CASO ALCASSER

Le preguntas a Ahna pero te puedo contestar un poquito yo…nada muy nuevo porque lo hemos dicho hace poco.


para lo que me gustaría que se encontrara, en la fosa, caseta, corral, coches...UNA PRUEBA IRREFUTABLE DE LA PRESENCIA DE ANTONIO, EN LUGAR Y HORA.
En la fosa se encontraron las pegatinas de la moto robada por Antonio y conducida por él con declaraciones de testigos y el propio dueño que las reconoce y se reconoce a Antonio con el único visto que conducía esa moto.
En el corral tienes el esperma de AA en la funda de un colchón,que coincide con la sangre del chalet y el pelo del ronda.Esto lo ha puesto Ahna unas cuantas veces hace muy poco tiempo.Creo que la última vez fue ayer o antes de ayer.
Lo de hora y lugar no se a que te refieres exactamente o si te entiendo no comprendo el argumento.Un análisis no va a determinar el tiempo que lleva allí el esperma o cuando se dejó exactamente,si fue el día 17 o 25 de Octubre o el 13 de Noviembre o el 3 de Enero.
Avistamientos de los dos en Alborache lo he puesto yo otras tantas veces.De Antonio el mismo día 28 de Enero de 1993 por parte de 3 personas distintas y con reconocimiento fotográfico.También he puesto sus declaraciones de a quiénes reconocen como habitantes de Alborache y de la Romana.Quién es el que descubre la zona de la Romana (Ricardo) y que él mismo está presente cuando se cava la fosa.
En la fosa,entre tierra,barro y porquería no vas a encontrar un pelo en concreto.


¿Cómo es que, en ese tiempo, ninguno de los dos, en sus ambientes de droga y marginalidad, se fuera de la lengua? No digo, obviamente, que le relataran todo lo ocurrido a alguien. Pero éstos tíos suelen ser muy fanfarrones.
Hombre yo no creo que nadie vaya a presumir de haber matado a las niñas de Alcásser como tal la verdad…no me parece que si lo que haces es enterrarlas “a tomar por” para que no las encuentre nadie vayas luego contando que has sido tú en un caso de esta índole.No recuerdo al Chicle hablando con nadie de lo que le había hecho a Diana Quer después de esconderla y tirarla a un poco en una nave industrial.
Antonio si expresa las ganas de cometer un acto así,y se lo dice a Mauri,Ricart y Cortona.
Lo declaran los 3 en el juicio pero es después del crimen y evidentemente no menciona a las niñas en concreto.
El que no gana con ello es Cortona ni Mauri diciéndolo.

¿Qué fue de la ropa que llevaban ese día AA y MR? Tendrían que tener manchas de sangre sí o sí. Se desharían de ella, claro. Pero, ¿donde?
¿Dónde, - presumiblemente- , tiraron el colchón ensangrentado en el que MR confesó que Antonio había consumado las violaciones?
¿Donde? No recuerdo, y corríjanme si me equivoco, que se le preguntara por nada de lo anteriormente expuesto
Lo dice Ricart en una de sus declaraciones.Lo tienes en el sumario.En el vertedero de Buñol.
Y eso, ¿de qué nos sirve? El Opel Corsa y el Ronda tienen que tener huellas hasta del tato, a día de hoy. Antonio dejó huellas en su huida incomprensibles, como las encontradas en el chalet. Y, sin embargo, en el o los, escenarios de los hechos, ¿NADA DE NADA?
Me parece que hay veces que no se llega a comprender que AA escapó de la jusiticia y que no se le pudieron coger muestras indubitadas de nada y si se llega a la conclusión de que es de él ciertas cosas es por descarte al si ser posible saber que es de un hijo de Neusa no siendo ninguno de los otros hijos sospechosos.
No vas a llegar a nada más.
Hemos dicho que en el Ronda al menos hay un pelo.Digo al menos porque de ahí si se puedo extraer adn.Puedes tener 100 pelos pero si la caída es natural lo normal es que no tengan bulbo que es de donde se podía extraer y además de fallar la muestra,ya queda inservible..
Para sacar huellas legibles necesitas una superficie pulida o limpia.Si se encontraron marcas de huella pero superpuestas y por tanto no legibles.


