El PP defiende a Pablo Casado: "No hay nada que temer; su caso no es el mismo que el C.Cifuentes

Ya no abro otro hilo ¡Para que!

El portavoz del PP en el Senado leyó su tesis ante un tribunal de afines y diputados con Montoro al frente


El tribunal de Cosidó estaba formado por un histórico de la UCD, un colaborador de FAES, dos diputados del PP y un condenado por robar 128.000 euros con las black

El exdirector de la Policía ejercía de asesor del grupo parlamentario del PP cuando dos de sus diputados evaluaron su tesis

Cosidó es el impulsor del pleno monográfico que la mayoría del PP en el Senado programa en la Cámara Alta para que Sánchez explique su tesis

Gonzalo Cortizo
26/09/2018 - 21:11h
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El PP forzará la comparecencia de Sánchez en el Senado sobre su tesis EFE

El portavoz del Partido Popular en el Senado y exdirector de la Policía Ignacio Cosidó contó con un tribunal de afines y diputados del PP para sacar adelante la tesis que leyó en 1994 cuando él mismo ejercía como asesor del grupo parlamentario popular y tras desempeñar cargos de responsabilidad en Nuevas Generaciones del PP (secretario de Acción Política). Cosidó, alineado con Casado en el proceso de primarias del PP y su mano derecha en el Senado, será el encargado de interrogar al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en el Pleno monográfico que los populares ya han programado en la Cámara Alta para que explique las supuestas irregularidades que el PP denuncia en la tesis del presidente. La fecha de la comparecencia del presidente todavía está por cerrar.

Una de las acusaciones que el PP ha dirigido contra Sánchez es que el tribunal que juzgó su tesis no contaba con las mínimas garantías académicas. Cosidó, será el portavoz que interpele al presidente. En su caso, el tribunal que evaluó su tesis estaba formado por un dirigente histórico de la UCD, un colaborador de FAES, dos diputados del grupo parlamentario del PP, del que Cosidó era asesor, y un quinto integrante condenado años después por apropiarse de 128.000 euros con las black de Caja Madrid.

Cosidó leyó en 1994 su tesis bajo el título, "La Economía de la Defensa en España". El trabajo analiza el gasto en Defensa en la década entre 1982 y 1992. La tesis del portavoz del PP en el Senado está rodeada de opacidad. Cosidó decidió no publicarla en la plataforma TESEO, por lo que no es de acceso público en formato digital. Tan solo se puede consultar un breve resumen sobre el objeto del trabajo. Fuentes del grupo parlamentario en el Senado aclaran que la tesis de Cosidó está publicada y disponible en librerías en formato papel.

eldiario.es ha solicitado al PP en el Senado una copia de la tesis de Cosidó en formato digital pero desde esta formación aseguran que solo están en condiciones de facilitar una copia en papel. Fuentes del PP aclaran que les resulta "imposible" obtener una copia electrónica de una tesis que se realizó hace más de veinte años y con formatos que ya no son compatibles con los actuales. "Grabó la tesis en un disco flexible de los que se utilizaban entonces", aseguran en la formación conservadora.

Tribunal de afines y diputados
Los cinco miembros que formaron parte del tribunal de tesis de Ignacio Cosidó tienen relación directa con el mundo político y son mayoritariamente de la órbita del Partido Popular. El más conocido del grupo es Cristobal Montoro. El exministro de Hacienda era ya diputado en el Congreso en los días en los que le tocó juzgar la tesis del actual portavoz de su partido en el Senado. En ese tribunal estaba también Luis Gamir Casares, también diputado del PP en el tiempo en el que Cosidó sometió su trabajo a examen.

Los otros tres miembros del tribunal de Cosidó también tienen relación directa con la política. Javier Tusell, persona muy destacada del mundo cultural y exconcejal de UCD en el Ayuntamiento de Madrid (1979) y alto cargo en el Ministerio de Cultura hasta el año 1982 con el mismo partido, es quizás el miembro con más distancia respecto al PP de los cinco que conformaron ese tribunal.

