Los Sussex vs grupo de prensa.

Yo no lo veo tan claro, ojalá me equivoque. A mi modo de ver, en esto consiste el derecho a la privacidad; en el poder controlar qué es lo que uno quiere que se conozca de si mismo.

De hecho, las autorizaciones que cada cual conceda para ceder deteminados datos personales, son revocables en cualquier momento.

Yo puedo autorizar que se publicite que ceno lentejas los jueves y los viernes en Casa Pepe. Y puedo desautorizar que se publique que los domingos, ceno paella en Casa Juanito.

Otra cosa es que sea de interés público que los domingos yo cene en Casa Juanito. Y sinceramente, la MeMa no es nadie. Por eso, entiendo que las cartas personales que le mande a su padre no tienen un interés que justifique su publicación íntegra.

Ahí es dónde yo veo el problema real, en la publicación íntegra de una carta personal.

Ya lo de los derechos de autor, me da un poco de risa... Debe considerarse la carta de la Mema, una creación literaria? Amos, hombre...

Tu, doña NN, o yo, doña XX, estamos en situacion de poder tomar esas decisiones. Porque somos anonimas sujetillas en este mundo.

Pero la duquesa de Sussex, miembro senior de la Casa Real, ¿es o no una funcionaria al servicio del Estado? Lo es. Por lo cual, su derecho a la privacidad esta mas limitado.

La Reina tiene limitado su derecho a la privacidad, excluyendo parentela molesta de esa proteccion, ¿y la MeMa tenia que ser privilegiada por sobre la Reina?

Pero vamos al asunto: el derecho a la privacidad no es lo mismo que al de la intimidad. Y el derecho a la intimidad es el que consiste en el poder controlar qué es lo que uno quiere que se conozca de si mismo. El derecho a la privacidad es aquel que protege ciertos aspectos de nuestras vidas que no tienen ninguna razon de ser publicos. Como lo define a RAE, “ámbito de la vida privada que se tiene derecho a proteger de cualquier intromisión”

Por ejemplo, el que tu vayas a un Subway a comer, ¿que cuernos importa? Nada, eso es privado. Asunto tuyo. Pero si tu haces un comercial de MacDonald, y te ven comer en un Subway, ese acto pasa a ser publico.

En este caso, la MeMa, si ella hubiera enviado la carta solita, o mejor, si ella hubiera ido a ver a su padre (que mas le daba, un vuelo privado mas o uno menos, con todos los que ha hecho ya contamino harto el planeta) entonces seria intromision a su privacidad. Pero la MeMa se ahorco sola, porque hizo que sus amigos hablaran del asunto en una revista, entonces, el asunto ya recibio intromision de terceros, y al pedir consejo a todo KP, incluido los corgis, el asunto dejo de ser privado. Ella permitio que mucha gente se entrometiera... lo que le molesta es que esa intromision no ha sido a su favor. Eso es todo el lio.
 
Yo no lo veo tan claro, ojalá me equivoque. A mi modo de ver, en esto consiste el derecho a la privacidad; en el poder controlar qué es lo que uno quiere que se conozca de si mismo.

De hecho, las autorizaciones que cada cual conceda para ceder deteminados datos personales, son revocables en cualquier momento.

Yo puedo autorizar que se publicite que ceno lentejas los jueves y los viernes en Casa Pepe. Y puedo desautorizar que se publique que los domingos, ceno paella en Casa Juanito.

Otra cosa es que sea de interés público que los domingos yo cene en Casa Juanito. Y sinceramente, la MeMa no es nadie. Por eso, entiendo que las cartas personales que le mande a su padre no tienen un interés que justifique su publicación íntegra.

Ahí es dónde yo veo el problema real, en la publicación íntegra de una carta personal.

Ya lo de los derechos de autor, me da un poco de risa... Debe considerarse la carta de la Mema, una creación literaria? Amos, hombre...
Es que el reclamo no es por "derecho" a la privacidad, sino por uso indebido de información privada. Es un reclamo separado (aunque relacionado) al de la carta. Implica que no hubo autorización para publicar según qué cosas (que no se limitaban a la carta, en el reclamo por uso de información privada se mencionaban otros temas). De ahí que se permitiera FF como prueba, que no tiene nada que ver con la carta sino con revelar intimidades con anuencia de la interesada.
La carta es, como la de cualquiera, una producción literaria, en cuanto tiene una idea o contenido original, hubo una elaboración propia de esa idea y está "fijada", es decir, consta por escrito. Las legislaciones de la mayoría de los países consideran, en principio, que las cartas personales están protegidas por derechos de autor, por más soso que sea su contenido. El misterio es si Meghass es la única autora (por tanto es "su obra" y es la única que puede reclamar derechos sobre ella) o hay más (staff, amistades, etc) que intervinieron en la elaboración del contenido. Luego, lo que decida el juez según el margen de acción que le permita la ley, se verá...
 
