La Ley de Violencia de Género es discriminatoria, viola la Constitución y el principio de igualdad

En cualquier caso, y hablando de denuncias falsas, argumentar que la Ley de Violencia de Género debe ser derogada porque existen denuncias falsas es tan estúpido como decir que deberían desaparecer las aseguradoras porque muchísimas personas (muchas, muchas, no os podeis imaginar cuantas) viven de denunciar falsamente para cobrar del seguro. Y al hilo, un caso que conozco. Hace unos años, una chica que entró a trabajar en mi casa me contó quie en la casa anterior, el dueño la había denunciado por robo después de que ella tuviera que quitárselo de encima en varias ocasiones. Pretendía así joderla por no haberse acostado con él y encima, cobrar del seguro. Ella fue absuelta por falta de pruebas y a él no le pasó absolutamente nada. ¿Eliminamos también la ley sobre hurtos y robos? Porque hay gente que denuncia en falso...

Hay que derogar el código penal, porque hay denuncias falsas de absolutamente todos los delitos contra las personas y el patrimonio, pero ahora la moda es atacar a las mujeres y la ley de violencia de género, aprobada por UNANIMIDAD y que por cierto ES CONSTITUCIONAL, y no porque lo diga yo, porque lo dice el Tribunal Constitucional en dos sentencias, 59/2008 y 82/2008, y en mi opinión los magistrados del TC saben un poquito más de derecho que los youtubers y los mazaos del gimnasio, un poquito más solo. Y al amigo de los mazaos, diles por favor que si encuentran (por un milagro) novia le den mi pésame porque es lamentable compartir tu vida con personas que desconfían tanto de tu género. https://elpais.com/diario/2008/05/31/opinion/1212184805_850215.html
 
Me pregunto por qué insisten en ponerle género a los casos que cuentan.
Un progenitor le pone una falsa denuncia a otro, o un progenitor no le quiere pasar cuota alimentaria a otro.
Qué importa si es hombre, mujer o indefinido? es una persona cometiendo un delito.
Que se la juzgue por persona cometiendo delito, no por mujer ni por hombre ni por indefinido.
Y quien necesite defensa que tenga justicia sin importar su género. Ni más ni menos.
Entonces, la pregunta sería ¿por que una persona tiene que aguantar que otra le grite, maltrate, difame?
Porque hay una violencia específica, en el ámbito de la pareja, de hombres a mujeres por el hecho de ser mujeres. Diferenciada. Aquí y en otros países. Yo las incluiría todas en el apartado de feminicidio. Dentro de la pareja, a prost*tutas, a chicas desconocidas que van por la calle, a tu subordinada en el trabajo, agresiones y asesinatos porque son mujeres.
Quien necesita defensa la tiene sin que importe su género.
 
Pero qué barbaridades estás diciendo. Verás, yo soy abogada matrimonialista. Cuando he representado a hombres, en la inmesa mayoría de los casos que piden la custodia compartida sabes por qué es? para pagar una pensión de alimentos menor. Muchos incluso la piden pensando que así no tienen que pagar ninguna pensión, ni ningún gasto y cuando les dices que no, que el colegio, la ropa, los libros, las exursiones, y todos los gastos habituales se siguen prorrateando al 50%, la inmensa mayoría cambian de idea. También he visto casos de hombres, padres, que me traen nóminas falseadas, en las que cobran bastante menos, para que a la hora de calcular la pensión el importe sea mucho más bajo. Eso por no hablar de los que, directamente, una vez hay medidas cautelares o incluso sentencia, no pagan un duro. O si quieres, hablamos de mujeres que han dejado su actividad profesional para criar a los hijos y luego se han separado y sus exparejas opinan que quedarse en la casa familiar, en el 100% de los casos con la custodia de los hijos porque el padre ni siquiera la solicita, es vivir de gorra.
Decir que por montar un numerito en el juzgado te dan la custodia es no tener ni put* idea de lo que se habla, porque en la mayoría de los casos, la custodia es para la madre, ya que en la práctica son muy pocos los hombres que piden la compartida. Y por último, me flipa eso de que "por unas voces altas de más ya te pueden denunciar". No sé, ¿por qué tiene una mujer que aguantar que nadie le grite?
Barbaridades ninguna
Hablo de mi experiencia que lo he vivido
Perdonar si sale alguna palabra mal escrita que desde el mvl me cambia las palabras
 
La defensora de hombres maltratados por la Ley de Violencia de Género
/ 11 Junio, 2016 - 00:00
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Yobana Carril ha centrado su actividad profesional en defender a los hombres damnificados por la Ley de Violencia de Género. Su labor –abogada de Familia y penalista- le ha valido las críticas y amenazas por parte de las feministas, que incluso le han deseado que su hija acabe muerta por la paliza de un maltratador. A pesar de tener en contra a políticos, jueces, fiscales o medios de comunicación, Carril mantiene su empeño en luchar por la igualdad. Ha creado una página en Facebook, que ya cuenta con más de 70.000 miembros, para que aquellos que hayan entrado en conflicto con la legislación no se sientan solos, un punto de encuentro para hombres maltratados por la ley.

-Una mujer que sólo defiende casos de hombres damnificados por la Ley de Violencia de Género...
Lamentablemente en este país defender a un hombre requiere de una especialidad muy, muy concreta. No se requiere la misma preparación para defender a un hombre o a una mujer. Tomé la decisión de que debía defender siempre la misma cosa.

-¿Qué preparación distinta hay que tener para defender a un varón? ¿No basta con la carrera de Derecho?

En este país una vez que hay un divorcio, la madre no tiene que demostrar que es una buena madre, de facto tiene la custodia exclusiva. El hombre, sin embargo, tiene que demostrar que es un buen padre, independientemente de que lo haya sido durante todo el matrimonio. Con la mujer no es necesario, no hay una mujer que pida una custodia sin tenerla de facto. Los hombres están ciertamente indefensos en este tipo de procedimientos. No se valora del mismo modo la figura de una madre que de un padre.
Puede haber alguien que no entienda que una mujer defienda este tipo de casos...

Yo soy una defensora de la igualdad, y si hay una ley que bajo la bandera de la discriminación positiva pone a un sector de la población en una posición más precaria que la de una mujer, estamos ante el mismo caso que sufrían las mujeres hace 100 años. Si no me parecía justo que las mujeres sufrieran lo que sufrieron, no ha de parecerme justo lo que sufren ahora los hombres y los padres. Y sobre todo porque los perjudicados de esta ley principalmente son los niños.

-¿Qué le hizo dar el paso para defender a lo que usted considera hombres maltratados por la Ley de Violencia de Género?
Estaba en la sala de un juzgado defendiendo a un hombre al que habían acusado de violencia de género. Veo la copia de la denuncia de una señora que decía que su marido le pegaba a ella y a su hijo, que era mayor de edad. Cuando llego a conocer al señor me encuentro con un hombre de 72 años con la camisa ensangrentada, la cara reventada, a una señora con una cara desafiante y al ‘niño’, con 42 años y que le sacaba dos cabezas al padre y veinte o treinta kilos. Se celebró el juicio que fue como un teatro y estuvieron a punto de amonestarme por decir que debía de valorarse en igualdad de condiciones al hombre y a la mujer, y que el herido era el hombre. Le dije a la juez que todo había sido totalmente injusto. La juez me dio la razón y me dijo: ‘estoy de acuerdo contigo pero la ley es la ley y yo no me la voy a jugar’.

-Su discurso contraviene directamente al impuesto por la ideología de género.

Tengo una hija y un hijo mayores de edad. Muy mala madre sería y muy mala abogada si yo no quisiese el mismo futuro para mi hijo que para mi hija.

