Novak Djokovic y familia

Actualmente no hay razón para no dejarle entrar si cumple las normas y se hace PCR , en España me refiero, en Australia no las cumplía y hacen bien en darle puerta.

Pues no sé...

Requisitos de entrada en España
Aquí encontrará información de interés sobre los requisitos de entrada en España.

01/12/2021
LEA CON ATENCIÓN LA INFORMACIÓN SIGUIENTE


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Información en español
Orden INT/1304/2021, de 26 de noviembre, por la que se modifica la Orden
INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la
aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde
terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por
razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria
ocasionada por la COVID-19



RÉGIMEN DE ENTRADA EN ESPAÑA (DESDE TERCEROS PAÍSES O DESDE UE/SCHENGEN) PARA ESPAÑOLES O CIUDADANOS DE LA UNIÓN Y SUS FAMILIARES, Y LOS DEMÁS BENEFICIARIOS DEL DERECHO A LA LIBRE CIRCULACIÓN

A) Sin restricciones fronterizas

Tal y como establece la Orden INT/657/2020, los ciudadanos españoles, demás ciudadanos de la Unión y sus familiares, y otros beneficiarios del derecho a la libre circulación, ya quedaron fuera del ámbito de aplicación de las restricciones temporales en las fronteras exteriores españolas, por lo que pueden entrar a España sin restricciones fronterizas y no se les aplica lo dispuesto en esta Orden.

B) Normativa sanitaria

A pesar de lo anterior, estos ciudadanos deben cumplir la normativa sanitaria establecida en la Resolución de 4 de junio de 2021, de la Dirección General de Salud Pública, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España.

Ello implica que deberán cumplir con los siguientes requisitos sanitarios:

Rellenar y firmar el formulario FCS asociado a su viaje (ver apartado primero de la resolución), independientemente de su nacionalidad, edad o cualquier otra consideración.

Aportar cualquiera de los tres certificados establecidos en el apartado quinto de la resolución:

1) Certificado de vacunación (apartado sexto), que demuestre haber recibido la pauta completa de vacunación contra el COVID-19 al menos 14 días antes de llegar a España. Además de lo anterior, para ser aceptado por las autoridades sanitarias:
• La vacunación debe haberse realizado con una de las vacunas reconocidas por la Agencia Europea del Medicamento o la Organización Mundial de la Salud.

• El certificado de vacunación deberá incluir, al menos, la siguiente información:

1. Nombre y apellido del titular.
2. Fecha de vacunación, indicando la fecha de la última dosis administrada.
3. Tipo de vacuna administrada.
4. Número de dosis administradas/pauta completa.
5. País emisor.
6. Identificación del organismo emisor del certificado de vacunación.

Si reside en Inglaterra, las autoridades españolas reconocen la App del NHS o la carta del NHS explicando su pauta de vacunación como prueba para entrar en España, siempre que contenga al menos la información establecida anteriormente.

2) Certificado negativo de una Prueba Diagnóstica de Infección Activa de COVID-19 (apartado séptimo)
Se aceptarán como válidos los certificados de prueba diagnóstica de infección activa de COVID-19 con resultado negativo perteneciente a alguno de los siguientes tipos:

1. Pruebas de amplificación de ácido nucleico molecular (NAAT), cuya muestra haya sido obtenida dentro de las 72 horas anteriores a la llegada a España.

2. Test de detección de antígeno incluidos en la lista común de test rápidos de detección de antígeno para COVID-19, publicada por la Comisión Europea en base la Recomendación del Consejo 2021/C 24/01, cuya muestra haya sido obtenida dentro de las 48 horas anteriores a la llegada a España.

El certificado de prueba diagnóstica deberá incluir, al menos, la siguiente información:

1. Nombre y apellido del titular.
2. Fecha de la toma de la muestra.
3. Tipo de test realizado.
4. País emisor.
3) Certificado de recuperación, que confirme que el titular se ha recuperado de la COVID-19 (apartado octavo), expedidos por la autoridad competente o por un servicio médico:
• Como mínimo 11 días después de la realización de la primera prueba diagnóstica NAAT con resultado positivo.

• La validez del certificado finalizará a los 180 días a partir de la fecha de la toma de la muestra.

• Para ser aceptado por las autoridades sanitarias, el certificado de recuperación deberá incluir, al menos, la siguiente información:

1. Nombre y apellido del titular.
2. Fecha de la toma de muestras del primer test diagnóstico positivo para SARS-CoV-2.
3. Tipo de test NAAT realizado.
4. País emisor.


 
Pues no sé...

