Siempre hay exención de responsabilidad en los medicamentos. Para ti es una novedad la vacuna del COVID pero la realidad es que no, todas las vacunas están fundamentadas en lo mismo y se sabe cómo funcionan, de ahí que los trámites puedan ser más rápidos (sin saltarse nunca los pasos adecuados de las fases) y puedan ser puestas en marcha más rápido. Simplemente estaba explicando lo de la fase 4 de farmacovigilancia, que es muy habitual y nunca había oido a nadie decir que un medicamento fuera experimental cuando están en la misma fase que la vacuna actual.Todo esto lo entiendo perfectamente y a grandes rasos ya lo sabía, pero no me convence porque sigues comparando una sustancia activa como el paracetamol ampliamente utilizada desde hace con años con la vacuna de COVID que se comercializa por vez primera, que es aquí donde empieza la incongruencia. ¿ y con esos otros medicamentos de los que hablas en tu exposición también hay exención de responsabilidad como condición para comercializarlos?