Historia: la injusticia de la "Justicia"

Affaire Calas

Jean Calas (19 de marzo de 1698 - 10 de marzo de 1762) fue un modesto comerciante que residía en Toulouse (Francia) y que es conocido por haber sido víctima de un juicio parcial debido a su condición de protestante. En Francia se le considera un símbolo de la persecución por intolerancia religiosa, junto con François Jean Lefebvre (Caballero de La Barre) y Pierre-Paul Sirven.

Historia


Maison Calas

Tanto Calas como su esposa eran protestantes. Francia era un país mayoritariamente católico y el catolicismo era la religión estatal. En su época, la dura represión del protestantismo iniciada por el rey Luis XIV con la revocación del edicto de Nantes había comenzado a ceder, pero los protestantes, como mucho, sólo eran tolerados.

Louis, uno de los hijos de Calas, se convirtió al catolicismo en 1756. Entre el 13 y 14 de octubre de 1761, el primogénito de Calas, Marc-Antoine, fue hallado muerto en la planta baja de la residencia familiar.

Al interrogar a la familia, al principio declararon que había sido asesinado por un ladrón. Más tarde asegurarían que hallaron a Marc-Antoine ahorcado. Dado que la Iglesia consideraba el su***dio como el más aborrecible crimen contra uno mismo, y el cadáver del suicida era ultrajado, dispusieron las cosas para que la muerte de su hijo pareciese un estrangulamiento a consecuencia de un robo.

Según los rumores, Jean Calas habría asesinado a su hijo al enterarse de que, también él, pretendía convertirse al catolicismo. Sin indagar realmente si esta había sido la intención de Marc-Antoine, se le declaró mártir y se le sepultó de acuerdo con el rito católico, y se acusó al padre de asesinato.

El 9 de marzo de 1762, el Parlamento de Toulouse sentenció a Jean Calas a morir en la rueda. El 10 de marzo se ejecutó la sentencia y murió clamando su inocencia. Tras la rueda, se le estranguló y el cadáver fue quemado en la hoguera.



Jean Calas muere en la rueda en Toulouse.

La misma sentencia condenó al destierro a Pierre, otro de los hijos de Jean Calas, ordenó que se encerrara en un convento a sus dos hermanas y confiscó los bienes de la familia.

Intervención de Voltaire
Voltaire conoció el caso mientras se encontraba en Ginebra (Suiza). Pierre Calas, que había sido desterrado, estaba seguro de la inocencia del padre y logró convencer al filósofo, que en un principio sospechaba que Calas había actuado por fanatismo anticatólico.1

Para lograr la revisión del proceso, Voltaire publicó, en 1763, el Tratado sobre la tolerancia con motivo de la muerte de Jean Calas (Traité sur la tolérance à l’occasion de la mort de Jean Calas2). Finalmente el 9 de marzo de 1765 se reconoció la inocencia de Jean Calas, cuya memoria y la de su familia fue rehabilitada.

Voltaire fue el primer escritor francés que se implicó públicamente en un asunto judicial.
 
El affaire del correo de Lyon

Joseph Lesurques

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(1763 - 1796)

La desgracia de este hombre estuvo en ser el único rubio que se conocia por los alrededores.

En abril de 1796, el correo de Lyon, que transportaba 80.000 libras en moneda para la Armada de Italia, fue asaltada, robada y el conductor y el correo fueron asesinados. Lesurque, nacido en Douai, era un hombre respetable, rentista, casado, y padre de un niño de 7 años y una niña de 6. En esos momentos estaba en Paris. A lo largo de la investigación, fué identificado como el único hombre rubio qu habia sido visto en las horas precedentes al asalto de la diligencia, entre Lieusaint y Melun.

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Fueron acusados seis hombres: Lesurques, Couriol, Guénot, Richard, Bruer y Bernard. Al final del proceso, Lesurques, Couriol, Bernard y Richard fueron declarados culpables y los tres primeros condenados a la guillotina.Durante la lectura de la sentencia, uno de los condenados, Couriol, se levanto indignado para proclamar su propia culpabilidad y la inocencia de Lesurques, que los testigos habian reconocido por su parecido con el verdadero culpable, llamado André Dubosc. A pesar de esta declaración, que Couriol repite en el mismo camino que le conduce al cadalso de de numerosas peticiones para la revisión del proceso, el veredicto es mantenido. Joseph Lesurques es guillotinado proclamando su inocencia el 3 de octubre de 1796.

La carta de despedida de Lesurques a su mujer fué redactada asi:

"Mi buena amiga, cuando leas esta carta, no ya no existiré; un hierro cruel habar cortado el filo de mis dias que deberian haber sido tuyos y que yo te habia consagrado con tanto placer, pero tal es el destino del que no se puede huir en ningún caso:yo debia ser asesinado juridicamente."

lesurq12.jpg


Tras la ejecución, el juez Daubanton repasa las dudas y retoma la investigación. Encuentra al pasajero del correo, que los testigos habian visto subir en una parada. Este acabó por confesar su participación en el crimen y reveló el nombre de sus complices, entre ellos André Dubosc. Arrestado a su vez. Dubosc, cuyo parecido con Lesurques era más o menos grande (en comparación con una miniatura aportada por su viuda), es juzgado en diciembre de 1800. Los testigos que habia reconocido a Lesurques debian volver a declarar. E un primer momento, solo uno cambia su testimonio para acusar a Dubosc; pero cuando el presidente pide que se presente a Dubocs, que es chato, rubio, todos, influenciados por la autoridad del magistrado, del que Dubosc hace notar la parcialidad, le reconocieron formamente. André Dubosc es finalmente condenado pero como simple complice y ejecutado.

Joseph Lesurques fué inhumando en el cementerio de Santa Catalina (hoy desaparecido). En el cenotafio que se le consagró en Père Lachaise se lee:

"Fue victima del más deplorable de los errores humanos".

Tras la ejecución, la esposa de Lesurques se volvió loca. Tras su muerte, sus hijos hicieron añadir esta inscripción:

"Mártirs los dos en la tierra, los dos se reunieron en el cielo"

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Su hija se suicidó algunos años más tarde. En cuanto a su hijo, se enrroló en la armada napoleónica para lavar el nombre de su padre y murió durante la campaña de Rusia.

A pesar de las súplicas y las cartas a Napoleón, después a Louis XVIII, a Carlos X, a la reina Maria Amalia y por fin a Napoleón III, la familia de Lesurques no obtuvo nada.

Victor Hugo escribió él mismo cartas demandando que el Etado rehabilitase a Lesurques e indemnizase a su familia. El escritor pronunció en 1871 la súplica siguiente ante la Corte qu juzgaba a su hijo Charles, acusado de no respeto hacia la ley tras haber escrito un artículo sobre la pena de muerte.

