Sin ánimo de aburrir al personal, estamos en un recurso de revisión de sentencia firme civil, y creo que la niña no está legitimada, y si de TS dice que lo está...todos los legitimarios deberían ser llamados al proceso en un juicio de filiación.
La jurisprudencia (Sentencias del Tribunal Supremo, de 8 noviembre 1995 y 27 julio 1999, entre otras), ha venido entendiendo que además de quienes fueron parte en el proceso anterior, están también legitimados para interponer la demanda de revisión quienes no habiendo intervenido como parte en él pudieron haberlo hecho y hayan de quedar afectados desfavorablemente por el resultado de la sentencia dictada en el mismo; concretamente todos aquellos que por estar interesados directamente en la relación objeto del litigio debieron ser llamados al proceso y no lo fueron, viéndose luego afectados por el resultado del mismo.
Vale es un recurso de revisión, yo la legitimación lo veo discutible porque según el 511LEC, están legitimados las partes perjudicadas en la sentencia firme, perjudicada es, pero no era parte. Yo lo que me cuestiono todavía más es que basa el recurso, porque aquí no se falsificó ninguna prueba de ADN, aquí directamente no la hubo, y no por fuerza mayor o por culpa de la parte beneficiada por la sentencia aquí directamente fue porque el demandado se negó a realizarla, así que no lo entiendo.