La durííísima vida de Rocíííííto. Sus relaciones con su ex, sus hijos y con Fidel Albiac

Estado
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Estoy de acuerdo para mi es de lo peor que puede ser una persona mal padre o mala madre casi rozando el delito , si no los quieres ¿para que los trajiste al mundo ?... es abandono emocional ...es negligencia ....es maldad ...son muchas cosas.


FLORES-CARRASCO CONFIDENCIAL: Capítulo 6


De octubre de 2013 a abril de 2014, la hija de Rocío Carrasco y Antonio David fue observada por el organismo pertinente para valorar su evolución

Foto: Imagen: EC Diseño.

Imagen: EC Diseño.
AutorNacho GayContacta al autornachogayTags
Tiempo de lectura5 min27/02/2020 05:00
Esta historia arrancaba hace cinco capítulos con un episodio de malos tratos ocurrido en julio del año 2012. Unos nueve meses e infinitas tragedias griegas después, un juez condenó a Rocío Flores en el invierno de 2013 por “un delito de maltrato habitual, un delito de maltrato, una falta continuada de amenazas y una fata continuada de injurias” contra su madre Rocío Carrasco. Así figura en la documentación judicial, más de 2.000 folios, que obra en exclusiva en manos de Vanitatis.

[ Vea todo el especial: Rocío Carrasco o su hija, ¿quién es la verdadera superviviente? ]

El delito de maltrato habitual se circunscribe en este caso al ámbito psicológico y se extendió durante tres años; el puntual se refiere a lo acontecido el 27 de julio de 2012 en la casa familiar, cuando la hija golpeó en repetidas ocasiones a la madre. Jamás volverían a verse frente a frente.
Llegados a este punto, nos queda analizar una única parte del fallo de la sentencia, la correspondiente a la condena.

Sentencia del Juzgado de Menores número 4 de Madrid 44/2013

“Se le impone la medida de 60 horas de prestaciones en beneficio de la comunidad que se sustituirán en caso de que la menor no preste su consentimiento o las incumpla por seis meses de libertad vigilada”.
Párrafo extraído del epígrafe correspondiente al “fallo”

Antonio David Flores
recurrió, en nombre de la menor y en el plazo previsto legalmente, por lo que la causa se elevó a la Audiencia Provincial de Madrid. El letrado que defendía los intereses de Rocío Flores intentó impugnar algunas de las pruebas consideradas válidas en el Juzgado de Menores, como los informes psiquiátricos de Rocío Carrasco, y pidió que se intentase de nuevo llamar al plenario a la psiquiatra que elaboró el informe en el que la menor insinuaba que su madre la maltrataba y que dio lugar a la apertura del primer proceso.


Antonio David, en una imagen de archivo. (Cordon Press)



Antonio David, en una imagen de archivo. (Cordon Press)

Antonio David, en una imagen de archivo. (Cordon Press)

En un primer escrito fechado el 29 de mayo del año 2013, apenas dos meses después de la sentencia del tribunal de menores, la Audiencia se pronuncia por primera vez para desestimar las solicitudes sobre pruebas realizadas por el letrado de Antonio David y, ya en un segundo documento en forma de sentencia, que se publicó el 26 de julio de 2013, los tres magistrados de la sección cuarta de este organismo deciden desestimar el recurso y confirmar el relato de hechos que sirvió de base a la condena de Rocío Flores.

En su texto, lo cierto es que se muestran aún más severos que el Juzgado de Menores n.º 4 de Madrid. Aseguran que hay pruebas más que suficientes para condenar a la menor al margen del testimonio de la madre, como el relato del chofer de la familia, el de Fidel Albiac, los informes psiquiátricos de Rocío Carrasco, el parte médico del día de la agresión… Pero van más allá:

Sentencia de de la Audiencia Provincial de Madrid 96/13
“También el propio testimonio de la menor, que asegura haber protagonizado diversos episodios de los que emana cierta violencia, reconociendo, por lo tanto, en parte, su conducta, pero intentando restar importancia a la misma”.
Madrid, 26 de junio de 2013



Días de técnicos y psicólogos


Llegados a este punto, y dado que los procesos de menores se cierran en la Audiencia Provincial, la sentencia era firme y había que acatarla. Quedaba tan solo la posibilidad del recurso de amparo ante el Constitucional y, aunque Antonio David lo intentó todo durante semanas para frenar la ejecución de la sentencia, finalmente no lo logró.