-Las feministas no tienen que estar muy contentas con su labor ¿Ha recibido amenazas?

Además de amenazarme a mí, de increparme, me han denunciado. Incluso me han dicho que ojalá a mi hija uno de los ‘maltratadores’ que defiendo, ya dando por hecho que todos los hombres maltratan, le reviente las piernas.
-¿No entienden que una mujer defienda los derechos de un hombre?

Estas asociaciones sustentan su mensaje en que la mujer es más débil y debe ser protegida. Yo soy madre, he trabajado toda mi vida. No me considero más débil que un hombre. ¿Lo achacan a que son más fuertes? ¿Por qué no crean entonces una ley de fuertes contra débiles?

-¿Puede acometer su labor normalmente? ¿Le ponen piedras en el camino?

Sí. Defender a un hombre, en esta tesitura, requiere el doble de horas porque absolutamente todo ha de acreditarse. Peleas con señoras que dicen que tienen miedo y lloran desconsoladamente y a la salida del juicio te las encuentras haciéndose fotos.

-¿Hay alguien detrás de estas mujeres? Es difícil creer que se inventen algo tan grave como un maltrato...

Es vox pópuli. Hay miles de páginas web donde te dicen los beneficios que obtienes si denuncias por violencia de género. Y el boca a boca. Hace poco una señora denunció en Las Palmas y fue a asuntos sociales y la recomendación que se le dio fue: ‘’como no te divorcies y digas que tu marido te pega, que entonces tienes el RAI –Renta de Ayuda a la Inserción-, no hay ayudas para ti’’. Se ha desmantelado en Andalucía una red que se dedicaba a instar a mujeres a interponer denuncias falsas a cambio de dinero. Y con todo esto que nadie piense que digo que no hay mujeres maltratadas, porque claro que las hay. Pero también hay hombres maltratados, y niños, y ancianos, pero sólo las mujeres tienen una ley específica.

-¿Cómo puede ser entonces que el dato de denuncias falsas ofrecido sea tan ínfimo?
Tal y como se computan los datos, sí, sólo son un 0,006%. Si archivan la causa, porque no se ha demostrado nada, no cuenta. Si te absuelven pero no promueves una denuncia por denuncia falsa o el fiscal no lo hace, porque las instrucciones son de no hacerlo para no desalentar a las mujeres maltratadas, no computa.

-¿Es un dato falso?

Se sesga la realidad.

-Se refiere principalmente a los hombres pero, ¿hay también mujeres maltratadas por la ley?

Hay miles de abuelas que no pueden ver a sus nietos, miles de hombres hundidos económica y emocionalmente, por lo que hunden toda la economía familiar defendiéndose de denuncias. Las madres, las parejas de estos hombres son los que muchas veces ayudan al acusado a pagar pensiones, a pagar abogados, porque esta persona acaba esquilmada económicamente.

-¿Qué tipo de casos llegan a sus manos?

Cuando vienen a mí lo hacen porque les acaban de denunciar por violencia de género, o porque quieren modificar las medidas que tienen impuestas, como por ejemplo que no se les deja ver a sus hijos o porque tienen que pagar una pensión a la que no pueden hacer frente. También vienen padres cuyas mujeres se han llevado a sus hijos a cientos o miles de kilómetros y hace años que no los ven. Hay muchísimos casos.

-Uno de los pilares fundamentales que defienden es la custodia compartida.
Cuando un matrimonio o una pareja convive está ejerciendo la custodia compartida. Cuando se divorcian no tiene por qué cambiar, simplemente ha de modificarse el modelo. En caso de no poder tener custodia compartida porque no sea viable, no tienen por qué dársela a la madre, que hagan una valoración sin tapujos y sin ser sexistas y se la den al más idóneo.

-¿El mayor perjudicado de esta ley es el niño?

Hay miles de niños en España que se pasan meses y años sin tener contacto con sus padres, ni con sus abuelos paternos, ni con sus primos… Hay miles de niños aleccionados. He presenciado un caso en el que un niño decía ‘’yo quiero estar con mi mamá’’. -‘’¿No decías que querías estar con tu papá?’’. -‘’Sí, pero es que mi madre me va a comprar una tablet’’. Esto sucede.

-¿Cuál ha sido el caso más terrible que ha llevado?

Un padre que tuvo una hija y cuando tenía dos meses su madre se la llevó sin avisar a 350 kilómetros de distancia. Estuvo sin saber de ella ocho meses y cuando supo de ella se enteró de que tenía una parálisis cerebral. La madre, en lugar de buscar los mejores médicos, lo primero que hizo fue solicitar una ayuda por la minusvalía de la pequeña y cobrar una pensión. Y teniendo el padre los medios económicos para proporcionarle una sanidad privada, que ofrece lo que lamentablemente –por los recortes- la sanidad pública no puede, no se le deja ayudar a su hija porque si consigue la custodia, la madre perdería la pensión. Fue brutal. Llegaron incluso a darme ciertos saludos cariñosos desde el juzgado donde se llevó esto por mi empeño en decir que un padre y una madre tienen los mismos derechos.

-¿Recibe alguna felicitación de alguna autoridad judicial por ‘lo bajini’?

Sí, pero también toques de atención.

-Cuántas veces le habrán llamado machista...

Muchas, y si fuera hombre me hubieran tirado una piedra a la cabeza.

-¿Cuántos casos han pasado por sus manos? ¿Con qué éxito?
Muchísimos. En los últimos años, desde que sólo me dedico a esto, cientos. Con una elevada tasa de éxito, no porque sea una magnífica abogada, es porque esto necesita un esfuerzo tan grande... De horas, anímico, pelearse cada día contra un muro, y aun así recibiendo amenazas.

-¿Cómo se puede arreglar? ¿Qué hay que hacer con esta ley?

En principio hay que derogarla. Necesitamos una ley contra la violencia, no de género, sino contra la violencia. Hay que hacer un gran esfuerzo por educar en que todos somos iguales. Recuerdo que una fiscal en un caso de una mujer en paro con tres hijos pidió la custodia para la madre y pedía una cifra astronómica en concepto de pensión para el padre. ‘’Ella no puede trabajar porque está dedicada a sus hijos’’, me dijo. En ese momento yo le respondí que jamás había escuchado a un representante del Ministerio Público hacer un comentario tan machista. ¿Es esto promover la igualdad? A las hijas de este hombre les estamos enseñando que las mamás sirven para cuidar niños.

-Ciudadanos, por ejemplo, intentó promover la equiparación de penas por violencia doméstica y se le echó todo el mundo encima. Al final, terminaron por recular...

Yo he hablado con gente de Ciudadanos. Fue un error de enfoque. No puedes soltar eso cuando a la sociedad durante años se le ha enseñado que si dices cualquier cosa en contra del maltrato, ya eres un maltratador. El mensaje ha sido negligente, deberían de haber sabido que España es el país que es, que desde hace años decir algo sobre una mujer es tabú. Hay toda una estructura detrás montada: ONG subvencionadas, observatorios de la mujer, concejalías dedicadas a la mujer… No se puede hacer el cambio de la sociedad de manera atropellada, hay que educar.

-¿Qué parte de responsabilidad tienen los medios de comunicación?
Cuando un hombre mata a dos niños, durante semanas vemos en los telediarios cómo se habla de violencia de género, ‘hay que acabar con esta lacra’, ‘este señor es un degenerado’… Cuando hace unos meses una señora tiraba a sus hijos por el balcón, no sólo se le dedicó diez minutos así como por encima, sino que además se dijo ‘pobre señora, seguro que tenía alguna enfermedad mental’.

-¿Cuál es la función con la que ha creado la página ‘Hombres maltratados por la Ley de Violencia de Género'?

