrocientos litros de loqueseaconcincuentagrados diarios-y le funciona al jodío!
 
ETI, post: 2783384, member: 4769"]Me ha dado un tufillo a venganza,...no sé porqué....Ahora Sanz Roldán el que supuestamente participó en la abdicación y despachó a Corinna en el avión está en el punto de mira, y la segunda del Marianico el recorto también....No sé, Marcellín el brazo vengador???
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¿Es que hay otra explicación plausible a la aparición por arte de birlibirloque del Petit Nicolás a mediados de octubre ,cuando las negociaciones se cerraron (en falso ,porque la doña no traga) a mediados de Noviembre? A mí no se me ocurre nada...:whistle:
 
Es que en la wiki lo explica ,bruji.Si coges el título "pelao" (sin las sinopsis) no dice nada del "matrimonio" ( igual dentro de "la aprobación del Rey" -las Cortes son aconfesionales- se sobreentiende que dicha aprobación se dará sólo si cumple los principios de la Casa Dinástica ,que es católica,apostólica y romana : es decir,lo explicado ahí.Es un suponer)
Lo he comentado con mi letrado de "cabecera" ;) y lo interpreta como nosotras, que debe existir matrimonio y estar de acuerdo con las normas dinásticas de la Casa Borbón.
 
Toma claro! Además es que de viuda sigue siendo Alteza Real , y de divorciada-aunque le saque el tupé y un riñón - se queda en Serenísima ,que es segunda división.Lo del páncreas del meón es pa donar a la Ciencia.Debe ser el más escarallao del Universo -siempre tiene dos o tres principios de fallecimiento cuando se pasa de los chorrocientos litros de loqueseaconcincuentagrados diarios-y le funciona al jodío!
Yo no me divorciaría jamás de ese partidazo! si ni siquiera la debe molestar, que para eso están los abogados...
 
Dice expresamente que tiene que haber consanguineidad (excluye a los adoptados) y matrimonio con la madre del heredero, independientemente de que se efectúe el matrimonio después de que el bebé haya sido concebido (antes de nacer) o después del nacimiento, pero menciona que tiene que existir matrimonio entre el padre y la madre del heredero (copio y pego): solo permite la sucesión de los hijos considerados legítimos (nacidos por consanguinidad y concebidos dentro del matrimonio, aún si nacen con posterioridad a la separación o divorcio),4 quedando excluidos por tanto los hijos adoptivos y los concebidos fuera de las relaciones matrimoniales. No obstante, tienen también la consideración de legítimos los hijos concebidos antes del matrimonio que fueran debidamente reconocidos, siempre que no fueran de una relación extramatrimonial y se celebrara el posterior matrimonio entre los progenitores para su legitimación.5 6.

Como ves los padres del posible heredero tienen que casarse, antes, durante o después de su nacimiento para que ese hijo pueda entrar en la línea de sucesión.
No, no dice eso. Ya he pegado el artículo, pero lo vuelvo a hacer.

Artículo 57
Sucesión en la
Corona
1. La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de
Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá
el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la
línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más
remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo s*x*, la persona de
más edad a la de menos.
El Príncipe de
Asturias
2. El Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que
origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás
títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España.
3. Extinguidas todas las líneas llamadas en Derecho, las Cortes Generales proveerán a
la sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España.
4. Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren
matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales,
quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes.
5. Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en
el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica.
 
Es que en la wiki lo explica ,bruji.Si coges el título "pelao" (sin las sinopsis) no dice nada del "matrimonio" ( igual dentro de "la aprobación del Rey" -las Cortes son aconfesionales- se sobreentiende que dicha aprobación se dará sólo si cumple los principios de la Casa Dinástica ,que es católica,apostólica y romana : es decir,lo explicado ahí.Es un suponer)
Pero volvemos a lo mismo. La Constitución no lo recoge. Y si vamos a las normas que rigen la sucesión en la monarquía española anteriores a la Constitución, las botijas no podrían reinar. Ninguno de los nietos del emérito podría hacerlo, por provenir de matrimonios morganáticos. Quizá Froilán y su hermana, dado que creo que su padre tiene cierta ascendencia aristocrática, pero creo que tampoco.
 

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