Caso Asunta Basterra. Rosario Porto y Alfonso Basterra culpables del asesinato de su hija. Rosario Porto se ha suicidado

Alguien estuvo allí?. No, pues eso. Ante la duda los basterras deberían estar en la calle. Porto puede que no la asfixiase, pudo ser el amante. Quién sabe?

Me rindo. Ganas tú, Buster.
 
Alguien estuvo allí?. No, pues eso. Ante la duda los basterras deberían estar en la calle. Porto puede que no la asfixiase, pudo ser el amante. Quién sabe?

Me rindo. Ganas tú, Buster.

A mí que te rindas o no me da igual. Lo que me gustaría es que razonaras el veredicto en base a las informaciones que manejas.

Aquí tienes las preguntas y mis respuestas. Te invito a que pongas tus contestaciones. Estaría encantado de leerlas.

Aquí tienes lo que yo hubiese razonado si llego a ser jurado:

1. Hecho objetivo principal

Apartado 1. Los acusados don Alfonso Basterra Camporro y doña Rosario Porto Ortega, de común acuerdo, suministraron repetidamente, desde al menos tres meses antes del fallecimiento, a su hija Asunta Yong Fang Basterra Porto un medicamento que contenía lorezepam, sustancia perteneciente al grupo de las benzodiacepinas y que produce somnolencia y sedación y en ejecución al plan acordado, don Alfonso retiró en, al menos, tres ocasiones, en el periodo comprendido entre principios del mes de julio y mediados del mes de septiembre de 2013, una cantidad de, al menos, 125 comprimidos de Orfidal de la farmacia de la Rúa do Hórreo, de Santiago de Compostela.

Repuesta: Se considera probado que los acusados don Alfonso Basterra Camporro y doña Rosario Porto Ortega, de común acuerdo, suministraron repetidamente, desde al menos tres meses antes del fallecimiento, a su hija Asunta Yong Fang Basterra Porto un medicamento que contenía lorezepam. Las pruebas se pueden extraer del testimonio de la propia Asunta Yong Fang Basterra Porto que comunicó a sus profesoras que su madre le administraba unos polvos y que sus padres la engañaban y que no le decían lo que ocurría. También se puede extraer del testimonio de las profesoras, que comunicaron a los padres que su hija se encontraba mal y excusaron el malestar alegando que tenía una alergia, lo cual no era cierto dada la declaración de su pediatra, que dijo que Asunta no tenía diagnosticada ninguna alergia.

Otra prueba sería el justificante remitido al tutor de Asunta donde Rosario le informa que Asunta no asistiría a clase porque había pasado la noche vomitando debido a una fuerte medicación que le habían prescrito.

El testimonio de la cuidadora también sirve para probar que los padres debían ser conocedores de la situación de la hija.

El analisis del pelo concluye que a Asunta la estuvieron sedando en los meses previos a su muerte y los acusados no han acreditado que pudieran ser otras personas las que fueran responsables de esas sedaciones.

Apartado 4. El día 21 de septiembre de 2013, los acusados doña Rosario Porto Ortega y don Alfonso Basterra Camporro, puestos de común acuerdo para acabar con la vida de su hija Asunta Yong Fang Basterra Porto, comieron con ella en el domicilio de don Alfonso, sito en la calle República Argentina, nº8 y le suministraron una cantidad de medicamento que contenía lorazepam, necesariamente tóxica, para posteriormente, cuando hiciera efecto, asfixiarla.

(Si no se estima probado, pasar al apartado 5; si se estima probado, no responder los apartados 5 y 6, y pasar al apartado 7)

Apartado 5. Los acusados doña Rosario Porto Ortega y don Alfonso Basterra Camporro, comieron con su hija Asunta Yong Fang Basterra Porto en el domicilio de don Alfonso y la acusada doña Rosario Porto Ortega, con la intención de acabar con la vida de su hija Asunta Yong Fang Basterra Porto, le suministró una cantidad de medicamento que contenía lorazepam, necesariamente tóxica, para posteriormente, cuando hiciera efecto, asfixiarla.

(Si no se estima probado, pasar al apartado 6; si se estima probado, no responder al apartado 6, y pasar al apartado 7)

Apartado 6. Los acusados doña Rosario Porto Ortega y don Alfonso Basterra Camporro, comieron con su hija Asunta Yong Fang Basterra Porto en el domicilio de don Alfonso, y el acusado, con la intención de acabar con la vida de su hija Asunta Yong Fang Basterra Porto, le suministró una cantidad de medicamento que contenía lorazepam, necesariamente tóxica, para posteriormente, cuando hiciera efecto, asfixiarla.


