Caso Diana Quer. Asesinada por Jose Enrique Abuin Gey. Secuestrada en A Pobra do Caramiñal.

Eso del patrimonio no sé como va, por eso pregunto: si apareciera en cualquier momento el patrimonio no lo tendría?
Edito: Gracias @franfei , no vi tu respuesta
Lo tendria integro, tiene que estar en paradero ignorado 30 años, y entonces revertiria a sus herederos si los hubiese y sinó al Estado.-
Edito- Tampoco se puede desheredar por estar desaparecida antes de los 30 años.-
 
Eso del patrimonio no sé como va, por eso pregunto: si apareciera en cualquier momento el patrimonio no lo tendría?
Edito: Gracias @franfei , no vi tu respuesta
Si, claro, incluso estando ya repartido, pero es un lio. Lo que digo es que "desaparecer" en este caso es poco lógico, es mejor "irse". pero por favor no empecemos ahora con lo de las herencias. Antenas, teléfnos, .... ¿quien se llevo a Diana Quer?
 
Si, claro, incluso estando ya repartido, pero es un lio. Lo que digo es que "desaparecer" en este caso es poco lógico, es mejor "irse". pero por favor no empecemos ahora con lo de las herencias. Antenas, teléfnos, .... ¿quien se llevo a Diana Quer?
Claro, irse sin levantar revuelos, eso es lo lógico. Por eso digo que igual la madre podría saber que se largó con alguien, se alarmó y denunció para que la encontrasen rápido. Luego todo se ha ido complicando...
 
Que estoy Hablando de DESAPARECIDA!!!, Que para saber que está muerta tiene que aparecer su cadaver.-

hay veces q por temas burocraticos y a pesar de no pasar 30 años se solicita al juez q la declare fallecida y este puede acceder

http://iabogado.com/guia-legal/familia/las-declaraciones-de-ausencia-y-fallecimiento

cuando declarar a un desaparecido fallecido:

- Cuando hayan transcurrido 2 años desde su desaparición cuando ésta se haya producido en una situación de alto riesgo para la vida de la persona.


importante tb:

Si después de la declaración de fallecimiento, aparece el ausente o se prueba su existencia, puede recobrar sus bienes pero lo hará en el estado en que éstos se encuentren en el momento de su aparición. También tiene derecho a que se le entregue el importe obtenido con la venta de sus bienes o a que se le entreguen los bienes que se compraron con este dinero. Sin embargo, sólo puede reclamar los frutos o rendimientos que produzcan sus bienes desde el momento de su aparición.
 
Es la sensación que me dió, por la carta de la hermana, lo que dijo el padre, la madre la siente viva, los amigos...
Bueno ya sabes que lo puse en otro hilo, y es que esto de los secuestradores sexuales vende tanto, que la gente ya los ve por todas partes, y si se añaden las noticias trágicas de todos los dias en TV, pues mas, y de postre esos programas como DDLV, con ese suspense para meter miedo, pues ya está el pastél.-
 
hay veces q por temas burocraticos y a pesar de no pasar 30 años se solicita al juez q la declare fallecida y este puede acceder

http://iabogado.com/guia-legal/familia/las-declaraciones-de-ausencia-y-fallecimiento

cuando declarar a un desaparecido fallecido:

- Cuando hayan transcurrido 2 años desde su desaparición cuando ésta se haya producido en una situación de alto riesgo para la vida de la persona.


importante tb:

Si después de la declaración de fallecimiento, aparece el ausente o se prueba su existencia, puede recobrar sus bienes pero lo hará en el estado en que éstos se encuentren en el momento de su aparición. También tiene derecho a que se le entregue el importe obtenido con la venta de sus bienes o a que se le entreguen los bienes que se compraron con este dinero. Sin embargo, sólo puede reclamar los frutos o rendimientos que produzcan sus bienes desde el momento de su aparición.
Eso es para casos muy especiales, como navegar en un barco y que este se hunda, y no aparezcas, y solo a efectos administrativos. No hay que confundir a la gente. En fin.-
 

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