"Estoy orgulloso (hijo mio), tu que no eres más que un simple soldado de laidea humana y democrática, tu estassentadii en este banco donde se sentó Beranger, donde se sentó Lamennais. Sé inquebrantableen tus convicciones y que sea mi ultimma palabra; si tu tenias necesidad de un pensamiento para confirmar tu fé en el progreso, en tu creencia en el futuro, en tu religión para la humanidad, en tu execración del cadalso,en tu horror de las penas irrevocables, recuerda que tu estás sentado e este banco donde se sentó Lesurques"

Una reforma permitiendo la revsión del proceso aunque el condenado haya sido ejecutado es aprobada en 1867, pero no benefició todavia a la memoria de Lesurques pues la Corte de casación consideró que la culpabilidad de Dubosc no era incompatible con la de Lesurques. Ello cierra el affaire en el plano judicial. Sin embargo, la confiscación de los bienes de Lesurques, habitual en caso de condena a muerte,fué revocada, y los bienes devueltos a los herederos.

El caso de Joseph Lesurques no fué nunca olvidado al cabo del tiempo en Francia. Fué a menudo evocado durante los debates sobre la pena de muerte. Asi en su obra, "A los habitantes de Guernesey" dirigida en el marcodel affaire Tapner, Victor Hugo apela a la inocencia de Lesurques: "Todos los cadalsos llevan nombres de inocentes y de mártires. No,no queremos más suplicios. Para nosotros, la guillotina se llama Lesurques, la rueda se llama Calas,la hoguera se llama Juana de Arco, el hacha se llama Thomas More, la cicuta se llama Sócrates, la horca se llama Jesucristo!"

th

@ladyGodiva, me va a costar dormir, vaya temas para estas horas...
 
El affaire del correo de Lyon

Joseph Lesurques

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(1763 - 1796)

La desgracia de este hombre estuvo en ser el único rubio que se conocia por los alrededores.

En abril de 1796, el correo de Lyon, que transportaba 80.000 libras en moneda para la Armada de Italia, fue asaltada, robada y el conductor y el correo fueron asesinados. Lesurque, nacido en Douai, era un hombre respetable, rentista, casado, y padre de un niño de 7 años y una niña de 6. En esos momentos estaba en Paris. A lo largo de la investigación, fué identificado como el único hombre rubio qu habia sido visto en las horas precedentes al asalto de la diligencia, entre Lieusaint y Melun.

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Fueron acusados seis hombres: Lesurques, Couriol, Guénot, Richard, Bruer y Bernard. Al final del proceso, Lesurques, Couriol, Bernard y Richard fueron declarados culpables y los tres primeros condenados a la guillotina.Durante la lectura de la sentencia, uno de los condenados, Couriol, se levanto indignado para proclamar su propia culpabilidad y la inocencia de Lesurques, que los testigos habian reconocido por su parecido con el verdadero culpable, llamado André Dubosc. A pesar de esta declaración, que Couriol repite en el mismo camino que le conduce al cadalso de de numerosas peticiones para la revisión del proceso, el veredicto es mantenido. Joseph Lesurques es guillotinado proclamando su inocencia el 3 de octubre de 1796.

La carta de despedida de Lesurques a su mujer fué redactada asi:

"Mi buena amiga, cuando leas esta carta, no ya no existiré; un hierro cruel habar cortado el filo de mis dias que deberian haber sido tuyos y que yo te habia consagrado con tanto placer, pero tal es el destino del que no se puede huir en ningún caso:yo debia ser asesinado juridicamente."

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Tras la ejecución, el juez Daubanton repasa las dudas y retoma la investigación. Encuentra al pasajero del correo, que los testigos habian visto subir en una parada. Este acabó por confesar su participación en el crimen y reveló el nombre de sus complices, entre ellos André Dubosc. Arrestado a su vez. Dubosc, cuyo parecido con Lesurques era más o menos grande (en comparación con una miniatura aportada por su viuda), es juzgado en diciembre de 1800. Los testigos que habia reconocido a Lesurques debian volver a declarar. E un primer momento, solo uno cambia su testimonio para acusar a Dubosc; pero cuando el presidente pide que se presente a Dubocs, que es chato, rubio, todos, influenciados por la autoridad del magistrado, del que Dubosc hace notar la parcialidad, le reconocieron formamente. André Dubosc es finalmente condenado pero como simple complice y ejecutado.

Joseph Lesurques fué inhumando en el cementerio de Santa Catalina (hoy desaparecido). En el cenotafio que se le consagró en Père Lachaise se lee:

"Fue victima del más deplorable de los errores humanos".

Tras la ejecución, la esposa de Lesurques se volvió loca. Tras su muerte, sus hijos hicieron añadir esta inscripción:

"Mártirs los dos en la tierra, los dos se reunieron en el cielo"

P%C3%A8re-Lachaise_-_Division_8_-_Lesurques_01.jpg


Su hija se suicidó algunos años más tarde. En cuanto a su hijo, se enrroló en la armada napoleónica para lavar el nombre de su padre y murió durante la campaña de Rusia.

A pesar de las súplicas y las cartas a Napoleón, después a Louis XVIII, a Carlos X, a la reina Maria Amalia y por fin a Napoleón III, la familia de Lesurques no obtuvo nada.

Victor Hugo escribió él mismo cartas demandando que el Etado rehabilitase a Lesurques e indemnizase a su familia. El escritor pronunció en 1871 la súplica siguiente ante la Corte qu juzgaba a su hijo Charles, acusado de no respeto hacia la ley tras haber escrito un artículo sobre la pena de muerte.

"Estoy orgulloso (hijo mio), tu que no eres más que un simple soldado de laidea humana y democrática, tu estassentadii en este banco donde se sentó Beranger, donde se sentó Lamennais. Sé inquebrantableen tus convicciones y que sea mi ultimma palabra; si tu tenias necesidad de un pensamiento para confirmar tu fé en el progreso, en tu creencia en el futuro, en tu religión para la humanidad, en tu execración del cadalso,en tu horror de las penas irrevocables, recuerda que tu estás sentado e este banco donde se sentó Lesurques"

Una reforma permitiendo la revsión del proceso aunque el condenado haya sido ejecutado es aprobada en 1867, pero no benefició todavia a la memoria de Lesurques pues la Corte de casación consideró que la culpabilidad de Dubosc no era incompatible con la de Lesurques. Ello cierra el affaire en el plano judicial. Sin embargo, la confiscación de los bienes de Lesurques, habitual en caso de condena a muerte,fué revocada, y los bienes devueltos a los herederos.