Y si a Antonio, como dicen los conspiradores, lo mataron en un ajuste de cuentas...¿nadie notó su ausencia?¿sus "clientes"?¿Nadie?
A esto si me permites ya he contestado.
Te lo he puesto arriba y me parece algo repetitivo poner lo mismo de nuevo cuando el sumario está plagado de declaraciones donde se identifica a Antonio Anglés a partir del 27 de Enero del 93 entre ellas personas que lo conocen con anterioridad.
Si se quiere entender me parece sencillo seas conspi,medio u oficialista .Si no es absurdo estar repitiéndolo constantemente.
Solo comentar que AA en los últimos tiempos ya había dejado bastante de lado el negocio de la droga centrándose más en los atracos

Y en los cuerpos pues vuelvo a decirlo otra vez màs:
No hay s*men
No ha sangre de agresores
Los pelos encontrados también los hemos tratado alguna vez.Se puede volver a poner si es necesario.Cuales son y donde son encontrados.Estos serán los que se tengan en cuenta creo yo.

Lo que imagino que harán ahora es coger los resultados de Carracedo y compararlos con un Anglés para saber si pertenecen o no a esa familia y ya está.
 
Última edición:
En la fosa se encontraron las pegatinas de la moto robada por Antonio y conducida por él con declaraciones de testigos y el propio dueño que las reconoce y se reconoce a Antonio con el único visto que conducía esa moto.
FOLIOS 118-120

DECLARACIÓN TITULAR MOTOCICLETA: Nombre y Apellidos: SERGIO GONZÁLEZ GRAU

D.N.I. o pasaporte: 24.343.868 Lugar de nacimiento: VALENCIA

Fecha de nacimiento: 26-08-69 Padres: MARCELINO y AMPARO Domicilio: c/ DOCTOR VILA BARBERA, X VALENCIA En UNIDAD ORGÁNICA DE POLICÍA JUDICIAL, siendo las 13,55 horas del día 29 de ENERO de

1.993 ante los instructores, y a las preguntas que le son formuladas,

DECLARA: Que es titular de la motocicleta marca Honda de color roja y negra con matrícula V-2996-DT.

que la misma le fue sustraída aportando copia de la denuncia la que se tramitó el 14 de JUNIO de 1.992.

Que identifica la motocicleta como la que le sustrajeron en S. Marcelino, C/ Arzobispo Olahechea nº 26. PRESENTADAS LAS MUESTRAS. NÚMERO 16 B y 17 B, dice que las identifica como los adhesivos que portaba la moto, que una vez observada la misma dice que ha observado los siguientes daños:

Desgaste total de las ruedas, los dos intermitentes delanteros, espejos retrovisores, carenado en sus laterales presenta daños, que el importe de los mismos puede ascender a 175.000 pesetas. PREGUNTADO si tiene alguna cosa más que manifestar dice que ha buscado la moto por la zona de Catadau ya que en el bar el Parador de la mencionada localidad los hijos del propietario le habían dicho que la moto la habían visto en Catadau varias veces, trasladados a Catadau un chico de la misma localidad le llevó a un campamento que está saliendo de Catadau para Carlet, en la misma esquina sube hacia arriba por un camino que en un inicio está asfaltado y posteriormente de tierra y distante de la población unos 8 km. donde había instaladas varias tiendas de camping una grande de color naranja una pequeña azul de capacidad para dos personas, que al llegar al lugar no había nadie, que esto fue a finales de julio, no volviendo a saber nada más de la moto.

Y para que conste se pone por diligencia.
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-Rectifica también en el sentido de que cuando Antonio mantuvo relación sexual con Miriam el declarante estuvo todo el tiempo manteniendo a ésta por los tobillos ya que la misma con las piernas había estado rechazando a Antonio y que no recuerda si con Miriam se le puso el mismo palo que con las otras analmente.

También rectifica en el sentido que a Desirée Antonio le hizo lo mismo que las otras dos de penetrar por vía anal tanto con su miembro viril como con un palo similar, y que también a Desirée la sujetó por los tobillos el declarante mientras Antonio la agredía sexualmente..

