Que sí, que la forma de modificar algunas partes de la Constitución (esto no afecta solo a la Corona) es esa. Pero insisto, si de verdad hubiera el clamor que se lee en algunos sitios, las mayorías solicitadas no son altas.Paquita, quizás no me he explicado bien, cuando la constitución se aprobó, no hubo disolución de las cámaras. Aquí una vez la primera votación fuera de 2/3 o más. Se disolverían las cámaras, habría votaciones (los ciudadanos tendríamos que votar el candidato que nos pareciera mejor) se volvería a formar las cámaras, una vez formadas, las cámaras votarían, debería salir otra vez 2/3 y una vez pasado todo esto, entonces se haría un referendum para que los ciudadanos votáramos, si sí o no al cambio que se propusiera. Este proceso es mucho más complicado que el que se hizo para la aprobación de la constitución. La corona está blindada.
Y lo de que no se disolvieron las Cortes en 1978... Se eligieron Cortes constituyentes en junio de 1977, después de aprobada la ley para la reforma política. Y se disolvieron en enero de 1979, en cuanto se sancionó la Constitución. Vamos, que hubo unas Cortes elegidas expesamente para redactar y aprobar la Constitución.
No se siguió el procedimiento de la Constitución porque no existía, pero sí hubo cortes disueltas en 1977, y nuevamente disueltas en enero de 1979. Y unas mayorías del 90%.
Frente a ese 90% un 66,6% de los políticos y un 50% más uno de los ciudadanos no parece una exigencia exagerada.