Exhumación de Francisco Franco e inhumación en el panteón de Mingorrubio, El Pardo

No sé que encuestas manejas. La ley de memoria histórica es un legado envenenado de ZP. Y sólo sirve para despertar rencores de hace 80 años.
A quien le despierte el rencor es su problema. El resto creo que podemos tener el suficiente sentido común para ir cerrando heridas, enterrar dignamente a los muertos y hacer justicia con los crímenes sin castigo ( prácticamente todos)
 
A quien le despierte el rencor es su problema. El resto creo que podemos tener el suficiente sentido común para ir cerrando heridas, enterrar dignamente a los muertos y hacer justicia con los crímenes sin castigo ( prácticamente todos)
Para enterrar dignamente a Los muertos no hace falta esta sectaria ley con la que se profanan tumbas, tergiversa la historia y se humilla a Las victimas del otro bando
 

Están en los BOE, por si no te lo crees y los quieres consultar.

Las leyes del FUERO DEL TRABAJO

Recién acabada la guerra civil, el 9 de marzo de 1938, Franco dicta la Ley del Fuero del Trabajo, en beneficio de los trabajadores.

En base a esta ley fundamental, se aprueban las siguientes leyes:

1 de septiembre de 1939: Ley del Subsidio familiar.
23 de septiembre de 1939: Ley del Subsidio de Vejez.
13 de julio de 1940: Ley de Descanso dominical y días festivos.
25 de noviembre de 1942: Ley de Patrimonios familiares.
14 de diciembre de 1942: Seguro Obligatorio de enfermedad.
Tres pagas extras: Paga de beneficios, extra de julio y de Navidad.

Para dar cobertura a la Ley del Seguro Obligatorio de enfermedad, se construyó una red hospitalaria, dependiente de la Seguridad Social, creando en el año 1944, el Cuerpo de Asistencia Pública Domiciliaria, médicos, practicantes, matronas, farmacéuticos y veterinarios para todos los municipios españoles:

Residencias hospitalarias 292
Ambulatorios 500
Consultorios 425
Residencias concertadas 96

26 de enero de 1944: Contrato de Trabajo, vacaciones retribuidas, maternidad para las mujeres trabajadoras y garantías sindicales.
19 de noviembre de 1944: Paga extraordinaria de Navidad.
18 de julio de 1947: Paga extraordinaria del 18 de julio.
14 de junio de 1950: Reforma del I.N.P. para una mejor cobertura en la acción protectora.
22 de junio de 1956: Accidentes de Trabajo
24 de abril de 1958: Convenios colectivos
23 de abril de 1959: Mutualidad agraria. En esta ley se encuadran 2.300.000 trabajadores del campo, por cuenta ajena y propia.

2 de abril de 1961: Seguro de Desempleo.
14 de junio de 1962: Ayuda a la Ancianidad.
28 de diciembre de 1963: Ley de Bases de la Seguridad Social.
31 de mayo de 1966: Régimen Especial Agrario.
2 de octubre de 1969: Ordenanza General del Campo, donde se establece la jornada laboral de 8 horas.
20 de agosto de 1970: Mutualidad de Autónomos Agrícolas.
23 de diciembre de 1970: Ley de Empleo Comunitario.

En la ley del 9 de julio de 1976, todos los trabajadores españoles tenían cubiertas las siguientes contingencias por el Estado. Pasamos a enumerarlas:

-Seguro de Desempleo.
-Subsidio de Vejez.
-Invalidez permanente total.
-Invalidez absoluta.
-Gran invalidez.
-Discapacitados y Disminuidos.
-Subsidio de Ancianidad.
-Enfermedad Común no laboral.
-Accidente Común no laboral.
-Subsidio familiar.
-Protección familias numerosas.
-Asistencia farmacéutica.
-Asistencia médica.
-Asistencia hospitalaria.
-Vacaciones retribuidas.
-Descanso Dominical y días festivos.
-Paga extraordinaria de Navidad.
-Paga extraordinaria del 18 de julio.
-Pagas sobre beneficios.
-Convenios Colectivos.
-Representantes sindicales (liberados).
-Jurados de empresa.
-Representación Consejos de la administración de las empresas.
 
Están en los BOE, por si no te lo crees y los quieres consultar.

Las leyes del FUERO DEL TRABAJO

Recién acabada la guerra civil, el 9 de marzo de 1938, Franco dicta la Ley del Fuero del Trabajo, en beneficio de los trabajadores.

En base a esta ley fundamental, se aprueban las siguientes leyes:

1 de septiembre de 1939: Ley del Subsidio familiar.
23 de septiembre de 1939: Ley del Subsidio de Vejez.
13 de julio de 1940: Ley de Descanso dominical y días festivos.
25 de noviembre de 1942: Ley de Patrimonios familiares.
14 de diciembre de 1942: Seguro Obligatorio de enfermedad.
Tres pagas extras: Paga de beneficios, extra de julio y de Navidad.