El caso de Joseph Lesurques no fué nunca olvidado al cabo del tiempo en Francia. Fué a menudo evocado durante los debates sobre la pena de muerte. Asi en su obra, "A los habitantes de Guernesey" dirigida en el marcodel affaire Tapner, Victor Hugo apela a la inocencia de Lesurques: "Todos los cadalsos llevan nombres de inocentes y de mártires. No,no queremos más suplicios. Para nosotros, la guillotina se llama Lesurques, la rueda se llama Calas,la hoguera se llama Juana de Arco, el hacha se llama Thomas More, la cicuta se llama Sócrates, la horca se llama Jesucristo!"

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@ladyGodiva, me va a costar dormir, vaya temas para estas horas...
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No conocía este caso. Todos son terribles.
Y en cuanto a lo de dormir, me parto:)..... pero pufffff, como dormirían las victimas y allegados,,,, es terrible.
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Caso Wanninkhof
El caso Wanninkhof es un caso de error jurídico grave que sucedió cuando, en un ambiente de histeria popular creado por los medios de comunicación y en un juicio plagado de irregularidades por parte de las autoridades judiciales y policiales, Dolores Vázquez Mosquera fue declarada culpable por un jurado popular de la muerte de Rocío Wanninkhof, quien había sido asesinada en octubre de 1999 cerca de Mijas, provincia de Málaga. Unos años después el caso dio un vuelco al resolverse otro asesinato posterior, el de la joven Sonia Carabantes, en agosto de 2003 y descubrirse que el ADN del asesino de Sonia Carabantes coincidía con el ADN encontrado en pruebas del caso Wanninkhof.
Juicio[editar]
El juicio se hizo con un jurado popular y la fiscalía se concentró en descalificar la persona de Dolores Vázquez sin aportar pruebas concluyentes que la inculparan. Se centró en la relación lésbica que la acusada había mantenido en el pasado con la madre de Rocío y en la relación "paternal" que la acusada había tenido hacia Rocío. El juez no intervino para frenar este irregular curso del procedimiento.
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A ésta mujer le destrozaron la vida y a diferencia de otros casos en los que sí han cobrado indemnización, que ya que han tenido que pasar el amarguísimo trago, las penas con pan, son menos....... pues Dolores no pudo cobrar nada pues por lo visto solo tienen derecho a ello los condenados injustamente pero por crimenes inexistentes, o sea que luego se descubre que no hubo crimen sino que fué accidente, o falsa denuncia etc etc.
Info completa en la wiki.
 
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No conocía este caso. Todos son terribles.
Y en cuanto a lo de dormir, me parto:)..... pero pufffff, como dormirían las victimas y allegados,,,, es terrible.
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Caso Wanninkhof
El caso Wanninkhof es un caso de error jurídico grave que sucedió cuando, en un ambiente de histeria popular creado por los medios de comunicación y en un juicio plagado de irregularidades por parte de las autoridades judiciales y policiales, Dolores Vázquez Mosquera fue declarada culpable por un jurado popular de la muerte de Rocío Wanninkhof, quien había sido asesinada en octubre de 1999 cerca de Mijas, provincia de Málaga. Unos años después el caso dio un vuelco al resolverse otro asesinato posterior, el de la joven Sonia Carabantes, en agosto de 2003 y descubrirse que el ADN del asesino de Sonia Carabantes coincidía con el ADN encontrado en pruebas del caso Wanninkhof.
Juicio[editar]
El juicio se hizo con un jurado popular y la fiscalía se concentró en descalificar la persona de Dolores Vázquez sin aportar pruebas concluyentes que la inculparan. Se centró en la relación lésbica que la acusada había mantenido en el pasado con la madre de Rocío y en la relación "paternal" que la acusada había tenido hacia Rocío. El juez no intervino para frenar este irregular curso del procedimiento.
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A ésta mujer le destrozaron la vida y a diferencia de otros casos en los que sí han cobrado indemnización, que ya que han tenido que pasar el amarguísimo trago, las penas con pan, son menos....... pues Dolores no pudo cobrar nada pues por lo visto solo tienen derecho a ello los condenados injustamente pero por crimenes inexistentes, o sea que luego se descubre que no hubo crimen sino que fué accidente, o falsa denuncia etc etc.
Info completa en la wiki.

Pues sí, a mi me recordó al crimen de Cuenca, con ese odio de la madre hacia la acusada,la muchedumbre insultándola y condenándola antes de tiempo, los medios dando por hecho su culpabilidad. Me dejas de piedra respecto a que no ha recibido ninguna indemnización por lo que le hicieron. Esta mujer habrá tenido que cambiar de identidad y esconderse donde no la conozcan, porque sino no veo de que forma ha podido seguir con su vida.

Y la madre de la chica, a pesar de que descubren al asesino, sigue en sus trece de que Dolores debió contratarle o algo asi, un violador prófugo de Gran Bretaña...
 
Pues sí, a mi me recordó al crimen de Cuenca, con ese odio de la madre hacia la acusada,la muchedumbre insultándola y condenándola antes de tiempo, los medios dando por hecho su culpabilidad. Me dejas de piedra respecto a que no ha recibido ninguna indemnización por lo que le hicieron. Esta mujer habrá tenido que cambiar de identidad y esconderse donde no la conozcan, porque sino no veo de que forma ha podido seguir con su vida. Sentí vergüenza de España, que se viese a la gente pidiendo el linchamiento, dictando sentencia, un jurado popular que ya estaba predispuesto contra la acusada por todo lo que se habia publicado sobre la acusada previamente al juicio..En ese caso deberia haberle juzgado un juez, no un jurado popular, institución en la que no creo porque esta formada por personas sin formación juridica.

Y la madre de la chica, a pesar de que descubren al asesino, sigue en sus trece de que Dolores debió contratarle o algo asi, un violador prófugo de Gran Bretaña...
 
Dolores Vázquez se refugia en Reino Unido diez años después del caso Wanninkhof

Ha pasado ya una década y los focos parecen haber olvidado a Dolores Vázquez. Condenada el 25 de septiembre de 2001 por el asesinato de Rocío

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Dolores Vázquez se refugia en Reino Unido diez años después del caso Wanninkhof
Agustín Rivera. Palomares
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Tiempo de lectura4 min

02.10.2011 – 06:00 H.

Ha pasado ya una década y los focos parecen haber olvidado a Dolores Vázquez. Condenada el 25 de septiembre de 2001 por el asesinato de Rocío Wanninkhof, fue absuelta el 1 de febrero de 2002. Loli, como la llaman sus más cercanos, se fue a vivir hace medio año a Reino Unido. Endeudada, quería oxígeno fuera de la Costa del Sol, tenía necesidad mental de cambiar de paisaje, de escenario.

