Caso Urdangarin Parte XVI. Urdangarin imputado.

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Urdangarin negoció pingües contratos como asesor personal de grandes firmas

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? El yerno del Rey fue en sí mismo una franquicia por su relevancia familiar
? Las retribuciones que pactaba era de 200.000 euros anuales y más
? El negocio de Nóos decayó cuando el duque dejó el instituto


El yerno del Rey, Iñaki Urdangarin, negoció directamente contratos de asesoramiento personalizado con empresas españolas y extranjeras, retribuidos con 200.000 euros anuales y más. Otras veces el exdeportista formalizó acuerdos de “consultoría” por 6.000 euros mensuales. Operó a través de su firma privada Aizoon y el entramado del Instituto Nóos. En el caso de la inversora Mixta África, durante un año trabajó sin contrato, según se desprende del acuerdo de noviembre de 2007, año y medio después del veto del Rey a sus negocios.

El duque de Palma y su esposa, la infanta Cristina, llegaron a sumar en 2006 ingresos anuales por más de un millón de euros, según un borrador de la declaración de impuestos de la pareja que obra en la causa del caso Palma Arena. La hija de don Juan Carlos ingresó 120.000 euros, entre su sueldo en La Caixa y la aportación de la Casa del Rey.

La nómina de Urdangarin en Nóos era de 54.800 euros en 2005. Aquel año su empresa Aizoon declaró unos ingresos de 640.000 de las dos marcas de Nóos (el Instituto y la Consultoria Estratégica), con gastos por obras y muebles de 439.038 en la mansión de Pedralbes, con una hipoteca de más de tres millones. Ese año, la cuota de sociedades de Aizoon fue de 9.734 euros y la del IVA de 24.679.


Los duques de Palma ingresaron más de un millón de euros en 2006

La infanta —copropietaria de la consultora Aizoon y de las propiedades inmobiliarias— no está siendo investigada en la causa por supuesta corrupción que afecta a su esposo. El duque está imputado por malversación de caudales públicos, falsedad documental, fraude a la Administración y prevaricación.

Multinacionales como Telefónica, Motorpress y Motor Ibérica o Global son algunas de las compañías de las que Urdangarin logró una iguala de tarifa alta de hasta más de 200.000 euros por asesorar a sus directivos y al consejo. La Fiscalía Anticorrupción y la Agencia Tributaria han contabilizado que el grupo Nóos ingresó 4,3 millones de particulares entre 2004 y 2007 y de las Administraciones acumuló 5,8 millones.

Un contrato reseña el peso determinante de la figura del duque de Palma al establecer sus relaciones comerciales. El poderoso grupo de prensa y de armas francés Lagardère Resources estipuló con el yerno del Rey una compensación de 200.000 euros y resaltó que “efectúa dicho contrato con él en consideración del hecho que don Iñaki Urdangarin realizará la prestación”. En el anexo se cede la exclusiva a Nóos Consultoria Estratégica.

El acuerdo personalizado para asesoría de mecenazgo y comunicación internacional, entre Arnaud Molinié, de Fundación Jean Luc Lagardère, e Iñaki Urdangarin no está firmado, fue intervenido por el fiscal Pedro Horrach en el registro del despacho de Barcelona de Miguel Tejeiro, asesor fiscal de Nóos y de los duques de Palma. En el borrador de la declaración de Hacienda de Aizoon se anota la citada partida de 200.000 euros de Lagardère.

Urdangarín declaró en 2007 que la compañía privada Mixta África le abonó 257.000 euros, mientras que Motorprees Ibérica le ingresó 209.148. Telefónica, para la que trabaja, le pagó 200.000. El duque es asesor y accionista de la compañía Mixta África, que estipula en el contrato confidencial “los nuevos accionistas han acordado formalizar por escrito su relación contractual de prestación de servicios en aras a clarificar el contenido de las prestaciones”. En el contrato encabezado por Luis Hernández de Cabanyes y Urdangarin se acuerda “fijar las líneas estratégicas en la gestión, operación, consolidación de la sociedad y sus filiales”.

El famoso exjugador de balonmano del Barça y yerno del Rey fue en sí mismo una franquicia en el ámbito del patrocinio, una marca que se imponía por su capacidad y relevancia familiar, según se desprende de los relatos de los testigos en la causa, empresarios que le contrataron, el ex presidente del Valencia, Juan Bautista Soler, y el dueño del Villareal, Fernando Roig.