Respuesta: No se estima probado ninguno de los apartados anteriores. La investigación no ha conseguido probar si la sedación fue suministrada por ambos padres o sólo por uno de ellos ya que la hora, y por lo tanto el lugar, a la que Asunta ingirió el Orfidal es una incógnita.

Asunta tenía pastillas sin digerir en el estómago, lo que hace imposible que se las dieran con la comida. Por lo tanto la ingesta se produjo después de comer pero sin tener certeza sobre la hora no se puede probar si se produjo en casa del padre o más tarde en casa de la madre.

Apartado 8. La acusada doña Rosario Porto Ortega, ese mismo día, después de las 18:15 horas llevó a su hija Asunta Yong Fang Basterra Porto a la casa familiar sita en el lugar de A Poboa, en Montouto, Teo, utilizando para ello el vehículo Mercedes Benz, matrícula C-3574-BC.

Respuesta: Se estima probado que doña Rosario Porto Ortega llevó a su hija a Teo.

Queda probado con las imágenes de las grabaciones de video, que sin llegar a prueba porque no permiten distinguir si Asunta va en el coche o no, sí pueden considerarse un indicio. Como prueba se usa el testimonio de doña Rosario Porto Ortega que declaró que llevó a su hija a Teo.

Apartado 11. En un momento comprendido entre las 18:33 y las 20:00 horas, en la casa de Montouto la acusada doña Rosario Porto Ortega asfixió a su hija Asunta por medio de la compresión que le aplicó sobre la boca y la nariz.

Respuesta: Se estima probado que doña Rosario Porto Ortega asfixió a su hija.

Para ellos nos basamos en las imágenes de las cámaras, que demuestran que doña Rosario mintió y no trajo de vuelta a Santiago a Asunta como declaró.

Nos basamos en la hora de la conexión de la alarma de Teo.

Nos basamos en el análisis forense y toxicológico.

Nos basamos en la hora de la conexión de su móvil que la sitúa en Teo.

Nos basamos en los elementos encontrado en la papelera, que incluye un pañuelo de papel con ADN mezclado de Rosario y Asunta. Nos basamos en la declaración del guardia civil que dijo que los pañuelos todavía estaban húmedos.

Nos basamos en el testimonio de Valentín Tato que sitúa a Rosario en la finca de Teo.

Ahora no me apetece pensar más, pero algo más seguro que se podría añadir.

Apartado 13. En un momento próximo a la muerte de la menor, la acusada doña Rosario Porto Ortega ató a su hija por los brazos y los tobillos por medio de unas cuerdas plásticas de color naranja.

Respuesta: Se estima probado que doña Rosario Porto Ortega ató con las cuerdas plásticas de color naranja a su hija por los brazos y los tobillos.

Se demuestra porque en una papelera había una cuerda de las mismas características que las encontradas en la pista forestal al lado del cadáver. Se demuestra porque doña Rosario intentó coger el contenido de la papelera. Se demuestra porque había una bobina de cuerda plástica de color naranja en una despensa del chalet.

Apartado 14. Asunta Yong Fang Basterra Porto, nacida el 30 de septiembre de 2000, no pudo defenderse de modo efectivo porque estaba bajo los efectos del medicamento que con ese fin se le había suministrado.

2. Posibles circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal

Apartado 15. La víctima era hija de doña Rosario Porto Ortega y don Alfonso Basterra Camporro.

3. Veredicto de culpabilidad o inculpabilidad sobre los hechos delictivos imputados al acusado


Respuesta: Asunta no pudo defenderse y la víctima era hija.

La demostración es trivial y no la pongo.

Apartado 16. Declare el Jurado si doña Rosario Porto Ortega es CULPABLE (7 votos) o NO CULPABLE (5 votos) del hecho delictivo de haber dado muerte intencionadamente a Asunta Yong Fang Basterra Porto.

Apartado 17. Declare el Jurado si don Alfonso Basterra Camporro es CULPABLE (7 votos) o NO CULPABLE (5 votos) del hecho delictivo de haber dado muerte intencionadamente a Asunta Yong Fang Basterra Porto.


Respuesta:

Rosario culpable de haber dado muerte intencionadamente a Asunta.

Alfonso inocente de haber dado muerte intencionadamente a Asunta.