Última edición:
A Mema lo que le molesta es que la estan contradicciendo, le estan sacando su verdadera personalidad y su vida antes de Harry. Para ella la privacidad es un asunto de dinero, como puede monetizar la vida que ella piensa es interesantisima, la gente añora tener su vida y si de eso se beneficia mejor. Es una persona carente de empatia, sensibilidad y comprensión hacia los demás.
Por eso anda viendo como puede controlar todo lo que se dice de ella, para que se hable bien no sus traumas y la verdad que hay detrás de ella.
 
Tu, doña NN, o yo, doña XX, estamos en situacion de poder tomar esas decisiones. Porque somos anonimas sujetillas en este mundo.

Pero la duquesa de Sussex, miembro senior de la Casa Real, ¿es o no una funcionaria al servicio del Estado? Lo es. Por lo cual, su derecho a la privacidad esta mas limitado.

La Reina tiene limitado su derecho a la privacidad, excluyendo parentela molesta de esa proteccion, ¿y la MeMa tenia que ser privilegiada por sobre la Reina?

Pero vamos al asunto: el derecho a la privacidad no es lo mismo que al de la intimidad. Y el derecho a la intimidad es el que consiste en el poder controlar qué es lo que uno quiere que se conozca de si mismo. El derecho a la privacidad es aquel que protege ciertos aspectos de nuestras vidas que no tienen ninguna razon de ser publicos. Como lo define a RAE, “ámbito de la vida privada que se tiene derecho a proteger de cualquier intromisión”

Por ejemplo, el que tu vayas a un Subway a comer, ¿que cuernos importa? Nada, eso es privado. Asunto tuyo. Pero si tu haces un comercial de MacDonald, y te ven comer en un Subway, ese acto pasa a ser publico.

En este caso, la MeMa, si ella hubiera enviado la carta solita, o mejor, si ella hubiera ido a ver a su padre (que mas le daba, un vuelo privado mas o uno menos, con todos los que ha hecho ya contamino harto el planeta) entonces seria intromision a su privacidad. Pero la MeMa se ahorco sola, porque hizo que sus amigos hablaran del asunto en una revista, entonces, el asunto ya recibio intromision de terceros, y al pedir consejo a todo KP, incluido los corgis, el asunto dejo de ser privado. Ella permitio que mucha gente se entrometiera... lo que le molesta es que esa intromision no ha sido a su favor. Eso es todo el lio.

Vale que en los tiempos de la carta, la MeMa tenía ciertas funciones de tipo público. Me cuesta mucho llamarla funcionaria del estado pero como sea, yo creo que la carta a su padre se sitúa fuera de este ámbito.

La verdad, disculpa mi ignorancia pero no entiendo eso de la privacidad vs la intimidad.

Hasta donde yo sé, que tampoco es mucho, en España tenemos la Ley de Protección de Datos que se sitúa en el ámbito administrativo y por otro lado, la Ley Orgánica de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen que se enmarca en la jurisdicción civil. Además de lo que se recoge en el Código Penal.

Y de lo poco que entiendo de estas normas, no encuentro recogido este concepto de privacidad diferente al de intimidad.

Y no se trata de que la reina sea más o menos privilegiada. Por muy reina que sea, tampoco es legítimo que alguien vaya mostrando sus cartas o sus mensajes personales.
 
Es que el reclamo no es por "derecho" a la privacidad, sino por uso indebido de información privada. Es un reclamo separado (aunque relacionado) al de la carta. Implica que no hubo autorización para publicar según qué cosas (que no se limitaban a la carta, en el reclamo por uso de información privada se mencionaban otros temas). De ahí que se permitiera FF como prueba, que no tiene nada que ver con la carta sino con revelar intimidades con anuencia de la interesada.
La carta es, como la de cualquiera, una producción literaria, en cuanto tiene una idea o contenido original, hubo una elaboración propia de esa idea y está "fijada", es decir, consta por escrito. Las legislaciones de la mayoría de los países consideran, en principio, que las cartas personales están protegidas por derechos de autor, por más soso que sea su contenido. El misterio es si Meghass es la única autora (por tanto es "su obra" y es la única que puede reclamar derechos sobre ella) o hay más (staff, amistades, etc) que intervinieron en la elaboración del contenido. Luego, lo que decida el juez según el margen de acción que le permita la ley, se verá...
De acuerdo, derecho a la privacidad o uso indebido de la información. A ver, no estoy acostumbrada a usar esta terminología pero creo entender por donde vais.