-En cuanto al corte de pezón que se le hizo a una de las niñas lo único que sabe es por lo que se le ha dicho al tomarsele declaración pero el no lo presenció ni se apercibió de ello, suponiendo que ocurriría cuando Antonio. estando acostados se levantó del colchón porque las niñas lloraban, pero el declarante no lo vio ya que permaneció todo el tiempo acostado y tapado con la moqueta. -No recuerda o no se apercibió que después de muertas Antonio clavara algo en la vagina de Miriam así como que en general se hiciese algo con los cadáveres.

-También manifiesta que cuando se hizo el primer disparo que falló y se inclinó hacía Antonia digo dirigido el requerido disparo a Antonia, Antonio se inclinó para poderle disparar a la cabeza desde una distancia de unos tres o cuatro palmos.

-Cuando ayudó a Antonio a enterrar los cuerpos no vio la posición de estos ya que estaban cubiertos por la moqueta.

-Que ignora la razón y el modo de porque las pegatinas de la moto onda sustraída por Antonio aparecieron despegadas y enterradas en la fosa.

Terminada a presente leída y hallada conforme la firman todos los presentes detrás de S. Sº., de lo que doy fe.


Otros datos que pondrían de manifiesto que Ricart era conocedor de lo sucedido previamente a la publicación de los informes de las autopsias fue declarando lo siguiente el 3 de Marzo de 1993.

"Después de lo del cuchillo Antonio sacó la pistola la montó y disparó el gatillo pero no salió el disparo, por lo que volvió a montarla saliendo disparado el cartucho no disparado, y procediendo, digo el cartucho salió expulsado y cayendo al suelo, disparando nuevamente hasta tres tiros dirigidos a cada una de las tres jóvenes encontrándose en ese momento Antonia tumbada en el suelo y desvanecida y de costado,"

b) Lesión mortal

El fallecimiento de Antonia Gómez Rodríguez se debió a las lesiones producidas en la masa encefálica y destrucción de centros nerviosos por disparo de arma de fuego, cuyo orificio de entrada radica en la región temporoparietal izquierda (Lesión 8) y la salida del proyectil en órbita derecha, con trayectoria que discurre de atrás hacia delante, de izquierda a derecha en ángulo de 20⁰ y de arriba abajo en ángulo aproximado de 14°; siendo la muerte rápida o instantánea, en virtud de las zonas que debió lesionar la bala en dicho trayecto.

Estimamos que la víctima estaba viva cuando recibió el disparo porque, aún cuando no hemos podido estudiar el orificio de entrada, porque éste no nos fue facilitado, en las fotografías que nos fueron facilitadas del orificio de entrada, se observa una formación que tiene aspecto similar al hemorrágico, confirmado este carácter hemorrágico por el estudio que hemos realizado de la zona adyacente al fragmento del hueso extirpado a ese nivel, y porque no hemos hallado otras lesiones, que de por si justifiquen la muerte.

Figura número 1.11

Pelo incrustado entre el magma y barro y la ligadura

EXAMEN DEL CUERPO, EXTERNO E INTERNO

(Describimos conjuntamente el examen externo e interno debido a las alteraciones y transformaciones que presenta el cadáver y a efectos de una mejor comprensión e interpretación de los hallazgos).

CABEZA

Cuando efectuamos esta autopsia, el cadáver no tenía cabeza; posteriormente recibimos el cráneo, que no presenta restos de partes blandas, visibles macroscópicamente, tiene aspecto de haber sido limpiado, mide 11 cm de altura máxima a nivel de la cara y 12.5 cm de anchura, pesa 436 gr., excepto la mandíbula que pesa 52.5 gr. No describimos el estudio antropológico porque ya este aspecto ha sido efectuado por el Instituto Nacional de Toxicología y coinciden sustancialmente sus datos con los verificados por nosotros.

Este hecho al que hace referencia al estado de una de las víctimas, el primer equipo forense no lo refleja en su informe de las autopsias y el Dr. Frontela no describe este extremo hasta su informe en Agosto de 1994.


