Una mujer será juzgada por insultar a la reina Letizia en las redes sociales

Os paso un Auto de la AP de Madrid que desestima el archivo de actuaciones y ordena seguir con las investigaciones para averiguar la identidad de dos forer@s del foro "Vogue" ( la crítica no era a Letizia, por los datos que dan me parece que es Patricia Conde)

http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=10&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwiO-6yOge3QAhVDPxoKHaQ-AX8QFghWMAk&url=http://www.carmenparedes.com/JURISPRUDENCIA/jurisprudencia_10.pdf&usg=AFQjCNHjXnGBQ1ARGZX5yLRCNNaxVkKzrw
Pero este enjuiciamiento no es el caso que estamos debatiendo.Además está denunciado en el 2014 donde la ley mordaza no existía.El juicio es o habrá sido en la Audiencia Provincial,el caso que nos ocupa he creído leer que es en la Audiencia Nacional.Todo empieza a ser confuso,me gustaría saber a que hora es el próximo martes y en que Audiencia,si en la Provincial o en la Nacional,por que están muy lejos una de la otra
 
el primo lo relata en su libro. El quemo los papeles, pero el editor que le contacto para escribir el libreto, tenia una copia de la factura que él mismo habia quemado en su fregadero. Por eso e publico. El primo no ha facilitado informaciones secretas pero si dijo que "las habia leido" y eran de poner "los pelos de punta" (o algo similar)
¿Y qué lógica tiene desvelar un aborto y no el historial psicológico?
 
Pero este enjuiciamiento no es el caso que estamos debatiendo.Además está denunciado en el 2014 donde la ley mordaza no existía.El juicio es o habrá sido en la Audiencia Provincial,el caso que nos ocupa he creído leer que es en la Audiencia Nacional.Todo empieza a ser confuso,me gustaría saber a que hora es el próximo martes y en que Audiencia,si en la Provincial o en la Nacional,por que están muy lejos una de la otra

No es exacto. El delito de injurias y calumnias está tipificado en el Código Penal, no en la Ley Mordaza. El Auto que he puesto es por injurias y caumnias SIMPLES (en el entendimiento que no es a naie de la Corona) pero los requisitos para su comisión son los mismos. Lo que cambia, con respecto a las personas citadas (Rey, consorte, herederos...) es que:

1.- Necesita denuncia o querella DEL OFENDIDO.
2.-Las penas son algo más leves
3.-El delito se extingue si hay perdón del ofendido

Si tienes interés en leer el Auto considera delito de injurias, de memoria, entre otras cosas, llamar zorrón a la denunciante/querellante (que no recuerdo bien)
 
Veis porqué os decía que esto iba a ser contraproducente contra ellos?...ahora vuelve a salir toda la "merde", los nuevos foreros que desconocían los datos del aborto, de la bacanal de la despedida cuando la anularon por estar de luto de la manera más hipócrita y falsa, del episodio del aeropuerto donde les pararon en la aduana...Ahora aquellas personas que no tenían mucha idea de la vida y milagros de la doña se va a enterar, y lo mismo cualquier organización antimonárquica le paga a la señora la multa, y hacen de esto su causa y la exhiben como injusticia, y mordaza de las libertades, y se suman los republicanos...Por eso me pregunto, no formará parte del plan "desalojo de zarzu"?...


Estás hablando en serio?????????

Las facturas salieron con todos los datos en el libro del primo y luego fue reproducida por distintos medios.
Tenés la factura de la eco, y luego la del aborto, con sus números, sus fechas, el sello...... ni CR ni la Clínica Dator desmintieron la veracidad de las imágenes, ni iniciaron ningún tipo de acción contra David ni contra el editor.

FacturaDatorLetizia.jpg



Qué otra cosa querrías para creer ? un video de la intervención ?
 
Hay un refrán...Cuanto mas se revuelve la mierda....mas huele.

Si la mierda está quieta y no sale a la luz...se disuelve y desaparece de la escena, pero como se agite....volverá a oler.
 
No es exacto. El delito de injurias y calumnias está tipificado en el Código Penal, no en la Ley Mordaza. El Auto que he puesto es por injurias y caumnias SIMPLES (en el entendimiento que no es a naie de la Corona) pero los requisitos para su comisión son los mismos. Lo que cambia, con respecto a las personas citadas (Rey, consorte, herederos...) es que:

1.- Necesita denuncia o querella DEL OFENDIDO.
2.-Las penas son algo más leves
3.-El delito se extingue si hay perdón del ofendido

Si tienes interés en leer el Auto considera delito de injurias, de memoria, entre otras cosas, llamar zorrón a la denunciante/querellante (que no recuerdo bien)
Pero el código penal se reformó al mismo tiempo que la ley mordaza agravando los delitos de ambas,antes creo que era un juicio de faltas,el faltar el respeto a alguien.En fin yo no soy jurista,pero estoy muy sensibilizada en informarme sobre estas nuevas leyes,por que estoy en contra de ellas y lucho por recuperar los derechos a opinar libremente.aunque lea o escuche comentarios que no me gusten.También creo que la responsabilidad de utilizar la libertad de expresión tiene que tener un limite para no sobrepasar la libertad del otro.Desde mi punto de vista no es lo mismo opinar, que calumniar,sabiendo que estás deshonrando a sabiendas la reputación de una persona.Eso para mi no es libertad de expresión,es pervertir el derecho de opinión.
 
Una pregunta:¿el/la demandante puede mas tarde perdonar e indultar al demandado?

Pregunta contestada por Paulino. Gracias
 
Pero el código penal se reformo al mismo tiempo que la ley mordaza agravando los delitos de ambas,antes creo que era un juicio de faltas,el faltar el respeto a alguien.En fin yo no soy jurista,pero estoy muy sensibilizada en informarme sobre estas nuevas leyes,por que estoy en contra de ellas y lucho por recuperar los derechos a opinar libremente.aunque lea o escuche comentarios que no me gusten.También creo que la responsabilidad de utilizar la libertad de expresión tiene que tener un limite para no sobrepasar la libertad del otro.Desde mi punto de vista no es lo mismo opinar, que calumniar,sabiendo que estás deshonrando a sabiendo la reputación de una persona.Eso para mi no es libertad de expresión,es pervertir el derecho de opinión.

Yo no entro en juicios de valor, sólo digo lo que hay. La ley Mordaza es la LO 4/2015 de 30 de marzo y la LO 1/2015, de 30 de marzo también, es de reforma del código penal.

La línea que divide el derecho de libertad de expresión y el derecho al honor y propia imagen a efectos penales (las injurias y calumnias) hasta ahora ha venido siendo marcado por la jurisprudencia (he leído que quieren legislarlo de nuevo). Y por eso puse mi primer post de este hilo, con el enlace de una Sentencia que recogía toda la doctrina hasta la fecha.
 
Quién a vista la factura de la intervención?
Cómo sabes que fue una bacanal?
Estamos representados por inmorales?
Y yo sin saberlo
Te refieres a la factura de la clínica Dator por interrupción del embarazo ?
Viene fotografiada en el libro del primo .
 
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