Puedes grabar a un policía ejerciendo sus funciones pero no puedes colgar la grabación en el Facebook. Hasta aquí llego.

Pero no sé yo si todas las cartas pueden considerarse creaciones literarias. Me gustaría que me facilitarais información al respecto porque de verdad que el tema me tiene intrigada.
 
Vale que en los tiempos de la carta, la MeMa tenía ciertas funciones de tipo público. Me cuesta mucho llamarla funcionaria del estado pero como sea, yo creo que la carta a su padre se sitúa fuera de este ámbito.

La verdad, disculpa mi ignorancia pero no entiendo eso de la privacidad vs la intimidad.

Hasta donde yo sé, que tampoco es mucho, en España tenemos la Ley de Protección de Datos que se sitúa en el ámbito administrativo y por otro lado, la Ley Orgánica de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen que se enmarca en la jurisdicción civil. Además de lo que se recoge en el Código Penal.

Y de lo poco que entiendo de estas normas, no encuentro recogido este concepto de privacidad diferente al de intimidad.

Y no se trata de que la reina sea más o menos privilegiada. Por muy reina que sea, tampoco es legítimo que alguien vaya mostrando sus cartas o sus mensajes personales.


Los miembros de las familias reales reinantes no son "funcionarios publicos" en cuanto a que no tienen que estar en una oficina poniendo sellos. Vale. Pero ejercen una "funcion publica", en cuanto a que sus actos tienen efectos: la definicion formal y legal de "función pública" es toda actividad temporal o permanente, remunerada u honoraria, realizada por una persona humana en nombre del Estado o al servicio del Estado o de sus entidades, en cualquiera de sus niveles jerárquicos. En ese sentido, la MeMa sí fue una funcionaria publica, en cuanto a que la definicion general de "funcionario público" es cualquier funcionario o empleado del Estado o de sus entidades, incluidos los que han sido seleccionados, designados o electos para desempeñar actividades o funciones en nombre del Estado o al servicio del Estado, en todos sus niveles jerárquicos. A tales efectos, los términos "funcionarios", "servidor", "agente", "oficial" o "empleado" se consideran sinónimos.

Y ahi, sus actos tienen efectos publicos. Mira por ejemplo a Andres, mira el lio que esta generando con sus perversiones. Tu puedes decir "bueno, sus gustos sexuales son privados"... si, en tu caso, pero no en el de alguien que ejercia funciones publicas a nombre del Estado. En este caso UK. Los gustos sexuales de alguien esa condicion ya no son privados, porque tienen efectos en las labores del Estado. Mira a Clinton y la Lebinsky: el acto sexual es privado, pero casi le costo la destitucion. Porque, desde los tiempos romanos, aplica la maxima "la mujer del Cesar no solo tiene que serlo sino que parecerlo". Se le exige una conducta tanto publica como privada coherente a las personas que representan al Estado. por el grado de influencia que tienen en las decisiones que afectan a millones de personas, por lo cual, la esfera privada de esas personas es muy, pero que muy pequeña.

Para que me entiendas: el solo acto de decidir en qué colegio estudia la princesa Leonor ya escapa de la esfera privada, porque implica toda una serie de decisiones que hay que tomar con diferentes personas de la esfera publica estatal. En tu caso, es asunto tuyo donde pones a tus hijos, en el caso de la Leti y Felipe no.

El derecho a la privacidad esta ligado al del honor, la intimidad, y a la imagen. Pero que muchas veces la legislacion española trate como sinonimos "privacidad" e "intimidad" no los hace para nada iguales. No son lo mismo, pero sí son interconectados. Lo mismo que el derecho al honor y la imagen, que tambien estan conectados. Lo que hace la Constitucion española es establecer una relacion de genero-especie entre privacidad e intimidad. El genero, o sea, el gran derecho, es el de privacidad, y deriva en derechos mas pequeños, como intimidad, honor e imagen. O sea, que cuando proteges la privacidad, incluyes la proteccion a la intimidad, honor e imagen. Pero se puede violar tu derecho a la imagen sin violar el de la intimidad (por ejemplo que usen tu foto escolar para un comercial), y se puede violar el de honor sin violar el de imagen (cuando te llaman en facebook violadora de niños), o el de intimidad (el sexting) Todos esos actos entran en la violacion a la privacidad, pero hay que analizar en qué aspecto esa privacidad se ha violado.