Florentino Portero es el cuarto de la lista. Miembro fundador del Grupo de Estudios Estratégicos (GEES) y colaborador de FAES, fue autor del artículo "La España menguante de Zapatero".

El quinto de la lista de personas que decidieron sobre la calidad del trabajo del dirigente popular fue Juan Gómez Castañeda. Vinculado a Izquierda Unida, fue secretario de la Comisión de Control de Cajamadrid en los años en los que el Partido Popular gobernaba la caja y repartía tarjetas black entre sus principales dirigentes. Gómez Castañeda acabaría siendo condenado por la Audiencia Nacional por un delito de apropiación indebida en relación al uso de la tarjeta black que se le condedió y con la que se gastó más de 128.000 euros.

https://www.eldiario.es/politica/PP-Senado-diputados-condenado-Cajamadrid_0_818218584.html

¿Cuantas licenciaturas se han dado como boletos en una tómbola sin mérito alguno? Bueno méritos, sí, ser familiar, amigo de...
 
La Audiencia Provincial respalda a la jueza del caso Máster contra el criterio de la Fiscalía del Supremo


Los jueces descartan que haya hecho una investigación "prospectiva", como dijo el fiscal en su escrito sobre Pablo Casado

Rechazan un recurso de Álvarez-Conde y la funcionaria Amalia Calonge en el que ambos alegaron que se estaba extralimitando en su instrucción

"Difícilmente podría el juzgado indicar a la Policía que no investigue unos hechos delictivos", señala el auto

Elena Herrera
28/09/2018 - 12:34h
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La juez imputa a Enrique Álvarez Conde, director del máster de Cifuentes EFE

La jueza pide a los fiscales del caso Máster que aclaren si asumen la tesis de sus compañeros del Supremo sobre Casado
La Audiencia Provincial de Madrid ha rechazado la pretensión del exdirector del Instituto de Derecho Público de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) Enrique Álvarez-Conde de que se considere "prospectiva" la investigación que se sigue en el juzgado sobre las irregularidades en los títulos expedidos en ese centro y que acabó con la dimisión de Cristina Cifuentes y tiene pendiente de lo que decida el Supremo sobre Pablo Casado.



Enrique Álvarez-Conde y Amalia Calonge, la funcionaria que modificó las notas de la expresidenta regional, habían presentado un recurso contra determinadas decisiones de la jueza que instruye esa causa, Carmen Rodríguez-Medel, alegando que se estaba excediendo en sus investigaciones, buscando delitos más allá de los indicios y las pruebas recabadas. El catedrático y la funcionaria pretendían, de esa manera, anular la instrucción razonando que se había abierto una causa general contra ellos.

La decisión de los jueces de la Sección 16 de la Audiencia Provincial supone un espaldarazo para Rodríguez-Medel y va también en contra del criterio de la Fiscalía del Tribunal Supremo, que hace una semana se mostró partidaria de no investigar al líder del PP explicando que hacerlo sería algo "meramente prospectivo". El escrito firmado por el teniente fiscal del Supremo, Luis Navajas, concluía que "no existen indicios incontestables de la existencia de responsabilidad penal por parte del aforado, ni ha quedado acreditado de forma alguna, ni siquiera indiciaria, que existiera concierto del señor Casado Blanco con cualquiera de los demás investigados".

Por contra, la Audiencia Provincial establece en un auto que la "investigación ordenada en absoluto puede considerarse prospectiva, al centrarse en unos hechos concretos, que pudieran estar en relación de continuidad delictiva con otros y no en una causa general contra determinada persona o personas, analizando su conducta en su globalidad".

Los magistrados explican que en la investigación prospectiva "se parte de una persona y se le somete a una especie de causa general, en averiguación de todas las conductas delictivas que puedan atribuírsele". Y reiteran que este "no es el caso que nos ocupa". "En la situación que nos ocupa –continúa la resolución–, se parte de unos hechos claros, perfectamente definidos, sin perjuicio de a quien puedan imputarse y cuál sea finalmente su calificación jurídica", añaden.

