Lo que voy entendiendo:
a) Voto en el parlamento catalán. La obtención de la mayoría simple sirve para proclamar la independencia de Cataluña
b) Proclamación de la independencia catalana ("Declaration" en este caso es proclamación)
c) Esa proclamación se acompaña de declaraciones de "voluntad pro-europea", una llamada para que Cataluña sea "readmitida" dentro de la comunidad internacional. Las comillas de "readmitida" son mías y las aplico por el "re" de "readmitida".
Hay un segundo párrafo que no me queda claro "Accession to Helsinki’s Final Act (1975), the Nuclear Non-Proliferation Treaty, the Purposes and Principles in the Charter of the United Nations: Chapter I, among other law rules". No está claro en el texto si lo que se propone es una adhesión verbal en el sentido de manifestación de intenciones en caso de llegar a la independencia, o qué.
d) Apertura de un proceso constituyente (catalán, supongo) y el anuncio de un "Independence referendum".
No queda claro cómo, después de proclamar la independencia catalana (punto b) se anuncia para el futuro un referéndum para esa misma independencia (punto d). No está claro como una independencia proclamada (ergo obtenida) es anunciada como dependiente de un referéndum ulterior.
Se me escapa algo esencial?
Lo de la "readmisión" es bastante cómico. Viven en la pura fantasía retrospectiva. Y cuando te inventas el pasado, ¿cómo no vas a delirar sobre el futuro?
En la Hoja de Ruta dicen algunas cosas dignas de nota. Por ejemplo:
1) Que no pagarán la parte de la deuda del Estado español que les corresponda llevarse a aquellos acreedores que no reconozcan a una Cataluña independiente (así que os conviene reconocernos, avisan).
2) Aprobarán la declaración de independencia por mayoría simple.
3) Dicen que su independencia causará “the dissolution of the Spanish State and the extinction of it’s (sic) legal entity and international subjectivity”. Vamos, que dicen que su independencia no es una secesión con respecto a una España que seguiría su existencia, sino parte de un proceso de desmembración que destruirá el Estado predecesor.
4) Con la independencia las autoridades catalanas tendrán “jurisditional immunity in front of Spanish political and jurisdictional institutions” (importante: no nos podréis enchironar por ladrones).
5) Sobre la Corona, lo que hemos comentado.
6) Insinúan que la Declaración de Independencia llegará cuando tengan el compromiso de ciertos estados de que los van a reconocer. “It’s urgent to work on this matter”, dicen. Y al final de la Hoja hacen un listado de los países que ellos creen están dispuestos a reconocerlos inmediatamente, los que pondrán condiciones, los que se mantendrán “equidistantes” y los menos predispuestos. También enuncian las condiciones que tendrán que satisfacer para ganarse el reconocimiento de algunos estados significados.
7) Hablan de la peseta y dicen: “the pesseta was a Catalan currency until 1868, when it was adopted by Castilla (sic)”. Parece que para 1868 el Estado español y la nación española todavía no existían y había dos "naciones" distintas y separadas: Cataluña y Castilla. No se sabe muy ver qué hacer ante semejantes burradas, si reírse de ellos o sentir lástima.
La historia de la peseta, ya de paso.
http://www.fnmt.es/content/files/peseta.pdf
8) Dicen que independizarse no supondrá verse rodeados de aduanas fronterizas con España o Francia “as the Schengen Treaty is not constituent of the UE and therefore that treaty should apply to the Catalan State”.
En fin, entre otras cosas…
Última edición: