Elecciones generales. El día después.

Un bochorno perfectamente evitable


El baile de responsabilidades que se traen el Tribunal Supremo y la Mesa del Congreso, para ver quién se come el marrón de suspender a unos diputados electos y no condenados, pinta mal y amenaza con un resultado aún más catastrófico

Cuando el eurodiputado Oriol Junqueras acuda a Estrasburgo a tomar posesión de su más que probable acta, puede acabar colocándonos en la pura antología del disparate y el esperpento ante una Europa asombrada

Antón Losada
45 comentarios

21/05/2019 - 20:57h
Junqueras-promete-cargo-diputado-politico_EDIIMA20190521_0554_4.jpg

Junqueras promete su cargo de diputado "como preso político". EFE

Lo peor del embarazoso y vergonzoso espectáculo que se nos ha ofrecido en sesión doble en el Congreso de los Diputados es que era perfectamente evitable. No me refiero al patético numerito de los diputados de Vox corriendo a ocupar los escaños de la bancada socialista. En todos los inicios de curso de todos los colegios del mundo concurre esa cuota de tontería inevitable. Cuando no puedes llamar la atención por otra cosa, la llamas por payasete. Es una verdad universal que acompaña al género humano desde la noche de los tiempos. De las sesudas informaciones sobre quién le dio o no la mano a quién, mejor ni hablamos.




La vergüenza que sí nos podían haber evitado se dio con el trato dispensado a los diputados presos catalanes. Representantes de la soberanía popular, legítimamente elegidos por el pueblo soberano y ciudadanos en posesión de sus derechos políticos, entre ellos a elegir y ser elegido. En una decisión que solo se puede calificar de peregrina, se les permitió acudir a la cámara a tomar posesión de su acta de diputado y participar en el pleno, pero haciéndolo como cuando aún se usaba el fax y las noticias llegaban por teletipos que escupían ruidosas en impresoras de agujas.

El resultado era un accidente esperando para ocurrir. En la era digital solo nos faltó ver a sus señorías lavándose las manos después de mear, para indignación de la prensa y las diputadas y diputados de la derecha, siempre con el teatrillo del melodrama constitucionalista a punto para la representación y siempre prestos para patear y abuchear todo aquello que no les gusta oír.

El baile de responsabilidades que se traen el Tribunal Supremo y la Mesa del Congreso, para ver quién se come el marrón de suspender a unos diputados electos y no condenados, pinta mal y amenaza con un resultado aún más catastrófico. El show mediático y político que se puede montar en España, cuando el eurodiputado Oriol Junqueras acuda a Estrasburgo a tomar posesión de su más que probable acta, puede acabar colocándonos en la pura antología del disparate y el esperpento ante una Europa asombrada.

Otra vez el quiero y no puedo de la Justicia española que acompaña al juicio del procés. Se les reconocen sus derechos porque no hay base legal para negárselos, pero cuando pretenden ejercerlos se recurre a toda suerte de trampas administrativas y trucos de salón; desde el horario de las prisiones a las urgencias de la seguridad parlamentaria. Todo vale para recordarles y hacernos recordar a cada minuto del día que son presos bajo la tutela del Estado.

Poco Estado es aquel que no puede permitirse ni sabe soportar con normalidad que unos diputados protegidos por la presunción de inocencia, que han demostrado decenas de veces que no tienen intención alguna de huir de la Justicia, puedan comportarse como tales sin restricciones ni trabas burocráticas: hablar con la prensa, ocupar su escaño, votar, asistir a reuniones, hacer el trabajo para el que han sido elegidos por el pueblo soberano hasta que una sentencia y una condena firmes se lo impidan. Los Estados fuertes saben cómo hacerlo sin abochornar a nadie.

https://www.eldiario.es/zonacritica/bochorno-perfectamente-evitable_6_901569843.html

En España para ciertos jueces vale la prevaricación continuada sin que se mueva nadie pero en Estrasburgo rotundamente NO.
 
La Mesa (del Congreso de los Diputados) está servida.


José Antonio Martín Pallín

Magistrado emérito del Tribunal Supremo. Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas (Ginebra) Abogado de Lifeabogados.

22/05/2019
A veces es conveniente recordar las obviedades para afrontar un debate. Según una opinión generalizada, vivimos en una democracia asentada y nos regimos por una Constitución impecablemente democrática. En su Preámbulo sitúa a nuestro sistema político en el marco de una monarquía parlamentaria. El Parlamento es la sede de la soberanía nacional que reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado, entre ellos el Poder Judicial, cuya legitimidad democrática, procede del pueblo y se ejerce por Jueces y Magistrados sometidos al imperio las leyes, elaboradas en las sedes legislativas. Las actividades del Congreso, su funcionamiento y su régimen interno son autónomos y deben ser respetados por los otros dos poderes del Estado.

En todos los Parlamentos democráticos, sus componentes gozan de absoluta inmunidad respecto de las opiniones expresadas en el ejercicio de sus funciones políticas, tanto dentro del recinto parlamentario como fuera de él. Para investigarles y juzgarles por los delitos comunes que pudieran cometer en el ejercicio de otras actividades, todos los Parlamentos democráticos tienen prevista la cobertura y garantía de la previa petición de suplicatorio por la autoridad judicial y la potestad de concederlo o denegarlo por las Cámaras.

Cuando una persona, en la que no concurre ninguna de las causas de inelegilibilidad, es decir del derecho de sufragio pasivo, como sucede en el caso de los diputados del Parlament, miembros del Govern y líderes sociales; si salen elegidos por la voluntad popular gozan de los mismos derechos que el resto de los parlamentarios que no estén inmersos en un proceso penal en el que por razones cronológicas, se ha pasado ya el trámite del procesamiento. Del mismo modo que un parlamentario procesado, que renuncia a esta condición, se somete a la jurisdicción ordinaria, pierde el fuero procesal y los privilegios y garantías, recíprocamente. El que accede a la condición de parlamentario, durante un proceso en marcha, los adquiere con todas sus consecuencias.

Los reglamentos de las Cámaras tienen la condición de leyes orgánicas, porque necesitan ser aprobados por la mayoría absoluta en las diputados y senadores y publicados en el Boletín Oficial del Estado. Por el contrario, algunas normas de la Ley de Enjuiciamiento Criminal tienen la categoría de de ley orgánica y otros muchos preceptos, son leyes ordinarias de rango inferior. Por razones exclusivamente derivadas de la lucha antiterrorista, se introdujo un artículo que permite suspender de sus funciones a los que sean procesados y se encuentren en prisión provisional, por este delito, extendido a la pertenencia a banda armada o a elementos rebeldes. Es evidente que si no se hubiese acordado la prisión preventiva de los que están siendo juzgados, no estaríamos hablando ahora de una cuestión que perturba la política nacional y que pone a prueba la calidad de nuestro sistema democrático.

636940413494255228w.jpg

La presidenta del Congreso, Meritxell Batet, saluda al diputado electo de ERC en prisión preventiva Oriol Junqueras ante el diputado de Esquerra Gabriel Rufián, durante la sesión constitutiva de las nuevas Cortes Generales de la XIII Legislatura. EFE/Ballestros
El Reglamento del Congreso, creo que es claro y terminante y no da lugar a interpretaciones ambiguas o contrarias a los derechos y prerrogativas de la Cámara y de sus miembros. El artículo 12, establece que una vez conocida la detención de un diputado o cualquiera otra actuación judicial o gubernativa que pudiere obstaculizar el ejercicio de su mandato, el Presidente/a, adoptará, de inmediato, cuantas medidas sean necesarias para salvaguardar los derechos y prerrogativas de la Cámara y de sus miembros. Como ya hemos dicho no se trata de una norma absoluta que permita la total impunidad de un parlamentario, sino de su protección frente a posibles maniobras encaminadas a desviar, alterar o adulterar la voluntad popular, poniendo en riesgo la autonomía y la soberanía nacional que está por encima de cualquier otro Poder del Estado. No se trata de un privilegio personal, es una protección de los derechos de sus electores y de la representación popular que no permite alterar indebidamente su composición y fundamento (STC 243/1988 de 19 de diciembre).

En todos los Parlamentos existen órganos, como la Mesa del Congreso, que por cierto habrá que plantearse su excesiva influencia y potestad para paralizar la tramitación de las leyes y proposiciones no de ley, encargados de velar, de una manera efectiva, para que se respeten los derechos y prerrogativas de los miembros de la Cámara, si bien corresponde al Presidente/a, cumplir y hacer cumplir el Reglamento y en caso de duda, deberá solicitar el parecer de la Mesa y de la Junta de Portavoces.

Pero superado este trámite, en todo caso, el artículo 21.1 del Reglamento del Congreso, establece claramente que el diputado sólo podrá ser suspendido en sus derechos, por aplicación de las normas de disciplina parlamentaria, establecidas en el propio Reglamento. En el número 2, que hay que leer íntegramente, autoriza una posible suspensión: “cuando, concedida por la Cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el auto de procesamiento, se hallare en situación de prisión preventiva y mientras dure esta. Por supuesto quedará suspendido cuando exista, una sentencia firme condenatoria que le inhabilite por la imposibilidad de ejercer la función parlamentaria”.

En estos momentos nos encontramos ante una situación inédita en todas las democracias de nuestro entorno y de la Unión Europea, el procesamiento y ahora enjuiciamiento, de los parlamentarios y miembros del gobierno de Cataluña, por actividades estrictamente políticas, desarrolladas en actos externos como la aprobación de leyes, convocatoria del referéndum o votación parlamentaria. Ante esta anomalía, que han censurado todos los organismos democráticos europeos, nos enfrentamos a una realidad que hay que resolver manejando los criterios y valores superiores de una democracia. Es cierto que normalmente, pero no exclusivamente, el suplicatorio se pide para iniciar una investigación o acordar un procesamiento, pero no se excluye, si la investigación se ha iniciado o está en su fase de juicio oral. En mi opinión nada se opone a que esta misma decisión, tiene que ser tomada cuando ya se ha abierto o se está celebrando el juicio oral, porque los derechos y prerrogativas subsisten y ningún precepto del Reglamento los pone en cuestión.

La alegación del Tribunal Supremo respecto de la falta de obligación de pedir el suplicatorio, cuando ya el juicio oral se está celebrando, carece de sustento constitucional y también de sustento legal. No es admisible el argumento de la interpretación restrictiva de las inmunidades y privilegios, porque, como ya hemos dicho, no son personales de los implicados sino de los electores y de la soberanía popular.

Las leyes que regulan el proceso penal en España, exigen la autorización de la Cámara para continuar con el procedimiento una vez concluida la investigación, pero permiten que rechazada la petición se pueda reproducir durante el juicio oral. Una vez recibido el suplicatorio la Cámara, con libertad de criterio y analizando caso por caso, decidirá lo que estime procedente. El Tribunal Supremo, con un cierto aire de condescendencia, les ha autorizado para tomar posesión de su condición de representantes de la voluntad popular, pero no tiene explicación lógica ni apoyo legal, prohibirles acudir a la sesión de investidura del Gobierno. Se trata de un acto que forma parte del núcleo duro del parlamentarismo. Si no se les autoriza a participar en la sesión de investidura, se puede alterar gravísimamente la decisión de los electores, privarles de derechos que le ha concedido la soberanía popular y condicionar la elección de Presidente del Gobierno, llegando incluso a provocar, en su caso, la disolución de la Cámara.

La identificación y prevalencia de los valores democráticos, debe preocuparnos a todos. Creo que las reflexiones antecedentes, se deben tener en cuenta cuando la Presidenta, recientemente elegida y la Mesa del Congreso, se pongan a deliberar y decidir sobre la suspensión de los derechos y prerrogativas de los parlamentarios procesados y que están siendo juzgados. Se trata de una resolución que les corresponde en exclusiva. La Mesa tiene sobre el tablero todos los condimentos necesarios para tomar una decisión. Espero y deseo que sea la más adecuada para la buena salud de nuestra democracia.


https://blogs.publico.es/dominiopublico/28770/la-mesa-del-congreso-de-los-diputados-esta-servida/