Si es un dato que no pudo trascender de las autopsias realizadas por el primer equipo ya que este lo obvió y el profesor Frontela tampoco pudo referir esta circunstancia ya que no disponía de este cráneo para llegar a estas conclusiones al estar en el INT, tampoco pudiendo ser filmado por parte de los agentes de la Guardia Civil que estuvieron presentes en la autopsia.

¿Como podría conocer y afirmar entonces Ricart que una de las víctimas se encontraba en ese estado?

A tener en cuenta también que los informes del INT donde se describen las lesiones presentes en los cráneos son del 9 de Marzo de 1993.

Por tanto, es un dato el que relató Ricart en esa declaración que no podría conocer de antemano una vez que se conocían los resultados pues estos fueron publicados mucho después de narrar el ese hecho al igual que las marcas en los tobillos que Frontela indica en su informe en Agosto de 1.994 cuando el mindundis de Ricart lo declara en Marzo de 1.993.
 
Y el pelo como tal,la muestra al intentar sacar adn nuclear,quedò inservible,no? Es a lo que me refería antes.
normalmente el proceso de intento de extraccion de adn del pelo, suele destruir la muestra,si
el pelo en sí no debe ya existir
por eso se suele hacer analisis morfologico previo para que si no se peude extraer suficiente adn al menos quede una descripcion, aunque, poco es
 
AA tendría que tener dañados los nudillos, por los puñetazos.
Y como era un tipo violento, de tomar a golpes incluso a sus hermanos y madre, sus nudillos dañados no hubieran extrañado a nadie.
Y si a Antonio, como dicen los conspiradores, lo mataron en un ajuste de cuentas...¿nadie notó su ausencia?¿sus "clientes"?¿Nadie?
Dado que estuvo cumpliendo condena desde mayo del 1991 y prófugo desde marzo de 1992, poco o ninguno sería el contacto con sus "clientes"...
Picassent, Alcasser, Silla, Catarroja...son municipios pequeños. Pueblo pequeño, infierno grande. ¿Nadie vio nada, ni oyó nada en esos 75 días? Sabiendo como sabía la GC los antecedentes de AA con la agresión a Nuria Pera Mateu, y estando en busca y captura en el momento de la desaparición de las niñas, ¿a ninguno se le encendió la bombilla?
No olvidar que había "avistamientos" de las niñas en la vía pública en diversos lugares de España (Granada, Pamplona...) No había por qué relacionarlas con el Anglés de Catarroja, que por lo que sabían, podría haberse ido a Galicia o Asturias o donde fuere.
 
porunacomunidadmaslimpia-140626180614-phpapp01-thumbnail-4.jpg

FOLIOS 118-120

DECLARACIÓN TITULAR MOTOCICLETA: Nombre y Apellidos: SERGIO GONZÁLEZ GRAU

D.N.I. o pasaporte: 24.343.868 Lugar de nacimiento: VALENCIA

Fecha de nacimiento: 26-08-69 Padres: MARCELINO y AMPARO Domicilio: c/ DOCTOR VILA BARBERA, X VALENCIA En UNIDAD ORGÁNICA DE POLICÍA JUDICIAL, siendo las 13,55 horas del día 29 de ENERO de

1.993 ante los instructores, y a las preguntas que le son formuladas,

DECLARA: Que es titular de la motocicleta marca Honda de color roja y negra con matrícula V-2996-DT.

que la misma le fue sustraída aportando copia de la denuncia la que se tramitó el 14 de JUNIO de 1.992.

Que identifica la motocicleta como la que le sustrajeron en S. Marcelino, C/ Arzobispo Olahechea nº 26. PRESENTADAS LAS MUESTRAS. NÚMERO 16 B y 17 B, dice que las identifica como los adhesivos que portaba la moto, que una vez observada la misma dice que ha observado los siguientes daños:

Desgaste total de las ruedas, los dos intermitentes delanteros, espejos retrovisores, carenado en sus laterales presenta daños, que el importe de los mismos puede ascender a 175.000 pesetas. PREGUNTADO si tiene alguna cosa más que manifestar dice que ha buscado la moto por la zona de Catadau ya que en el bar el Parador de la mencionada localidad los hijos del propietario le habían dicho que la moto la habían visto en Catadau varias veces, trasladados a Catadau un chico de la misma localidad le llevó a un campamento que está saliendo de Catadau para Carlet, en la misma esquina sube hacia arriba por un camino que en un inicio está asfaltado y posteriormente de tierra y distante de la población unos 8 km. donde había instaladas varias tiendas de camping una grande de color naranja una pequeña azul de capacidad para dos personas, que al llegar al lugar no había nadie, que esto fue a finales de julio, no volviendo a saber nada más de la moto.