B.- PARTE 2ª

4. Se solicita al Jurado su opinión sobre los siguientes puntos.

Apartado 18. En caso de resultar condenado don Alfonso Basterra Camporro y de que concurran las circunstancias legales necesarias para ello, ¿estima el Jurado que debe concedérsele la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad?

Apartado 19. En caso de resultar condenado don Alfonso Basterra Camporro ¿estima el Jurado que debe proponerse al Gobierno de la Nación el indulto -total o parcial- de la pena que le sea impuesta?

Apartado 20. En caso de resultar condenada doña Rosario Porto Ortega y de que concurran las circunstancias legales necesarias para ello, ¿estima el Jurado que debe concedérsele la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad?

Apartado 21. En caso de resultar condenada doña Rosario Porto Ortega ¿estima el Jurado que debe proponerse al Gobierno de la Nación el indulto -total o parcial- de la pena que le sea impuesta?


Respuesta: Ni suspensión ni indulto.
 
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Alguien estuvo allí?. No, pues eso. Ante la duda los basterras deberían estar en la calle. Porto puede que no la asfixiase, pudo ser el amante. Quién sabe?

Me rindo. Ganas tú, Buster.
Si, bueno, yo he llegado a leer por aquí que a lo mejor la niña se suicidó, en fin...si no fuera tan triste todo este tema algunas conclusiones serían hasta graciosas, pero como yo en el asesinato de una niña no encuentro ni un ápice de gracia pues lo dejo en patético, algunas conclusiones me resultan patéticas, y estoy siendo suave.
 
Mi hermano lleva bastante tiempo tomando lorazepam para dormir y por el día está perfectamente. Yo no lo se porque nunca lo he tomado.
 
Esta mañana he podido escuchar a Aranguren en A3, y me he quedado con "una perla": en la lista de preguntas al jurado no se preguntó por quiénes y cómo dejaron en la cuneta de Teo a Asunta porque no quiso la abogada de Basterra, aunque justificó que era por "técnica procesal" .

1.- Ambas partes, sí estaban de acuerdo que no se preguntara por los tres meses antes del asesinato. Sólo el día de la muerte. Lógico por su parte, un día "tonto" lo tiene cualquiera. Y lógicamente también se opusieron Ministerio Fiscal y acusación popular. Y el Magistrado lo incluyó.

2.- Aranguren quería que se preguntara al jurado por el post asesinato. Quién y cómo se deshizo del cadáver, lógico por su parte, podría caber la duda de que Porto no pudo, que era tan frágil y delicada y Hospido se negó, no vaya a ser que alguien considerara que por eso, estuvo Basterra. MF y acusación particular les dió igual que lo mismo, una vez muerta.

Conclusión, las defensas, aunque parezcan de la mano, tienen sus "cositas". A ver si nos dan sorpresas en los recursos por aquello del "sálvese quien pueda".
 
Yo después de que alguien amablemente trajo a este hilo el mensaje de Alfonso de que se había quedado con las llaves del coche de la madrina unos días, y esos días corresponden a cuando asesinaron a Asunta, tengo claro lo único que me quedaba por entender y cuadrar, cómo fue y volvió ALfonso de Teo ese día.
Fue y volvió en el coche de la madrina.
El resto, tristemente para Asunta, me cuadra a las mil maravillas.
Aunque bueno, triste fue que la mataran, más todo lo que tuvo que sufrir antes, que todo cuadre y que los culpables estén condenados es sólo la justicia que ella merecía después de todo.
 
Última edición:
En la web de EP está colgado el interrogatorio de Basterra ante Táin, donde dice que le ha dado la medicación de la alergia en los champiñones.

¿Podrías poner el enlace, por favor?

No a la web de EP, evidentemente, sino a la página concreta con el video.

¡Gracias!
 
¿Y dónde están las pruebas? Yo no las veo.

A ver dónde están las pruebas que lo sitúan en Teo.

A ver dónde están las pruebas que prueben que a Asunta le dieron el Orfidal cuando estaba en casa del padre.

Parecéis papagayos repitiendo una y otra vez lo mismo pero jamás mostrando las pruebas que demuestren lo que decís.

"Son culpables los dos"
"Son culpables los dos"
"Son culpables los dos"
"Son culpables los dos"

Como un disco rayado.

Eso se llama argumentación "ad nauseam".
Debes de ser el único que no las ve.

Por cierto, léete las normas del foro, esto no es burbuja, gracias a Dios.
 

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