"Difícilmente podría el juzgado indicar a la Policía que no investigue unos hechos delictivos o que no ponga en su conocimiento hechos relacionados con los anteriores, si al hilo de la investigación policial surgen nuevas cuestiones, nuevos hechos delictivos o sencillamente hechos delictivos similares o iguales en relación de continuidad delictiva. Francamente, tal situación, que es lo que parece pretender la defensa de los investigados, alteraría el buen hacer procesal de cualquier instrucción judicial", concluyen los magistrados de la Audiencia Provincial.

https://www.eldiario.es/politica/Audiencia-Provincial-Master-Fiscalia-Supremo_0_819268294.html


Ahora que el TS ha dicho amén a la Fiscalía ¿Como queda éste caso en el que diferentes personas dependiendo de su no aforamiento están imputadas y el que está aforado no es ni siquiera llamado a declarar?

¿Como comemos eso sabiendo que al que se le ha protegido es la persona que electa en unas próximas elecciones a ser presiente de Gobierno por el PP?
 
Casado limpio. Sánchez en cambio crisis profunda de ministros. No da una Dr Sanchez
 
Casado limpio. Sánchez en cambio crisis profunda de ministros. No da una Dr Sanchez

Pues va a ser que no...Que le han hecho un favor...Eso en cuanto al asunto penal, porque en el asunto ético que es un plus que se les exige a los políticos y más cuando se aspira a ser presidente de un estado deja mucho que desear. Y ya no hablo de la deudora y morosa de Hacienda que tiene a su lado en la foto...

El Supremo rechaza investigar a Pablo Casado por su máster aunque ve indicios de "trato de favor"


El alto tribunal no admite a trámite la exposición razonada de la jueza de Madrid que vio en su actuación indicios de prevaricación y cohecho impropio

Sí reconoce la existencia de "indicios" de un "trato de favor" que "pudiera merecer otro tipo de consideraciones ajenas al derecho penal"

La Fiscalía se opuso a esta investigación al alegar que no hay "dato alguno" que avale que el líder del PP obtuvo su posgrado en la URJC de forma fraudulenta

Elena Herrera
102 comentarios

28/09/2018 - 13:42h
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El líder del PP, Pablo Casado, en la sesión del control al Gobierno EFE



El Tribunal Supremo no investigará el máster que Pablo Casado cursó en la Universidad Rey Juan Carlos. La Sala de lo Penal ha rechazado admitir a trámite la exposición razonada de la jueza de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel, que solicitaba la apertura de una investigación por los delitos de prevaricación y cohecho impropio en relación a esos estudios. Los jueces del alto tribunal acuerdan no abrir causa penal al no apreciar "indicios consistentes" de su participación delictiva, aunque sí admiten la existencia de "indicios" de que recibió un "trato de favor" que " pudiera merecer otro tipo de consideraciones ajenas al derecho penal".



El pasado viernes, la Fiscalía ya se pronunció en contra de que se investigara a Casado por este asunto. En su escrito, el Ministerio Público aseguró que "no existe dato alguno que avale, ni siquiera de forma indiciaria" que el líder del PP se concertara con el director del Instituto de Derecho Público, Enrique Álvarez Conde, para obtener su máster de forma fraudulenta. Esa falta de concierto, razonaba la Fiscalía, es lo que impide imputarle el delito de prevaricación. La Sala asume ese criterio y concluye que no concurre el concierto de voluntades previo o simultáneo que requiere ese delito, si bien no llegar a afear a la jueza haberse extralimitado en sus investigaciones como sí apuntó el Ministerio Público.

En su auto, con ponencia del magistrado Miguel Colmenero, el alto tribunal explica que la cooperación necesaria en el delito de prevaricación administrativa se produce cuando el sujeto coopera a la ejecución de un delito con un acto sin el cual no se habría ejecutado. Añade que la jurisprudencia exige, de un lado, un concierto de voluntades con el autor, que puede ser previo o, cuando menos, simultáneo al acto prevaricador; y, de otro lado, una aportación esencial a la ejecución, que generalmente se produce en la fase de preparación. En tercer lugar, indica que el cooperador tiene que actuar con un doble dolo: conocer el plan del autor y saber que con su aportación coopera a su éxito.