Y para que conste se pone por diligencia.
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-Rectifica también en el sentido de que cuando Antonio mantuvo relación sexual con Miriam el declarante estuvo todo el tiempo manteniendo a ésta por los tobillos ya que la misma con las piernas había estado rechazando a Antonio y que no recuerda si con Miriam se le puso el mismo palo que con las otras analmente.

También rectifica en el sentido que a Desirée Antonio le hizo lo mismo que las otras dos de penetrar por vía anal tanto con su miembro viril como con un palo similar, y que también a Desirée la sujetó por los tobillos el declarante mientras Antonio la agredía sexualmente..

-En cuanto al corte de pezón que se le hizo a una de las niñas lo único que sabe es por lo que se le ha dicho al tomarsele declaración pero el no lo presenció ni se apercibió de ello, suponiendo que ocurriría cuando Antonio. estando acostados se levantó del colchón porque las niñas lloraban, pero el declarante no lo vio ya que permaneció todo el tiempo acostado y tapado con la moqueta.

-No recuerda o no se apercibió que después de muertas Antonio clavara algo en la vagina de Miriam así como que en general se hiciese algo con los cadáveres.

-También manifiesta que cuando se hizo el primer disparo que falló y se inclinó hacía Antonia digo dirigido el requerido disparo a Antonia, Antonio se inclinó para poderle disparar a la cabeza desde una distancia de unos tres o cuatro palmos.

-Cuando ayudó a Antonio a enterrar los cuerpos no vio la posición de estos ya que estaban cubiertos por la moqueta.

-Que ignora la razón y el modo de porque las pegatinas de la moto onda sustraída por Antonio aparecieron despegadas y enterradas en la fosa.

Terminada a presente leída y hallada conforme la firman todos los presentes detrás de S. Sº., de lo que doy fe.


Otros datos que pondrían de manifiesto que Ricart era conocedor de lo sucedido previamente a la publicación de los informes de las autopsias fue declarando lo siguiente el 3 de Marzo de 1993.

"Después de lo del cuchillo Antonio sacó la pistola la montó y disparó el gatillo pero no salió el disparo, por lo que volvió a montarla saliendo disparado el cartucho no disparado, y procediendo, digo el cartucho salió expulsado y cayendo al suelo, disparando nuevamente hasta tres tiros dirigidos a cada una de las tres jóvenes encontrándose en ese momento Antonia tumbada en el suelo y desvanecida y de costado,"

b) Lesión mortal

El fallecimiento de Antonia Gómez Rodríguez se debió a las lesiones producidas en la masa encefálica y destrucción de centros nerviosos por disparo de arma de fuego, cuyo orificio de entrada radica en la región temporoparietal izquierda (Lesión 8) y la salida del proyectil en órbita derecha, con trayectoria que discurre de atrás hacia delante, de izquierda a derecha en ángulo de 20⁰ y de arriba abajo en ángulo aproximado de 14°; siendo la muerte rápida o instantánea, en virtud de las zonas que debió lesionar la bala en dicho trayecto.

Estimamos que la víctima estaba viva cuando recibió el disparo porque, aún cuando no hemos podido estudiar el orificio de entrada, porque éste no nos fue facilitado, en las fotografías que nos fueron facilitadas del orificio de entrada, se observa una formación que tiene aspecto similar al hemorrágico, confirmado este carácter hemorrágico por el estudio que hemos realizado de la zona adyacente al fragmento del hueso extirpado a ese nivel, y porque no hemos hallado otras lesiones, que de por si justifiquen la muerte.

Figura número 1.11

Pelo incrustado entre el magma y barro y la ligadura

EXAMEN DEL CUERPO, EXTERNO E INTERNO

(Describimos conjuntamente el examen externo e interno debido a las alteraciones y transformaciones que presenta el cadáver y a efectos de una mejor comprensión e interpretación de los hallazgos).