Requisitos de entrada en España

Aportar cualquiera de los tres certificados establecidos en el apartado quinto de la resolución:

1) Certificado de vacunación (apartado sexto), que demuestre haber recibido la pauta completa de vacunación contra el COVID-19 al menos 14 días antes de llegar a España. Además de lo anterior, para ser aceptado por las autoridades sanitarias:


2) Certificado negativo de una Prueba Diagnóstica de Infección Activa de COVID-19 (apartado séptimo)

3) Certificado de recuperación, que confirme que el titular se ha recuperado de la COVID-19 (apartado octavo), expedidos por la autoridad competente o por un servicio médico:
Ahí específica "aportar cualquiera de estos tres certificados"; no dice que haya que aportar los tres. Por tanto puede optar por certificado negativo de prueba diagnóstica.

Por otro lado si Novak pasó la Nochevieja en Marbella cómo entró a España? Pues con los mismos requisitos que se indican ahí.
 
Spain is different.

Decían que los virus entraban por Barajas, pero parece que los hipotéticos virus de algunos no importa que contagien.:sick:
Bueno, para ser justos en el caso de España cualquiera puede entrar en España, vacunado o no, si presenta una pcr negativa demostrando con ello que no está contagiado en el momento de entrada

A lo que voy, por el momento, A día de hoy, no existe prohibición de entrada para los no vacunados, ni siquiera existe cuarentena o aislamiento

Por lo que en España, al menos en el momento de escribir esto, todos los hipotéticos virus de algunos si son iguales A los de otros, pcr negativa mediante


Eso de Almeida diciendo del gobierno central etc, ya son ganas de meterse los políticos donde por el momento nadie les llama, creo yo
Y de echarse mierda, otra vez, entre autoridades de distinto partido, que cansinos son
La contestación más adecuada, creo y tal y como está la legislación vigente hoy, seria decir que hoy en España la ley es distinta A la de Australia, y sí se permite entrar A gente no vacunada, siempre que demuestren no estar contagiados en el momento de entrada, con una pcr
 
Ahí específica "aportar cualquiera de estos tres certificados"; no dice que haya que aportar los tres. Por tanto puede optar por certificado negativo de prueba diagnóstica.

Por otro lado si Novak pasó la Nochevieja en Marbella cómo entró a España? Pues con los mismos requisitos que se indican ahí.
Si vienen en avión privado también?
 
Ya, pero preguntaba por el hecho de venir en avión privado. Que toda esta gente va como quiere y en algunos no pasan los mismo controles
Los controles están en tierra, no en los aviones. Y es MUY posible que los politicos, cuerpo diplomático y demás hagan lo que les rote, pero no otras personas por muy millonetis que sean. Como decia antes, las leyes son iguales para todos y lo mismo que no ha podido entrar en Australia por las leyes actuales de ese pais referente al Covid, en España no tenemos las mismas leyes y puede entrar sin ningún problema.
 
El alcalde de Madrid puede decir misa, si al final juega en Madrid es cosa del Gobierno Central, en este caso tal y como están las cosas ahora podría jugar sin problema
Es cierto, la normativa española actual no le impide entrar competir. Pero dadas las circunstancias, el carácter de salud pública del asunto de la Covid, su carácter de figura pública, etc... creo que debería haber unas pautas consensuadas. Por ejemplo a nivel de la UE... Demasiada gente ha perdido la vida, ha quedado con secuelas graves y/o se ha arruinado como para que actitudes como la de este señor (con mentiras incluidas) sean toleradas. Él es libre de hacer lo que quiera con su vida y no vacunarse, por supuesto. Pero los países también son libres para legislar y proteger la salud pública.
 
Yo creo que no se le informó de nada y que fue por ver si colaba (esto no te lo digo a ti; sólo explico que cada cual es responsable de sus cosas y la información está muy clara). No hay que informar de nada al tenista. Uno coge, abre la página de inmigración/aduana del país de destino y allí, bien grande, dice NORMAS PARA ENTRAR-COVID y las sigue. La página sale en la primera búsqueda. El tenista (o su asistente) sólo tiene que tener wifi, buscar y saber inglés o usar el traductor:


Ver el archivo adjunto 2286530
No es así. Públicamente, los encargados del Australia Open, a comienzos de diciembre dijeron que los tenistas no vacunados podían entrar a Australia y jugar el Open, si se acogían a ciertas exenciones.

El gobierno de Australia no actuó de forma seria, muchas declaraciones, primero diciendo que no entraba nadie sin vacuna, luego diciendo que había exenciones, nuevamente retractándose. Mucho circo político.

De hecho, una tenista ya había entrado a Australia acogiéndose a dichas exenciones, había jugado un torneo previo y a raíz de lo de Djokovic la deportaron.
En mi opinión, independientemente de Djokovic, un gobierno serio no actúa así.
 
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