Las relaciones de Nóos con empresas privadas y corporaciones públicas se difuminaron a mitad de 2006 tras salir el duque de Palma del primer plano —“aparentemente”, dice el fiscal— con su traslado obligado a Estados Unidos, instado por el Rey.

“Con el fin de entender mejor las decisiones de mecenazgo y de patrocinio, la figura de Urdangarin y el trabajo de sus socios y otros comisionistas fue clave para captar decenas de marcas y sus aportaciones. Volkswagen Audi abonó más de 430.000 euros por sus trabajos en tres años; Telefónica, 406.000 euros; Repsol YPF, 275.856 euros, o la SGAE, 401.843 euros. Pero hubo otras sociedades como Abertis, Miguel Torres, Adecco, Iberia, Toyota, Europcar, Joyería Tous, Bancaja, Sol Meliá, Sa Nostra, PWC, Iberdrola, Air Europa, Roig Grupo y Timberland España.
 
La supuesta reducción de los miembros de la familia real conllevaría "unos plazos larguísimos", explicó en su día la casa del rey, añadiendo que en el hipotético caso de que se produjera no tendría que ver con "con el momento actual". Pero su postura es firme: la composición de la familia real, en principio, no va a modificarse. Pero, ¿y qué pasa si hay una renuncia de la infanta Cristina al derecho de sucesión?

¿Y quién leches es la Casa del Rey para decir que la composición de la familia real no se va a modificar?

Vamos a ver, hasta que no seamos conscientes de que este tema NO ES COMPETENCIA DE LA CASA REAL, que este tema es competencia exclusivamente del PARLAMENTO NACIONAL, que es el único que está legitimado para decidir quién pertenece o quién no pertenece a la Familia Real, para redactar o no redactar un Estatuto de la Familia Real, para modificar el exitente, o simplemente PARA SUPRIMIR LA MONARQUÍA...aquí no hacemos nada.

Es una VERGÜENZA INACEPTABLE que el Jefe de la Casa Real se haya atribuído una competencia LEGISLATIVA o iniciativa legislativa cuando no la tiene.
 
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BENEFICIOS Y COMISIONES. Beneficios de Aizoon, 745.000 euros. Ingresos Borbón-Urdangarin: 1.020.000.

En letra de mosca, el manuscrito resume, en marzo de 2007, los ingresos y partidas para la declaración fiscal de Urdangarin, su esposa y la empresa de ambos Aizoon. Bajo el nombre de Iñaki se relaciona Telefónica, 200.000; Global, 300.000; Infanta, 120.000; + 400.000: suma 1 millón y se restan 150.000, lo que da un ingreso personal de 850.000. Aizoon cobró de Lagardère, Altadis 30.ooo, Motorpress 185.000; Mixta África 72.000; Motor Ibérica 180.000; Mixta África 06, 150.000; Ricard 100.00. Suma: 1.045.400. Gastos: 200.000.
 
Noticias agencias
Nóos cobró al Govern balear facturas sin relación con el trabajo realizado


http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=1056823

Palma, 4 ene (EFE).- Un informe de la Unidad de Delincuencia Económica de la Policía indica que el Instituto Nóos cobró al Govern balear facturas que "nada tienen que ver con el objeto solicitado" y que debería haber asumido el propio instituto para pagar cuestiones como mobiliario de la sede de Barcelona o videoconferencias.

El informe, que figura en el sumario de la pieza separada del caso Palma Arena en la que se investigan presuntas irregularidades por parte del Instituto Nóos que presidía Iñaki Urdangarin, al que ha tenido acceso Efe, cuestiona por qué las entidades públicas pagaron esas facturas.

Entre lo abonado figura la instalación de servicios informáticos en la sede barcelonesa del Instituto Nóos, la compra de software o de unas esferas decorativas inflables y la pistola de aire para hincharlas que, según uno de los testigos, se utilizaron en un evento en Valencia, no en Baleares.

También figura una videoconferencia desde Argentina a España, por importe de 259,75 euros, con alguien de la empresa Repsol YPF, que se produjo días antes de la celebración del fórum de 2006 y que no aporta datos que hagan suponer la participación de nadie de esa empresa en el mismo.

El informe atribuye la videoconferencia a "una actividad empresarial privada", ya que Nóos mantiene relaciones comerciales con dicha empresa.

