El asesinato de la viuda del presidente de la CAM

Caso Sala: dos veredictos

Lo que en ningún momento nadie podría vaticinar eran dos veredictos contradictorios, dos actas incompatibles: culpable e inocente, en el mismo fin de semana. Y de eso ya tenemos culpable: el árbitro.

Sí, la Ley del Jurado permite reconsiderar la decisión del jurado por falta de motivación basada en pruebas practicadas en el juicio oral, conminándoles a que fundamenten su decisión en base a dichas pruebas. «El adecuado funcionamiento de la Institución la Ley rechaza la posibilidad, históricamente admitida, de devolución del veredicto por discrepancia en el sentido del mismo. Pero ello no debe impedir que la presencia en él de defectos, de los que darían lugar a su revocación por vía de recurso dada su oposición a la Ley, pueda subsanarse mediante la intervención del magistrado, con la presencia de las partes, haciendo presente dichos defectos e indicando lo necesario al Jurado para dicha subsanación». Esclarecedora la ley, y eso que no suele ser así, obligándonos a interpretaciones legales. Por tanto, nunca hasta el punto de influir en el veredicto para su cambio.

El rechazo que la magistrada Bru realizó del veredicto, obligándoles a tratar los contraindicios le dejan en muy mal lugar. ¿Una decisión valiente? Una irresponsabilidad.

Para eso está el cuestionario que previamente se le facilita al jurado y que es clave para su toma de decisión. No se puede modificar a posteriori ese cuestionario. De ahí la protesta del ministerio fiscal.

Es curioso que una semana después tengamos noticias de la reunión entre la magistrada y el jurado, ocurrida ese viernes, por medio de un periódico; las partes, me consta, todavía no tienen acceso a las actas del jurado ni a la grabación de dicha reunión.

¿Cómo va a actuar un jurado, no profesional ni experto en Derecho, si su veredicto lo rechaza la propia magistrada, obligándoles a considerar los argumentos de la defensa? Es más, dado que no se obtiene una votación ajustada a ley, y el tiempo corre sin descanso, se reemplaza al portavoz y, posteriormente, a un miembro de dicho jurado para, en cuestión de minutos, resolver en sentido contrario al primer veredicto.

Lo que me dicta la razón, siendo, como soy, lerdo en el procedimiento penal, sería admitir el veredicto y, advirtiendo al jurado que la decisión está adoptada (ya han acordado un veredicto con suficientes votos a favor o en contra acorde a lo previsto en la ley), solicitar una concreción en base a las pruebas practicadas, para evitar la nulidad de la sentencia. Esta facultad sí la dispone la Ley para el magistrado del procedimiento y es, en todo caso, justa para las partes.

Hoy tenemos un crimen sin resolver; que la policía no haya hecho su trabajo es evidente a la vista del resultado. Que hubiera una condena en base a indicios, todos, y digo bien, todos, sabíamos de su complejidad. Que dichos indicios no fueran decisivos para el veredicto del jurado, posible. Que mis principios también me dictan que es mejor para nuestra sociedad que un culpable esté libre a que un inocente cumpla condena.

Pero que sea la actuación de la magistrada la que nos coloque ante dos veredictos contradictorios yo no lo esperaba. Ni creo que nadie en el mundo del Derecho.
 
¿Se sabe algo de la reunión extraordinaria para interponer o no el recurso?
En principio, parece que sin el acta inicial que fue devuelta no se puede fundamentar,ya que con la grabación de la magistrada dando explicaciones no es suficiente.
 
Ultimátum de la Fiscalía por el veredicto de culpabilidad 'perdido


Después de que EL MUNDO adelantara que hubo un primer veredicto de culpabilidad, las acusaciones pidieron el acta donde se reflejaba y el Letrado de la Administración de Justicia (LAG) contestó que no consta en las actuaciones. El Ministerio Público lo exige ahora y advierte de que si no se recupera, no se descarta incoar diligencias de investigación.
 
el veredcito de culpabilidad ese es un misterio metafisico

primero se dijo que existió, luego se nego la existencia y eran falsas informaciones, ahora parece que vuelve a haber existido pero ya no existe
 
el veredcito de culpabilidad ese es un misterio metafisico

primero se dijo que existió, luego se nego la existencia y eran falsas informaciones, ahora parece que vuelve a haber existido pero ya no existe

Un primer veredicto el viernes existió
Pero lo de que era de culpabilidad, solo lo han afirmado un par de medios, y en el mundo al menos, siempre o casi siempre la misma periodista, eso si, sin decir de donde han sacado esa información. Al menos yo no lo he leido.

Y solo hay dos posibilidades, que esos medios se lo inventen, o que alguien del jurado se lo haya chivado, (que es algo ilegal), bien porque el "chivato" sea un bocazas, o a cambio de alguna propina económica.
 
Desde el momento que los expertos, en este caso el exmagistrado emérito del Tribunal Constitucional y corredactor de la Ley del Jurado,se apresuró a declarar que se consideraba un simple borrador y que debía ser destruído,ya me imaginé que ese acta no iba a adjuntarse a las actuaciones.
Quizás si las partes lo hubieran solicitado en la vista de devolución,ahora sabríamos si era de culpabilidad.
Queda la duda de si fue invento de la prensa,que tampoco me extrañaría nada.
 
Un primer veredicto el viernes existió
Pero lo de que era de culpabilidad, solo lo han afirmado un par de medios, y en el mundo al menos, siempre o casi siempre la misma periodista, eso si, sin decir de donde han sacado esa información. Al menos yo no lo he leido.

Y solo hay dos posibilidades, que esos medios se lo inventen, o que alguien del jurado se lo haya chivado, (que es algo ilegal), bien porque el "chivato" sea un bocazas, o a cambio de alguna propina económica.

gracias, sí,, existir primer veredicto existió, el que fue devuelto por falta de motivacion

pero parece que no hay forma de salir de dudas de si era de culpabilidad o no, pues fue destruido y nadie oficialmente confirma que fue de culpabilidad

parece raro que si un veredicto es devuelto por falta motivacion, causas formales o lo que sea, no se conserve el documento para que se compruebe que las causas por las que es rechazado estan fundamentadas, senyalar concretamente las respuestas poco motivadas, etc
 

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