Algún abogad@? Atropello

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Os escribo por si podéis ayudarme.

El domingo mi pareja volvía a casa después de una bbq con amigos y, a la entrada del parking, atropelló a una chica.

No fue nada grave, dice que cogió mal la curva, le deslumbró el sol, y le dio con el lateral, pero la chica cayó al suelo y se echó a llorar por el susto (normal, vaya).
Se bajó, la ayudó y la llevó al Cap del barrio, estuvo un rato con ella y le dio sus datos y mi pareja se volvió a casa.

Al cabo del rato, nos llamó la policía local pidiendo que se personara en comisaría con los datos del coche y el seguro, para hacer un parte. Mi pareja fue y, bueno, dio 0,16 en el test de alcoholemia que le hicieron. Le pusieron una multa por omisión de socorro (por no haber llamado a la policía y haber llevado el mismo a la chica) y le dijeron que ahí quedaba la cosa, que la chica no tenía lesiones físicas más que una rascada en la rodilla y el susto, y que diera parte al seguro.

El caso es que lleva desde entonces sin dormir. Dice que le da miedo que la chica le denuncie (supongo que en su derecho estaría, ¿no?) y que le da miedo que le metan en la cárcel por haber dado esa tasa, porque ha preguntado y le han dicho que la tasa, en accidente, es Máximo de 0,15…

¿Algún/a abogad@ podría decirnos que le podría pasar? Yo no tengo mucha idea de derecho…
 
Buenos días reina, no soy la más indicada para contestar porque yo no soy abogada, pero sí conozco a mucha a gente que se han pasado cosas similares, hasta ha atropellado a gente mortalmente yendo borrachos y no les ha pasado nada.. Solo multas.
A tu pareja lo mucho que le puede pasar es una buena multa. Supongo yo...
 
El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado, como reo del delito de lesiones con la pena de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico.

2. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión no incluida en el apartado anterior, será castigado con la pena de multa de uno a tres meses.

En este caso, creo que el apartado primero no aplica, sería más bien el segundo, con lo cual una multa y a correr.

Apuntar también, que para alguien sin antecedentes, la condena a pena privativa de libertad que no supere los 2 años de duración, normalmente (y salvo excepciones puntuales como el caso Pantoja) se suspende, vamos que no se entra a prisión salvo reincidencia.
 
Última edición:
Omisión del deber de socorro no hay para nada. Delito de lesiones tampoco, porque la chica no ha sufrido ninguna, solo el susto. El superar la tasa de alcoholemia daría lugar como mucho a sanción administrativa.

Para que se produzca el tipo penal la persona ha tenido que cometer el hecho bajo los efectos del alcohol, no basta con que de X de tasa de alcoholemia, lo que no parece ser el caso, el atropello se produjo porque lo deslumbró el sol o se despistó, pero no por ir bebido.

Si está intranquilo que se pase por la consulta de un abogado y le pregunte, pero vamos, así por lo que cuentas no le veo yo mucho recorrido a la cosa, aunque te digo que yo penalista no soy, a ver si otra prima más puesta en el asunto te contesta.
 
Yo concuerdo en que no hay omisión del socorro, por lo que podría recurrir esa sanción administrativa.

Al no ser necesario tratamiento médico o puntos de sutura la pena sería multa, y SOLO si la chica denunciara. De oficio no.

Y por la tasa de alcohol, multa, en todo caso.

Prisión no, puedes quedarte tranquila.
 
Muchas gracias a todas por las respuestas.

La agente de su seguro le ha dicho que no se preocupe, que en caso de denuncia ellos se encargan, pero… al haber dado positivo, si hubiera alguna indemnización, se podrían negar a pagarla ellos, ¿verdad?
 
No hay omisión de socorro pq llevó a la víctima a un centro médico.
Si lo hubiera denunciado la policía por conducir bajos los efectos del alcohol le habrían comunicado en el acto la fecha y hora del juicio rápido.
La víctima puede reclamar por las lesiones, en principio las pagará la aseguradora, pero probablemente os reclame lo pagado por conducir ebrio.
 
Yo te voy a contar lo que pasó, y lo que sabe o debería saber a estas alturas el seguro:

Tu pareja llevó a la chica a que la atendieran, de omisión de socorro, nada. Tu pareja estaba perfectamente sobria durante el incidente, volvió a casa, te contó lo que había pasado y como estaba muy nervioso se tomó un par de cervezas o un par de cucharadas de agua del Carmen (que tiene grado alcohólico del 50%) en casa para que se le pasara el susto. Entonces llamaron de la policía y fue a comisaría, y allí le hicieron un test de alcoholemia.

No hay forma de vincular el nivel de alcoholemia que tuviera cuando fue a comisaría con el que tenía cuando iba conduciendo y tuvo el percance, que era cero. El alcohol que tuviera lo había ingerido en casa, porque había pasado un susto grande y quería relajarse
 
Yo lo que no me explico es qué sanción se han sacado de la manga para multarlo por algo que no tiene ningún sentido. No le pueden multa por omisión de socorro cuando lo primero que hizo fue acompañarla al hospital. O pillo con los policías novatos o se pasaron de listos
 
Yo lo que no me explico es qué sanción se han sacado de la manga para multarlo por algo que no tiene ningún sentido. No le pueden multa por omisión de socorro cuando lo primero que hizo fue acompañarla al hospital. O pillo con los policías novatos o se pasaron de listos
Ya, yo tampoco la verdad. Cuando me lo dijo me quedé flipando porque yo entiendo por omisión de socorro otra cosa, sinceramente.

El no quiere recurrir, de hecho pagó la multa ayer, y dice que por 100€ prefiere estar de buenas con la policía
 
Os escribo por si podéis ayudarme.

El domingo mi pareja volvía a casa después de una bbq con amigos y, a la entrada del parking, atropelló a una chica.

No fue nada grave, dice que cogió mal la curva, le deslumbró el sol, y le dio con el lateral, pero la chica cayó al suelo y se echó a llorar por el susto (normal, vaya).
Se bajó, la ayudó y la llevó al Cap del barrio, estuvo un rato con ella y le dio sus datos y mi pareja se volvió a casa.

Al cabo del rato, nos llamó la policía local pidiendo que se personara en comisaría con los datos del coche y el seguro, para hacer un parte. Mi pareja fue y, bueno, dio 0,16 en el test de alcoholemia que le hicieron. Le pusieron una multa por omisión de socorro (por no haber llamado a la policía y haber llevado el mismo a la chica) y le dijeron que ahí quedaba la cosa, que la chica no tenía lesiones físicas más que una rascada en la rodilla y el susto, y que diera parte al seguro.

El caso es que lleva desde entonces sin dormir. Dice que le da miedo que la chica le denuncie (supongo que en su derecho estaría, ¿no?) y que le da miedo que le metan en la cárcel por haber dado esa tasa, porque ha preguntado y le han dicho que la tasa, en accidente, es Máximo de 0,15…

¿Algún/a abogad@ podría decirnos que le podría pasar? Yo no tengo mucha idea de derecho…
El test de alcoholemia es válido en el acto o un par de horas después. ( Hay datos científicos de cómo baja el alcohol en sangre por cada hora desde que se produce un accidente)

Como en todos los delitos la carga de la prueba recae en quien imputa un hecho. Imposible vincular el accidente con la tasa de alcohol.

Omisión de socorro es un delito, la policía no puede poner multa por eso, es competencia exclusiva de un juez.

Eso no está claro, delito es más de 0, 60 en sangre y multa O, 26.

¿Os ha llegado la multa?
 

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