Me di cuenta de que muchos hombres llegaban desesperados a mi despacho, creyendo que su caso era único, se veían muy solos. Hasta que esto les ha pasado creían en la Justicia, que todos eran iguales, hombres y mujeres. Decidí crear el grupo para que estuvieran informados, porque muchos no sabían qué hacer o a dónde ir. También para que no sintiesen el peso de estar solos al vivir una situación como esta. Una especie de punto de encuentro.

Leer más... https://gaceta.es/entrevistas/defensora-los-hombres-maltratados-ley-violencia-genero-11062016-2143/
 
Pero qué barbaridades estás diciendo. Verás, yo soy abogada matrimonialista. Cuando he representado a hombres, en la inmesa mayoría de los casos que piden la custodia compartida sabes por qué es? para pagar una pensión de alimentos menor. Muchos incluso la piden pensando que así no tienen que pagar ninguna pensión, ni ningún gasto y cuando les dices que no, que el colegio, la ropa, los libros, las exursiones, y todos los gastos habituales se siguen prorrateando al 50%, la inmensa mayoría cambian de idea. También he visto casos de hombres, padres, que me traen nóminas falseadas, en las que cobran bastante menos, para que a la hora de calcular la pensión el importe sea mucho más bajo. Eso por no hablar de los que, directamente, una vez hay medidas cautelares o incluso sentencia, no pagan un duro. O si quieres, hablamos de mujeres que han dejado su actividad profesional para criar a los hijos y luego se han separado y sus exparejas opinan que quedarse en la casa familiar, en el 100% de los casos con la custodia de los hijos porque el padre ni siquiera la solicita, es vivir de gorra.
Decir que por montar un numerito en el juzgado te dan la custodia es no tener ni put* idea de lo que se habla, porque en la mayoría de los casos, la custodia es para la madre, ya que en la práctica son muy pocos los hombres que piden la compartida. Y por último, me flipa eso de que "por unas voces altas de más ya te pueden denunciar". No sé, ¿por qué tiene una mujer que aguantar que nadie le grite?

Como abogada matrimonialista, debes explicar que los gastos comunes se pagan igualmente sin custodia al 50%, lo que ocurre con la compartida es que no se abona pensión de alimentos y, por supuesto, no es lo mismo. Me extraña que, en el siglo XXI un hombre no quiera la custodia compartida, incluso los más egoístas y ruines, para evitar abonar una pensión de alimentos. Lo de traer "nóminas falsas" a un abogado, es de chiste, puesto que, como abogada matrimonialista que eres, sabrás que en asuntos de este cariz se suele requerir al Juzgado investigación patrimonial, renta, cotización, bienes, etc. Es decir, me resulta risible que alguien lleve nóminas "falsas" para evitar pagar una pensión de alimentos, a un letrado. Existir mujeres que han dejado su actividad profesional... bueno, en realidad, nadie las obliga (salvo que me demuestres lo contrario), te puedo creer...en esos caso, lo lógico es solicitar una pensión compensatoria al marido que sigue trabajando. En la práctica que vivo yo, casi todos los hombres solicitan la compartida. Viviré en un mundo paralelo. Estoy de acuerdo con lo que dices, una mujer no tiene que aguantar que nadie le grite, pero, ad sensu contrario, un hombre tampoco tiene que aguantarlo ¿no?. Y, la Ley de este hilo, traspuesta al Código Penal, castiga asimétricamente ese mismo hecho, le parece a usted correcto??
 
Como abogada matrimonialista, debes explicar que los gastos comunes se pagan igualmente sin custodia al 50%, lo que ocurre con la compartida es que no se abona pensión de alimentos y, por supuesto, no es lo mismo. Me extraña que, en el siglo XXI un hombre no quiera la custodia compartida, incluso los más egoístas y ruines, para evitar abonar una pensión de alimentos. Lo de traer "nóminas falsas" a un abogado, es de chiste, puesto que, como abogada matrimonialista que eres, sabrás que en asuntos de este cariz se suele requerir al Juzgado investigación patrimonial, renta, cotización, bienes, etc. Es decir, me resulta risible que alguien lleve nóminas "falsas" para evitar pagar una pensión de alimentos, a un letrado. Existir mujeres que han dejado su actividad profesional... bueno, en realidad, nadie las obliga (salvo que me demuestres lo contrario), te puedo creer...en esos caso, lo lógico es solicitar una pensión compensatoria al marido que sigue trabajando. En la práctica que vivo yo, casi todos los hombres solicitan la compartida. Viviré en un mundo paralelo. Estoy de acuerdo con lo que dices, una mujer no tiene que aguantar que nadie le grite, pero, ad sensu contrario, un hombre tampoco tiene que aguantarlo ¿no?. Y, la Ley de este hilo, traspuesta al Código Penal, castiga asimétricamente ese mismo hecho, le parece a usted correcto??
Claro que antes de un juicio hay bailes de cifras.
Existen padres que no quieren la custodia compartida,que a raíz del.divorcio su nómina se reduce en un 30 % o más,cara al.juicio por la pensión.
Que pierden o renuncian a pulses,incentivos y además alegan que por culpa de el divorcio han perdido su cargo.
Una vez con la sentencia firme..
Oh milagro progresivamente recuperan el sueldo y la capacidad de trabajar.
Claro que los hay.
 
Hay que derogar el código penal, porque hay denuncias falsas de absolutamente todos los delitos contra las personas y el patrimonio, pero ahora la moda es atacar a las mujeres y la ley de violencia de género, aprobada por UNANIMIDAD y que por cierto ES CONSTITUCIONAL, y no porque lo diga yo, porque lo dice el Tribunal Constitucional en dos sentencias, 59/2008 y 82/2008, y en mi opinión los magistrados del TC saben un poquito más de derecho que los youtubers y los mazaos del gimnasio, un poquito más solo. Y al amigo de los mazaos, diles por favor que si encuentran (por un milagro) novia le den mi pésame porque es lamentable compartir tu vida con personas que desconfían tanto de tu género. https://elpais.com/diario/2008/05/31/opinion/1212184805_850215.html
No es un problema de denuncias falsas. O no está bien planteado. No sé que "moda" de atacar mujeres refiere usted, lo que se ataca es una Ley, no a las mujeres (no es lo mismo, no). Por supuesto que hay denuncias falsas en delitos contra el patrimonio. Ahora bien, convendrá conmigo que no se destinan fondos europeos, subvenciones multimillonarias a asociaciones, no existen concejalías sobre delitos de patrimonio o consejerías especializadas, ¿le parece a usted bien que, sin denuncia, sin siquiera un trámite judicial, a una persona se le considere maltratada para percibir ayudas?, ¿no cree usted que, al mismo tiempo, si se le considera maltratada tiene que haber un maltratador? Pues eso dicta la Ley Andaluza de Género, sin necesidad de denuncia, ni de maltratador, ya existe maltratada, lo de la presunción de inocencia, si acaso, la dejamos para otros países más avanzados. Sabe usted que, en España, SOLO en España, existe esa asimetría penal. Sabe usted que, sólo en España, existen Juzgados ESPECIALES de violencia a la mujer, que no existen en otras partes del mundo.

Para no hacerme muy pesado lea mi post anterior en este hilo sobre la constitucionalidad de la Ley, derecho penal de autor y principio de culpabilidad, no tardará mucho rato en comprender. Los magistrados del TC han mostrado estupor (parece ser), ante la última Sentencia del TS sobre el artículo 153.1 del CP que castiga la violencia de género. No digo más.
 