En el análisis de cientos de facturas de 63 procedencias distintas aportadas por Nóos en relación a los convenios firmados con la Fundación Illesport y el Instituto Balear de Turismo, para organizar los Forum Baleares de Turismo y Deporte en 2005 y 2006, el informe señala que no se han presentado documentos acreditativos de todos los gastos originados por la cuantía firmada en su día con el Govern, de 1,2 millones en 2005 y 1,1 en 2006.

Las facturas presentadas atribuibles al foro de 2005 suman 228.459,55 euros y 272.353,34 las de 2006.

Además indica que sí se han aportado, "de forma incomprensible", facturas que "nada tienen que ver con el objeto solicitado", que incluyen el pago de la participación de un conferenciante en una cumbre celebrada en otra comunidad, el Valencia Summit, también organizado por Noos.

Se cobró también el trabajo de varios traductores de italiano, inglés y francés que trabajaron en el Valencia Summit y la Copa América y la corrección de un libro del que no hay relación con el IB Forum de 2005 ni 2006.

Figuran otros artículos como un reposapiés o la edición de un libro escrito por Iñaki Urdangarin y Diego Torres, "El patrocinio visto por sus principales protagonistas", que es anterior a la celebración del primer foro y varios billetes de avión de los que no se precisa origen y destino y estancias en hoteles sin precisar el establecimiento o el lugar.

Incluso se facturan 336,8 euros por billetes de tren que según el informe "no parecen propios de ningún tren que circule por las Illes Balears".

El informe concluye que esas facturas sin relación se han presentado "con el objetivo de justificar unos gastos que a todas luces corresponde al propio Instituto Nóos abonarlas" y cuestiona por qué se han abonado, en algunos casos antes incluso de la firma de los convenios.

Otro ejemplo de cuestiones que Nóos cobró de forma indebida son los servicios de un mediador que logró varios patrocinios, por 27.896 euros.

Según el informe de la Unidad de Delincuencia Económica "no corresponde abonarlas al organismo balear" porque el convenio firmado con Nóos indica que la entidad que presidía Urdangarin buscaría y gestionaría la búsqueda patrocinadores privados para completar el presupuesto.

También indica lo mismo acerca de la factura de un portátil: "Se supone que la compra de un ordenador portátil es adquisición de mobiliario para uso y disfrute del propio Instituto Nóos, no pudiendo ser abonado con un dinero público con un objetivo muy diferente al de dotar de medios a un ente que ya debía contar con dichos medios para presentarse y realizar el trabajo encargado".

Varias facturas tienen fecha anterior a la firma del convenio para celebrar el foro, como 34.800 euros de una empresa que empezó a gestionar el programa y buscar ponentes y que, según Delincuencia Económica, Nóos tenía que haber asumido como "riesgo empresarial". EFE
 
Y le llegan los gases a la Frijola, menudo peste debe hacer en Mexico, los gases apestosos del Urdanga y los gases apestosos que produce la digestion de los frijoles.

Sr./Srta. Aerored.

Los gases a la Srta. Fríjola no se si Ud. está al corriente..... pero tanto en México como en España como en Estambul, los gases humanos, véase los suyos...es algo muy corriente, como el Sr. Chorizo...también los tiene apestosos.....´si son a causa de los fríjoles, véase Ud. están ricos....¿los ha probado? más que nada porque habla con una autoridad del tema que creo tuvo indisgestión....
 
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"Todo el mundo pensaba que Urdangarín seguía de alguna manera u otra ligado a Nóos"


La directora de gabinete del ex presidente balear Jaume Matas, Dulce Linares, manifestó el pasado mes de noviembre ante el fiscal Anticorrupción Pedro Horrach que "todo el mundo pensaba" que el duque de Palma, Iñaki Urdangarín, seguía ligado "de alguna manera" al Instituto Nóos a pesar de que éste dejó de presidir esta sociedad sin ánimo de lucro en marzo de 2006.

Sin la existencia de dicha vinculación, según manifestó Linares al Ministerio Público, no se habría firmado el convenio para la organización de un segundo foro de turismo y deporte en la isla en 2006 cuyo coste, junto con el del primer foro celebrado un año antes, ascendió a un total de 2,3 millones de euros.

Durante su declaración ante el fiscal- aportada a la causa por supuesta evasión de dinero público que investiga el juez instructor número 3 de Palma, José Castro-, Linares recuerda cómo se realizó la negociación para los firma de ambos convenios, que comenzó en mayo de 2005.