Su equipo de abogados, liderado por el letrado Pedro Apalategui, no quiere hablar sobre Loli. Tras tanto ruido mediático, prefieren guardar silencio y esperan conseguir una buena indemnización para su cliente. El Ministerio de Justicia planteó una indemnización de 120.000 euros por los daños sufridos. Hubo recursos y ahora están pendientes de la resolución de la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Dolores Vázquez recibió ofertas generosas, auténticas fortunas económicas por acudir a programas del corazón, contar su vida con Alicia Hornos, la madre de Rocío. Eso suponía una por**grafía emocional que no estaba dispuesta a asumir. Tuvo ofertas de editoriales que ofrecían contratos de vértigo. Nada. Loli no quería colaborar en un espectáculo, en un circo televisivo. Ese dinero le habría solucionado los agobios económicos, pero venció su dignidad.

Loli parecía cumplir para el jurado popular con las características de los malos/as de las películas. Las frases que soltaban en pleno juicio así lo aseguraban: “¡No estás viendo la cara que tiene!”. O esta otra: “Mira que es mala que ni llora”. “Parecía una plaza pública en el París de la guillotina”, expresa a El Confidencial un periodista que cubrió el proceso judicial en el Palacio Miramar de Málaga. “El juicio se asemejaba al de un divorcio, había pitonisas… El público iba como si fuera a ver una telenovela”, añade.

La sobreexposición de Alicia Hornos

Juan Francisco Gutiérrez, profesor titular de Periodismo en la Universidad de Málaga, especialista en información televisiva, recuerda la sobreexposición de la madre de la víctima en los medios de comunicación y cómo se prestó a divulgar el dolor. “Fueron muchas horas en directo dedicadas a escarbar en todos los detalles; ya se vio algo parecido con las niñas de Alcàsser, pero en esta historia negra todas las televisiones explotaron esa posible revancha amorosa”, explica Gutiérrez.

La serie sobre el caso Wanninkhof que emitió Televisión Española en 2008 fue “correcta” para el profesor de la UMA, sin caer en el sensacionalismo. “Ya con la distancia se observa que curiosamente la ficción fue menos truculenta que el tratamiento de la propia realidad”, explica el docente universitario, quien resalta cómo una información de sucesos (el asesinato de Rocío) se utilizó como espectáculo en magazines y programas del corazón de todos los estilos, desde los más polémicos hasta los presuntamente más glamourosos.

Los profesionales del Derecho estaban convencidos que con un jurado no popular Dolores Vázquez se habría librado de la condena a 15 años y un día de prisión y a pagar una indemnización de 180.000 euros. Había 21 indicios, pero ninguna prueba. El expresidente del Tribunal Constitucional, Manuel Jiménez de Parga, llegó a declarar en 2002 que la institución del jurado popular “no funcionaba bien”. “En España se defendió con una ilusión extraordinaria cuando en algunos países ya era muy cuestionado”, señaló Jiménez de Parga.

Loli cumplió finalmente 17 meses de cárcel en Alcalá de Guadaira (Sevilla). Poca gente le apoyó, pero los que lo hicieron fueron incondicionales y siempre creyeron en su inocencia. Todavía años después, tras la sentencia de diciembre de 2006 que declaró por unanimidad que Tony King era culpable del asesinato de Rocío Wanninkhof, se cuidada mucho de ir dejando rastros en los lugares cotidianos donde acudía.

Si iba al supermercado se quedaba mirando a la cajera, lo mismo si se tomaba algo en un bar o en la gasolinera. Quería dejar pistas que ella había estado en ese lugar en una determinada hora. Quizá siga haciendo exactamente igual en algún lugar de Reino Unido.
 
¡Que bien funciona la Justicia en España!

Dolores Vázquez no será indemnizada por el crimen de Rocío Wanninkhof
El Supremo desestima la demanda por el tiempo que pasó en prisión por una cuestión formal



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Reyes Rincón
Madrid 22 JUL 2015 - 14:42 CEST
El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de Dolores Vázquez de ser indemnizada con cuatro millones de euros por los 519 días que pasó en prisión, entre el 7 de septiembre de 2000 y el 8 de febrero de 2002, por el asesinato de la joven Rocío Wanninkhof, por el que finalmente fue condenado el ciudadano británico Tony King.

El Supremo ha confirmado la sentencia que dictó la Audiencia Nacional en octubre de 2012 con el argumento de que la demanda de Vázquez se planteó de acuerdo al artículo 294 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en lugar del 293, que contempla el error judicial. Los magistrados explican que las indemnizaciones pedidas a través del artículo 294 han quedado restringidas en 2010 por la doctrina del Tribunal Supremo para los casos de “inexistencia objetiva del hecho imputado”, es decir, que no se hubieran producido los hechos, en este caso el asesinato. Con ese cambio de doctrina, la Audiencia rechazó el recurso de Vázquez, una decisión que ha confirmado ahora el alto tribunal.

La Sala de lo contenciosos del alto tribunal reitera ahora que Vázquez tenía que haber canalizado su recurso por la vía general del error judicial del articulo 293 y no por el artículo 294. “Nno se excluye la pretensión indemnizatoria porque se cuestione la culpabilidad o no de la recurrente que, insistimos, nunca se ha cuestionado, sino que la vía procedimental elegida sea la oportuna, conforme a nuestra legislación nacional”, señalan los jueces.

Dolores Vázquez fue detenida el 7 de septiembre de 2000 por la Guardia Civil acusada del asesinato de Rocío, cuyo cadáver fue hallado en noviembre de 1999 tras más de tres semanas de desaparición. Tras una declaración de más de 12 horas, en la que siempre se declaró inocente, Vázquez fue enviada a prisión. La principal prueba aportada por el fiscal, y que después se demostró falsa, eran unas fibras de tejido encontradas en el cadáver de la joven. El 25 de septiembre de 2001, Vázquez, amiga íntima de la madre de la víctima, Alicia Hornos, fue condenada a 15 años de cárcel y 18 millones de pesetas (108.000 euros) por el asesinato de la joven.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía anuló en 2002 aquella sentencia al considerar que no estaba debidamente motivada y ordenó repetir el juicio. Vázquez fue puesta en libertad bajo fianza y la vista se repitió en 2006. Para entonces, unas pruebas de ADN habían implicado en el crimen al británico Tony King, que se autoinculpó. En diciembre de 2006, el jurado del segundo juicio declaró culpable del asesinato a King, aunque el veredicto añadió que el británico no fue la única persona que participó en el crimen y asumió parte de las tesis de la acusación particular, que mantenía la implicación de Dolores Vázquez.

El Ministerio de Justicia reconoció en enero de 2008 que Dolores Vázquez fue víctima de un error que le hizo ser condenada erróneamente y le propuso una indemnización de 120.000 euros, una cantidad muy alejada de los cuatro millones que ella exigía. Su solicitud fue rechazada en primera instancia por el ministerio. Vázquez recurrió y, primero la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional y ahora el Supremo han rechazado su petición.