Claro que antes de un juicio hay bailes de cifras.
Existen padres que no quieren la custodia compartida,que a raíz del.divorcio su nómina se reduce en un 30 % o más,cara al.juicio por la pensión.
Que pierden o renuncian a pulses,incentivos y además alegan que por culpa de el divorcio han perdido su cargo.
Una vez con la sentencia firme..
Oh milagro progresivamente recuperan el sueldo y la capacidad de trabajar.
Claro que los hay.

Es que en el mundo jurídico, hay de todo como en botica, aún así me niego a generalizar. Cada asunto, como comprenderá, es un mundo.
 
Porque hay una violencia específica, en el ámbito de la pareja, de hombres a mujeres por el hecho de ser mujeres. Diferenciada. Aquí y en otros países. Yo las incluiría todas en el apartado de feminicidio. Dentro de la pareja, a prost*tutas, a chicas desconocidas que van por la calle, a tu subordinada en el trabajo, agresiones y asesinatos porque son mujeres.
Quien necesita defensa la tiene sin que importe su género.
No, no la tiene.
Ya lo dije muchos mensajes atrás: cambia la palabra "mujer" por gay, trans, negro, discapacitado, musulmán y tienes el mismo resultado: desigualdad.
Si un miembro de una familia, es abusador, ya sea con su pareja, con sus hijos, con el personal que le trabaja: castigo.
Si un empleador es violento, castigo.
Sea quien sea el abusador y el abusado, no importa el género.
Porque si en una pareja de hombres gay uno le pega al otro entonces no se considera abuso, porque ninguno de los dos es mujer?? claro, son dos mariquitas peléandose a los que seguramente ni les toman las denuncias por eso, por mariquitas. Hablemos de desigualdad, si? Y mejor no mencionemos a los trans, a los que se les ríen en la cara. O a los negros. O a los latinos, los musulmanes.
Si un empleador maltrata psicológicamente o físicamente a un empleado hombre entonces no es violencia, porque no es una mujer?
Es violencia y merece el mismo castigo sea quien sea la víctima.
Ley pareja para todos, porque si a mí, por ser mujer, me tomaran más en serio que a cualquiera de los otros colectivos que son víctima de abuso, me daría mucha, mucha verguenza.
 
Como abogada matrimonialista, debes explicar que los gastos comunes se pagan igualmente sin custodia al 50%, lo que ocurre con la compartida es que no se abona pensión de alimentos y, por supuesto, no es lo mismo. Me extraña que, en el siglo XXI un hombre no quiera la custodia compartida, incluso los más egoístas y ruines, para evitar abonar una pensión de alimentos. Lo de traer "nóminas falsas" a un abogado, es de chiste, puesto que, como abogada matrimonialista que eres, sabrás que en asuntos de este cariz se suele requerir al Juzgado investigación patrimonial, renta, cotización, bienes, etc. Es decir, me resulta risible que alguien lleve nóminas "falsas" para evitar pagar una pensión de alimentos, a un letrado. Existir mujeres que han dejado su actividad profesional... bueno, en realidad, nadie las obliga (salvo que me demuestres lo contrario), te puedo creer...en esos caso, lo lógico es solicitar una pensión compensatoria al marido que sigue trabajando. En la práctica que vivo yo, casi todos los hombres solicitan la compartida. Viviré en un mundo paralelo. Estoy de acuerdo con lo que dices, una mujer no tiene que aguantar que nadie le grite, pero, ad sensu contrario, un hombre tampoco tiene que aguantarlo ¿no?. Y, la Ley de este hilo, traspuesta al Código Penal, castiga asimétricamente ese mismo hecho, le parece a usted correcto??

Pues no te extrañe, son muchos los que no quieren la custodia compartida, porque sacando cuentas, no les sale rentable. En el último caso que he tenido, con juicio la semana pasada, el padre finalmente renunció a la custodia compartida porque le costaba más caro pagarle a una canguro que llevase y recogiese a los niños del colegio mientras él trabajaba que lo que tenía que pasar de pensión de alimentos. En el caso de las madres, en muchos casos ellas ya tienen jornada reducida; padres, aún no he visto ninguno con jornada reducida o dispuesto a reducírsela. En cuanto a lo de las nominas falsas, te sorprenderías. Por supuesto, en algunos casos se pide una investigación patrimonial, por supuesto, pero en otros, como te ha contestado @Toisona podrías alucinar con la ingenieria financiera que se gastan algunos: nóminas que pasan a tener un variable del 20% al 40%, incentivos que desaparecen por arte de magia... y sí, las traen sin ningún pudor, no es la primera vez que me encuentro con que el exmarido ha presentado una nómina de 1200 euros al juzgado (real, es lo que le están pagando) y su exmujer me dice que dos o tres meses antes cobraba más de 2000. Efectivamente, nadie obliga a las mujeres a dejar su actividad profesional, es un acuerdo al que llega la pareja, pero me parece muy rastrero que después, cuando esa pareja se rompe, el hombre acuse a la mujer de haber vivido a su costa y querer vivir de gorra. O sea, ¿mientras que estabas casado y tenías tu casa limpia, a tus hijos atendidos, la compra hecha y tu ropa planchada, te parecía bien que tu mujer no trabajase, pero una vez separado tienes la jeta de decir que ha vivido a tu costa? En fin, eso dice más de quien lo piensa de lo que parece. Y con respecto a lo único que dices, todavía no conozco ni un caso de una mujer que, aprovechando su condición de mujer, profiera malos tratos a un hombre por el hecho de ser hombre.
 
No, no la tiene.
Ya lo dije muchos mensajes atrás: cambia la palabra "mujer" por gay, trans, negro, discapacitado, musulmán y tienes el mismo resultado: desigualdad.
Si un miembro de una familia, es abusador, ya sea con su pareja, con sus hijos, con el personal que le trabaja: castigo.
Si un empleador es violento, castigo.
Sea quien sea el abusador y el abusado, no importa el género.
Porque si en una pareja de hombres gay uno le pega al otro entonces no se considera abuso, porque ninguno de los dos es mujer?? claro, son dos mariquitas peléandose a los que seguramente ni les toman las denuncias por eso, por mariquitas. Hablemos de desigualdad, si? Y mejor no mencionemos a los trans, a los que se les ríen en la cara. O a los negros. O a los latinos, los musulmanes.
Si un empleador maltrata psicológicamente o físicamente a un empleado hombre entonces no es violencia, porque no es una mujer?
Es violencia y merece el mismo castigo sea quien sea la víctima.
Ley pareja para todos, porque si a mí, por ser mujer, me tomaran más en serio que a cualquiera de los otros colectivos que son víctima de abuso, me daría mucha, mucha verguenza.

Hablas como si los delitos que no se encuadran en la LVG no se denunciasen, ni se juzgasen, ni se condenasen. Por supuesto que si un miembro de la familia abusa de otro, se castiga. Por supuesto que si en una pareja de gays hay agresión se castiga. Por supuesto que si un empleador maltrata a un empleado se castiga. Y hay agravantes. No tiene el mismo castigo que un contable, por ejemplo, agreda a otro contable, que que el agresor sea el jefe de contabilidad. No tiene el mismo castigo que te atraquen dándote un tirón del bolso, que que te atraquen apuntandote con una pistola. Y por supuesto, no tiene el mismo castigo que te dé una paliza tu prima de Albacete, que que te la dé tu pareja o tu expareja. Porque siguiendo tu razonamiento, un niño de seis años que roba un bolso debería ir a la cárcel, de la misma manera que va un adulto de treinta.
 