Según linares, el ex director de Deportes del último gobierno balear del PP, "Pepote" Ballester, le comentó que el duque de Palma se personaría en la sede del Consolat del Mar como representante de Nóos para exponer al propio Matas el proyecto de organización de un fórum sobre deporte.

En dicha reunión intervinieron, además de los dos mencionados y la declarante, el gerente del Instituto Nóos y socio de Urdangarín Diego torres y los consellers de Turismo y Deportes, Rosa Puig y Joan Flaquer, respectivamente.

Sin procedimiento abierto

La ex jefa de gabinete manifestó también que Torres llevó la voz cantante en esta primera reunión, de la que no se llegó a hablar del precio del evento, y tras su exposición el ex presidente balear encargó a "Pepote" la firma de un convenio con Nóos desde la Fundación Illesport para organizar el evento. En ese momento se comentó que la aportación se instrumentalizaría mediante un convenio, "no planteándose en ningún caso la apertura de un procedimiento abierto".

La cantidad de dinero público a aportar, según Linares, se conoció de boca de Ballester en una reunión ejecutiva celebrada posteriormente, y fue impuesta por Nóos. El ex director de deportes presentó además "como algo ya decidido" la celebración de una segunda cumbre en 2006.

Preguntada por el fiscal, la testigo reconoció que no es algo habitual que se prepare un convenio de colaboración sin apertura de procedimiento administrativo alguno, como ocurrió en este caso, y apuntó que la Fundación Illesport "no está sometida al régimen de fiscalización previa de los expedientes por parte de la Intervención".

Tras ponérsele de manifiesto que desde la Fundación Illesport no se exigió a Nóos la presentación de facturas que justificasen el destino de los fondos, Linares manifestó que le consta que Ballester exigió a dicha sociedad la justificación del cumplimiento del convenio, y que de hecho estaba muy enfadado "ya que Nóos quería cobrar y Pepote Ballester no quería pagar" porque no se presentaban las facturas. "De hecho, Pepote Ballester acabó enemistado con Iñaki Urdangarín por este motivo", según la declarante, que añadió que desconocía la fecha en la que Undargarín dejó el Instituto Nóos, si bien todo el mundo pensaba que seguía ligado a él de alguna manera "ya que si no hubiera sido así, el segundo convenio no se habría firmado".
 
Al pillo de Matas le interesaba mucho que se dirimiera en la Audiencia Nacional, le favorecia a el , por aquello de rio revuelto ganancia de pescadores, el maximo responsable de Noos en Mallorca es Matas, no Urdangarin. Un Ex ministro de Gobierno Nacional y President del Govern Balear , ahi es nada ir dando millones porque lo ha pedido un yerno real que no tiene cargo alguno, ni es Estado ni lo sera jamas, aunque moralmente sea reprobable buscar contratos con administraciones publicas, quien ha jurado un cargo publico y lo esta ejerciendo es reponsable del dinero que paga a quien sea.Por algo juran el cargo al aceptarlo.
Matas la hizo muy gorda y no tiene justificacion alguna, nadie lo secuestro, ni lo apunto con una pistola para que contratara y pagara a la Consultora Noos.

Lo mismo podríamos decir del Molt Honorable (?) Paco Camps.
 
Código Penal
CAPÍTULO VI.
DEL TRÁFICO DE INFLUENCIAS.


Artículo 428. Redacción según Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio.

El funcionario público o autoridad que influyere en otro funcionario público o autoridad prevaliéndose del ejercicio de las facultades de su cargo o de cualquier otra situación derivada de su relación personal o jerárquica con éste o con otro funcionario o autoridad para conseguir una resolución que le pueda generar directa o indirectamente un beneficio económico para sí o para un tercero, incurrirá en las penas de prisión de seis meses a dos años, multa del tanto al duplo del beneficio perseguido u obtenido e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres a seis años. Si obtuviere el beneficio perseguido, estas penas se impondrán en su mitad superior.

Artículo 429. Redacción según Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio.

El particular que influyere en un funcionario público o autoridad prevaliéndose de cualquier situación derivada de su relación personal con éste o con otro funcionario público o autoridad para conseguir una resolución que le pueda generar directa o indirectamente un beneficio económico para sí o para un tercero, será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y multa del tanto al duplo del beneficio perseguido u obtenido. Si obtuviere el beneficio perseguido, estas penas se impondrán en su mitad superior.