Comentarios: 1

  • Á
    Ángel S.B.
    hace 4 horas
    22 de mayo de 2019, 15:55
    Todo este embrollo es el resultado de un poder judicial que ha actuado en este juicio a los parlamentarios catalanes, de una manera totalmente irregular e ilegítima,ya lo han explicado gente que parece que saben de esto como Javier Pérez Royo,..Y es inadmisible que estos parlamentarios representantes de sus electores sin estar condenados de nada no representen como diputados a sus electores ciudadanos...La democracia se va construyendo y es un camino y anhelo de perfeccionamiento no algo inamovible y únicamente basada en las leyes,las cuales pueden ser injustas o reformadas..Los que se basan exclusivamente en las leyes son los grandes instalados en su statu Quo que quieren seguir perpetuandose en sus privilegios y status....Salud y República!!! Nuevo Proceso Constituyente!!!
    ¿cómo te quedas?
 
Última edición:
Diario de Sesiones del Senado omite el "que se joda" de Hernando a Romeva pero incluye las fórmulas en catalán y euskera
  • Rafael Hernando espetó "que se joda" tras interrumpir el acatamiento de Raül Romeva y recibir el toque de atención del presidente de la Cámara Alta
  • Taquigrafías del Senado no recogieron las palabras del senador del PP pero sí las fórmulas en catalán de los senadores de ERC y Junts per Cataluña, y en euskera de los de EH Bildu y PNV
infoLibre
contacta@infolibre.es @_infoLibre
Publicada el 22/05/2019 a las 17:14Actualizada el 22/05/2019 a las 17:42



El senador de ERC Raül Romeva y en prisión provisional y el presidente del Senado, Manuel Cruz, durante la sesión constitutiva de la Cámara Alta.

EFE
El diario de la sesión constitutiva del Senado del pasado martes ha omitido en su transcripción la interrupción y el "que se joda" del secretario de la Mesa, Rafael Hernando, al senador de ERC, Raül Romeva, durante su acatamiento a la Constitución. Sí ha incluido sin embargo las fórmulas en catalán y en euskera que pronunciaron algunos senadores para prometer ante la Carta Magna, informa Europa Press.



El Diario de Sesiones de la Cámara Alta no ha recogido la interrupción que hizo Hernando –que leía la lista de los senadores en ese momento– durante el acatamiento de Romeva, preso preventivo procesado por promover la independencia de Cataluña. El político conservador dijo el nombre del siguiente senador, Fernando Rosa Torner, mientras Romeva prometía acatar la Constitución en catalán. Una interrupción que detuvo con un gesto el presidente del Senado, Manuel Cruz, para inmediatamente después devolver la palabra al senador de ERC para que terminase.


Al finalizar la intervención de Romeva y éste dirigirse a su asiento, Hernando espetó "que se joda", haciendo referencia a la interrupción que previamente le había hecho al senador catalán independentista. El conservador pronunció las tres palabras en voz baja pero la expresión la captó su micrófono que estaba abierto en esos momentos. Tanto la interrupción como el comentario de Hernando no se han reflejado en el Diario de Sesiones que el Senado publica en su página Web y por tanto, no constará oficialmente que se han producido.


Sí incliye los acatamientos en catalán y euskera

El Diario de Sesiones del Senado sí ha incluido, en cambio, los acatamientos a la Constitución que los senadores de ERC, Junts per Cataluña, EH Bildu y PNVrealizaron en catalán y en euskera durante su intervención. En concreto, los senadores de ERC y Junts per Cataluña prometieron ante la Carta Magna en catalán y utilizaron la misma fórmula para hacerlo: "Por la libertad de los presos y presas políticos, por el retorno de los exiliados y exiliadas y hasta la república catalana, prometo por imperativo legal". Romeva se desligó de esta forma y prometió "hasta la proclamación de la república catalana y siempre comprometido con la libertad, la igualdad y la fraternidad, como preso político y por imperativo legal".

Por su parte, los parlamentarios de PNV y EH Bildu acataron la Constitución en euskera. "Por eso doy mi palabra. Prometo por imperativo legal", dijeron los dos senadores del PNV. En el turno del senador de EH Bildu, Gorka Elejabarrieta, manifestó: "Sí, la ley me obliga a hacerlo y para llegar a la República Vasca hasta que se obtenga".