La sentencia del alto tribunal, de la que ha sido ponente el magistrado Wenceslado Francisco Olea, asegura que Dolores Vázquez no tenía que haber presentado prueba alguna de su inocencia, sino simplemente que acuda a la vía ordinaria para obtener la indemnización correspondiente, que es la declaración de error judicial. “No es al interesado al que se le exige prueba alguna de su ausencia de culpabilidad, sino a la misma autoridad nacional a la que se confiere la potestad de declarar la existencia o no de error judicial en la adopción de la medida cautelar”.

La sentencia incluye un voto particular, firmado por la magistrada Margarita Robles, que es partidaria de conceder la indemnización a Dolores Vázquez por el tiempo que estuvo en prisión provisional por unos hechos que le son “completamente ajenos”. Cree que la tesis de la mayoría impide que pueda acudir a la vía de la previa declaración de error judicial (artículo 293 LOPJ) por haber transcurrido el plazo de caducidad de tres meses para hacerlo desde que se le denegó.


¡Tócame las narices!


 
En Francia, en el año 2001, hubo un caso tremendo que destrozó la vida de varias personas.

Affaire d'Outreau

En 2001, 18 personas fueron implicadas en una sombria historia de abusos sexuales a menores. Fueron puestas en detención provisional esperando ser juzgadas y asi permanecieron entre 1 y 3 años encacelados. Tras multiples investigaciones y dos procesos, 13 personas fueron declaradas inocentes en 2005. Cuatro de ellas sin embargo reconocieron los hechos. Este affaire ha sido calificado de error judicial.

Es alucinante, unos niños denunciaron a sus padres pos abusos sexuales, pero los padres les convencieron para que acusasen tambien a otros vecinos. El juez instructor, un tipo joven que solo llevaba un año en el cargo, no buscó pruebas ni en Francia ni en Bégica, se fió del testimonio de los menores y los padres, que dijeron reconocer a los abusadores de sus hijos con su nombre ¡porque las fotos tenian el nombre debajo! Finalmente, al cabo de los tres años, los niños al declarar no reconocieron a todos los acusados y viendose de cara a la pared, la madre se levantó ante el tribunal y confesó que toda esa gente era inocente y que lo habia hecho por venganza hacia algunos y no caer ellos solos, pues la pareja era la abusadora y fueron condenados hasta a 20 años de cárcel.

Uno de los inocentes acusados escribió un libro con su experiencia, Alain Marécaux, que trabajaba en Justicia, casado y padre de tres hijos. Una noche apareció la policia en su casa por orden del juez acusandoles de abusar de menores. Inmediatamente le separaron de su mujer e hijos, e inició el suplicio como en El Proceso de Kafka, cárcel, su madre de dejó morir de hambre, él inició también una huelga de hambre, tuvo dos intentos de su***dio...

Tras tres años de suplicio, se vio exonerado de cargo en el segundo juicio cuando confesó la madre de los menores. Recuperó su trabajo, pero a su familia ya no, ya no tiene apenas contacto con sus hijos. Tiene una nueva pareja y es un activo denunciante de la arbitraridad de la Justicia en la que él creia trabajando en su seno.



El juez inicial que la pifió no reconoció que habia hecho una instruccion espantosa y de hecho ha seguido en el cargo y ha llegado a estar en la Corte Europea.
 
RAFAEL RICARDI, acusado de 2 violaciones, 13 años de carcel, INOCENTE. En su día salió bastante en tv.
Que mala suerte, primero por la condena y despues la superindemnización......... y.......no voy a destapar la info de elcorreo.com de la que he hecho el copia-pega. Ahí está un poco resumido.

Quien sí consiguió una indemnización es el ciudadano de Cádiz Rafael Ricardi, quien cumplió trece años de prisión acusado de dos violaciones que nunca cometió. En su caso se reconoció el error judicial y en un primer momento el Ministerio de Justicia le concedió una compensación de medio millón de euros. Posteriormente sus abogados recurrieron y la Audiencia Nacional ordenó que se duplicase la compensación a la que tenía derecho, que quedó finalmente en 1.100.000 euros, la más alta concedida jamás en España. Ricardi no pudo disfrutar del dinero durante mucho tiempo. Comenzó a recibir la indemnización en 2011 y falleció tres años después.

En ese caso, la división de la indemnización entre los días pasados en prisión supone que Ricardi recibió 120 euros por cada jornada que estuvo encerrado en su celda. Sin embargo, esta cantidad no supone que exista una cifra establecida para compensar a los inocentes. La Ley Orgánica del Poder Judicial afirma que la cuantía de la indemnización se fijará «en función del tiempo de privación de libertad y las condiciones personales» de la víctima del error judicial.
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Imagen de archivo de Rafel Ricardi, el inocente que pasó 13 años en prisión y ha recibido la indemnización más alta concedida en España por un error judicial.
 
RAFAEL RICARDI, acusado de 2 violaciones, 13 años de carcel, INOCENTE. En su día salió bastante en tv.
Que mala suerte, primero por la condena y despues la superindemnización......... y.......no voy a destapar la info de elcorreo.com de la que he hecho el copia-pega. Ahí está un poco resumido.

Quien sí consiguió una indemnización es el ciudadano de Cádiz Rafael Ricardi, quien cumplió trece años de prisión acusado de dos violaciones que nunca cometió. En su caso se reconoció el error judicial y en un primer momento el Ministerio de Justicia le concedió una compensación de medio millón de euros. Posteriormente sus abogados recurrieron y la Audiencia Nacional ordenó que se duplicase la compensación a la que tenía derecho, que quedó finalmente en 1.100.000 euros, la más alta concedida jamás en España. Ricardi no pudo disfrutar del dinero durante mucho tiempo. Comenzó a recibir la indemnización en 2011 y falleció tres años después.

En ese caso, la división de la indemnización entre los días pasados en prisión supone que Ricardi recibió 120 euros por cada jornada que estuvo encerrado en su celda. Sin embargo, esta cantidad no supone que exista una cifra establecida para compensar a los inocentes. La Ley Orgánica del Poder Judicial afirma que la cuantía de la indemnización se fijará «en función del tiempo de privación de libertad y las condiciones personales» de la víctima del error judicial.
Ver el archivo adjunto 551645
Imagen de archivo de Rafel Ricardi, el inocente que pasó 13 años en prisión y ha recibido la indemnización más alta concedida en España por un error judicial.

¡13 años! Vamos, casi como el Conde de Montecristo. Es normal que se muriese pronto. Supongo que la indemnización llegó tarde y no pudo borrar el sufrimiento padecido.

No conocia este caso, gracias @ladyGodiva
 
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1) James Richardson, de 77 años de edad, es un hombre natural de Florida que acaba de regresar a su ciudad natal, Arcadia, donde en 1967 fue condenado injustamente y encarcelado por las muertes por envenenamiento de sus siete hijos. Pasó 21 años encarcelado por el atroz delito, sus hijos murieron envenenados por la mezcla de pesticidas con la comida. Fue detenido y acusado por la fiscalía de haber matado a sus hijos para cobrar el seguro, sin embargo, años más tarde, la mujer que cuidaba de los niños de Richardson mientras él y su esposa iban a trabajar, confesó el crimen, por lo que Richardson fue puesto en libertad.