La vida privada o esfera privada es la forma como tu te relacionas con tu entorno mas cercano, y tiene que ver con "propiedad". O sea, la esfera privada es esa zona que es tuya, pero en un sentido fisico: tu casa, tu auto, etc. Es el area en que desarrollas tus relaciones intimas, que no son laborales, para que nos entendamos. La intimidad es lo que ocurre contigo dentro de ti, y se conecta con tu vida sexual, sentimental, las relaciones con los demás, tus pensamientos políticos o religiosos, sus comunicaciones privadas, etc. O sea, tu intimidad incluye tus relaciones con tu mama, con tu hermano, con tu marido, con tus amigos... esa esfera se diferencia de la publica, o sea, el como tu te relacionas con tus colegas de trabajo, o como tratas a las personas en el metro.

Por ende, cuando proteges la vida privada, proteges la intimidad, resumido en “the right to be let alone”, el derecho a ser dejado solo, el derecho que tienes a que no te impongan, dentro de tu casa, normas de conducta. Pero ojo, que es bastante limitado ese derecho, porque como madre la ley te impone deberes que son imposiciones de conducta en tu entorno intimo, como esposa tienes deberes de esa misma naturaleza, como hija tambien, como esposo los hombres las tienen...

La esfera privada no es tan grande como la gente piensa.

La MeMa, mientras era miembro senior de la FR, realizaba funciones publicas. Asi que su ambito de esfera privada estaba limitado a Frogmore Cottage y a las habitaciones que tenia en KP. Saliendo de ahi, ambito publico. El como se vestia, lo que hablaba, el hecho de haber dado autografo... todo eso entra en el ambito publico. Todo eso es de escrutinio publico. Si volo en avion privado no era "privado", era un asunto publico, porque ¿quien financio esos vuelos, y que fue lo que prometio la MeMa a cambio, que efectos tenia eso en la politica britanica? El hecho que la MeMa no solicitara la ciudadania (un acto de decision privado) fue causa de problemas publicos, porque ¿donde iba a tributar, y que informacion de la Casa real iba a estar en manos de Estados Unidos? Que la MeMa usara zapatos sucios en el dia que anuncio el compromiso era un asunto publico: representar al Estado vistiendo mal es falta de respeto hacia los ciudadanos. Kate o la Leti o Maxima o Charlene no es que yupii!!!! gastare 5000 euros en un vestido, bravo por mi... No. Es una cuestion de imagen no solo propia, sino del Estado, y todo es observado, analizado y criticado.

La Reina, si te has dado cuenta, tiene excesivamente limitado el numero de personas a quienes escribe cartas de su puño y letra. Sus damas de honor mas queridas, su esposo, sus hijos... no anda escribiendo cartas a Juanito Perez y firmando autografos. Tu diras "pero la MeMa escribio a su padre", y si, es lo que hizo. Sin embargo, aun cuando, por regla general, las cartas son privadas y las relaciones paterno-filiales son de la esfera intima, la MeMa utilizo recursos publicos para escribirla: a los funcionarios de palacio, los medios de envio de la Casa Real, etc. Uso su rango para que esa carta llegara a manos de su padre. El principe Carlos no puede entrar a la pieza de su madre, aunque le queda como a tres pasos, sin anunciarse con anticipacion, ¿y la MeMa usa recursos de la Casa Real para un asunto de una pelea personal? Porque eso es lo que hizo en el fondo. Y de, paso, involucro a toda la Casa Real en un asunto en el que no tiene nada que ver. Porque ahora ¿como pueden apoyarla? No pueden hacerlo, es una pelea entre hija y padre, pero resulta que la MeMa articulo todo para que la Casa Real entrara al baile, cuando expresamente tenia prohibido este tipo de actos, porque ¿que pasaria si una carta imprudente fuera falseada? ¿Que pasa si cae en malas manos? Puede ser publicada y trastocada... ah,cierto, eso es lo que esta pasando. Y ahora la MeMa esta culpando a todo el mundo por el mal consejo... increible, no escucho ninguno, excepto el mal consejo.

La MeMa tendria todo, pero que todo el derecho de su lado si la carta le hubiera sido robada de su mesa, o si se hubiera puesto escuchas en el telefono. Esa es invasion pura y dura de la privacidad y de la intimidad. Pero en el caso en que esta la cosa, es en una zona gris. Por eso no esta tan facil decir "tiene razon-no tiene razon". Yo creo que en lo que se refiere a la autoria tal vez la tenga, pero para nada en la invasion a la privacidad, por los motivos que expuse. Pero a saber que dice el juez. Nos quedan unas semanas para saberlo.
 
De acuerdo, derecho a la privacidad o uso indebido de la información. A ver, no estoy acostumbrada a usar esta terminología pero creo entender por donde vais.

Puedes grabar a un policía ejerciendo sus funciones pero no puedes colgar la grabación en el Facebook. Hasta aquí llego.

