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Gracias @SirenaVarada

El TSJM tumba el cierre de Madrid ordenado por el ministro de Sanidad Salvador Illa
  • ÁNGELA MARTIALAY
    Madrid
Actualizado Jueves, 8 octubre 2020 - 12:17
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo critica que el Gobierno de Pedro Sánchez no haya hecho una reforma de las leyes sanitarias para combatir la pandemia
El consejero Ruiz Escudero, a la derecha, y el ministro Illa, de...

El consejero Ruiz Escudero, a la derecha, y el ministro Illa, de espaldas, en una reunión. POOL
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha denegado, por verse afectados los derechos y las libertades fundamentales, la ratificación de las medidas acordadas en el apartado tercero de la Orden de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se establecen medidas preventivas en determinados municipios de la región en ejecución de la Orden del ministro de Sanidad Salvador Illa por la que se aprueban actuaciones coordinadas en salud pública.
La Sala concluye que la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, y en concreto su artículo 65, "no contiene una habilitación legal para el establecimiento de medidas limitativas de derechos fundamentales".

Los magistrados precisan en su resolución que "nos encontramos ante un marco legal que difiere sustancialmente del que fue objeto de análisis, coincidiendo con la ratificación de las medidas sobre áreas sanitarias, de 24 de septiembre y 1 de octubre, ya que, como reconoce el propio letrado de la Comunidad de Madrid, lo que se solicita en esta ocasión es la ratificación del mandato obligado del ministro de Sanidad por el que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada de infecciones causadas por el SARS-COV-2".
"Esta Orden del ministro de Sanidad -recoge el auto- se dicta al amparo del artículo 65 de la Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud. Conforme a ello, el ministro de Sanidad aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública aprobadas en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, obligando con ello a las Comunidades autónomas destinatarias".
La resolución aclara que es el artículo 65 de la referida ley el que cita el acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y la Orden comunicada de 30 de septiembre de 2020 como único título legal habilitante de la potestad administrativa ejercitada en la mención del citado acuerdo y la emisión de la Orden comunicada, cuya ejecución lleva a cabo la Comunidad de Madrid.
"Por ello, -continúa la resolución- la ratificación de las medidas sanitarias restrictivas de derechos fundamentales dependerá del juicio que merezca tal habilitación legal", es decir, los magistrados dilucidan en el presente auto, "si la previsión del artículo 65 de la Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, autoriza la restricción de derechos fundamentales y libertades públicas", abordándose con independencia de que "las medidas restrictivas de tal derecho fundamental fueran necesarias e idóneas para evitar la extensión de la enfermedad en una situación de pandemia como la actual".
CRÍTICA AL GOBIERNO
"En consecuencia, -avanza la resolución- se ha venido admitiendo la posibilidad de que por Ley Orgánica, e incluso mediante Ley Ordinaria, se permita la adopción de medidas concretas que limiten el ejercicio de determinados derechos fundamentales, con las matizaciones hechas acerca del ámbito aceptable de intromisión de una y otra en el derecho fundamental, sin necesidad de acudir a la excepcionalidad constitucional que implica la declaración de un estado de alarma y siempre que esta limitación se encuentre suficientemente acotada en la correspondiente disposición legal de habilitación en cuanto a los supuestos y fines que persigue, de manera que resulte cierta y previsible, y este justificada en la protección de otros bienes o derechos constitucionales".

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Además, el auto realiza una crítica al Gobierno de Pedro Sánchez. "Resulta llamativo que ante el escenario sanitario descrito no se abordara una reforma de nuestro marco normativo más acorde con las confesadas necesidades de combatir eficazmente la pandemia del Covid-19 y afrontar la grave crisis sanitaria que padece el país, pese al consenso doctrinal existente acerca de que la regulación actual de los instrumentos normativos que permiten la limitación de derechos fundamentales, con el objeto de proteger la integridad física (artículo 15 CE) y la salud (artículo 43 CE), íntimamente conectados entre sí, resulta ciertamente deficiente y necesitada de clarificación".
En la resolución, los magistrados concluyen afirmando que son "conscientes de la gravedad de la crisis sanitaria sin precedentes, ante la que se enfrentan los poderes públicos y que padece nuestra sociedad, constatada ya el 11 de marzo de 2020, cuando la Organización Mundial de la Salud elevó la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el Covid-19 a pandemia internacional. También lo es de la necesidad de adoptar medidas inmediatas y eficaces de diversa índole para proteger la salud de los ciudadanos, contener la propagación de la enfermedad y reforzar el Sistema Nacional de Salud, entre las que cabría incluir medidas limitativas de derechos fundamentales de mayor o menor alcance. Para ello nuestro sistema constitucional articula instrumentos jurídicos de diversa naturaleza que ofrecen cauces jurídicos diferentes para delimitar, modular, restringir, e incluso suspender los derechos fundamentales de las personas, respetuosos con las garantías constitucionales".