Al hilo de los comentarios de esta juez feminista, os pongo unas reflexiones que se le "olvidan" casualmente, a la miembro de la asociación de "mujeres juezas", (otro día hablamos de esta asociación que tiene su miga), para que tengáis más datos sobre los que reflexionar:

La LIVG y su trasposición al Código Penal, sí criminalizan al hombre. El más habitual de los delitos mal denominados de "género", está recogido en el artículo 153 del citado Código:

1. El que por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo psíquico o una lesión de menor gravedad de las previstas en el apartado 2 del artículo 147, o golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, cuando la ofendida sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficios de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el juez o tribunal lo estime adecuado al interés del menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección, inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años.
2. Si la víctima del delito previsto en el apartado anterior fuere alguna de las personas a que se refiere el artículo 173.2, exceptuadas las personas contempladas en el apartado anterior de este artículo, el autor será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección, inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento de seis meses a tres años
3. Las penas previstas en los apartados 1 y 2 se impondrán en su mitad superior cuando el delito se perpetre en presencia de menores, o utilizando armas, o tenga lugar en el domicilio común o en el domicilio de la víctima, o se realice quebrantando una pena de las contempladas en el artículo 48 de este Código o una medida cautelar o de seguridad de la misma naturaleza.


El apartado 1, castiga la violencia de género que sólo puede ser realizada por el varón a su esposa o pareja. El apartado 2, castiga la violencia doméstica. Como observará hay mayor penalidad en el apartado 1 que en el 2. Es decir, por unos mismos HECHOS, se castiga más gravemente al varón que a la mujer. Como, obviamente, es atentatorio contra la igualdad (artículo 14 CE), el TC dictó varias sentencias salvando la constitucionalidad del precepto (señalando, entre otras perlas, que esa mayor pena responde a que la sociedad es machista, pero obviando la propia Exposición de Motivos de la LIVG). Ahora vamos a un ejemplo común que ha salido a la palestra estos días: Una pareja riñe mutuamente, la mujer agrede al marido primero con una patada y un puñetazo; el marido, después, le da un bofetón a ella. Resultado: seis meses de prisión para él, tres para ella. El Tribunal Supremo, señala, además, que en esa agresión no se prueba el machismo o que el marido intente someter a la mujer, pero que tal y como está establecido en el Código Penal, ese machismo es objetivo, es decir, es intrínseco del hombre porque así lo ha plasmado el legislador. En resumen, el mero hecho de ser varón (seas o no seas machista), te convierte en un ser peligroso y, por tanto, merece mayor penalidad, con independencia que de los hechos se pueda probar que no existe machismo alguno, puesto que, per se, con independencia del hecho en sí, eres "peligroso" (aunque no lo seas y consigas probarlo, eso da igual). Con esta Sentencia, los Juzgados de lo Penal, ya no pueden como hacían habitualmente, evitar la discriminación o asimetría de penas, cuándo no se probaba ni existía intencionalidad "machista". Es decir, el mero hecho de nacer varón, te convierte, eureka, en un ser potencialmente peligroso (aunque seas un santo).

El tema no es baladí, puesto que, como observas, el mero hecho de ser varón te convierte para el legislador en potencialmente peligroso, y ante unos MISMOS HECHOS, responde con mayor gravedad el varón que la mujer. Eso, como he explicado antes, se denomina en la dogmática penal, derecho penal de autor (procedente de la Escuela de Kiel) y, era, desgraciadamente, aplicado por los nazis, con grupos conforme a su pertenencia a etnias o razas para imponerles mayor pena por iguales hechos, puesto que, explicaban, eran más peligrosos socialmente. Esto pasa en España (en ningún país avanzado existe).

Y, luego viene el famoso Convenio de Estambul, ratificado por España en 2014, como instrumento normativo para luchar contra delitos contra las mujeres y en el ámbito doméstico. Pues resulta, que en ese convenio, la discriminación que hace el Código Penal español no aparece por lado alguno; es decir, se condena por hechos, no por autor (como debería ser). Por tanto, claro que se criminaliza al varón. Eso, además, de existir unos Juzgados Especiales (Juzgados contra la violencia a la mujer), que su solo nombre ya es discriminatorio (imaginemos un Juzgado de Violencia hacía el hombre blanco de raza aria por hechos cometidos por otras razas)….No existe en ningún país occidental tal tropelía de juzgados especiales, prohibidos desde la época de los tribunales del pueblo alemán nazi para someter a judíos, gitanos o negros.

A efectos prácticos: Una denuncia de un hombre por el MISMO HECHO a una mujer, no supone (dada la pena), la detención, sin embargo, la denuncia de una mujer a un hombre por el MISMO HECHO, le supone la detención y el inmediato calabozo. Parece una tontería, pero no le deseo a nadie una visita de 24 o 48 horas en el calabozo (aunque luego se archive la denuncia). En los misteriosos protocolos del CNP tiene orden directa de ante una denuncia de viogen, detener al varón y mandarlo al calabozo. Es una costumbre ya. Los policías te explican, por ejemplo, ante la inutilidad y la pena del calabozo, que tienen "órdenes" de sus superiores. Cualquier abogado del turno te podrá comentar casos sangrantes.

Respecto al tema de las denuncias falsas: Como dijo Goebbels, una mentira repetida un millón de veces acaba siendo verdad. Y, es lo que está ocurriendo en la sociedad español. Como aportas datos de la FGE (Fiscalía General del Estado), vamos a partir del último año: Más de 160.000 denuncias por violencia de género. De éstas, han acabado en condena un porcentaje menor al 19,8%. De ellas, casi un 70% por conformidad (sin juicio). Y, ¿Qué ha ocurrido con el resto, es decir, el 80% de las 160.000? Pues bien, aquí, pueden ocurrir varias cosas, bien que la denunciante no declare, que no existen indicios de delito, que los hechos no sean constitutivos de delito, etc. Cuándo esto ocurre, se archiva PROVISIONALMENTE. Lo pongo en mayúsculas puesto que es un dato importante. El artículo 456 del CP regula el delito de denuncia falsa. En el apartado 2 del artículo 456, establece que: No podrá procederse contra el denunciante o acusador sino tras sentencia firme o auto también firme, de sobreseimiento o archivo del Juez o Tribunal que haya conocido de la infracción imputada. Estos mandarán proceder de oficio contra el denunciante o acusador siempre que de la causa principal resulten indicios bastantes de la falsedad de la imputación, sin perjuicio de que el hecho pueda también perseguirse previa denuncia del ofendido. Como ves, para proceder contra alguien por denuncia falsa, es necesario el ARCHIVO DEFINITIVO, por lo cual, ninguna de esas 128.000 denuncias que no acaba en Sentencia, puede ser perseguida por denuncia falsa, aunque en la propia denuncia se relaten hechos tan inverosímiles como que la pareja la había agredido, cuándo se demuestra que estaba a más de mil kilómetros de distancia. Es decir, al final, la denuncia falsa que es objeto de condena, sale de las sentencias (de ese porcentaje del 20% del total de denuncias), y, más allá, de las que no son en conformidad (un 35%). Por tanto, el porcentaje con el que se "manipula" a la gente no es referido al total de las denuncias, sino de los archivos definitivos o sentencias. Y, claro, el concepto denuncia falsa, debe abarcar todos aquellas denuncias (128.000), que no se pueden perseguir y, sin embargo, son más falsas que las monedas de Judas. Como comprobarás se puede manipular a la gente de muchas maneras.

La violación o el asesinato de mujeres no siempre es "violencia de género", sólo lo es cuándo sea la pareja o hubiera sido pareja. No confundamos. El horrible asesinato de Laura Luelmo, por ejemplo, no es violencia de género penalmente hablando, pues no era pareja ni lo había sido, del monstruo asesino. España, por cierto, no respeta el propio Convenio de Estambul (tan defendido por las neofeministas), puesto que, ni siquiera, se han parado a leerlo.


¿Qué es la violencia de género?