CABEZA

Cuando efectuamos esta autopsia, el cadáver no tenía cabeza; posteriormente recibimos el cráneo, que no presenta restos de partes blandas, visibles macroscópicamente, tiene aspecto de haber sido limpiado, mide 11 cm de altura máxima a nivel de la cara y 12.5 cm de anchura, pesa 436 gr., excepto la mandíbula que pesa 52.5 gr. No describimos el estudio antropológico porque ya este aspecto ha sido efectuado por el Instituto Nacional de Toxicología y coinciden sustancialmente sus datos con los verificados por nosotros.

Este hecho al que hace referencia al estado de una de las víctimas, el primer equipo forense no lo refleja en su informe de las autopsias y el Dr. Frontela no describe este extremo hasta su informe en Agosto de 1994.


Si es un dato que no pudo trascender de las autopsias realizadas por el primer equipo ya que este lo obvió y el profesor Frontela tampoco pudo referir esta circunstancia ya que no disponía de este cráneo para llegar a estas conclusiones al estar en el INT, tampoco pudiendo ser filmado por parte de los agentes de la Guardia Civil que estuvieron presentes en la autopsia.

¿Como podría conocer y afirmar entonces Ricart que una de las víctimas se encontraba en ese estado?

A tener en cuenta también que los informes del INT donde se describen las lesiones presentes en los cráneos son del 9 de Marzo de 1993.

Por tanto, es un dato el que relató Ricart en esa declaración que no podría conocer de antemano una vez que se conocían los resultados pues estos fueron publicados mucho después de narrar el ese hecho al igual que las marcas en los tobillos que Frontela indica en su informe en Agosto de 1.994 cuando el mindundis de Ricart lo declara en Marzo de 1.993.

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@Loquedigalarubia
@Rosebud

Está claro que a veces tengo cosas en la cabeza que, a la hora de transcribirlas, son ininteligibles.
Gracias, de todas formas, por tomaros la molestia en contestar.
 
La disonancia del porqué Miguel Ricart nunca pidió las cintas al criminólogo para demostrar su inocencia y porqué había un pendiente de una de las víctimas en la caseta es algo que me gustaría resolver.
A ver si algún criminólogo me lo resuelve.
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-ENTREVISTA A FERNANDO GARCÍA-.
.CAMBIO 16.


•21 de Abril de 1.997•

En un dossier que yo entregué en el Ministerio
del Interior al ministro Mayor Oreja, iban los
nombres de Calvé, el ex gobernador de
Alicante, Bermúdez de Castro, el productor de
películas y otros.

P. Y, ¿qué tienen que ver con el caso? No
entiendo muy bien la relación.

R. Pues, me llegó la información de que [...]
hacía películas snuff.

P. Pero esto, ¿te venía de una fuente fiable?

R. Sí, de la policía.

P. ¿De la policía de dónde?

R. De la policía de Madrid. Habían estado
investigando y cuando habían llegado a ellos, una mano poderosa los quitó.

P. ¿Hacían películas snuff?

R. Sí.

P. Pero, ¿con animales o con personas?

R. Con personas.

P. ¿Cuándo supiste esto?

R. Hace tiempo, unos dos años. He estado
indagando sobre esto y esta fuente me dijo
que [...] se había llevado 2.000 kg. de cocaína
que eran para quemar. Se la había llevado
para él y sus amiguetes. A [...] llegué por
fuentes diferentes. La policía me dijo que por
aquí se organizaban orgías de este tipo y me
pasaron unos documentos contándome lo
que ellos habían averiguado. Me empezaron a
llegar informaciones sobre ciertos personajes
de Madrid que tenían historias raras...
Entonces ibas casando unas cosas con otras.
Por otro lado, algunos periodistas habían
investigado a estas personas y se
encontraban con esto. Y [...] se dedicaba a
hacer películas snuff.
Otra fuente me comentó que a una de las
niñas del grupo [...], del cual producía las
películas, la dejó embarazada y tuvo que
hacerle un aborto que por poco le cuesta vida. Hacía "castings" de niñas y abusaba de ellas.
Con toda esta información hicimos un dossier y lo pusimos en manos del ministro Mayor Oreja. Era lo que veía más lógico. Yo creí que me iba a echar una mano.

