Asesino en serie en Bilbao

Lo siento. No soy racista, ni xenofoba, pero estoy muy harta de lo políticamente correcto. Éste, colombiano, el de Igualada, boliviano. En Madrid a machetazos bandas latinas y con muertos por doquier. Mujeres asesinadas.....Españoles asesinos, haberlos haylos. Pero las estadísticas son bestiales. Menudas joyas nos vienen. Y a comérselos con patatas. Ha habido crímenes espeluznantes de críos y no precisamente españoles: el de Pioz, Igualada, éste de Bilbao....Por que no los expulsan?
 
Por cierto.. Se está haciendo muy común q.. O los asesinos se entregan o no les pillan..
 
al final alguien se ha enterado de en cuantas autopsias se encotró extasis liquido?

por otra parte se entrega pero para decir que él no ha sido,, pero si no leí mal fue identificado, se dejó documentos en una vivienda de victima

que caso mas confuso, por ahora
 
Y el sobreviviente le reconoce como el hombre que intentó estrangularle.
Eso ya es una prueba de peso. Se ha entregado en irun según me han comentado. Hay cuatro muertes pero en otras noticias he leído que 8..
Por cierto Como que se dejó sus documentos en casa de una de las victimas? Mae mía. El karma
 
Asco nivel Dios y pensar que ingresará a nuestros centros penitenciarios que parecen Hoteles 5* y le tendremos que mantener con nuestros impuestos, cuando vivía comiendo merde en donde vino. Yo haría un acuerdo y que pagara pena en cárcel de SU país, sin posibilidad de volver al MIO o ninguno de los de MIS vecinos.
 
Recordemos que entregarse es un atenuante de cara a un juicio/condena. Por otra parte en Naiz escriben que se entrega en la comisaría de Txurdinaga en Bilbao
 
Recordemos que entregarse es un atenuante de cara a un juicio/condena. Por otra parte en Naiz escriben que se entrega en la comisaría de Txurdinaga en Bilbao

No es aplicable para el caso. La atenuante no consiste en entregarse a la policía sino en confesar los hechos y por lo que parece, éste se entrega pero dice que él no ha sido.

Por otra parte, el entregarse viene forzado porque ya se sabía quién era y le estaban buscando.

ª La de haber procedido el culpable, antes de conocer que el procedimiento judicial se dirige contra él, a confesar la infracción a las autoridades". Art. 21.4 CP

STS de 25 de enero de 2000:
  1. Tendrá que haber un acto de confesión de la infracción.
  2. El sujeto activo de la confesión habrá de ser el culpable.
  3. La confesión habrá de ser veraz en lo sustancial.
  4. La confesión ha de mantenerse a lo largo de las diferentes manifestaciones realizadas en el proceso, también en lo sustancial.
  5. La confesión habrá de hacerse ante la autoridad, agente de la autoridad o funcionario cualificada para recibirla.
  6. Tiene que concurrir el requisito cronológico, consistente en que la confesión tendrá que haberse hecho antes de conocer el confesante que el procedimiento se dirigía contra él, habiendo de entenderse que la iniciación de diligencias policiales ya integra procedimiento judicial, a los efectos de la atenuante.
 
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