En su exposición razonada , la jueza Rodríguez-Medel concluía que al hoy presidente del PP le regalaron el título "a modo de prebenda o dádiva". Casado obtuvo el máster sin ir a clase y siéndole convalidadas todas las asignaturas a excepción de cuatro, que aprobó con sobresaliente con otros tantos trabajos que sumaban entre todos 92 páginas. El Supremo ve en estas actuaciones indicios de que hubo un "trato de favor", pero no de que existiera un acuerdo previo entre Casado y los responsables del máster para obtener privilegios respecto al resto de alumnos.

Sobre las convalidaciones recuerda que la jueza Rodríguez-Medel ya reconoció que eran lícitas y concluye que pueden deberse a un "irregular" comportamiento de los responsables del máster y que no son indicativas de la comisión de un delito por parte de Casado. Respecto a la inasistencia a clase, la Sala afirma que "tampoco es indicativa de un acuerdo previo". Y da otro pequeño rapapolvo a la jueza al sostener que la importancia de ese aspecto es "relativa", pues en su exposición razonada ya reconocía que no se pasaba lista y que en una asignatura puntuaba solo con un 10%.

Respecto al delito de cohecho impropio, el tribunal subraya que la valoración de los hechos debe realizarse en relación con la posición del aforado en el momento de su ejecución, cuando era diputado de la Asamblea de Madrid, por lo que "deberá existir alguna vinculación apreciable entre el regalo que se dice recibido en la exposición razonada y su función como tal diputado". Según los magistrados, el hecho de que fuera presidente de Nuevas Generaciones del PP tampoco implica la condición de autoridad o funcionario público.

El cohecho prescribe a los cinco años y Casado cursó el máster en el curso 2008/2009, por lo que el Ministerio Público ya señaló que no podría ser investigado por ese delito y no llegó a profundizar en la cuestión. Sin embargo, la jueza Rodríguez-Medel sí consideró que es un delito conexo al de prevaricación administrativa, que aún no ha prescrito y en el que, a su juicio, Casado cooperó para su comisión. La Sala asume de nuevo en este punto el criterio de la Fiscalía y concluye que "excluida la consistencia de los indicios respecto de la comisión [del delito de prevaricación], no es necesario el examen del mismo".

https://www.eldiario.es/politica/Pablo-Casado-Tribunal-Supremo_0_818918239.html
 
Todo lo que olvida el Supremo para salvar a Pablo Casado


El Supremo ha decidido que no hay siquiera pistas suficientes como para que merezca la pena investigar al presidente del PP en un auto repleto de inconsistencias y omisiones

Ignacio Escolar
53 comentarios

28/09/2018 - 22:36h
La justicia no es igual para todos. No lo ha sido para el presidente del PP. La decisión del Tribunal Supremo sobre su máster es, simple y llanamente, el enésimo ejemplo de que la separación de poderes en España está muy lejos de funcionar como debería en una democracia europea, como aquellas a las que nos queremos parecer.



Gracias al aforamiento, gracias a la forma en que se escogen a los jueces del Supremo, los políticos nombran a los que nombran a quienes les van a juzgar. Luego llegan estas decisiones. Todo por casualidad.

Para entender lo ocurrido con Pablo Casado, primero es importante comprender una cosa fundamental. Lo que hoy ha decidido el Tribunal Supremo sobre su máster regalado no es una sentencia. No es el resultado de un juicio, tras una investigación, donde después de repasar los hechos, escuchar a los testigos y contrastar las pruebas, un tribunal decide que Pablo Casado es inocente.

No es eso lo que ha pasado. Es mucho peor. El Tribunal Supremo, con los numerosos hechos que hoy conocemos sobre su máster regalado, considera que no existen "indicios consistentes" para investigar al presidente del PP. No es que Casado haya sido juzgado y exculpado. Es que el Supremo ha decidido que no hay siquiera pistas suficientes como para que merezca la pena investigar al presidente del PP.

Lo hace en un auto, que no una sentencia, plagado de inconsistencias y omisiones. Este es un repaso documentado a lo que ha puesto por escrito el máximo tribunal español. Entre negritas, algunos de los párrafos del Supremo que conviene resaltar.