El día 5 de octubre de ese año, padre e hija se personan en la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor y comunican una negativa formal, como se puede apreciar en los dos documentos oficiales publicados por el citado organismo en aquella fecha, a que Rocío Flores cumpla la pena.

El organismo anota que ambos manifiestan “renunciar voluntariamente a la realización de las tareas/actividades encomendadas en cumplimiento de dicha medida y, tras no consentir, aceptan el cumplimiento de la medida alternativa impuesta”.

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Si recordamos el fallo del juzgado de menores, esa pena alternativa eran seis meses de libertad vigilada. Dicho y hecho.

Ese día, el 5 de octubre, arranca ese periodo. Pero ¿en qué consiste la libertad vigilada para un menor?

Buscamos la respuesta en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. Y la encontramos en el título 2, art.7h del mencionado texto. “En esta medida se ha de hacer un seguimiento de la actividad de la persona sometida a la misma y de su asistencia a la escuela, al centro de formación profesional o al lugar de trabajo, según los casos, procurando ayudar a aquella a superar los factores que determinaron la infracción cometida”.

Se suelen establecer una serie de reuniones con un técnico y una psicóloga, de las que se da cuenta en sucesivos informes.
El dosier final valora positiva o negativamente la evolución del menor. En el caso que nos ocupa, el de Rocío Flores, la evaluación fue buena.
Todo el pescado estaba casi vendido en esta historia en la fecha que puso fin a la libertad vigilada de la condenada, 2 abril de 2014. Faltaba, eso sí, una guinda dramática final: el clímax de toda tragedia helena

Mañana en Vanitatis:

Capítulo 7. El día que un juez ‘desheredó’ a Rocío Flores por su historial delictivo


Anteriormente:
Capítulo 1. El día que Rocío Flores tiró al suelo y “propinó varios golpes” y “patadas” a su madre, Rocío Carrasco
Capítulo 2. El día que un juez condenó a Rocío Flores por “maltrato habitual, amenazas e injurias” contra Rocío Carrasco
Capítulo 3. El día que Rocío Carrasco debía bajar de un coche de la Guardia Civil (y había un fotógrafo a la puerta del cuartel)
Capítulo 4. El día que la Fiscalía pidió que condenaran a Rocío Flores por un incidente con un cuchillo de cocina
Capítulo 5. El día que un juez recopiló todos los insultos que se escuchaban en la casa de Rocío Carrasco
 
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FLORES-CARRASCO CONFIDENCIAL: Capítulo 6


De octubre de 2013 a abril de 2014, la hija de Rocío Carrasco y Antonio David fue observada por el organismo pertinente para valorar su evolución

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AutorNacho GayContacta al autornachogayTags
Tiempo de lectura5 min27/02/2020 05:00
Esta historia arrancaba hace cinco capítulos con un episodio de malos tratos ocurrido en julio del año 2012. Unos nueve meses e infinitas tragedias griegas después, un juez condenó a Rocío Flores en el invierno de 2013 por “un delito de maltrato habitual, un delito de maltrato, una falta continuada de amenazas y una fata continuada de injurias” contra su madre Rocío Carrasco. Así figura en la documentación judicial, más de 2.000 folios, que obra en exclusiva en manos de Vanitatis.

[ Vea todo el especial: Rocío Carrasco o su hija, ¿quién es la verdadera superviviente? ]

El delito de maltrato habitual se circunscribe en este caso al ámbito psicológico y se extendió durante tres años; el puntual se refiere a lo acontecido el 27 de julio de 2012 en la casa familiar, cuando la hija golpeó en repetidas ocasiones a la madre. Jamás volverían a verse frente a frente.
Llegados a este punto, nos queda analizar una única parte del fallo de la sentencia, la correspondiente a la condena.

Sentencia del Juzgado de Menores número 4 de Madrid 44/2013

“Se le impone la medida de 60 horas de prestaciones en beneficio de la comunidad que se sustituirán en caso de que la menor no preste su consentimiento o las incumpla por seis meses de libertad vigilada”.
Párrafo extraído del epígrafe correspondiente al “fallo”

Antonio David Flores
recurrió, en nombre de la menor y en el plazo previsto legalmente, por lo que la causa se elevó a la Audiencia Provincial de Madrid. El letrado que defendía los intereses de Rocío Flores intentó impugnar algunas de las pruebas consideradas válidas en el Juzgado de Menores, como los informes psiquiátricos de Rocío Carrasco, y pidió que se intentase de nuevo llamar al plenario a la psiquiatra que elaboró el informe en el que la menor insinuaba que su madre la maltrataba y que dio lugar a la apertura del primer proceso.