2)
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Tan solo unos días antes del que se suponía que iba a ser el debut como lanzador de los Tigres de Detroit en 1981, un joven jugador de béisbol con mucho talento de 21 años de edad fue detenido y acusado de asesinato en Florida. William Dillon, ahora de 53 años, fue condenado por el crimen. Supuestamente fue visto en la playa en la que se encontró el cuerpo, a pesar de tener una coartada fiable. No sirvió de nada, ya que un preso, en un ardid para rebajar su condena, mintió y dijo que Dillon le había confesado el asesinato mientras esta a la espera de juicio. Después de estar 27 años tras las rejas, Dillon fue exonerado del delito y quedó libre gracias a la ayuda de las pruebas de ADN y al Proyecto Inocencia, una organización dedicada a investigar casos de personas injustamente condenadas.


3. El primero en ser excarcelado tras estar en el corredor de la muerte.

Muchas personas han quedado libres de la cárcel tras encontrarse nuevas pruebas que han demostrado su inocencia, pero tan sólo hay un hombre que fue fue exonerado tras estar en la sección de condenados a muerte. Kirk Bloodsworth estaba en el corredor de la muerte cuando fue puesto en libertad gracias a unas pruebas de ADN. Fue condenado por la violación y asesinato de una niña de 9 años de edad, en Baltimore, Maryland, en 1985, y pasó casi nueve años en prisión - dos de ellos en el corredor de la muerte - hasta que su abogado encontró la manera de que se realizaran pruebas de ADN, gracias a lo cual se liberó a Kirkblood y la policía pudo encontrar al verdadero asesino


Se debe hacer justicia. A ninguno nos cabe duda de que debe ser así, pero no siempre se hace bien, a veces se cometen grandes errores judiciales que cuestan años de cárcel a personas totalmente inocentes.

Si han sido condenados a una pena privativa de libertad, aunque tarde y mal, en muchos casos se puede aclarar el asunto y quedar de nuevo en libertad.

Si por desgracia fueron condenados a muerte, el error judicial es irreversible.

Lo más preocupante de los errores judiciales es que cualquiera de nosotros podríamos ser víctima de alguno de ellos y ser encarcelados de forma injusta. Las personas citadas a continuación eran personas tan normales y corrientes como lo podemos ser usted y yo.

En muchos de los casos que puedes ver a continuación, la exoneración de los crímenes ha sido posible gracias a las modernas técnicas de identificación por ADN, técnicas que en muchos casos no existían cuando algunos fueron condenados.

Si estas personas hubieran cumplido su injusta condena en una cárcel noruega, seguramente, a pesar de todo, quizá hubiera sido algo más llevadero, pero no fue así.



4. Libre tas ser condenado a cadena perpetua.

En 1994, Robert Dewey fue condenado a cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional por un delito que nunca cometió. Fue puesto en libertad 17 años más tarde, cuando la tecnología del ADN pudo demostrar que nada tuvo que ver con el asesinato por estrangulamiento de una joven mujer de 19 años de edad, en Palisade, Colorado. Dewey fue compensado económicamente por el tiempo pasado en prisión, pero ciertas cosas no hay forma posible de compensarlas, como el no poder asistir al funeral de su único hijo. Dewey se perdió, además del entierro de su hijo, el nacimiento de sus nietos. Y todo por un delito que no cometió.


5. Liberado cuando estaba a punto de ser ejecutado.

Dos adolescentes fueron asesinados a tiros en unas gradas con vistas a una piscina en el Parque Washington, en el South Side de Chicago, en 1982. Anthony Porter fue acusado, condenado y sentenciado a muerte por el crimen. Cincuenta horas antes de que Porter fuera ejecutado con una inyección letal, la Corte Suprema suspendió la ejecución, citando una investigación que aseguraba que su nivel de inteligencia era demasiado bajo como para que entendiera lo que estaba pasando. La suspensión permitido una investigación más completa del caso de Porter, lo que llevó a la retractación del testimonio de un testigo clave que alegó que había sido presionado por la policía para que identifircara a Porter como asesino tras 17 horas de interrogatorio. El verdadero asesino fue encontrado, detenido y condenado. Anthony Porter fue puesto en libertad en 1999.

6. Liberado tras casi 20 años en prisión gracias a la marca de una mordedura.

¿Quién podía imaginar que gracias a algo tan pequeño como una marca de mordedura se pudiera revocar una condena por asesinato de un hombre encarcelado durante casi dos décadas?. Una chica de 19 años de edad fue encontrada muerta en una zanja en New Jersey en 1994 y Gerard Richardson se convirtió en el sospechoso de ser el autor del crimen. La fiscalía utilizó como prueba para condenarlo la marca de una mordedura. Pero estaban equivocados. Pruebas de ADN realizadas gracias a la organización Proyecto Inocencia lo demostraron en octubre de 2013. La nueva prueba demostró que la marca de mordedura utilizada para condenar a Richardson pertenecía a otro hombre. Después de casi 20 años tras las rejas, Richardson era un hombre libre. Richardson no habría podido optar a la libertad condicional hasta mayo de 2025.


7. 35 años encarcelado y liberado gracias a las pruebas de ADN.

Imagínate el vuelco que puede dar tu vida al ser encerrado en una cárcel durante 35 años de tu vida ... por un crimen que nunca cometiste. Eso es lo que le pasó a James Bain, un hombre de Florida que fue injustamente condenado a cadena perpetua por allanamiento de morada, secuestro y violación en 1974. Bain mantuvo su inocencia desde el primer día, pidiendo a los tribunales que realizaran la prueba de ADN cuando esta estuvo disponible. Una organización no lucrativa llamada Proyecto Inocencia de Florida que se dedica a ayudar a exonerar a condenados injustamente, escuchó su caso y decidió ayudarlo. Es una buena hora lo hicieron. Las pruebas de ADN demostraron que Bain nunca pudo haber cometido la violación, y ocho meses más tarde él era un hombre libre. Los 35 años que Bain pasó encerrado es el tiempo más largo que una persona ha estado en prisión hasta finalmente ser liberado gracias a pruebas de ADN. Bain recibió 1,7 millones de dólares del Estado en compensación por el error cometido.


8. Declarado inocente tras estar 20 años en prisión al ser obligado a confesar algo que no hizo.

Nunca cometió el crimen, pero los policías que lo interrogaron hicieron que se derrumbara psicológicamente hasta el punto de hacerlo confesar algo que no hizo, lo que le costó 20 años de prisión. Eso es lo que le pasó a Juan Rivera, quien fue exonerado en 2012 de su injusta condena de prisión por la violación y asesinato en 1992 de una niña de 11 años de edad, en Waukegan, Illinois. Rivera fue hallado culpable en tres ocasiones, a pesar de que las pruebas de ADN vinculaban la violación con otra persona. En la tercera revisión de caso, el juez dictaminó que no podía ser encontrado culpable más allá de una duda razonable.