Todos los juramentos fueron recogidos por parte de las taquígrafas de la Cámara Alta tal y como se pronunciaron, es decir, en ambos dialectos y sin traducción al castellano, siendo así fieles a la reproducción de las promesas de los senadores. Esta práctica ya se llevó a cabo en el diario de la sesión constitutiva de la última legislatura que tuvo lugar el 19 de julio de 2016, donde se también se transcribieron los acatamientos en catalán y en euskera que manifestaron varios senadores.

https://www.infolibre.es/noticias/p...MozUO8HfCjui6fes6UMh0cHzkUkWU7Ow_95zKNnAFSx_o


¡Ay ay, la luz y los taquígrafos.!
 
MEMES¿Es Valle-Inclán? ¿Gandalf el Gris? ¿Albus Dumbledore? No, es el diputado del PSOE que ha dirigido la constitución del Congreso.

Hombre de 73 años, larga barba blanca, gafas redondeadas… ¿Es Valle Inclán? No, es el diputado burgalés del PSOE Agustín Javier Zamarrón, el encargado de dirigir la sesión constitutiva del Congreso de los Diputados este martes, al ser el parlamentario de más edad entre los 350 representantes.

Su imagen no ha pasado desapercibida para los tuiteros que han llenado las redes de memes:

Ver imagen en Twitter






Galleto Fontanedo.@Coponnnn

Cómo estará la cosa de jodida que han tenido que poner de Presidente del Congreso a Sir Albus Percival Wulfric Brian Dumbledore.
Mis dieses.







Ver imagen en Twitter




Mxtiplitz@Mxtiplitz1
En respuesta a @DolorsBoatella @__Mariona

El Renacimiento

https://twitter.com/intent/like?tweet_id=1130761114445320194
12
11:03 - 21 may. 2019
https://twitter.com/Mxtiplitz1
Ver los otros Tweets de Mxtiplitz
https://twitter.com/Mxtiplitz1
Información y privacidad de Twitter Ads








BAT-AMANTA@Bat_amanta

#SesiónConstitutiva
Fuuuusión

https://twitter.com/intent/like?tweet_id=1130755705684799488
11
10:42 - 21 may. 2019
https://twitter.com/Bat_amanta
Ver los otros Tweets de BAT-AMANTA
https://twitter.com/Bat_amanta
Información y privacidad de Twitter Ads




Ver imagen en Twitter



Albert Rivera, Slytherin!
Casado y Abascal, vosotros a Hufflepuff, que no pintáis nada.




Ver imagen en Twitter



Me gusta éste segoviano afincado en Miranda de Ebro donde ha ejercido la noble profesión de la medicina.

Me gusta su forma de conducirse y su retranca.



 
Hernando podría ser reprobado por su “que se joda”
El miembro de la mesa del Partido Popular intentó interrumpir al exconseller Romeva mientras juraba su cargo "como preso político y por imperativo legal"

ANDREA VOINESCU Jueves, 23 de mayo de 2019
el-diputado-nacional-del-pp-por-almeria-rafael-hernando.jpeg



El diputado nacional del PP por Almería Rafael Hernando

La XIII legislatura vino marcada por una sesión constitutiva bronca, donde las grandes protagonistas fueron las fórmulas utilizadas por los diputados al jurar sus cargos.

En el Senado la polémica vino de la mano del exconseller en prisión preventiva, Raül Romeva, que prometió su cargo “como preso político y por imperativo legal”. Mientras lo hacía, Rafael Hernando, miembro de la Mesa de la Cámara Alta intentó interrumpirle, momento que fue evitado por el presidente de la cámara, el socialista Manuel Cruz.


Las palabras del exconseller generaron los aplausos de su bancada pero también la reacción de Hernando que espetó, “que se joda… el desgraciado”. Palabras que se colaron a través del micrófono de la mesa.

Los senadores de Esquerra han querido manifestar su malestar por lo ocurrido y han realizado un escrito que han registrado en la Cámara Alta en el que recuerdan que según el reglamento, “quién esté en uso de la palabra solo podrá ser interrumpido para ser llamado al orden por el Presidente”.