"En la exposición razonada (de la jueza) se consideran indicios de la participación del aforado en el presunto delito de prevaricación los siguientes: se matricula en el master y paga las tasas; aporta su expediente académico; solicita el reconocimiento de créditos, y acepta el título y lo utiliza. Más adelante, en la misma exposición se añade el reconocimiento de 40 créditos; la inasistencia a las clases, y la calificación de las cuatro asignaturas sin rastro documental de la aportación de trabajos".

No son estos los únicos indicios de delito que la jueza Carmen Rodríguez Medel encontró en la investigación del máster de Pablo Casado. La jueza enumera seis datos más que el Supremo ignora en su auto, y que son claves para documentar la posible complicidad de Casado en la presunta prevaricación del catedrático Enrique Álvarez Conde, que es quien le regaló el máster al presidente del PP.

El primero, que Casado no solo no fue a las clases. Tampoco fue a los exámenes, que sí realizaron los alumnos normales de ese máster.

El segundo. Que todos los alumnos VIP –Casado y las otras tres que aún siguen imputadas– sacaron exactamente las mismas notas: cuatro sobresalientes. Ya es casualidad.

El tercero. Que todos los alumnos VIP recibieron exactamente las mismas convalidaciones, que solicitaron todos ellos a la vez. Y que las tres que sí están imputadas han declarado ante la juez que fue Enrique Álvarez Conde quien les dijo que las solicitaran.

El cuarto, que Casado y los demás alumnos VIP tardaron solo quince días en merecer tres de esos cuatro sobresalientes. “Es poco verosímil –escribe la jueza Rodríguez Medel– que en ese plazo los alumnos del grupo escogido que no iban a clase fueran tan productivos como para lograr, todos ellos, la calificación de sobresaliente en tres de las cuatro asignaturas”.

El quinto, que una de esas alumnas VIP ya ha confesado la mayor: que no hizo nada de nada a cambio de ese título y que fue Álvarez Conde quien se lo regaló.

Y el sexto, que estos “indicios” no son una excepción individual. Pablo Casado no es un caso aislado. Es solo uno más entre otros muchos alumnos de distintos cursos a los que Enrique Álvarez Conde aprobó sin merecerlo en un chiringuito académico, que está siendo investigado por la justicia por su evidente corrupción institucional.

El Supremo ignora todos estos indicios y tampoco dice nada en su auto sobre la mínima investigación que plantea la juez: interrogar a Casado y pedirle los trabajos que dice que hizo y el viejo ordenador donde dice que los encontró. ¿Ayudaría esta investigación a aclarar lo que ocurrió? Sin duda alguna. Pero el Supremo se niega a permitir esta mínima indagación.

"El reconocimiento de 40 créditos se reconoce en la exposición razonada que era lícito, por lo que no puede ser indicativo de la comisión de una conducta delictiva. Es cierto que otros alumnos no lo solicitaron, lo cual puede deberse a un, cuando menos, irregular comportamiento de los responsables del máster, pero no supone responsabilidad penal alguna por parte del aforado.”

No es solo que los otros alumnos no solicitaran las convalidaciones de 18 de las 22 asignaturas (el reconocimiento de créditos). Es que a ninguno de ellos se les dijo siquiera que podían recurrir a ese atajo para aprobar sin ningún esfuerzo.

Solo los alumnos VIP –las tres imputadas y Pablo Casado– pidieron y recibieron las convalidaciones. “El resto de los alumnos eran también licenciados en su gran mayoría y, sin embargo, nadie les informa de esta posibilidad que tan ventajosa les resultaba para obtener el master”, explica en su escrito al Supremo la jueza Rodríguez Medel.

Por otro lado, tampoco es del todo exacto que la jueza diga que ese reconocimiento de crédito es lícito. Dice muchas más cosas sobre esas convalidaciones, que el Supremo ignora en su auto: que se trata de una “interpretación generalizada de la normativa aplicable” y que “ninguna de estas solicitudes de reconocimientos de créditos cumplen con los requisitos detallados en las instrucciones de la propia universidad”.