Antonio David, en una imagen de archivo. (Cordon Press)



Antonio David, en una imagen de archivo. (Cordon Press)

Antonio David, en una imagen de archivo. (Cordon Press)

En un primer escrito fechado el 29 de mayo del año 2013, apenas dos meses después de la sentencia del tribunal de menores, la Audiencia se pronuncia por primera vez para desestimar las solicitudes sobre pruebas realizadas por el letrado de Antonio David y, ya en un segundo documento en forma de sentencia, que se publicó el 26 de julio de 2013, los tres magistrados de la sección cuarta de este organismo deciden desestimar el recurso y confirmar el relato de hechos que sirvió de base a la condena de Rocío Flores.

En su texto, lo cierto es que se muestran aún más severos que el Juzgado de Menores n.º 4 de Madrid. Aseguran que hay pruebas más que suficientes para condenar a la menor al margen del testimonio de la madre, como el relato del chofer de la familia, el de Fidel Albiac, los informes psiquiátricos de Rocío Carrasco, el parte médico del día de la agresión… Pero van más allá:

Sentencia de de la Audiencia Provincial de Madrid 96/13
“También el propio testimonio de la menor, que asegura haber protagonizado diversos episodios de los que emana cierta violencia, reconociendo, por lo tanto, en parte, su conducta, pero intentando restar importancia a la misma”.
Madrid, 26 de junio de 2013



Días de técnicos y psicólogos


Llegados a este punto, y dado que los procesos de menores se cierran en la Audiencia Provincial, la sentencia era firme y había que acatarla. Quedaba tan solo la posibilidad del recurso de amparo ante el Constitucional y, aunque Antonio David lo intentó todo durante semanas para frenar la ejecución de la sentencia, finalmente no lo logró.

El día 5 de octubre de ese año, padre e hija se personan en la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor y comunican una negativa formal, como se puede apreciar en los dos documentos oficiales publicados por el citado organismo en aquella fecha, a que Rocío Flores cumpla la pena.

El organismo anota que ambos manifiestan “renunciar voluntariamente a la realización de las tareas/actividades encomendadas en cumplimiento de dicha medida y, tras no consentir, aceptan el cumplimiento de la medida alternativa impuesta”.

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Si recordamos el fallo del juzgado de menores, esa pena alternativa eran seis meses de libertad vigilada. Dicho y hecho.

Ese día, el 5 de octubre, arranca ese periodo. Pero ¿en qué consiste la libertad vigilada para un menor?

Buscamos la respuesta en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. Y la encontramos en el título 2, art.7h del mencionado texto. “En esta medida se ha de hacer un seguimiento de la actividad de la persona sometida a la misma y de su asistencia a la escuela, al centro de formación profesional o al lugar de trabajo, según los casos, procurando ayudar a aquella a superar los factores que determinaron la infracción cometida”.

Se suelen establecer una serie de reuniones con un técnico y una psicóloga, de las que se da cuenta en sucesivos informes.
El dosier final valora positiva o negativamente la evolución del menor. En el caso que nos ocupa, el de Rocío Flores, la evaluación fue buena.
Todo el pescado estaba casi vendido en esta historia en la fecha que puso fin a la libertad vigilada de la condenada, 2 abril de 2014. Faltaba, eso sí, una guinda dramática final: el clímax de toda tragedia helena

Mañana en Vanitatis:

Capítulo 7. El día que un juez ‘desheredó’ a Rocío Flores por su historial delictivo


Anteriormente:
Capítulo 1. El día que Rocío Flores tiró al suelo y “propinó varios golpes” y “patadas” a su madre, Rocío Carrasco
Capítulo 2. El día que un juez condenó a Rocío Flores por “maltrato habitual, amenazas e injurias” contra Rocío Carrasco
Capítulo 3. El día que Rocío Carrasco debía bajar de un coche de la Guardia Civil (y había un fotógrafo a la puerta del cuartel)
Capítulo 4. El día que la Fiscalía pidió que condenaran a Rocío Flores por un incidente con un cuchillo de cocina
Capítulo 5. El día que un juez recopiló todos los insultos que se escuchaban en la casa de Rocío Carrasco

A ver si entendí ¿El juzgado solo acepta las pruebas de la madre, que incluyen un testimonio de un empleado pagado por ella? Luego la chica, que reconoció su culpa, es observada por seis meses ¿Y resulta que no tiene episodios de violencia ni en su casa, ni en su centro de estudios y además recibe una valoración positiva de un psicólogo? Hmmm. De verdad que RC es muy de buenas o tiene muchas influencias: no le cobra Hacienda, la benefician con sentencias absurdas (no es un personaje público) y va a un juzgado donde el interés de la menor les importa un corno, de ahí que no quieran escuchar a su psicólogo, pero si hay que escuchar al psicólogo de RC.

