Juicio al 'procés' - Referéndum en Cataluña — El conflicto catalán - Parte II

Así puede empezar el decálogo indepe:
1)Próxima parada, hacienda catalana.
2)Cataluña será lo que los catalanes quieran.
3)La realidad es tozuda.
4)Catalañuna ya se ha ido.
5)En aras de "la voluntad del pueblo", todo es legítimo y está más que justificado.
6)Todo aquel que no esté de acuerdo con la independencia "catalán style" es un facha, franquista y opresor de manual.
7)En España te apalean por algo tan democrático como es votar.
8)El "prusés" es cívico, pacífico y se ganó en las urnas.
9)58%, 70%, 80%, 93% y subiendo. El porcentaje es sólo aproximado, va a gusto del consumidor.
10):hilarious::hilarious::hilarious::hilarious:
 

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Podréis retrasar la emancipación catalana, pero no la podréis impedir.

Lo que tenéis que valorar es a qué coste.

(y cuidaros de no pasaros de frenada, que con un gobierno PPVOX vaias a acabar por adelantar la legada de la república catalana en lugar retrasarla).
 
Es buenísimo. O sea que lo de querer meter a la infanta en la cárcel no fue en defensa del derecho y que todos somos iguales ante la ley sino para joder a Cataluña (interpretada, of course, como Cataluña es independentistas, los catalanes que no quieren autodeterminarse son trifachitas o trifálicos). Acabáramos...

Los ultras de Manos Limpias no pretendían meter a la infanta en la cárcel, su objetivo era adelantar la sucesión.
 
Última edición por un moderador:
Igual te ayuda releer los tipos:
Artículo 472 Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para cualquiera de los fines siguientes:(...)5.º Declarar la independencia de una parte del territorio nacional.

¿Ves algo de armas? A que no. Por lo tanto no hacen falta armas para el delito de rebelión. Se exige solo alzamiento violenta y públicamente. Violencia no son armas. Quizá te ayude pensar en violencia contra la mujer. No suele haber pistolas ni cuchillos y es violencia.

Seguimos en el código penal, y vamos al art. 473, que fija las penas. Hay un primer apartado para la rebelión sin agravantes, que es salvo error la que se está barajando aquí:
1. Los que, induciendo a los rebeldes, hayan promovido o sostengan la rebelión, y los jefes principales de ésta, serán castigados con la pena de prisión de quince a veinticinco años e inhabilitación absoluta por el mismo tiempo; los que ejerzan un mando subalterno, con la de prisión de diez a quince años e inhabilitación absoluta de diez a quince años, y los meros participantes, con la de prisión de cinco a diez años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a diez años.

Y luego está la rebelión con agravante, por ejemplo aquellas en las que se esgrimen armas:
2. Si se han esgrimido armas, o si ha habido combate entre la fuerza de su mando y los sectores leales a la autoridad legítima, o la rebelión hubiese causado estragos en propiedades de titularidad pública o privada, cortado las comunicaciones telegráficas, telefónicas, por ondas, ferroviarias o de otra clase, ejercido violencias graves contra las personas, exigido contribuciones o distraído los caudales públicos de su legítima inversión, las penas de prisión serán, respectivamente, de veinticinco a treinta años para los primeros, de quince a veinticinco años para los segundos y de diez a quince años para los últimos.

Si te das cuenta hay una pena para los reos de rebelión (jefes 15 a 25 años, etc.) y otra más grave para los reos de rebelión que han esgrimida armas (jefes 25 a 30 años, etc.).

Igual esto te ayuda a entender que la rebelión no precisa armas por definición, y que las armas lo que hacen es agravar el tipo y subir la pena en 10 años...
Próxima parada: penitenciaría.
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Igual te ayuda releer los tipos:
Artículo 472 Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para cualquiera de los fines siguientes:(...)5.º Declarar la independencia de una parte del territorio nacional.

¿Ves algo de armas? A que no. Por lo tanto no hacen falta armas para el delito de rebelión. Se exige solo alzamiento violenta y públicamente. Violencia no son armas. Quizá te ayude pensar en violencia contra la mujer. No suele haber pistolas ni cuchillos y es violencia.

Seguimos en el código penal, y vamos al art. 473, que fija las penas. Hay un primer apartado para la rebelión sin agravantes, que es salvo error la que se está barajando aquí:
1. Los que, induciendo a los rebeldes, hayan promovido o sostengan la rebelión, y los jefes principales de ésta, serán castigados con la pena de prisión de quince a veinticinco años e inhabilitación absoluta por el mismo tiempo; los que ejerzan un mando subalterno, con la de prisión de diez a quince años e inhabilitación absoluta de diez a quince años, y los meros participantes, con la de prisión de cinco a diez años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a diez años.

Y luego está la rebelión con agravante, por ejemplo aquellas en las que se esgrimen armas:
2. Si se han esgrimido armas, o si ha habido combate entre la fuerza de su mando y los sectores leales a la autoridad legítima, o la rebelión hubiese causado estragos en propiedades de titularidad pública o privada, cortado las comunicaciones telegráficas, telefónicas, por ondas, ferroviarias o de otra clase, ejercido violencias graves contra las personas, exigido contribuciones o distraído los caudales públicos de su legítima inversión, las penas de prisión serán, respectivamente, de veinticinco a treinta años para los primeros, de quince a veinticinco años para los segundos y de diez a quince años para los últimos.

Si te das cuenta hay una pena para los reos de rebelión (jefes 15 a 25 años, etc.) y otra más grave para los reos de rebelión que han esgrimida armas (jefes 25 a 30 años, etc.).

Igual esto te ayuda a entender que la rebelión no precisa armas por definición, y que las armas lo que hacen es agravar el tipo y subir la pena en 10 años...

:sleep::sleep::sleep::sleep::sleep::sleep:
 
Que fijacion con los mejillones y tu puchi, ¿ no te gustan los mejillones ?, ya es bien curioso esta fijacion con los mejillones que hay en algunas foreras...... en Belgica se comen otros productos del mar y hay distintos platos tipicos del pais que no contienen mejillones.

Marina, megáfono please

MEEEEEEEEEJJJIIIIIIIILLLLLLLLLOOONEESS
 
Es buenísimo. O sea que lo de querer meter a la infanta en la cárcel no fue en defensa del derecho y que todos somos iguales ante la ley sino para joder a Cataluña (interpretada, of course, como Cataluña es independentistas, los catalanes que no quieren autodeterminarse son trifachitas o trifálicos). Acabáramos...
Claro, por supuesto. Todo lo que sucede en España es por fastidiar, oprimir y humillar al "un sol poble". Con semejante carga se despierta todos los días esta pobre gente. Al lado de estos, el pueblo hebreo esclavizado en Egipto estaba en una súper party cuando Moisés se puso al mando para el éxodo.
 
Es buenísimo. O sea que lo de querer meter a la infanta en la cárcel no fue en defensa del derecho y que todos somos iguales ante la ley sino para joder a Cataluña (interpretada, of course, como Cataluña es independentistas, los catalanes que no quieren autodeterminarse son trifachitas o trifálicos). Acabáramos...
Catalanocentrismo, lo llamamos.
 
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