 
tras el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid TSJM, las restricciones decaen inmediatamente". No obstante, las otras restricciones acordadas previamente por la Comunidad de Madrid en las zonas sanitarias de la región siguen vigentes. Es decir, "se vuelve al escenario previo al Consejo Interterritorial de Salud".
 
tras el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid TSJM, las restricciones decaen inmediatamente". No obstante, las otras restricciones acordadas previamente por la Comunidad de Madrid en las zonas sanitarias de la región siguen vigentes. Es decir, "se vuelve al escenario previo al Consejo Interterritorial de Salud".

Creo que se iban a reunir esta tarde, así que veremos en qué queda esto porque no lo mismo tiran de estado de alarma .
 
Que vaya por delante que no me gusta la gestión que está haciendo el gobierno central y no me gusta Illa, pero sólo hemos estado confinados una semana...

Una ciudad tan grande como Madrid y con tanto movimiento no se controla en una semana ni en dos, se necesita bastante más tiempo para que se vayan asentando los datos.

Yo creo que habrá estado de alarma.
o igual volvemos al confinamiento por distritos sanitarios. que eran menos - ahora serán aún menos - y parece que iba funcionando.
lo que es absurdo es que nadie sepa qué pasa ahora.
podemos o no podemos salir de puente? podemos o no podemos ir a la sierra?
 
El Confinamiento ( reducir la movilidad) es ilegal siempre, salvo que El Congreso decrete Estado de Alarma o Estado de Excepción... etc.
Lo que pasa 3s que si no se denuncia a ningún Juzgado pues la medida es temporalmente efectiva. Hasta que se aclare la situación.
no puede ser eso porque el TSJ ratificó las medidas de la comunidad
 
Claro, volvemos a las directrices de la CAM por zonas sanitarias. Informarán. Una gran noticia.
pero no pueden pensar que volvemos automáticamente. porque se anularon al confinar todo Madrid. que tampoco entiendo por qué se quitaron. Confinar todo Madrid con libertad de circulación por la ciudad era una completa estupidez en mi opinión. confinar por barrios puede no ser efectivo pero al menos tiene una base.
si ahora quieren volver a confinar por distritos sanitarios tienen que reevaluar la incidencia y decir qué cierran.
 
o igual volvemos al confinamiento por distritos sanitarios. que eran menos - ahora serán aún menos - y parece que iba funcionando.
lo que es absurdo es que nadie sepa qué pasa ahora.
podemos o no podemos salir de puente? podemos o no podemos ir a la sierra?
Es que ahora se va a liar buena porque mucha gente va a hacer lo que le dé la gana.

¿Quién me prohíbe a mí que el sábado me vaya a Segovia y el domingo a Toledo? Si no te lo prohíben pues tú me dirás...

Lo más fuerte de todo es que estamos en tierra de nadie. Habrá gente que siga respetando el confinamiento que puso Illa y ahora habrá gente que dirá que no, que ellos son libres como dice Ayuso...
 
o igual volvemos al confinamiento por distritos sanitarios. que eran menos - ahora serán aún menos - y parece que iba funcionando.
lo que es absurdo es que nadie sepa qué pasa ahora.
podemos o no podemos salir de puente? podemos o no podemos ir a la sierra?
Creo que si no vives en una zona sanitaria confinada antes, no tendrás problema. Lo dirán esta tarde
 
Es que ahora se va a liar buena porque mucha gente va a hacer lo que le dé la gana.

¿Quién me prohíbe a mí que el sábado me vaya a Segovia y el domingo a Toledo? Si no te lo prohíben pues tú me dirás...

Lo más fuerte de todo es que estamos en tierra de nadie. Habrá gente que siga respetando el confinamiento que puso Illa y ahora habrá gente que dirá que no, que ellos son libres como dice Ayuso...
Ayuso lo que decía y dice que lo lógico es confinar zonas sanitarias con muy alta incidencia, si no recuerdo mal con 1000/100.000. Igual que hacen en Nueva York
 
pero no pueden pensar que volvemos automáticamente. porque se anularon al confinar todo Madrid. que tampoco entiendo por qué se quitaron. Confinar todo Madrid con libertad de circulación por la ciudad era una completa estupidez en mi opinión. confinar por barrios puede no ser efectivo pero al menos tiene una base.
si ahora quieren volver a confinar por distritos sanitarios tienen que reevaluar la incidencia y decir qué cierran.
La incidencia la están evaluando constantemente, descuida que nos informarán. Ayuso creo comparece a las 3 menos cuarto
 
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