Enrique Álvarez conde fue quien informó –solo a los VIP– de esas convalidaciones. Álvarez Conde fue quien aprobó –solo a los VIP– esas convalidaciones. Pero dice el Tribunal Supremo que no existe indicio alguno de que los alumnos enchufados por Álvarez Conde concertaran con Álvarez Conde una prevaricación.

"En cuanto al uso del título, se trataría, en todo caso, de un hecho posterior a la consumación del delito de prevaricación y, por lo tanto, irrelevante penalmente, bien se cometa ésta al calificar las asignaturas con sobresaliente sin mérito académico alguno o bien se entiende que se cometa al expedir el título, con la misma carencia de merecimientos".

Que Pablo Casado usase el título en su currículum no es irrelevante, aunque no sea un delito presumir de un título regalado. Demuestra que Casado sabía que tenía ese título.

Es un dato importante por una razón. Si a Casado le hubieran regalado el título sin que él se diera cuenta, no lo habría añadido a su currículum. Es raro, pero podría pasar. Imagínense que Enrique Álvarez Conde prevarica y aprueba sin merecerlo a Casado, pero Casado no se entera de ello y por tanto ni lo pone en su currículum. De haber ocurrido eso, sería más dudoso que Casado hubiese tenido algo que ver con la prevaricación.

Pero que el líder del PP aún mantenga en su currículum oficial un “máster en derecho autonómico por la URJC” significa que es consciente de que le dieron ese título oficial. Y también es consciente, como explica la juez Rodríguez Medel, de que lo hizo sin ir a clase, sin ir a los exámenes, convalidando 18 de 22 asignaturas y sacando sobresalientes a toda velocidad.

¿Acaso Casado cree que la Universidad española funciona así? ¿Que con cuatro trabajos –como mucho, porque ni siquiera eso está demostrado– te regalan un título oficial que al resto de los mortales les cuesta un año de esfuerzos?

"En lo que se refiere a la inexistencia (sic) a clase, puesta en relación con el aprobado posterior, tampoco es indicativa de un acuerdo previo. La importancia es relativa, pues en la exposición razonada se reconoce que no se pasaba lista…"

Una vez más el Supremo solo lee en el escrito de la jueza aquello que le viene bien. Copio y pego todo lo que dice Carmen Rodríguez Medel sobre cómo Pablo Casado aprobó con sobresalientes un máster presencial, sin pisar las clases ni los exámenes.

"Los alumnos del grupo ordinario señalan la importancia que le daban los profesores a la asistencia, que imponían tareas de clase en clase, que se exponían públicamente trabajos, que percibían la misma como obligatoria, que les generaba un esfuerzo notable ir y a pesar de ello lo hacían por entender que era lo requerido. Iban nada menos que cuatro días a la semana, de 16 a 20 horas, de lunes a jueves, de octubre a marzo.

Uno de los testigos, de manera extraordinariamente gráfica, relató que tan interiorizado tenía que eran obligatorias que hizo un esfuerzo personal extraordinario para compatibilizarlas con su trabajo: a la salida de su jornada laboral tenía que comer en el tren, así durante los varios meses que duraron las clases, pues de otro modo no llegaba a ellas tras su salida del trabajo. Reconocen los alumnos, eso sí, que no se pasaba lista".

De todo esta explicación, los jueces del Supremo se quedan solo con un dato: que no se pasaba lista. Todos lo demás indicios desaparecen de su argumentación.

"Aunque pueda considerarse que de las actuaciones resultan indicios de que se ha dispensado un trato de favor al aforado, y que ello pudiera merecer otro tipo de consideraciones ajenas al Derecho Penal y, por lo tanto, a la competencias que la Constitución y la Ley atribuyen a esta Sala, de la exposición razonada no resultan indicios consistentes"

Al menos el Tribunal Supremo admite algo: “indicios de un trato de favor”. Un trato de favor que consistió en un regalo evidente: un título oficial en una Universidad pública. Un claro trato de favor que quedará impune, para mayor insulto a todos los estudiantes que se esfuerzan cada año en la Universidad.