Pero no sé yo si todas las cartas pueden considerarse creaciones literarias. Me gustaría que me facilitarais información al respecto porque de verdad que el tema me tiene intrigada.
Una carta se considera una producción, en este caso literaria, original y propia de una persona. No es necesario que tenga "valor" literario como el que se da a un poema o a una novela, no se trata de su mérito artístico o de que evoque bellas imágenes o nos conmueva. Es una producción literaria porque surge de la idea o el concepto propio de una persona, que desarrolla o elabora esa idea y la plasma por escrito. Las cartas personales (de Meghass, mías, tuyas) están consideradas en la mayoría de las legislaciones como una creación intelectual, no necesariamente artística, sobre las cuales quien las escribe posee derechos de autor.
 
De acuerdo, derecho a la privacidad o uso indebido de la información. A ver, no estoy acostumbrada a usar esta terminología pero creo entender por donde vais.

Puedes grabar a un policía ejerciendo sus funciones pero no puedes colgar la grabación en el Facebook. Hasta aquí llego.

Pero no sé yo si todas las cartas pueden considerarse creaciones literarias. Me gustaría que me facilitarais información al respecto porque de verdad que el tema me tiene intrigada.
Perdona, no vi esto:

Es un poco complicado, porque la linea no es clara con respecto a la carta.

A ver: las personas podemos manifestar nuestras ideas o pensamientos a traves de la palabra, que puede ser escrita u oral.

Y cuando lo hacemos de forma "poetica", entonces hablamos de literatura, que es el arte que utiliza la palabra como elemento de expresión. Literario es el adjetivo de literatura.

Vamos a las cartas: en rigor, una carta no es una creacion literaria. Es solo la manifestacion fisica de las ideas de una persona humana... o la MeMa (no se de que especie es, pero humana no lo es). ¿Por qué no lo es en principio? porque lo que define a una carta es ser un texto informativo. Las cartas son formas de expresiones escritas y medio de comunicación de un emisor (remitente) enviada a un receptor (destinatario).

O sea, cuando un profesor escribe una carta a un alumno informandole de las notas y que va a reprobar, esas cartas, de ese estilo, no son literarias, son una comunicacion. ¿Por qué? Porque el lenguaje en una carta no literaria debe ser informal, 100% realista y objetiva, etc. De hecho, tiene una estructura definida y establecida.

Pero resulta que cuando escribes una carta de una manera "poetica" o bien argumentada o estas en un debate como los que tenia Galileo con otros cientificos, esas cartas incluso forman parte de un genero literario, el epistolar. Entonces sí son literarias. Y lo son porque son ficcion. No es que mientas o inventes, sino que no tienen que ser objetivas (las cartas personales son subjetivas, son tus ideas), y son manifestaciones del yo interno, de tu intimidad.

O sea, cuando escribes cosas como "vete al infierno maldito infiel miserable", si bien es el medio de decir que si ves al susodicho le cortaras las bolas, manifiestas tus sentimientos profundos de que ojala le caiga un piano encima. Eso es literario. En el caso de la carta de la MeMa es literatura pura: "me rompes el corazon", "tu no sabes lo que sufro", "mi angustia y mis sacrificios"... Ni la Dama de las Camelias es tan dramatica.

Cuando Rosebud señala: "La carta es, como la de cualquiera, una producción literaria, en cuanto tiene una idea o contenido original, hubo una elaboración propia de esa idea y está "fijada", es decir, consta por escrito." esta aludiendo a la carta del estilo literario, no carta como medio informativo. Por eso la carta queda en medio, dependiendo de la intencion del autor.

"Puedes grabar a un policía ejerciendo sus funciones pero no puedes colgar la grabación en el Facebook. Hasta aquí llego." En realidad, si el policia esta ejerciendo sus funciones, y sobre todo cuando las ejerce mal, puedes colgar la grabacion (salvo especificamente en los casos que tu sepas que esta encubierto o en una operacion secreta, ahi es delito). Porque esta actuando como "agente del Estado", y en calidad de tal, la mayor parte de sus actos son publicos. Lo que no puedes colgar es un video del policia fuera de su hora de servicio bebiendo cerveza en un bar. Eso es privado. Ley Orgánica de Protección de Seguridad Ciudadana (LOPSC) artículo 36.23: “El uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información.” O sea, siempre y cuando esten los policias cumpliendo su funcion, y no haya riesgo de comprometer la seguridad de otras personas, entonces puedes grabarlos y subir las imagenes. Pero mejor evita sacar fotos a policias y subirlas a menos que sea realmente necesario, y te evitas problemas :)
 
. o la MeMa (no se de que especie es, pero humana no lo es)
:ROFLMAO::ROFLMAO::ROFLMAO::ROFLMAO::ROFLMAO::ROFLMAO::ROFLMAO::ROFLMAO::ROFLMAO::ROFLMAO::ROFLMAO:

O sea, cuando escribes cosas como "vete al infierno maldito infiel miserable", si bien es el medio de decir que si ves al susodicho le cortaras las bolas, manifiestas tus sentimientos profundos de que ojala le caiga un piano encima.
Me das miedo... de ahora en adelante voy a mirar el remitente de mis cartas... y si es Vasilia la carta se vuelve a Chile ipso facto.
 
