Juicio al 'procés' - Referéndum en Cataluña — El conflicto catalán

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Seguro que algún abogado nos lo puede aclarar, pero según yo entiendo son distintos delitos, pero ambos son delitos. Salvando las distancias con el tema del hilo no se vaya a ofender nadie. Un asesinato es un delito? SI. Un intento de asesinato es un delito? SI. Esto nos vale de ejemplo, no el tuyo.

Voy a intentar hacerte un esquema fácil de cómo funcionan los delitos: hay delitos que se culminan (asesinato) y hay un muerto. Otros, en los que basta la conducta (conducir borracho) y no hace falta un resultado. Y la tentativa de algunos (asesinato...intentarlo aunque no se consiga) también está penada.

Y después hay actos preparatorios punibles, que en algunos delitos no hace falta que ni se inicie ni se culmine para ser castigados:la conspiración, la proposición y la provocación (y dentro de ésta la apología).

La conspiración consiste en el plan ideado por varias personas para cometer un delito. Aunque es necesario que intervenga más de una persona, no lo es, sin embargo, que todas ellas participen en el delito de la misma manera. Unos pueden realizar la conducta y otros ayudarles a escapar, por ejemplo. Lo que sí es imprescindible es que todos los individuos tengan claro qué delito va a cometerse y con qué medios.

La proposición para delinquir se dará cuando un sujeto haya decidido cometer un delito y, con posterioridad a dicha decisión, invite a otras personas a ejecutarlo junto con él. Aquí, al igual que en la conspiración, se requiere que participen varios sujetos, aunque la idea sólo provenga, en un principio, de uno de ellos.

La provocación es la incitación directa a la perpetración de un delito hecha frente a un grupo de personas o utilizando medios de difusión que faciliten la transmisión del mensaje o propósito delictivo (la prensa, la radio, la televisión, internet, etc…). Debe tratarse de una provocación de cierta intensidad, susceptible de poder generar en los espectadores o destinatarios del mensaje la voluntad o la decisión de cometer un delito. Si alguna de estas personas llegara efectivamente a delinquir, el provocador será considerado como inductor, con el consiguiente incremento de la pena (la misma que para el autor del delito).


Llarena y todos los magistrados de la Sala de Apelaciones del TS, en la sedición (alzamiento para impedir por la fuerza o fuera de cauces legales..., la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales) al considerar que no hace falta que se consiga el propósito para que se cometa el delito, vieron, como vimos en directo los demás, las muchísimas horas que tuvieron que "negociar" con ANC y OC, para que la Comitiva judicial pudiera salir sin riesgo. La Secretaria judicial tuvo que huir por los tejados.

En cuanto al delito de rebelión, que tampoco es necesaria el cumplimiento de su objetivo, es necesario un fin:
  • 5.º Declarar la independencia de una parte del territorio nacional.
Y una forma: alzamiento público y violento. El Magistrado desbroza como se podía conseguir el fin de forma legal, y concluye que no podía utilizar esta vía, por requerir un cambio constitucional y concluye que sólo era posible utilizando a la población como "intimidatoria" para que el Estado se encontrara de "facto" con una independencia a la que la población "defendería". Y éste manejo de la población como elemento intimidatorio es violencia, el Estado se vería obligado a responder y además los cabecillas no pueden asegurar el comportamiento pacífico de todos y cada unos de los integrantes de la población.

Bien, en principio en la Instrucción se baraja la posibilidad de la comisión de ambos delitos, aunque en la admisión por el Pleno del TS también se consideró la conspiración para la rebelión. Hasta que no acabe la instrucción no se sabe como quedará la calificación, que en todo caso terminará en el Juicio Oral y que se pruebe todo lo que se inculpe por Llarena.


Uff, no sé si me ha quedado entendible.:):):)
 
Y lo último el imperio germánico jamás fue federal. Los suyos eran estados imperiales y no federales, contaba con principados, tierras de los obispos e incluso ciudades libres. Es complicado porque mezclaba las formas de gobierno de los antiguos germanos (el emperador se elegía entre varios príncipes, los electores) con muchas otras del feudalismo. Pero federalismo. En la Edad Media? Seguro?
Sí, era una forma de gobierno mixta que además fue cambiando durante los siglos. El Colegio de Príncipes Electores estaba formado tanto por reyes o nobles y dignatarios religiosos. Al arzobispo de Colonia por ejemplo le correspondía la archicancillería de Italia, lo que no era mucho más que una figura administrativa . Creo que a lo que se refiere la forera con federalista es al poder de los príncipes electos en sus territorios. que podía ser mayor o menor y se solía decidir en el Reichstag, que salvando las distancias se podría comparar con las Cortes castellanas. Pero esto fue más bien un desarrollo de la Edad Moderna.
 
Última edición:
Sí, era una forma de gobierno mixta que además fue cambiando durante los siglos. El Colegio de Príncipes Electores estaba formado tanto por reyes o nobles y dignatarios religiosos. Al arzobispo de Colonia por ejemplo le correspondía la archicancillería de Italia, lo que no era mucho más que una figura administrativa . Creo que a lo que se refiere la forera con federalista es al poder de los príncipes electos en sus territorios. que podía ser mayor o menor y se solía decidir en el Reichstag. Pero esto fue más bien un desarrollo de la Edad Moderna.
Exactamente de la Edad Moderna. Un saludo.
 
No. El "intento" de asesinato para ser delito tiene que cumplir unas condiciones. Si yo "intento" asesinar a alguien a base de pastillas Juanolas... pues no delinco por mucha intención que le ponga.
No entiendo muy bien tu ejemplo. Si yo tengo "intención" de cargarme a alguien, lo "intentaré" haciendo algo que yo crea que va a ser "efectivo". Otra cosa es que luego me salga "bien" o no.
Quiero decir, no voy a "intentar" cargármelo con algo que sé positivamente que no le va a matar.
También puedo intentarlo con algo que, según mi opinión, le podría matar, aunque realmente, no le haría nada.
Como me estoy liando yo sola:wacky: pongo un ejemplo, la homeopatía.
Si yo creyera en sus efectos e intentara un asesinato con homeopatía, nunca le mataría, pero la intención de hacerlo ahí está:whistle:
Si no creo en ella, no se me ocurriría elegir ese método para cargarme a una persona:facepalm:
Me he salido bastante del tema, pero estos "dilemas" me encantan:rolleyes: Eso sí, sin entrar en bases legales de las que no tengo ni idea:sorry::confused:
 
El tribunal del caso Palau ordena prisión inmediata para Millet y Montull
Anticorrupción había reclamado prisión provisional para los dos saqueadores confesos del Palau hasta que el Supremo resolviera los recursos

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"Como no le ponga un turbo a la silla de ruedas, no sé como Fèlix Millet va a pretender fugarse", había argumentado su abogado para rechazar la petición fiscal

Oriol Solé Altimira
 
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Oriol Solé Altimira
 
Los que van a investir a Puigdemont-:woot::woot::woot::woot::woot:

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