Artículo 430.

Los que, ofreciéndose a realizar las conductas descritas en los artículos anteriores, solicitaren de terceros dádivas, presentes o cualquier otra remuneración, o aceptaren ofrecimiento o promesa, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año.

Redacción según Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio. Cuando de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis de este Código una persona jurídica sea responsable de los delitos recogidos en este Capítulo, se le impondrá la pena de multa de seis meses a dos años.

Añadido por Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio. Atendidas las reglas establecidas en el artículo 66 bis, los jueces y tribunales podrán asimismo imponer las penas recogidas en las letras b) a g) del apartado 7 del artículo 33.

Artículo 431.

En todos los casos previstos en este Capítulo y en el anterior, las dádivas, presentes o regalos caerán en decomiso.


CAPÍTULO VII.
DE LA MALVERSACIÓN.

Artículo 432.

1. La autoridad o funcionario público que, con ánimo de lucro, sustrajere o consintiere que un tercero, con igual ánimo, sustraiga los caudales o efectos públicos que tenga a su cargo por razón de sus funciones, incurrirá en la pena de prisión de tres a seis años e inhabilitación absoluta por tiempo de seis a diez años.

2. Se impondrá la pena de prisión de cuatro a ocho años y la de inhabilitación absoluta por tiempo de diez a veinte años si la malversación revistiera especial gravedad atendiendo al valor de las cantidades sustraídas y al daño o entorpecimiento producido al servicio público. Las mismas penas se aplicarán si las cosas malversadas hubieran sido declaradas de valor histórico o artístico, o si se tratara de efectos destinados a aliviar alguna calamidad pública.

3. Redacción según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre. Cuando la sustracción no alcance la cantidad de 4.000 euros, se impondrán las penas de multa superior a dos y hasta cuatro meses, prisión de seis meses a tres años y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de hasta tres años.

Artículo 433.

La autoridad o funcionario público que destinare a usos ajenos a la función pública los caudales o efectos puestos a su cargo por razón de sus funciones, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses, y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a tres años.

Si el culpable no reintegrara el importe de lo distraído dentro de los diez días siguientes al de la incoación del proceso, se le impondrán las penas del artículo anterior.

Artículo 434.

La autoridad o funcionario público que, con ánimo de lucro propio o ajeno y con grave perjuicio para la causa pública, diere una aplicación privada a bienes muebles o inmuebles pertenecientes a cualquier Administración o Entidad estatal, autonómica o local u Organismos dependientes de alguna de ellas, incurrirá en las penas de prisión de uno a tres años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres a seis años.

Artículo 435.

Las disposiciones de este Capítulo son extensivas:

1. A los que se hallen encargados por cualquier concepto de fondos, rentas o efectos de las Administraciones públicas.
2. A los particulares legalmente designados como depositarios de caudales o efectos públicos.
3. A los administradores o depositarios de dinero o bienes embargados, secuestrados o depositados por autoridad pública, aunque pertenezcan a particulares.


Gracias, ya me lo habias dicho y lo entendi, pero que no sea adelito no le exime de haber explotado su condición de "marido de la infanta" y por supuesto que todo lo ha hecho "por ser vos quien sois"
Ahora veremos si a la hora de juzgarle, tambièn sigue siendo "el marido de la infanta" hija del intocable y diremos que "Con la Iglesia hemos topado"
Estamos siendo testigos de la mayor chapuza de la historia y no entiendo que haya gente que se asuste de que el individuo sea el centro de atencion de TODOS los medios e incluso le acosen en los aeropuertos
!El se lo ha buscado!
Saludos
 
Gracias, ya me lo habias dicho y lo entendi, pero que no sea adelito no le exime de haber explotado su condición de "marido de la infanta" y por supuesto que todo lo ha hecho "por ser vos quien sois"
Ahora veremos si a la hora de juzgarle, tambièn sigue siendo "el marido de la infanta" hija del intocable y diremos que "Con la Iglesia hemos topado"
Estamos siendo testigos de la mayor chapuza de la historia y no entiendo que haya gente que se asuste de que el individuo sea el centro de atencion de TODOS los medios e incluso le acosen en los aeropuertos
!El se lo ha buscado!
Saludos

de acuerdo contigo en todo...
 
Estado
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