Para dar cobertura a la Ley del Seguro Obligatorio de enfermedad, se construyó una red hospitalaria, dependiente de la Seguridad Social, creando en el año 1944, el Cuerpo de Asistencia Pública Domiciliaria, médicos, practicantes, matronas, farmacéuticos y veterinarios para todos los municipios españoles:

Residencias hospitalarias 292
Ambulatorios 500
Consultorios 425
Residencias concertadas 96

26 de enero de 1944: Contrato de Trabajo, vacaciones retribuidas, maternidad para las mujeres trabajadoras y garantías sindicales.
19 de noviembre de 1944: Paga extraordinaria de Navidad.
18 de julio de 1947: Paga extraordinaria del 18 de julio.
14 de junio de 1950: Reforma del I.N.P. para una mejor cobertura en la acción protectora.
22 de junio de 1956: Accidentes de Trabajo
24 de abril de 1958: Convenios colectivos
23 de abril de 1959: Mutualidad agraria. En esta ley se encuadran 2.300.000 trabajadores del campo, por cuenta ajena y propia.

2 de abril de 1961: Seguro de Desempleo.
14 de junio de 1962: Ayuda a la Ancianidad.
28 de diciembre de 1963: Ley de Bases de la Seguridad Social.
31 de mayo de 1966: Régimen Especial Agrario.
2 de octubre de 1969: Ordenanza General del Campo, donde se establece la jornada laboral de 8 horas.
20 de agosto de 1970: Mutualidad de Autónomos Agrícolas.
23 de diciembre de 1970: Ley de Empleo Comunitario.

En la ley del 9 de julio de 1976, todos los trabajadores españoles tenían cubiertas las siguientes contingencias por el Estado. Pasamos a enumerarlas:

-Seguro de Desempleo.
-Subsidio de Vejez.
-Invalidez permanente total.
-Invalidez absoluta.
-Gran invalidez.
-Discapacitados y Disminuidos.
-Subsidio de Ancianidad.
-Enfermedad Común no laboral.
-Accidente Común no laboral.
-Subsidio familiar.
-Protección familias numerosas.
-Asistencia farmacéutica.
-Asistencia médica.
-Asistencia hospitalaria.
-Vacaciones retribuidas.
-Descanso Dominical y días festivos.
-Paga extraordinaria de Navidad.
-Paga extraordinaria del 18 de julio.
-Pagas sobre beneficios.
-Convenios Colectivos.
-Representantes sindicales (liberados).
-Jurados de empresa.
-Representación Consejos de la administración de las empresas.
Es que tócate las narices reescribir la historia a gusto del sectario de turno. Moverán huesos para distraer a la gente. Pero la historia NO CAMBIA.
 
Están en los BOE, por si no te lo crees y los quieres consultar.

Las leyes del FUERO DEL TRABAJO

Recién acabada la guerra civil, el 9 de marzo de 1938, Franco dicta la Ley del Fuero del Trabajo, en beneficio de los trabajadores.

En base a esta ley fundamental, se aprueban las siguientes leyes:

1 de septiembre de 1939: Ley del Subsidio familiar.
23 de septiembre de 1939: Ley del Subsidio de Vejez.
13 de julio de 1940: Ley de Descanso dominical y días festivos.
25 de noviembre de 1942: Ley de Patrimonios familiares.
14 de diciembre de 1942: Seguro Obligatorio de enfermedad.
Tres pagas extras: Paga de beneficios, extra de julio y de Navidad.

Para dar cobertura a la Ley del Seguro Obligatorio de enfermedad, se construyó una red hospitalaria, dependiente de la Seguridad Social, creando en el año 1944, el Cuerpo de Asistencia Pública Domiciliaria, médicos, practicantes, matronas, farmacéuticos y veterinarios para todos los municipios españoles:

Residencias hospitalarias 292
Ambulatorios 500
Consultorios 425
Residencias concertadas 96

26 de enero de 1944: Contrato de Trabajo, vacaciones retribuidas, maternidad para las mujeres trabajadoras y garantías sindicales.
19 de noviembre de 1944: Paga extraordinaria de Navidad.
18 de julio de 1947: Paga extraordinaria del 18 de julio.
14 de junio de 1950: Reforma del I.N.P. para una mejor cobertura en la acción protectora.
22 de junio de 1956: Accidentes de Trabajo
24 de abril de 1958: Convenios colectivos
23 de abril de 1959: Mutualidad agraria. En esta ley se encuadran 2.300.000 trabajadores del campo, por cuenta ajena y propia.