Se trata de una violencia que afecta a las mujeres por el mero hecho de serlo. Constituye un atentado contra la integridad, la dignidad y la libertad de las mujeres, independentemente del ámbito en el que se produzca.

Se entiende por violencia de género cualquier acto violento o agresión, basados en una situación de desigualdad en el marco de un sistema de relaciones de dominación de los hombres sobre las mujeres que tenga o pueda tener como consecuencia un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas de tales actos y la coacción o privación arbitraria de la libertad, tanto si ocurren en el ámbito público como en la vida familiar o personal. (Ley 11/2007, del 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género).

El concepto "violencia de género" da nombre a un problema, que incluso hace poco, formaba parte de la vida personal de las personas; era considerado un asunto de familia que no debía trascender de puertas para fuera y, por lo tanto, en el que no se debía intervenir. Entender la violencia como un asunto personal refuerza a las mujeres a una situación de subordinación respeto del hombre e implica asumir las relaciones de poder históricamente desiguales entre ambos y a través de las cuales se legitima al hombre a mantener su status-quo de la dominación incluso a través de la violencia. Esta percepción contribuye a que las mujeres no denuncien su situación por miedo, vergüenza o culpabilidad.

La discriminación de las mujeres y la violencia de género (como la manifestación más brutal de las desigualdades entre hombres y mujeres) es un problema que traspasa fronteras y que está presente en la mayor parte de los países del mundo con la particularidad de que las vivencias del maltrato son enormemente parecidas en todos los lugares y culturas.

Debe recordarse que la violencia es una estrategia de relación aprendida, no es innata. Si esto fuera así, todas las personas serían violentas o todas las personas ejercerían la violencia de la misma manera y en el mismo grado; sin embargo, no siempre la empleamos en nuestras relaciones: hablamos, negociamos, pactamos, tratamos de comprender el punto de vista de la otra persona y finalmente llegamos a un acuerdo, aunque no obtengamos el que en principio queríamos.

Los maltratadores son selectivos en el ejercicio de la violencia, lo que demuestra que son capaces de controlarse en cualquier otra situación.

Si te sientes identificada con alguna de las siguientes manifestaciones, estás siendo víctima de maltrato
Sean cuáles sean las formas en que se manifiesta el maltrato, siempre busca un mismo objetivo: erosionar la autoestima de la mujer con fin de que el agresor aumente su grado de poder y control sobre ella.

Hay muchas formas de violencia contra las mujeres, aquí acercamos algunas indicaciones para poder identificarlas.

Violencia física
Incluye cualquier acto de fuerza contra el cuerpo de la mujer, con resultado o riesgo de producir lesión física o daño: golpes, quemaduras, pellizcos, tirones de pelo, picadas, empujones, lanzamiento de objetos, uso de armas, intentos de estrangulamiento, intentos de asesinato, intentos de provocar abortos...

El maltrato físico es el más evidente y el más fácil de demostrar; aun así, no es preciso que se requiera atención médica o que tenga efectos visibles en el cuerpo. Es muy probable que empiece con un simple golpe o bofetada.

Violencia psicológica
Incluye toda conducta, verbal o no verbal, que produzca en la mujer desvalorización o sufrimiento: insultos (expresiones como: estás loca, eres una histérica, ignorante, atrasada, fea); menosprecios (expresiones como: no sirves para nada, no eres capaz de hacer nada bien, mala madre, si no fuera por mí donde irías?..); intimidaciones / amenazas (expresiones como: te voy a matar, vete/vete de la casa, te voy a quitar los/las niños/niñas, te voy a hundir..); abuso de autoridad ( como por ejemplo: registra tus cosas, revisa tu correo, preguntas cosas como “con quién estuviste hoy?”, llegaste 10 minutos tarde…); falta de respeto (no respeta tus necesidades, sentimientos, opiniones, deseos y manipula lo que dices, destruye objetos de especial valor para ti, ignora tu presencia, te desautoriza delante de los niños/niñas..); exige obediencia (no quiere que la mujer trabaje fuera de la casa, no quiere que estudie, quiere que se vista cómo él quiere, le controla el tiempo, le pregunta "a que hora llegas?", le dice “quita esa ropa y te viste cómo Dios manda”…); utilización de las hijas e hijos (amenaza con quitarle las/los menores, los amenaza y los maltrata, le obliga a que se desnude, culpabiliza constantemente a la madre); castigar con el silencio e incomunicación (el silencio reiterado pode llegar a herir tanto como las palabras); culpabilizar a la mujer de todo lo que ocurre en la casa de modo que al final ella piensa que es la culpable de todas las situaciones de tensión; mostrar celos (acusar constantemente de ser infiel y coquetear con otros hombres, impedir relaciones con amigos/as y familiares, aislar la mujer de todo su entorno...).

El maltrato psíquico es el más difícil de detectar, dado que sus manifestaciones pueden adquirir gran sutileza; no obstante, su persistencia en el tiempo deteriora gravemente la estabilidad emocional, destruyendo la autoestima y la personalidad de la mujer.

Violencia sexual y abusos sexuales
Incluyen cualquier acto de naturaleza sexual forzada por el agresor o no consentida por la mujer, y que abarcan la imposición, mediante la fuerza o con intimidación, de relaciones sexuales no consentidas, y el abuso sexual, con independencia de que el agresor guarde o no relación conjugal, de pareja, afectiva o de parentesco con la víctima.

Acoso sexual
Incluye aquellas conductas consistentes en la solicitud de favores de naturaleza sexual, para sí o para una tercera persona, en las que el sujeto activo se valle de una situación de superioridad laboral, docente o análoga, con el anuncio expreso o tácito a la mujer de causarle un mal relacionado con las expectativas que la víctima tenga en el ámbito de la dicha relación, o bajo la promesa de una recompensa o de un premio en el ámbito de esta.

El tráfico de mujeres y niñas con fines de explotación
Incluye la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, especialmente de mujeres y niñas, que son sus principales víctimas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, o rapto, o fraude, o engaño, o abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostit*ción ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas similares. Independentemente de la relación que una a la víctima con el agresor y el medio empleado.

Violencia económica
Incluye la privación intencionada, y no justificada legalmente, de recursos para el bienestar físico o psicológico de la mujer y de sus hijas e hijos o la discriminación en la disposición de los recursos compartidos en el ámbito de la convivencia de pareja.

El maltratador considera que la mujer es incompetente y que no administra bien o gasta el dinero en cosas innecesarias, por lo que no puede tomar decisiones sobre el destino del gasto.

Diferentes conceptos
Cualquier tipo de violencia se fundamenta en una relación de poder dónde alguien trata de dominar a la otra persona por la fuerza, contra su voluntad; trata de obligarla a que haga lo que no desea, a que se ruegue y reconozca su inferioridad y dependencia con respecto a quien ejerce la violencia. En todos los casos de violencia las víctimas pasan por un gran sufrimiento y todas ellas requieren cuidado y atención, y todas las personas agresoras son dignas de su correspondiente sanción penal; no obstante, cada tipo de violencia tiene sus peculiaridades. Pretender que toda violencia es igual impide que la violencia de género sea comprendida adecuadamente y pueda ser combatida eficazmente.

  • Violencia: uso intencional de la fuerza física o poder contra un/una mismo/a, hacia otra persona, grupo o comunidad y que tiene como consecuencia probables lesiones físicas, daños psicológicos, alteraciones del desarrollo, abandono e incluso muerte.
  • Violencia de género: dirigida a las mujeres por el mero hecho de serlo, es decir, por considerar que el s*x* femenino es inferior y debe continuar en una posición de subordinación con respeto al masculino.
  • Violencia familiar: infrinjida por personas de en medio familiar y dirijida, generalmente, a las personas más vulnerables del mismo: niños, niñas, personas ancianas, personas discapacitadas...
  • Violencia doméstica: dirigida a la persona o personas que convivan juntas. No es necesario que existan lazos familiares.
Como repercute el maltrato en la salud de la mujer que la sufre

Cuando frente a los repetitivos episodios de violencia, y considerando que la situación no va a cambiar, la mujer adopta una actitud pasiva por miedo y para evitar que se produzca una nueva agresión, incluso mayor, hacia ella o hacia sus seres queridos, estamos ante el "síndrome de la mujer maltratada".