En fin, yo solo diré que España está en estado de alerta y cierta persona sigue sin mostrar interés por sus hijos, uno de ellos ha sido varias veces hospitalizado por problemas de salud. Que la cuenten como quieran.
 
Gracias. Qué triste. Crueldad infinita.


Siempre , y poniéndolo en general, hay malas hijas, malas madres, y malos padres.

Y ahora en particular, yo nunca haria lo que roiiito, aunque mi hija me pisara.Siempre estando bien claro, estando psicológicamente bien y sin influencias externas, que me podrian afectar en lo psicologico, y yo no razonaria..... Sementiende ??? como diria potorra
 
¿Acaso no te has enterado que así como existe la libertad para postear,por supuesto respetando los lineamientos del foro,existe la libertad para calificar?
Ahora bien te aclaro Rocío Flores no es una chiquilla como te refieres a ella sino una mujer de 23 años.¿LLorar por su madre? ¡POR SUPUESTO QUE ME PARTO!¡ESO ES MANIPULACIÓN DE ESTA MUJERCITA!
A mí no me grites. No entiendo esta agresividad en la respuesta.
 
Sería fácil, si quisiera.
Sin tener que salir RC o intervenir en el programa, podría a través de otros o directamente a Jorge decirle que ella está bien.

Jorge se lo dice a RF en algún programa y ya está: "Rocío, tu madre nos ha hecho llegar que está bien y no tienes de qué preocuparte"

Fin
 
Con quince años y una vida ,sabe Dios como !? ,en la que lo único que no faltaba era dinero ,todo lo demás ,seria un desastre .
Ningun@ sabemos como reaccionaríamos ante una situación desesperada y asquerosa y de desamparo .
Lo que es cierto es ,que la Rocibicho ,quería quitarse a sus hijos de en medio ,si ó si .
,A una porque iba siendo adolescente con carácter y todas sus hormonas revolucionadas ,no dispuesta a aguantar lo que estaba viviendo, testigo de ciertas cosas ,que podía jorobarles su vidorra.
Y al niño, porque daba trabajo ,cuidados especiales ,estumulacion , echaba de menos a su hermana \madre , con mas problemas que alegrías ,para una Mostrenca que lo único que pretende es su bienestar y el de su churri... Y punto...
No paró hasta conseguirlo !... Y por vía judicial.!!! Que es mas efectivo !!! . Que bien churrito lindo, lo conseguimos !!!.. Todo pa ti y pa mi! . sin ningún trasto por medio!
 
La niñata mimada pudo largarse y divorciarse. No dependía del sueldo de AD.


La dependencia emocional, el miedo y la falta de confianza en ti misma que una pareja te siembre a través de vejaciones son más fuertes que la dependencia económica, hay muchas mujeres famosas de excelente posición económica que han sufrido terribles maltratos físicos y/o emocionales por parte de sus parejas y les cuesta mucho salir de ese círculo, es más muchas nunca lo logran!!!
 
La dependencia emocional, el miedo y la falta de confianza en ti misma que una pareja te siembre a través de vejaciones son más fuertes que la dependencia económica, hay muchas mujeres famosas de excelente posición económica que han sufrido terribles maltratos físicos y/o emocionales por parte de sus parejas y les cuesta mucho salir de ese círculo, es más muchas nunca lo logran!!!

jolin para tener independencia emocional pronto le puso los cuernos con otro. y que sí que vale que ad también pero eso no justifica lo primero.
 
Sería fácil, si quisiera.
Sin tener que salir RC o intervenir en el programa, podría a través de otros o directamente a Jorge decirle que ella está bien.

Jorge se lo dice a RF en algún programa y ya está: "Rocío, tu madre nos ha hecho llegar que está bien y no tienes de qué preocuparte"

Fin
A ver, Rocío Flores ha intentado ponerse en contacto con su madre varias veces. La respuesta de RC fue "yo no tengo hija"...Esto lo contó Rocío Flores en televisión, no creo que sea mentira...De hecho, actúa como si no tuviera hija...
No sé, a RC le pasa algo, no es normal, ni natural... Ni su actitud con su hija, ni mucho menos la actitud hacía su hijo. Qué eso directamente no tiene explicación, ni justificación ni na de na....
 
Estado
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