2 de abril de 1961: Seguro de Desempleo.
14 de junio de 1962: Ayuda a la Ancianidad.
28 de diciembre de 1963: Ley de Bases de la Seguridad Social.
31 de mayo de 1966: Régimen Especial Agrario.
2 de octubre de 1969: Ordenanza General del Campo, donde se establece la jornada laboral de 8 horas.
20 de agosto de 1970: Mutualidad de Autónomos Agrícolas.
23 de diciembre de 1970: Ley de Empleo Comunitario.

En la ley del 9 de julio de 1976, todos los trabajadores españoles tenían cubiertas las siguientes contingencias por el Estado. Pasamos a enumerarlas:

-Seguro de Desempleo.
-Subsidio de Vejez.
-Invalidez permanente total.
-Invalidez absoluta.
-Gran invalidez.
-Discapacitados y Disminuidos.
-Subsidio de Ancianidad.
-Enfermedad Común no laboral.
-Accidente Común no laboral.
-Subsidio familiar.
-Protección familias numerosas.
-Asistencia farmacéutica.
-Asistencia médica.
-Asistencia hospitalaria.
-Vacaciones retribuidas.
-Descanso Dominical y días festivos.
-Paga extraordinaria de Navidad.
-Paga extraordinaria del 18 de julio.
-Pagas sobre beneficios.
-Convenios Colectivos.
-Representantes sindicales (liberados).
-Jurados de empresa.
-Representación Consejos de la administración de las empresas.

Reforma agraria.




El Gobierno provisional de la II República declaró en mayo de 1931 su voluntad de acometer una reforma agraria integral que facilitara la transformación social, política e industrial de España y la"posibilidad de una democracia aldeana". Una reforma que se antojaba fundamental si se tenía en cuenta que casi el 50% de la población activa española se dedicaba a trabajar la tierra. El objetivo marcado era mejorar los bajos rendimientos agrícolas y paliar el paro que asolaba entre jornaleros y campesinos.

El objetivo marcado era mejorar los bajos rendimientos agrícolas y paliar el paro que asolaba entre jornaleros y campesinos

La Ley de Reforma Agraria aprobada por las Cortes establecía en su base quinta que serían expropiables aquellas fincas que fueran ofrecidas voluntariamente; las públicas detentadas como propiedad privada en aquel momento; las compradas con fines especulativos; los señoríos jurisdiccionales; las no regadas pudiendo serlo; las que supusieran, en un solo propietario, más de un 20% del líquido imponible del conjunto de tierras de un término municipal; las explotadas sistemáticamente en régimen de arrendamiento; las incultas o mal cultivadas, y aquellas que fueran superiores a un determinado número de hectáreas para aprovechamientos de secano o regadío.

Sin embargo, el proyecto apenas sí pudo llevarse a cabo. Por un lado, la República no dispuso del músculo financiero necesario para expropiar las tierras. Por otro, las derechas y grandes latifundistas hicieron todo lo que estuvo en su mano para frenar este proyecto. Lo poco que se avanzó fue desandado tras el golpe de 1936.

Seguro obligatorio de maternidad


Un dato estadístico que habla de esta decidida apuesta de los gobiernos de centro-izquierda de la República es la afiliación de 741.771 trabajadoras al Seguro Obligatorio de Maternidad que introdujo un servicio estatal de atención sanitaria, de descanso maternal y de subsidios a las madres trabajadoras entre 1931 y 1935


Vacaciones retribuidas


En España la Segunda República aprobó en 1931 una norma, la Ley del Contrato del Trabajo, que contemplaba un permiso anual retribuido de siete días para todos los asalariados. Aunque debido al estado convulso del país no llegó a todo el mundo.



 
Paga extra del 18 de julio


Se pagaba una semana de sueldo.
Sin embargo, esta paga conmemorativa no era sino el «parche» que se le ocurrió al Generalísimo y su ministro de Trabajo para esconder el enorme incremento del coste de la vida durante la década de 1940, que llegó a alcanzar un 550%, y una considerable caída de los salarios, que en 1947, no llegaban ni al 50% de la cuantía de 1935 en algunas provincias.
 
Es que tócate las narices reescribir la historia a gusto del sectario de turno. Moverán huesos para distraer a la gente. Pero la historia NO CAMBIA.

Afortunadamente, el Archivo General de la Administración, Gacetas, BOE y sesiones del Congreso y de las Cortes están ahí para poder comprobar muchas cosas.
 
Al terminar la II Guerra Mundial es cuando asoman las vergüenzas de nuestra economía. Francia comenzó a recuperarse rápidamente, y en 1949, solo cuatro años después de acabar la guerra, su PIB per cápita ya superaba el de 1939 e incluso el de 1929. Mientras, nuestra renta no crecía y se quedaba en poco más del 40% de la francesa.