P. Y qué pasó?

R. Parece que estuvo investigando un tiempo hasta que alguien le dio la orden de abandonar.

P. ¿No supiste nada más?

R. No. Lo que si supe fue que él había enviado aquí a Valencia para que investigaran qué había de cierto sobre lo que se decía en el dossier... y tengo que decir que uno de sus directores de gabinete me llamó y me dijo: "Tengo que decirle de parte del Ministro que se están investigando en Valencia algunas cosas y hay mucho más de lo que usted nos ha dicho."
Supe que el Ministro había enviado a un grupo de élite denominado "los Patas Negras" y se pusieron a investigar el dossier, pero les cortaron las orejas a todos. Algo muy gordo hay detrás de todo esto. Hubo alguien que me dijo que el problema que tienen ellos es que es un problema de Estado.

P. ¿Cómo? ¿Por qué un problema de Estado?

R. Hay gente que mata por placer, por dinero y por poder... Para comprar voluntades de gobierno. La técnica que utilizan es invitar a una sesión de esas y grabar a los asistentes... Luego chantajean. Alguien me dijo que en la embajada de [...] tenían cogido a uno que había participado en una de estas orgías de sangre y muerte.
Después me puse en contacto con el General de Información de Servicios Especiales de la Guardia Civil, el general Muñoz. Le di una copia del dossier y le conté además otras cosas que yo sabía. Le dije que en los papeles de CESID estaba el nombre de mi hija.

P. ¿En los papeles del CESID?

R. Sí, porque el CESID estuvo investigando políticos y descubrió lo que estaban haciendo algunos... En los papeles del CESID está el nombre de las niñas de Alcácer. Cuando le conté esto al General, le pareció que lo que yo le estaba contando era algo del otro mundo... y me prometió que si algo había de cierto en todo esto, iba a salir a la luz. Daba igual que se tratara de D. Fulano que de D. Mengano. Lo que sí tenía claro él es que viendo las diligencias que había hecho la Guardia Civil en el sumario... constituían un delito y que iban a rodar cabezas, pero no de los simples guardias sino de los jefes. Pero todo se quedó en agua de borrajas. Alguien le dijo que se desvinculara del caso.

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.Después del juicio y después del 21 de Abril de 1.997.

1) •A la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia•

Laura OLIVER FERRER, Procurador en los Tribunales y de don Fernando García Mediano (padre de Miriam):

Lo incierto y no probado, es la autoría del procesado Miguel Ricart Tárrega, no teniendo duda sobre la de Antonio Anglés Martíns, en rebeldía. (Aquí no decía eso de que ni Antonio ni Miguel habían visto a su hija nunca.Resulta que el no juzgado es culpable y el juzgado,confesión mediante,no,pero encubre).

El Sr. Ricart está encubriendo a Antonio Anglés Martíns y a otros más no identificados.

.... y respecto de Antonio Anglés Martíns, a quien estimamos autor de los delitos que se imputan a Ricart, junto con otros más, la imposibilidad de identificar a estos.


2) A LA SALA DOÑA ISABEL CAUDET MORENO, Procuradora en los Tribunales y de don Fernando Gómez Moreno (padre de Toñi):*

El Procesado MIGUEL RICART TÁRREGA, es responsable penalmente de los delitos descritos en la segunda de las conclusiones provisionales, que se tienen por reproducidas, y de los hechos antes mencionados, en grado de cómplice.
Procede imponer al acusado, en orden a su participación en los hechos, de conformidad con las reglas contenidas en los arts. 29, 61 y ss. del Código penal vigente, Cuerpo legal más favorable al reo que el vigente al momento de los hechos delictivos, las penas siguientes:
- Por los tres delitos de RAPTO, un total de SEIS AÑOS de Privación de libertad.
-Por los tres delitos de violación, un total de DIECIOCHO AÑOS de privación de libertad.
- Por los tres delitos de ASESINATO un total de SESENTA AÑOS de privación de libertad.


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