Los miembros de las familias reales reinantes no son "funcionarios publicos" en cuanto a que no tienen que estar en una oficina poniendo sellos. Vale. Pero ejercen una "funcion publica", en cuanto a que sus actos tienen efectos: la definicion formal y legal de "función pública" es toda actividad temporal o permanente, remunerada u honoraria, realizada por una persona humana en nombre del Estado o al servicio del Estado o de sus entidades, en cualquiera de sus niveles jerárquicos. En ese sentido, la MeMa sí fue una funcionaria publica, en cuanto a que la definicion general de "funcionario público" es cualquier funcionario o empleado del Estado o de sus entidades, incluidos los que han sido seleccionados, designados o electos para desempeñar actividades o funciones en nombre del Estado o al servicio del Estado, en todos sus niveles jerárquicos. A tales efectos, los términos "funcionarios", "servidor", "agente", "oficial" o "empleado" se consideran sinónimos.

Y ahi, sus actos tienen efectos publicos. Mira por ejemplo a Andres, mira el lio que esta generando con sus perversiones. Tu puedes decir "bueno, sus gustos sexuales son privados"... si, en tu caso, pero no en el de alguien que ejercia funciones publicas a nombre del Estado. En este caso UK. Los gustos sexuales de alguien esa condicion ya no son privados, porque tienen efectos en las labores del Estado. Mira a Clinton y la Lebinsky: el acto sexual es privado, pero casi le costo la destitucion. Porque, desde los tiempos romanos, aplica la maxima "la mujer del Cesar no solo tiene que serlo sino que parecerlo". Se le exige una conducta tanto publica como privada coherente a las personas que representan al Estado. por el grado de influencia que tienen en las decisiones que afectan a millones de personas, por lo cual, la esfera privada de esas personas es muy, pero que muy pequeña.

Para que me entiendas: el solo acto de decidir en qué colegio estudia la princesa Leonor ya escapa de la esfera privada, porque implica toda una serie de decisiones que hay que tomar con diferentes personas de la esfera publica estatal. En tu caso, es asunto tuyo donde pones a tus hijos, en el caso de la Leti y Felipe no.

El derecho a la privacidad esta ligado al del honor, la intimidad, y a la imagen. Pero que muchas veces la legislacion española trate como sinonimos "privacidad" e "intimidad" no los hace para nada iguales. No son lo mismo, pero sí son interconectados. Lo mismo que el derecho al honor y la imagen, que tambien estan conectados. Lo que hace la Constitucion española es establecer una relacion de genero-especie entre privacidad e intimidad. El genero, o sea, el gran derecho, es el de privacidad, y deriva en derechos mas pequeños, como intimidad, honor e imagen. O sea, que cuando proteges la privacidad, incluyes la proteccion a la intimidad, honor e imagen. Pero se puede violar tu derecho a la imagen sin violar el de la intimidad (por ejemplo que usen tu foto escolar para un comercial), y se puede violar el de honor sin violar el de imagen (cuando te llaman en facebook violadora de niños), o el de intimidad (el sexting) Todos esos actos entran en la violacion a la privacidad, pero hay que analizar en qué aspecto esa privacidad se ha violado.

La vida privada o esfera privada es la forma como tu te relacionas con tu entorno mas cercano, y tiene que ver con "propiedad". O sea, la esfera privada es esa zona que es tuya, pero en un sentido fisico: tu casa, tu auto, etc. Es el area en que desarrollas tus relaciones intimas, que no son laborales, para que nos entendamos. La intimidad es lo que ocurre contigo dentro de ti, y se conecta con tu vida sexual, sentimental, las relaciones con los demás, tus pensamientos políticos o religiosos, sus comunicaciones privadas, etc. O sea, tu intimidad incluye tus relaciones con tu mama, con tu hermano, con tu marido, con tus amigos... esa esfera se diferencia de la publica, o sea, el como tu te relacionas con tus colegas de trabajo, o como tratas a las personas en el metro.