Tras 1950 comenzó un lento crecimiento económico, pero en 1960 nuestra renta seguía siendo un 40% de la francesa, y no fue sino hasta 1955 cuando se logró superar el PIB per cápita de 1929. A partir de 1961, y tras el cambio de rumbo de la política económica de la dictadura y con el apoyo de los EEUU, es cuando se empieza a recortar terreno en materia económica a Francia, pero a la muerte del dictador solo habíamos conseguido alcanzar la muy modesta cifra del 63% de la renta francesa, es decir, el mismo punto en que nos encontrábamos en 1935.


Lo que viene a ser “el paro”


Para remontarnos a los orígenes de la prestación por desempleo, debemos mirar al gobierno republicano de Niceto Alcalá Zamora, dado que fue durante su mandato cuando el ministro de Trabajo José Largo Caballero puso en marcha la Caja Nacional contra el paro forzoso. Esta prestación la financiaba el estado al 50% y el 50% mediante cuotas empresariales y trabajadores. La cobertura alcanzaba aproximadamente un tercio del salario y entre tres y seis meses. Este sistema llegó a dar cobertura a más de 25.000 trabajadores con un gasto de 1,7 millones de pesetas entre 1932 y 1933.
 
Están en los BOE, por si no te lo crees y los quieres consultar.

Las leyes del FUERO DEL TRABAJO

Recién acabada la guerra civil, el 9 de marzo de 1938, Franco dicta la Ley del Fuero del Trabajo, en beneficio de los trabajadores.

En base a esta ley fundamental, se aprueban las siguientes leyes:

1 de septiembre de 1939: Ley del Subsidio familiar.
23 de septiembre de 1939: Ley del Subsidio de Vejez.
13 de julio de 1940: Ley de Descanso dominical y días festivos.
25 de noviembre de 1942: Ley de Patrimonios familiares.
14 de diciembre de 1942: Seguro Obligatorio de enfermedad.
Tres pagas extras: Paga de beneficios, extra de julio y de Navidad.

Para dar cobertura a la Ley del Seguro Obligatorio de enfermedad, se construyó una red hospitalaria, dependiente de la Seguridad Social, creando en el año 1944, el Cuerpo de Asistencia Pública Domiciliaria, médicos, practicantes, matronas, farmacéuticos y veterinarios para todos los municipios españoles:

Residencias hospitalarias 292
Ambulatorios 500
Consultorios 425
Residencias concertadas 96

26 de enero de 1944: Contrato de Trabajo, vacaciones retribuidas, maternidad para las mujeres trabajadoras y garantías sindicales.
19 de noviembre de 1944: Paga extraordinaria de Navidad.
18 de julio de 1947: Paga extraordinaria del 18 de julio.
14 de junio de 1950: Reforma del I.N.P. para una mejor cobertura en la acción protectora.
22 de junio de 1956: Accidentes de Trabajo
24 de abril de 1958: Convenios colectivos
23 de abril de 1959: Mutualidad agraria. En esta ley se encuadran 2.300.000 trabajadores del campo, por cuenta ajena y propia.

2 de abril de 1961: Seguro de Desempleo.
14 de junio de 1962: Ayuda a la Ancianidad.
28 de diciembre de 1963: Ley de Bases de la Seguridad Social.
31 de mayo de 1966: Régimen Especial Agrario.
2 de octubre de 1969: Ordenanza General del Campo, donde se establece la jornada laboral de 8 horas.
20 de agosto de 1970: Mutualidad de Autónomos Agrícolas.
23 de diciembre de 1970: Ley de Empleo Comunitario.

En la ley del 9 de julio de 1976, todos los trabajadores españoles tenían cubiertas las siguientes contingencias por el Estado. Pasamos a enumerarlas:

-Seguro de Desempleo.
-Subsidio de Vejez.
-Invalidez permanente total.
-Invalidez absoluta.
-Gran invalidez.
-Discapacitados y Disminuidos.
-Subsidio de Ancianidad.
-Enfermedad Común no laboral.
-Accidente Común no laboral.
-Subsidio familiar.
-Protección familias numerosas.
-Asistencia farmacéutica.
-Asistencia médica.
-Asistencia hospitalaria.
-Vacaciones retribuidas.
-Descanso Dominical y días festivos.
-Paga extraordinaria de Navidad.
-Paga extraordinaria del 18 de julio.
-Pagas sobre beneficios.
-Convenios Colectivos.
-Representantes sindicales (liberados).
-Jurados de empresa.
-Representación Consejos de la administración de las empresas.
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