La experiencia de maltrato provoca un alto nivel de ansiedad, alteraciones psicosomáticas; sentimientos depresivos, disfunciones sexuales, conductas aditivas, dificultades en sus relaciones personales.

Enrique Echeburúa y Paz del Corral equiparan los efectos que una mujer maltratada puede sufrir al "trastorno de estrés postraumático", cuyos síntomas y características, sin duda, aparecen en algunas de estas mujeres:

Síntomas de reexperimentación de la situación vivida
Evitación persistente de síntomas asociados con el trauma y limitación afectiva.
Síntomas persistentes del aumento de la activación fisiológica: dificultades para conciliar el sueño, irritabilidad,dificultades para concentrarse, etc.

Angustia por percepción de amenaza real para la propia vida, pánico ante la anticipación de la presencia del maltratador, imágenes y recuerdos indesexadas así como pesadillas, hiperactivación fisiológica sensación de estar controlada y vigilada constantemente, miedo a dejar de ser objeto de amor, miedo a equivocarse, a sufrir y hacer sufrir, etc…

Depresión por percepción de culpabilidad, por evocar esa situación de maltrato, ante el daño que pueda generar su estado anímico al bienestar de los hijos/hijas. Autocastigo, tristeza, dolor, pena, rabia, desesperanza, fatiga, baja autoestima, baja autoimagen, desmotivación, inseguridad, vergüenza, sentimiento de inferioridad y miedo al castigo que puede proporcionar la sociedad.

Como prevenir la violencia de género
Educar a los niños y niñas, desde las edades más tempranas, en una cultura centrada en la resolución pacífica de conflictos, fomentar la empatía y desarrollar una autoestima equilibrada, son principios que favorecen la desaparición de los perjuicios de género que se dan ya desde la escuela.

Eliminar al máximo los estereotipos transmitidos por la cultura patriarcal; por lo tanto, enseñar a ‘ser persona’ en lugar de enseñar a "ser hombre" o a "ser mujer" y así desterrar mitos como que la agresividad es un rasgo masculino, o por el contrario, la sumisión, el silencio, la obediencia… son rasgos femeninos, son objetivos de la coeducación.

Además, se debe:

  • Evitar todo menosprecio hacia aquellos chicos u hombres que no se adaptan al modelo de masculinidad dominante.
  • Evitar todo menosprecio hacia aquellas chicas o mujeres que no se acomodan al modelo de feminidad dominante.
  • Enseñarles a los niños y a los hombres a incorporar en sus vidas las vivencias y expresión de los propios sentimientos y emociones que enriquecen sus relaciones personales y así favorecer la resolución de conflictos sin recurrir a comportamientos violentos, por medio del diálogo, el acuerdo, la negociación…
  • Desarrollar una buena autoestima que capacite a niñas y niños para adoptar una actitud resuelta ante la venida y sus desafíos, asumir responsabilidades y enfrentarse con seguridad a los problemas.
Por que a tantas mujeres le resulta difícil salir de una situación de violencia de género
El maltrato es un proceso cíclico que se inicia poco a poco, como un goteo de pequeños episodios que parecen insignificantes pero que no lo son.

El ciclo comienza con una primera fase de Acumulación de la tensión (agresiones verbales y psíquicas) en la que la víctima va percibiendo como el agresor va volviéndose más susceptible, respondiendo con más agresividad y encontrando motivos de conflicto en cada situación.

Una segunda fase supone el Estallido de la tensión, en la que la violencia se vuelve más virulenta, dando cabida a la agresión física.

En la tercera fase, denominada Luna de Miel o Arrepentimento, el agresor pide disculpas a la víctima, y trata de mostrar su arrepentimento. Esta fase se va reduciendo con el tiempo, siendo cada vez más breve hasta desaparecer.

Este ciclo, en el que al castigo (agresión) le sigue el episodio de arrepentimento ("no volverá a ocurrir", "todo cambiará"...) alimenta la ilusión del cambio. Esto pode ayudar a explicar la continuidad de la relación por parte de la mujer en los primeros momentos de la misma. Al mismo tiempo que el agresor muestra su arrepentimento, puede ocurrir que simultaneamente excuse su conducta culpabilizando a la víctima (si tu no hubieras hecho ... yo no lo haría ) de modo que la mujer acaba dudando de cualquier cosa que hace o piensa; en definitiva, acaba dudando de ella misma.

Recuerda que...
Estás siendo víctima de maltrato, tú no eres responsable.
El uso de la violencia nunca está justificado.
Estas agresiones se repetirán y se agravarán con el tiempo.
No estás sola. Puedes contar con la ayuda de especialistas.

No es verdad que...
  • A las mujeres le gusta el abuso sino marcharían.
  • El maltrato a las mujeres es algo raro y aislado.
  • Sucede en familias de bajos ingresos y etnias.
  • No hay manera de romper con las relaciones abusivas.
  • Hombres adictos a las drogas, parados, con estrés en el trabajo… son violentos como efecto de su situación personal.
  • La violencia dentro de la casa es un asunto de la familia que no debe de salir del entorno.
  • Cuando una mujer dice ‘no’ quiere decir ‘sí’.
  • Los hombres son de naturaleza violenta.
  • El hombre maltrata porque es un enfermo o un loco.
  • Maltratan porque pierden el control.
  • Los hombres maltratadores lo hacen por consecuencia de haber sufrido malos tratos en la infancia.
  • Tratamiento para la recuperación de las vitimas
Es habitual que hasta que la mujer tome la decisión definitiva de salir de una relación violenta, pase por un período de reflexión e incluso manifieste varios intentos. Durante este proceso quizás ya solicite ayuda terapéutica, o no.

A partir de su decisión de romper con la situación de violencia, el apoyo psicológico se centrará en varios aspectos, partiendo siempre de una valoración previa de las necesidades y demandas particulares de cada mujer. Determinadas cuáles son las secuelas concretas producto de la situación vivida, se evaluará su dimensión y se graduará para establecer una orden para el tratamiento.

Algunas de las intervenciones más habituales y básicas para su recuperación son:
  • Información sobre la violencia de género, causas, origen, mitos, etc.
  • Reducción de la activación y de la ansiedad en las formas en que se manifieste (insomnio, agorafobia, crisis de pánico, etc).
  • Fomento de la autonomía, tanto a nivel psicológico, a través de un cambio de ideas distorsionadas sobre ella misma y el mundo, como a nivel social, económico, etc, orientándola en la búsqueda de empleo, recuperando apoyos sociales y familiares...
Consejos ante una situación de maltrato
Recuerda que ninguna mujer debe permanecer en una relación en la que no se sienta respetada como persona ni se le reconozca como igual.

Puedes buscar ayuda en los Centros de Información a las Mujeres y asociaciones especializadas que te informarán y apoyarán en las actuaciones que debes llevar a cabo.

Si aún no tomaste la decisión de salir de la situación de violencia o si ya lo decidiste pero aún convives con el agresor, conviene que sigas algunos consejos para reducir el peligro de posibles agresiones y para actuar en caso de que se produzca un nuevo episodio violento.