Por ende, cuando proteges la vida privada, proteges la intimidad, resumido en “the right to be let alone”, el derecho a ser dejado solo, el derecho que tienes a que no te impongan, dentro de tu casa, normas de conducta. Pero ojo, que es bastante limitado ese derecho, porque como madre la ley te impone deberes que son imposiciones de conducta en tu entorno intimo, como esposa tienes deberes de esa misma naturaleza, como hija tambien, como esposo los hombres las tienen...

La esfera privada no es tan grande como la gente piensa.

La MeMa, mientras era miembro senior de la FR, realizaba funciones publicas. Asi que su ambito de esfera privada estaba limitado a Frogmore Cottage y a las habitaciones que tenia en KP. Saliendo de ahi, ambito publico. El como se vestia, lo que hablaba, el hecho de haber dado autografo... todo eso entra en el ambito publico. Todo eso es de escrutinio publico. Si volo en avion privado no era "privado", era un asunto publico, porque ¿quien financio esos vuelos, y que fue lo que prometio la MeMa a cambio, que efectos tenia eso en la politica britanica? El hecho que la MeMa no solicitara la ciudadania (un acto de decision privado) fue causa de problemas publicos, porque ¿donde iba a tributar, y que informacion de la Casa real iba a estar en manos de Estados Unidos? Que la MeMa usara zapatos sucios en el dia que anuncio el compromiso era un asunto publico: representar al Estado vistiendo mal es falta de respeto hacia los ciudadanos. Kate o la Leti o Maxima o Charlene no es que yupii!!!! gastare 5000 euros en un vestido, bravo por mi... No. Es una cuestion de imagen no solo propia, sino del Estado, y todo es observado, analizado y criticado.

La Reina, si te has dado cuenta, tiene excesivamente limitado el numero de personas a quienes escribe cartas de su puño y letra. Sus damas de honor mas queridas, su esposo, sus hijos... no anda escribiendo cartas a Juanito Perez y firmando autografos. Tu diras "pero la MeMa escribio a su padre", y si, es lo que hizo. Sin embargo, aun cuando, por regla general, las cartas son privadas y las relaciones paterno-filiales son de la esfera intima, la MeMa utilizo recursos publicos para escribirla: a los funcionarios de palacio, los medios de envio de la Casa Real, etc. Uso su rango para que esa carta llegara a manos de su padre. El principe Carlos no puede entrar a la pieza de su madre, aunque le queda como a tres pasos, sin anunciarse con anticipacion, ¿y la MeMa usa recursos de la Casa Real para un asunto de una pelea personal? Porque eso es lo que hizo en el fondo. Y de, paso, involucro a toda la Casa Real en un asunto en el que no tiene nada que ver. Porque ahora ¿como pueden apoyarla? No pueden hacerlo, es una pelea entre hija y padre, pero resulta que la MeMa articulo todo para que la Casa Real entrara al baile, cuando expresamente tenia prohibido este tipo de actos, porque ¿que pasaria si una carta imprudente fuera falseada? ¿Que pasa si cae en malas manos? Puede ser publicada y trastocada... ah,cierto, eso es lo que esta pasando. Y ahora la MeMa esta culpando a todo el mundo por el mal consejo... increible, no escucho ninguno, excepto el mal consejo.

La MeMa tendria todo, pero que todo el derecho de su lado si la carta le hubiera sido robada de su mesa, o si se hubiera puesto escuchas en el telefono. Esa es invasion pura y dura de la privacidad y de la intimidad. Pero en el caso en que esta la cosa, es en una zona gris. Por eso no esta tan facil decir "tiene razon-no tiene razon". Yo creo que en lo que se refiere a la autoria tal vez la tenga, pero para nada en la invasion a la privacidad, por los motivos que expuse. Pero a saber que dice el juez. Nos quedan unas semanas para saberlo.

Da igual qué se llame funcionaria, royal senior o lo que sea. La carta era privada y escapaba al ámbito de sus funciones.

Y mira que no la defiendo. Ojalá me equivoque pero creo que le estais dando vueltas y vueltas a los conceptos para justificar una postura completamente subjetiva que parte de lo mal que cae la MeMa y lo mal que hizo las cosas. La cosa es más simple. Luego, como bien dices, igual que el tema de la propiedad intelectual sobre la carta, quedará a criterio del juez.

Y no me compares los temas de la MeMa con lo de Andrés. Madre mía...
 
Última edición:
Perdona, no vi esto:

Es un poco complicado, porque la linea no es clara con respecto a la carta.

A ver: las personas podemos manifestar nuestras ideas o pensamientos a traves de la palabra, que puede ser escrita u oral.

Y cuando lo hacemos de forma "poetica", entonces hablamos de literatura, que es el arte que utiliza la palabra como elemento de expresión. Literario es el adjetivo de literatura.