El Supremo, de ese modo, hace una distinción: existen indicios del trato de favor, del regalo, pero ese regalo –el cohecho impropio– es un presunto delito que está prescrito. Pero no hay indicios de la cooperación para la prevaricación, el otro delito que la jueza apunta en Casado.

El presidente del PP se libra así de su responsabilidad, pero no porque los hechos sobre su máster regalado sean ahora falsos. Es más, el propio Tribunal Supremo concluye que no hay ningún indicio de que Casado cursara el máster. Pero al mismo tiempo, dice que esos indicios no son suficientes como para citarle a declarar como imputado.

Es importante recordar este matiz, ahora que los voceros del PP piden a "sus adversarios" que "pidan disculpas a Pablo Casado". ¿Disculpas por qué? ¿Por decir que le regalaron un máster? Sigue siendo la verdad.

"La valoración de los hechos debe realizarse en relación con la posición del aforado en el momento de su ejecución, cuando era Diputado de la Asamblea de Madrid, por lo que deberá existir alguna vinculación apreciable entre el regalo que se dice recibido en la exposición razonada y su función como tal Diputado".

Y claro que existe una vinculación apreciable, aunque es cierto que este último dato –desvelado esta semana por eldiario.es– no aparece en el escrito que hace unos meses escribió la jueza Rodríguez Medel.

El Instituto de Derecho Público que dirigía Enrique Álvarez Conde, y que también está siendo investigado por malversación, se nutría en gran medida de subvenciones de la Comunidad de Madrid.

Justo un año antes del máster regalado a Pablo Casado, la Consejería de Justicia de Madrid financió con 62.000 euros este chiringuito universitario dependiente de la URJC.

El consejero que firmó ese convenio con Álvarez Conde fue Alfredo Prada. Alfredo Prada también es quien aupó a Pablo Casado a la presidencia de las juventudes del partido en Madrid.

Pablo Casado entonces trabajaba para Alfredo Prada como asesor, en esa misma consejería de Justicia que financió a Álvarez Conde.

Pero seguro que es casualidad. ¿Indicios de delito en el presidente del PP? ¿El mismo PP que nombra a los vocales del CGPJ que nombran a los jueces del Tribunal Supremo? ¡Aquí no hay nada que investigar!

https://www.eldiario.es/escolar/argumentales-Tribunal-Supremo-pablo-casado_6_819328099.html

Contundente, irrebatible, tajante, y sobre todo APLASTANTE.

¿Y éste sujeto aspira a presidenciable para las generales de España?

Vergüenza le debiera dar a él y al PP, pero ya lo he dicho muchas veces...para sentir vergüenza hace falta saber lo que es y en el PP no se conoce.
 
Última edición:
Confesar es de 'losers'


El archivo en el Tribunal Supremo del caso Máster para Pablo Casado deja varias lecciones desasosegantes: no todas las imputaciones son iguales y confesar no es rentable

Alfonso Pérez Medina
28/09/2018 - 22:05h
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El presidente del PP, Pablo Casado

Lo dicen en privado muchos abogados penalistas y el caso Máster les da la razón. Nunca hay que declarar hasta que no sepas exactamente de qué te acusan y cuando lo sepas tienes dos opciones: negarlo todo y asociar tu suerte a la de otros imputados que puedan estar en una situación de privilegio o, si los indicios de delito son incontestables, reconocer lo mínimo y buscar un buen acuerdo de conformidad con la Fiscalía.



El archivo en el Tribunal Supremo del caso Máster para Pablo Casado, con la consideración de que el líder de la oposición pudo recibir "un trato de favor" de la Universidad Rey Juan Carlos que en todo caso no sería delito, deja varias lecciones y todas son desasosegantes para los ciudadanos normales, aquellos a los que nadie va a buscar a casa para regalarles un título universitario.

La primera es que no todas las imputaciones son iguales. Los indicios de delito que llevaron a declarar como investigadas a Alida Mas Taberner, María Dolores Cancio y María Mateo Feito -las otras alumnas vip, junto al líder de la oposición, del Instituto de Derecho Público de la Universidad Rey Juan Carlos- no son más que "sospechas y conjeturas" de la jueza instructora, Carmen Rodriguez Medel, cuando se trata de atribuir la imputación al líder del PP, tal y como apuntó la Fiscalía.