9. Dos inocentes recibieron casi 5 millones de dólares tras 18 años de cárcel.

Después de pasar casi 18 años en la cárcel de una sentencia de 20 por la violación de una ama de casa, dos hombres fueron puestos en libertad y compensados con varios millones de dólares cuando las pruebas de ADN los exoneraron del crimen. Larry Davis y Alan Northrup fueron encarcelados en el condado de Clark, Washington, en 1993, cuando aun no se realizaban pruebas de ADN. Pero cuando este tipo de pruebas se podían realizar, Proyecto Inocencia de Washington se hizo cargo del caso y se puso a trabajar, para finalmente liberar y exonerar a Northrup y Davis en 2010. Cada uno de ellos recibió 5,25 millones de dólares a modo de indemnización.


10. Encarcelado por pruebas supuestamente fabricadas por la policía.

A veces la policía no consigue detener al malo de la película, entonces crea uno. Eso es lo que Daryl Burton alega, que el Departamento de Policía de St. Louis fabricó una serie de pruebas y ocultó otras, lo que dio lugar a su injusta condena a prisión por el asesinato de un hombre en una gasolinera en 1984. Burton fue condenado a cadena perpetua por el crimen, pero fue exonerado en 2008, cuando un juez decretó su libertad, ya que él era un hombre inocente, tal y como mantuvo durante el juicio. Después de 24 años de prisión y dos años de libertad provisional, Burton demandó a la ciudad, a la junta de comisionados de policía y varios funcionarios de policía, alegando que los testigos fueron dirigidos para acusarlo del crimen. También afirmó que la policía creó informes falsos y se ocultaron descripciones de testigos oculares del verdadero asesino, que a su vez fue asesinado en 1986.
 
A otro nivel, pero injusticia al fin y al cabo.

LA JUSTICIA IMPERFECTA
“¿Qué culpa tenemos los abuelos...?” Historia de una denuncia con consecuencias
Un error judicial obliga al Estado a pagar 20.000 euros a un matrimonio al que desde hace 10 años no le dejan ver a sus nietas



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José Antonio Hernández

Investigación EL PAÍS
Barcelona 10 JUN 2017 - 21:00 CEST
Ramón y Margarita, ambos de 74 años, no entienden lo que les está pasando, lo ven muy injusto. Cuenta su abogado Igor Fernández Barceló que temen irse de este mundo sin saber cómo han crecido sus nietas, qué aspecto tienen, si están bien… Cuatro y seis años contaban las pequeñas la última vez que las vieron. La justicia siempre les ha dado la razón, con independencia de las desavenencias matrimoniales entre su hijo y la nuera. La madre de las niñas no les deja verlas desde hace una década. Y eso que que desde 2007, Ramón y Margarita disponen de una sentencia firme que ordena a su nuera a dejarles estar con sus nietas al menos "un sábado alterno". Aún no ha sido posible. Y quizás nunca lo sea.


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Un abuelo con su nieto en una imagen de archivo. Gianluca Battista
El mismo juez que estableció que estos abuelos "tenían derecho a ver a sus nietas" no llegó a ejecutar su propia sentencia. Y así llevan diez años: “No hay derecho, es muy injusto", afirman Ramón y Margarita. "Nos han robado la vida de nuestras nietas; cuando nos miramos, sabemos que nos faltan nuestras nietas...". [En esta información se omiten datos identificativos y poblaciones donde residen los protagonistas y sus nietas].

"Nos las han robado en vida; cuando nos miramos, sabemos que nos faltan nuestras nietas...".

Un informe del Consejo del Poder Judicial y otro del Consejo de Estado, a los que ha tenido acceso EL PAÍS, dan la razón a los abuelos y censuran los muchos años transcurridos sin una respuesta judicial adecuada. Y el Ministerio de Justicia ha tenido que pagarles 20.000 euros de indemnización. 10.000 euros a cada abuelo por los daños morales ocasionados y la inhibición judicial para obligar a que las niñas viesen a sus abuelos paternos. Sostiene el ministerio que se ha producido "un funcionamiento anormal de la Administración de Justicia". "Esto no ha debido ocurrir; tantos años hace que se pierda la afectividad entre abuelos y nietos", destaca el letrado de los abuelos.

Recurso contra los 20.000 euros de indemnización
A la hora de fijar la indemnización que reclaman tanto los abuelos (pedían inicialmente 100.000 euros para ambos) como el padre de las niñas (218.000 euros), el Ministerio de Justicia indica que su labor no es valorar la rectitud de las medidas adoptadas por los jueces. No puede hacerlo. Pero sí entra en las "injustificadas dilaciones" habidas en ambos procesos. Por un lado, han propiciado que se "rompa la afectividad abuelos/nietas, ya que los abuelos no han estado con ellas desde hace diez años. Y, por otro, que el padre volviera a verlas tras casi ocho años encausado. "La instrucción se demoró cuatro años, un retraso injustificado", lamenta el Ministerio de Justicia en un informe sobre este asunto. Desde la denuncia por abusos en 2007 hasta el juicio y su absolución pasaron casi ocho años.

Respecto a los 218.000 euros que pedía el padre de las niñas por dilaciones y daños morales, Justicia señala que los sentimientos no son evaluables económicamente ("son estados emocionales subjetivos"), aunque admite las graves dilaciones. Finalmente, ha decidido indemnizarle con 10.000 euros. Entiende el ministerio que sí hay un daño moral por cuanto el padre volvió a ver a sus hijas cuando "estas ya tenían 13 y 11 años de edad" y después de ser absuelto en un largo proceso cuya duración no está justificada.

Los abuelos pedían 50.000 euros para cada uno, pero el Ministerio los ha dejado en 20.000 para ambos. Señala que ha habido dilaciones, pero culpa de que la sentencia que les permitía ver a su nietas se haya incumplido "a la actitud de la madre y de las propias nietas, que siempre se han negado a mantener una comunicación". El abogado Igor Fernández asegura que va a recurrir ante la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional la indemnización de 20.000 euros acordada para los abuelos y los 10.000 para el padre de las niñas. Y ahora pedirá 200.000 euros para los abuelos dado que ya nunca podrán ver a las niñas. Las psicólogas del punto de encuentro han desaconsejado que tanto el padre como los abuelos se comuniquen con las niñas, que ya han crecido.