Vamos a las cartas: en rigor, una carta no es una creacion literaria. Es solo la manifestacion fisica de las ideas de una persona humana... o la MeMa (no se de que especie es, pero humana no lo es). ¿Por qué no lo es en principio? porque lo que define a una carta es ser un texto informativo. Las cartas son formas de expresiones escritas y medio de comunicación de un emisor (remitente) enviada a un receptor (destinatario).

O sea, cuando un profesor escribe una carta a un alumno informandole de las notas y que va a reprobar, esas cartas, de ese estilo, no son literarias, son una comunicacion. ¿Por qué? Porque el lenguaje en una carta no literaria debe ser informal, 100% realista y objetiva, etc. De hecho, tiene una estructura definida y establecida.

Pero resulta que cuando escribes una carta de una manera "poetica" o bien argumentada o estas en un debate como los que tenia Galileo con otros cientificos, esas cartas incluso forman parte de un genero literario, el epistolar. Entonces sí son literarias. Y lo son porque son ficcion. No es que mientas o inventes, sino que no tienen que ser objetivas (las cartas personales son subjetivas, son tus ideas), y son manifestaciones del yo interno, de tu intimidad.

O sea, cuando escribes cosas como "vete al infierno maldito infiel miserable", si bien es el medio de decir que si ves al susodicho le cortaras las bolas, manifiestas tus sentimientos profundos de que ojala le caiga un piano encima. Eso es literario. En el caso de la carta de la MeMa es literatura pura: "me rompes el corazon", "tu no sabes lo que sufro", "mi angustia y mis sacrificios"... Ni la Dama de las Camelias es tan dramatica.

Cuando Rosebud señala: "La carta es, como la de cualquiera, una producción literaria, en cuanto tiene una idea o contenido original, hubo una elaboración propia de esa idea y está "fijada", es decir, consta por escrito." esta aludiendo a la carta del estilo literario, no carta como medio informativo. Por eso la carta queda en medio, dependiendo de la intencion del autor.

"Puedes grabar a un policía ejerciendo sus funciones pero no puedes colgar la grabación en el Facebook. Hasta aquí llego." En realidad, si el policia esta ejerciendo sus funciones, y sobre todo cuando las ejerce mal, puedes colgar la grabacion (salvo especificamente en los casos que tu sepas que esta encubierto o en una operacion secreta, ahi es delito). Porque esta actuando como "agente del Estado", y en calidad de tal, la mayor parte de sus actos son publicos. Lo que no puedes colgar es un video del policia fuera de su hora de servicio bebiendo cerveza en un bar. Eso es privado. Ley Orgánica de Protección de Seguridad Ciudadana (LOPSC) artículo 36.23: “El uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información.” O sea, siempre y cuando esten los policias cumpliendo su funcion, y no haya riesgo de comprometer la seguridad de otras personas, entonces puedes grabarlos y subir las imagenes. Pero mejor evita sacar fotos a policias y subirlas a menos que sea realmente necesario, y te evitas problemas :)

Totalmente de acuerdo con el tema de la carta. Ayer estuve leyendo artículos jurídicos sobre la cuestión. Muy interesante.

Llegué a la conclusión de que la muy... la escribió con tanto remilgo precisamente para darle ese toque "literario " que haría que un juez se decantara por considerarla como una obra digna de protección (no puedo de la risa cuando escribo esto). Sabía lo que acabaría haciendo el padre; lo tenía bien planificado.

En cuanto a lo de grabar policías, lo tengo clarísimo. Un policía puede ser grabado pero no puedes hacer un mal uso de esa grabación. Prim@s, ni se os ocurra porque las sanciones administrativas son muy cuantiosas.

Si el policía debe ser denunciado, debe hacerse ante las autoridades competentes no ante el Sr. Mark Zuckerberg.
 
Una carta se considera una producción, en este caso literaria, original y propia de una persona. No es necesario que tenga "valor" literario como el que se da a un poema o a una novela, no se trata de su mérito artístico o de que evoque bellas imágenes o nos conmueva. Es una producción literaria porque surge de la idea o el concepto propio de una persona, que desarrolla o elabora esa idea y la plasma por escrito. Las cartas personales (de Meghass, mías, tuyas) están consideradas en la mayoría de las legislaciones como una creación intelectual, no necesariamente artística, sobre las cuales quien las escribe posee derechos de autor.

No, no todas. Aunque de acuerdo con lo referido por @Vasilia y por algunos artículos que me ayudaron a entender el asunto, la carta de MeMa bien podría ser considerada como tal así que igual hasta se sale con la suya en este aspecto.

Por si alguien quiere echarle un vistazo al tema. Encontré esto con una simple búsqueda, que no está una por la labor de ponerse con el Westlaw a según qué horas:
 

Adjuntos

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