Asimismo, muestran su disconformidad por las palabras proferidas por Hernando y solicitan reprobar al popular por “la interrupción a Romeva en el procedimiento imperativo de acatamiento de la Constitución y por las palabras ofensivas dirigidas contra él”.




https://www.elplural.com/politica/hernando-podria-ser-reprobado-por-su-que-se-joda_216998102
 
Atentado contra la división de poderes


La cobardía del Tribunal Supremo es inaudita. Escurrir el bulto, en lugar de dar la cara, es lo peor que puede hacer un órgano que quiera ser respetado

No puede transferir su responsabilidad a nadie. También así se atenta contra la división de poderes

La decisión que ha adoptado el Tribunal Supremo no es una decisión jurisdiccional, sino una decisión política

Javier Pérez Royo
33 comentarios

23/05/2019 - 21:55h
Congreso-resuelve-ubicacion-hemiciclo-convergentes_EDIIMA20160809_0251_21.jpg

Hemiciclo del Congreso de los Diputados.

El miércoles 8 de mayo, el que fuera Letrado Mayor del Parlament de Catalunya, Antoni Bayona, publicó en Agenda Pública un artículo con el título: "La inmunidad parlamentaria irrumpe en el juicio del "caso procés", en el que, tras analizar detenidamente la legislación aplicable, llegaba a la conclusión de que "los representantes electos el pasado 28 de abril afectados por el juicio del "caso procés" gozan de inmunidad desde el momento de su proclamación como electos, lo que obligaría a suspender el juicio contra ellos mientras las cámaras no resolvieran el suplicatorio que, necesariamente, debiera pedir el Tribunal Supremo para continuar el procedimiento". En el último párrafo del artículo advertía de que, gustara o no gustara, eso es lo que se desprende de la Ley: "La Justicia española debería andar con pies de plomo para evitar errores en una cuestión tan delicada como esta. El Estado de Derecho no puede permitirse ninguno más como el que nos ha obsequiado recientemente la Junta Electoral Central", en clara referencia a la exclusión de Puigdemont de la lista a las elecciones al Parlamento Europeo.

El Tribunal Supremo, como sin duda el lector sabe, no tomó en consideración la advertencia de Antoni Bayona y el 14 de mayo dictó un Auto, en el que no consideró que la elección de cuatro procesados como diputados y uno como senador le obligaba a poner fin a la medida de prisión provisional, dirigir a continuación el suplicatorio a las cámaras y suspender el juicio hasta tanto éstas se hubieran pronunciado.

Parecería que el Tribunal Supremo tenía claro qué es lo que tenía que hacer y que no tenía duda de que su decisión se ajustaba a Derecho. Los términos en que se expresa en el Auto son muy rotundos.

Sin embargo, no era así. El Tribunal Supremo tenía, como mínimo dudas, de que pudiera hacer lo que estaba haciendo y de que no tuviera razón el Letrado Mayor del Parlament. Y por eso, tras argumentar el Auto de la forma en que lo hace, no extrae la conclusión de suspender a los cinco parlamentarios en el ejercicio de la función para la que han sido elegidos, sino que escurre el bulto y desplaza la responsabilidad a la Mesa del Congreso y del Senado.

Tengo dudas de que pueda hacer lo que estoy haciendo, pero no tomo la decisión de suspender a los parlamentarios, con lo cual la decisión que adopto no es sustantiva, sino meramente procesal y no puede ser recurrida. Podrá ser alegada, una vez finalizado el proceso y cuando ya se haya dictado sentencia, en el eventual recurso que se presente contra ella. Pero, para entonces, habrá pasado mucho tiempo. Mientras tanto, transfiero la responsabilidad de tomar la decisión de suspender a las Mesas de las Cámaras, con lo que les impongo a ellas la obligación de actuar de una manera que no estoy seguro que sea constitucionalmente aceptable. Argumento de una manera, pero me arrugo a la hora de extraer la conclusión de la argumentación.

