Bueno, digo yo que aparte de ser una cabrona se ha lucrado vendiendo la intimidad de otr@s, algo tendrá que pagar
Pues no, porque no es el mismo tipo de delito.
El que A se acueste con B no es información que esté protegida por la Ley Orgánica de Protección de Datos.
Si no fuera cierto que A se acostara con B, el/la interesado podría demandar a Mar Flores por injurias y calumnias y ya dirá el juez.
En todo caso, y todo lo más, una multa.
Pero una organización criminal en la que están implicados funcionarios públicos que trafican con datos protegidos (los que ampara la LOPD)
Es un delito de revelación de secretos y pueden caerles hasta ocho años de cárcel, por la consideración de organización criminal.