Y ello a pesar de que los cuatro alumnos estaban exactamente en la misma situación: fueron dispensados de tener que ir a clase por la gracia de Enrique Álvarez Conde, jefe de un chiringuito que no tenía el reparo de utilizar la tarjeta de la universidad para hacer compras en la pescadería y en la carnicería; convalidaron la mayoría de las asignaturas del máster; y superaron las materias que les faltaban con una serie de trabajos que no aparecen o no quieren enseñar. Lo que en tres casos supone una imputación como cooperadoras necesarias en la prevaricación administrativa que se atribuye a Álvarez Conde y otro delito anexo de cohecho impropio, en otro -el de Casado- no. Según el Supremo, no hay pruebas de que el líder del PP llegara a un "acuerdo previo" para que el Instituto de Derecho Público, que destruyó 5.400 correos electrónicos cuando comenzó la investigación, le regalara el máster.

Siguiendo las reglas de la lógica, deberían estar imputados los cuatro o ninguno. Porque el listón de exigencia que ha puesto la Fiscalía del Supremo para imputar al líder del PP, cuya dirección se apresuró a adelantar de forma preventiva que la asunción de responsabilidades solo se produciría con la apertura del juicio oral, no es el mismo que el que puso en el juzgado de plaza de Castilla la Fiscalía de Madrid, que avaló toda la instrucción y no recurrió las imputaciones de las tres compañeras de máster virtual de Casado. Se entiende que por considerar que se ajustaban a derecho porque una imputación, que puede alargarse meses y años en un sistema judicial colapsado por la falta de medios y personal, puede destruir una trayectoria profesional y una vida, aunque la causa acabe finalmente archivada.

La segunda lección que deja esta causa es que confesar no es rentable. De las tres alumnas vip que comparecieron ante Rodríguez Medel, una de ellas, María Dolores Cancio, admitió que Álvarez Conde le permitió "no ir a clase ni hacer los trabajos" porque prefería que "no perdiera tiempo" y se dedicara a su beca de investigación. Incluso le dio consejos para pedir ayudas económicas, conseguir la devolución de las tasas y realizar las convalidaciones.

La tesis del teniente fiscal del Tribunal Supremo, Luis Navajas, no deja otra salida a sus compañeros madrileños que solicitar el archivo de la causa para todas las alumnas de trato preferente, atendiendo al principio jerárquico y de unidad de acción del Ministerio Público. De todas a excepción de Cancio, cuya confesión incriminatoria le anuncia una condena con la única atenuante de "confesión tardía".

Su situación recuerda a la antológica trampa que los líderes del PP valenciano más corrupto de la historia, Francisco Camps y Ricardo Costa, tendieron a dos de sus subordinados, Víctor Campos y Rafael Betoret, el 20 de julio de 2011 en el caso de los trajes regalados por la trama Gürtel. Aunque se había anunciado que todos habían alcanzado un acuerdo de conformidad con la Fiscalía para reconocer el cohecho impropio y saldar la acusación con el pago de una multa, el día señalado para comparecer ante el juez Camps y Costa se quedaron en casa. Ellos acabaron acudiendo al juicio y resultaron absueltos, mientras sus escuderos aceptaron la condena.

En una vista posterior Betoret explicó la jugada: "Nunca me hubiese conformado con esa sentencia, me engañaron vilmente para que me conformase diciendo que era el acuerdo al que habían llegado todas las partes, me negué hasta última hora y firmé porque el presidente de la Generalitat me dijo que firmase". Al conocer la sentencia, Camps guiñó un ojo mirando al cielo agradeciendo la absolución más a la providencia que a sus abogados, que sabían lo que no le advirtieron a Cancio: que en el mundo de los trileros solo los 'losers' confiesan.

https://www.eldiario.es/zonacritica/Confesar-losers_6_819328097.html
 
El trato de favor no es delito? De verdad? Lo de la Universidad española es.... No me extraña que esté donde está.
 
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