Plan de seguridad
Cuando se produzca o creas que se pode producir una nueva agresión:

  • Evita estar en lugares en los que el agresor pueda acceder a objetos peligrosos, como la cocina.
  • Permanece en una habitación fuera del alcance del agresor y próxima a la puerta de la calle con el fin de facilitarte la salida del domicilio.
  • Refúgiate con tus hijas e hijos en la casa de un vecino/a.
  • Cierra todas las entradas si el agresor salió del lugar.
  • Inventa un lenguaje de signos o señales que te permita comunicarles a tus hijos/las el momento en el que deben salir del domicilio familiar y acudir a la casa de un vecino o vecina donde puedan refugiarse y pedir ayuda.
  • Pon en conocimiento de algún vecino/a de tu confianza tu situación y pídele que llame a la policía en el momento en que oiga cualquier suceso violento en el domicilio familiar.
  • Piensa en el domicilio de alguna persona amiga o familiar donde refugiarte hasta que no exista riesgo y puedas regresar a tu domicilio. Si no cuentas con ninguna persona que pueda ayudarte, localiza con anterioridade la dirección y el teléfono de los servicios de atención a mujeres víctimas de violencia de género donde podrás pedir ayuda y un alojamiento de urgencia. Teléfono de información a las mujeres: 900-400-273.
  • Enséñales a tus hijos/as a marcar el teléfono de urgencias (112) donde podrás solicitar la ayuda de la policía, guardia civil, servicios médicos de urgencias...
Tiene siempre a mano:

  • Documento Nacional de Identidad (tarjeta de residencia o pasaporte si eres extranjera).
  • Un juego de llaves de reserva del domicilio y del coche.
  • Un juego de ropa para ti y tus hijos e hijas.
  • Carta o tarjetas sanitarias.
  • Agenda de teléfonos en la que debes incluir todos los teléfonos de amistades o familiares que puedan apoyarte así como los números de teléfonos de Centros de Información a las Mujeres o asociaciones a las que puedes llamar solicitando ayuda.
  • Contrato de compra-venta o arrendamiento de la vivienda.
  • Libro de familia.
  • Denuncias e informes médicos de agresiones anteriores.
  • Cuaderno, talonario y/o tarjetas bancarias.
  • Documentos que acrediten los ingresos y los gastos familiares.
Ten en cuenta que es conveniente que cuentes con una cantidad de dinero que te permita hacer frente a los gastos tuyos y de tus hijos/as hasta que haya, si es el caso, una resolución judicial que fije una aportación económica por parte de tu pareja. A ser posible ten una pequeña cantidad de dinero ahorrada.
Si tu teléfono graba los últimos números marcados, cuando realices alguna llamada pidiendo información o ayuda en relación con la situación de maltrato, tiene la precaución de marcar posteriormente un número de teléfono que no infunda sospechas al agresor, lo de amistades o familiares, para evitar que el agresor descubra el número al que realmente llamaste.

Actuaciones cuando se produce una agresión
Además de seguir las medidas del plan de seguridad, si sufres una agresión es necesario que realices algunas actuaciones que serán de gran utilidad en los procedimientos judiciales, penales o civiles, que inicies con posterioridad. La mayoría de estas actuaciones tienden a que quede probada la realidad de la agresión y otras tienen como finalidad tu protección.

Llama a la policía (091) o a la guardia civil (062), da tu nombre y la dirección donde te encuentras y solicita ayuda. Mientras llega la patrulla es conveniente que sigas rigorosamente sus indicaciones. Es posible que la policía o la guardia civil procedan a la detención del agresor, trasladándolo a la comisaría.
Se puedes, avisa a algún vecino/a o familiar que pueda presenciar y posteriormente declarar como testigo en el procedimiento judicial sobre:

  • Tu estado físico (golpes, heridas, erosións, inchazones, etc.)
  • Tu estado anímico (miedo, angustia, etc.) luego de la agresión.
  • La situación física y anímica de los hijos y/o hijas.
  • Los daños producidos en la vivienda, las ropas, sábanas...
  • La actitud del agresor.
Recoge y guarda toda la documentación personal, tuya y de tus hijos e hijas (DNI, tarjeta de residencia o pasaporte, libro de familia, carta o tarjetas de la Seguridad Social, cuaderno, talonario o tarjeta bancaria...), así como aquella que va a resultar útil en los procedimientos judiciales (documentos acreditativos de los ingresos y de los gastos familiares: nóminas, justificantes de pago de horas extras, recibos del alquiler, facturas de electricidad, teléfono, seguro médico, pediatras, farmacia, supermercado, gastos de escolaridad de los hijos y de las hijas y actividades extraescolares; documentos acreditativos de agresiones anteriores: denuncias, informes médicos, sentencias...). Conserva todos los justificantes de los gastos que se produzcan como consecuencia de la agresión (gastos médicos, farmacéuticos, desplazamientos...). Toda esta documentación la necesitarás para acreditar los daños económicos que la agresión supuso y reclamar su importe al agresor.
Si se produjeron lesiones físicas, además de las anteriores actuaciones, es conveniente que sigas los siguientes consejos:

Acude a un centro médico-sanitario. El parte médico de urgencias será remitido al Juzgado de Guardia. Es conveniente que expliques con precisión todas y cada una de las lesiones sufridas, si también te forzó a mantener relaciones sexuales y si tienes señales de agresiones anteriores.
Toma fotografías de las lesiones. Ten en cuenta que es posible que pasen días hasta que seas citada por el juzgado para que el/la médico/a forense examine las lesiones sufridas y para entonces estas pueden desaparecer totalmente. Será de gran ayuda que puedas acercar fotografías en las que se puedan observar las lesiones tal y como eran en los días ya posteriores a la agresión.
Acude al/ la médico/a de familia, pon en su conocimiento los hechos sucedidos para que pueda realizar un seguimento de las lesiones. No olvides que estas últimas son tanto las físicas como las psíquicas.
Guarda copia de todas las recetas e informes médicos, es muy importante que tengas en tu poder documentos médicos acreditativos de todas las consultas y asistencias médicas que necesites para curar tus lesiones.
Si fuiste obligada a mantener relaciones sexuales no te laves y acude al servicio de urgencias o de ginecología del hospital, y explícales de que manera ocurrieron los hechos sin avergonzarte a de nada.

Si tras la ruptura sigues siendo acosada:
Puede suceder que tras decidir romper la relación, el agresor se resista a perder el control sobre ti: persiguiéndote, vigilándote, llamándote constantemente, atemorizándote, molestando a familiares y amigos, desprestigiándote laboralmente, amenazándote con suicidarse o hacer daño a un ser querido... Todos estos actos que afectan a tu vida social, laboral y personal, son indicadores de una posible acción violenta.

Ante esta situación:

  • Denuncia la situación.
  • Evita cualquier contacto con él.
  • No aceptes nunca un encuentro a solas.
  • Evita estar sola.
Como se acredita una situación de violencia de género
Para los efectos de la Ley 11/2007, gallega para prevención y tratamiento integral de la violencia de género, la situación de violencia se acreditará por cualquiera de las siguientes formas:

  • Certificación de la orden de protección o de la medida cautelar, o testimonio o copia autenticada por la secretaria o secretario judicial de la propia orden de protección o de la medida cautelar.
  • Sentencia de cualquier orden jurisdiccional que declare que la mujer sufrió violencia en cualquiera de las modalidades definidas en esta ley.
  • Certificación y/o informe de los servicios sociales y/o sanitarios de la Administración publica autonómica o local.
  • Certificación de los servicios de acogida de la Administración publica autonómica o local.
  • Informe del ministerio fiscal que indique la existencia de indicios de violencia.
  • Informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social.
  • Cualquier otra que se establezca regulamentariamente.
http://igualdade.xunta.gal/es/content/que-es-la-violencia-de-genero
 
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