Ramón y Margarita acudieron por primera vez a la justicia el 22 de noviembre de 2007 pidiendo al juez que obligase a la madre para que les permitiera ver a las niñas. En ese momento su hijo y su nuera se estaban divorciando, con gran tensión. Ella pedía una pensión de 700 euros y él ofrecía 200: el juez de Familia la zanjó en 400. Y en este contexto la madre denunció al padre por abusar de su hija menor. Señaló que le notó rojiza la vulva mientras la bañaba y que la menor le contó que se lo había hecho su padre cuando, por su lado, también la bañaba. "Y él se tocaba flojito", detalló la madre que le refirió la menor.

Al principio, mientras se tramitaba el divorcio, pactaron que el padre tuviese a las niñas fines de semana alternos. Pero tras la denuncia por violencia de género, sustentada en maltrato doméstico y abusos sexuales, un juez ordenó al progenitor que no se acercase a ellas a menos de un kilómetro. Y así estuvo casi ocho años ante de que, tras una auténtica odisea, le absolviera la Audiencia de Tarragona en una sentencia especialmente dura contra la denunciante.

Numerosos peritos judiciales, forenses, pediatras y psicólogos, han intervenido en este asunto, y concluyeron que no existieron tales abusos. El tribunal de la Audiencia de Tarragona que absolvió al padre calificó de "seriamente inquietante" la denuncia materna. Los forenses indicaron en el juicio, y así lo asumió el tribunal, que el rojizo de la menor se debía a una "vulvovaginitis, frecuente en niñas de esa edad", dictaminaron. Y restaron credibilidad a la versión de la madre.

Mientras el hijo estuvo imputado, los abuelos paternos lucharon sin tregua por estar con las niñas, al menos los sábados, como había ordenado el juez en una sentencia de 2007. Pero los escritos judiciales de Ramón y Margarita recordándole que ejecutase de una vez su propio fallo y obligase a la madre a cumplir el régimen de visitas cayeron en saco roto. Y los años fueron pasando, y las niñas creciendo. El 11 de marzo de 2010, tres años después de la demanda de los abuelos, el juez celebró una vistilla con las partes para reiterar el derecho de aquéllos a estar con sus nietas, al margen de la situación del padre. Pero entonces la madre pidió al juez 60 días de plazo para llegar a un acuerdo con sus suegros sin necesidad de coerción. El encuentro de abuelos y nietas apenas duró unos minutos. Estuvo presente una psicóloga, a instancias de la madre. Puso enfrente a los abuelos y a las niñas y dijo: "¿A qué no sabéis quiénes son?". Las niñas respondieron que no y se las llevó. Los abuelos se sintieron humillados, pero no cejaron en su empeño de estar con sus nietas en otras condiciones.

Corría junio de 2010 y el asunto seguía paralizado. Nada se movió en el juzgado hasta mayo de 2012. Hartos de esperar a que el juez obligara a la madre a dejar las niñas con sus abuelos, estos se quejaron al Consejo General del Poder Judicial de la inacción judicial. El Consejo le pidió explicaciones y este replicó que de inmediato retomaría el asunto. Se excusó en que la demora se debía a problemas “estructurales del juzgado”.

Pese al toque de atención del Consejo, el juzgado no retomó el caso hasta el 25 de noviembre de 2013. En esta ocasión, el juez ya sí se mostró inflexible con la madre, pero esta volvió a hacer caso omiso (el abogado de los abuelos asegura que está estudiando "acusar a la madre por denuncia falsa contra el padre de las niñas", absuelto tras ocho años encausado en una sentencia que sugiere influjos maternos en las menores). Y se queja de que "el fiscal no haya hecho nada por preservar el derecho de las nietas a estar con sus abuelos, y viceversa".

"Lentitud, desidia e impunidad"
El abogado Igor Fernández señala: "Este caso debe ser una voz al problema para tantas familias que, a pesar de tener un régimen de visitas reconocido en sentencia, a causa de la negativa de los progenitores custodios y la lentitud, desidia y falta de medios legales y materiales de la justicia, en muchos de los casos se ven imposibilitados para materializar el cumplimiento de los derechos reconocidos en las resoluciones, sin apenas consecuencias ni para los infractores ni para la propia justicia responsable de las dilaciones".

Han confluido dos procesos en este asunto. Primero el de los supuestos abusos sexuales del padre a una de sus hijas, que acabó en absolución. Y segundo, el de los abuelos contra la exnuera, para ver a las nietas, que, aunque la justicia les dijo en 2007 que tenían derecho a estar con ellas, todavía hoy siguen sin verlas. Y posiblemente nunca las vean salvo que las nietas (ahora adolescentes) quieran.

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El abogado Igor Fernández Barceló, en su despacho.

El padre fue absuelto el 20 de diciembre de 2013 por la Sección Cuarta de la Audiencia de Tarragona. Tras quedar exonerado, él sí pudo ver de nuevo a sus hijas, en concreto, el 7 de abril de 2015. Pero solo estuvo con ellas “cinco o seis veces más”. Cada vez que iba al punto de encuentro judicial para verlas, las niñas le recibían “de espalda y mirando a la pared”, detalla el abogado Igor Fernández. Dejó de ir al punto de encuentro. "Tanto tiempo rompe la relación de afectividad familiar", señala el abogado. "Y algo parecido sucede con los abuelos". Tras los desencuentros y reveses del punto de encuentro, ni el padre ni los abuelos podrán ya ver a las niñas. Dada la edad actual y el férreo rechazo de las menores hacia el padre y los abuelos, las psicólogas del punto de encuentro han desaconsejado las comunicaciones. Unos y otras residen en pueblos diferentes de Barcelona y Tarragona.

"Vivimos con un vacío imposible de llenar, y teníamos nuestro derecho a ver crecer a las niñas, no ha sido así, y hay muchos abuelos a los que tampoco dejan ver a sus nietas". Ramón y Margarita empiezan a barruntar que la vida se acorta, sus nietas han crecido y que, quizás, se vayan sin verlas. "¿Qué culpa tenemos nosotros...?", se lamentan los abuelos.

Unos extraños para las niñas
El Consejo del Poder Judicial considera que el juez debió obligar a la madre a dejar a los niños estar con los abuelos y se remite al contenido del auto que dictó el propio juez el 25 de noviembre de 2013 (los abuelos llevaban entonces seis años y nueve meses sin poder ver a las niñas porque la madre se oponía). Los abuelos ya se habían quejado al Poder Judicial y aún faltaban dos años para que el magistrado ordenase de nuevo el cumplimiento del régimen de visitas con las nietas. Estableció el juez: “ (…) Es un dato objetivo el largo tiempo transcurrido desde que se interrumpió la relación entre los abuelos paternos y sus nietas, con el consiguiente perjuicio que ello conlleva y la dificultad añadida de retomar una relación con unos abuelos que para las menores prácticamente podrían ser unos extraños, [una] situación que si a alguien no es imputable, es a dichos abuelos paternos”.
 
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