La cobardía del Tribunal Supremo es inaudita. Escurrir el bulto, en lugar de dar la cara, es lo peor que puede hacer un órgano que quiera ser respetado. Cuando uno no se respeta a sí mismo, es difícil que lo respeten los demás. Y eso es, justamente, lo que ha hecho el Tribunal Supremo con su Auto del 14 de mayo y con la simultánea traslación de su responsabilidad a las Mesas del Congreso y del Senado. Si, en opinión del Tribunal Supremo, los parlamentarios tienen que ser suspendidos, es él el que tiene que tomar la decisión. Esa no es una decisión política, sino jurisdiccional. No puede transferir su responsabilidad a nadie. También así se atenta contra la división de poderes.

La decisión que ha adoptado el Tribunal Supremo no es una decisión jurisdiccional, sino una decisión política y una decisión que encaja como un guante en la estrategia que están poniendo en marcha Ciudadanos como punta de lanza, pero con el concurso inmediato de PP y Vox. Con el argumento de no interferir en la política parlamentaria, lo acaba haciendo en grado superlativo. Es una manera de contribuir a tensionar todavía más la ya de por sí tensionada vida parlamentaria en este comienzo de la legislatura. ¿Se entiende por qué el senador Cossidó escribió su tristemente famoso WhatsApp?

En la próxima semana, si Oriol Junqueras es proclamado candidato electo el domingo 26, quedará al descubierto la artera manera de proceder del Tribunal Supremo. ¿Se atreverá a dirigirse a la Mesa del Parlamento Europeo para que suspenda al euro parlamentario Junqueras en el ejercicio de la función para la que ha sido elegido? Las mesas de las Cámaras harían bien en ser prudentes y no precipitarse.

https://www.eldiario.es/zonacritica/Atentado-division-poderes_6_902269797.html


¿Cuanto mas nos queda por ver de Llarena, Marchena y Cía?
 
Diputados suspendidos: la investidura de Pedro Sánchez podría sólo depender de Coalición Canaria
Viernes, 24 mayo 2019 - 13:39


15586947234797.jpg


Pedro Sánchez y Ana Oramas, en la ronda de contactos que desembocó en la investidura fallida del líder socialista en 2016. ANTONIO HEREDIA
La Mesa del Congreso ha ejecutado la suspensión automática que le impone el artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, para los casos de cargos públicos que estén procesados en firme por un delito de rebelión y en situación de prisión provisional. La decisión se ha tomado después de que la Mesa del Congreso votase a favor de aplicar el dictamen solicitado a los letrados de la Cámara por su presidenta, Meritxell Batet. Los efectos de la suspensión se retraen al momento en que Oriol Junqueras, Josep Rull, Jordi Turull y Jordi Sànchez adquirieron la condición de diputados: es decir, desde que expresaron el acatamiento de la Constitución en la sesión constitutiva de las Cortes.

Junqueras, Turull, Rull y Jordi Sànchez no podrán ejercer ninguna de las funciones correspondientes a los diputados, ni asistir en persona a Plenos o comisiones, ni votar telemáticamente, ni delegar su voto en otro diputado. No podrán ejercer tampoco ninguna de las prerrogativas inherentes al cargo, como las que se desprenderían de la inmunidad parlamentaria.

Mientras se da esta situación, los números oficiales para la investidura de Pedro Sánchez indican que, por la falta de un par de votos, los 15 diputados de ERC resultarían imprescindibles para convertirle de nuevo en presidente del Gobierno. Ya sea por activa -con su voto a favor- o por pasiva -por su abstención-. Sin embargo, podría existir una carambola para aupar a Sánchez sin necesidad de contar con los votos del partido secesionista catalán.

Si sus respectivos grupos parlamentarios no deciden la sustitución de los diputados suspendidos por otros candidatos de sus listas, en el Congreso actual sólo pueden votar válidamente 346 parlamentarios en lugar de los 350 habituales. Estos cuatro no pueden delegar el voto porque el artículo 79.3 de la Constitución establece que "el voto de diputados y senadores es personal e indelegable". No es el mismo caso que en 2018, cuando el juez Pablo Llarena sí había autorizado a los mismos políticos, entre otros, a que delegasen su voto después de que fueran suspendidos como diputados del Parlament, porque en este caso el Reglamento de la Cámara autonómica tiene una previsión específica que faculta esa delegación.

Pero el líder del PSOE podría tener vía libre para seguir en La Moncloa una vez que los cuatro diputados -uno de ERC, Oriol Junqueras; y tres de JxCAT, Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull- han sido suspendidos por su situación judicial. En el caso de que no renuncien a su escaño, los cuatro parlamentarios dejarían a la Cámara con sólo 346 diputados hábiles para votar, en lugar de los habituales 350.

Son sólo cuatro menos, pero con los resultados tan ajustados que dejaron las urnas el 28-A, pueden suponer la diferencia.

Esta situación aritmética tiene alguna variante (347 diputados) si Junqueras renuncia al acta y corre la lista, algo que hará casi con toda probabilidad si consigue un puesto en las elecciones europeas del próximo 26-M. No está claro con los otros tres, que si no renuncian dejarán el Congreso con tres diputados menos.

Este nuevo escenario trasladado a una investidura modifica la cifra de votos a favor que un candidato necesita para ser proclamado presidente del Gobierno. Esta cifra siempre ha sido de 176 votos a favor en una primera votación -mayoría absoluta- y mayoría simple en la segunda. Con el Congreso íntegro, Pedro Sánchez tiene prácticamente asegurados 173 votos (PSOE, Podemos, PNV, Compromís y PRC) frente a 175 noes (PP, Ciudadanos, Vox, Navarra Suma, ERC, JxCat y Bildu). Coalición Canaria (dos escaños) es duda, pero ya ha afirmado que no apoyará la investidura.

Con un Congreso con cuatro diputados independentistas menos, sin embargo, esa votación quedaría 173 a favor y 171 en contra. Todo quedaría en manos de los dos diputados de Coalición Canaria, que tendrían que facilitar la investidura mediante una abstención.

Así, Sánchez podría salir investido como presidente sin el aval directo de los independentistas catalanes, pero gracias a ellos por la vía indirecta de los presos del 1-O.

El problema para Sánchez es que en este escenario de 346 diputados pasaría de depender de ERC para estar en manos de Coalición Canaria, que con su voto decidiría la suerte de Sánchez. Si los canarios votan en contra, como vienen anunciando, se produciría un empate a 173 entre el bloque del sí y el bloque del no y Sánchez no sería presidente. En cambio, si la formación canaria decidiese abstenerse rompería ese empate a favor del líder socialista. Esta posible abstención no está contemplada ahora mismo por Coalición Canaria.

¿Por qué no ha sido necesario que el Tribunal Supremo solicitase al Congreso un suplicatorio para suspender a los políticos? El Alto Tribunal razonó en su auto del reciente 14 de mayo que esa previsión, recogida en el artículo 71 de la Constitución y en el artículo 21 del Reglamento del Congreso, se aplica a quienes siendo diputados van a ser imputados por algún delito durante la instrucción de un procedimiento. En este caso, al contrario, los políticos independentistas presos adquirieron la condición de cargo público cuando ya estaban procesados y de hecho estaban siendo juzgados.

Con toda esta problemática, otra pregunta que surge es ¿por qué se les permitió presentarse a las elecciones y tomar posesión del escaño si iban a ser suspendidos? Al fin y al cabo, tanto la Ley de Enjuiciamiento Criminal como el reglamento del Congreso dejan bien claro que la suspensión ha de producirse. Pero el vacío está en que en España ninguna ley declara inelegibles a los ciudadanos que se encuentren en sus circunstancias hasta que no hayan sido condenados en firme a penas que impliquen una inhabilitación.

La suspensión que se les ha aplicado, además, sería automáticamente levantada si en algún momento cesara la situación de prisión provisional o si finalmente resultasen absueltos o condenados a penas que no impliquen inhabilitación. Si cualquiera de esos casos se produjera durante la presente legislatura, los diputados independentistas presos recuperarían la plenitud de sus derechos. Quedaría confirmada irrevocablemente esta suspensión actual, por tanto, en el caso contrario de que fuesen condenados en sentencia firme
 
Back