Alfonso Grau.
El número dos de Rita Barberá será juzgado por el 'caso Nóos'
- La Audiencia de Baleares envía del vuelta al banquillo de los acusados al vicealclade de Valencia, Alfonso Grau
- El Tribunal revoca la resolución del juez Castro e incluye a Grau entre los procesados, acusado de los delitos de malversación, fraude, tráfico de influencias y falsedad en documento oficial
- Castro dejó fuera a Grau esgrimiendo que la fundación que presidía el imputado "había venido funcionando, siempre, como entidad privada, sin oposición de ninguno de los grupos municipales"
02 de Marzo del 2015 a las 17:08
La Audiencia Provincial de Baleares ha acordado enviar a juicio al vicealcalde de Valencia, Alfonso Grau, tras estimar el recurso de apelación que interpusieron los concejales socialistas en el Ayuntamiento de Valencia contra el auto con el que el juez José Castro excluyó al alto cargo del PP de entre los acusados que se sentarán en el banquillo por el 'caso Nóos'.
El tribunal de la Sección Segunda revoca por tanto la resolución de Castro e incluye a Grau entre los procesados, al considerarle autor de presuntos delitos de malversación, fraude a la administración, tráfico de influencias y falsedad en documento oficial. La Audiencia insta a Castro a que dé un plazo de 20 días hábiles a Grau para que presente su escrito de defensa.
En un auto de nueve páginas, la Sala se muestra tajante con la actuación de Grau en relación con el papel que habría desplegado en las negociaciones de los convenios que fueron suscritos en 2004, 2005 y 2006 para la celebración de los denominados Valencia Summit, por cuya organización el Instituto Nóos percibió 3,6 millones de euros, a pesar de que para ello únicamente empleó 910.600 euros.
De hecho, apunta al vicealcalde como el "impulsor de la concertación" entre la Fundación Turismo Valencia Convention Bureau (FTVCB) y Ciudad de las Artes y las Ciencias (Cacsa) -entidades que rubricaron los acuerdos-, y "participó en la misma tanto de modo activo como por omisión, pese a ostentar una posición de garante de los fondos públicos que manejaba la FVCB".
La Audiencia rebate asimismo los argumentos esgrimidos por Castro cuando el pasado 22 de diciembre excluyó a Grau del auto de apertura de juicio oral, con los que aseveraba que la fundación que presidía el imputado "había venido funcionando, siempre, como entidad privada, sin oposición de ninguno de los grupos municipales", y que la iniciativa de la gestión de los Valencia Summit "la ostentó Cacsa".
Frente a esto, el tribunal señala que el hecho de que materialmente la FTVCB como otras entidades similares funcionaran como entidad privada y que así lo haya manifestado a su vez el Tribunal de Cuentas, "no otorga carta de naturaleza a que las contrataciones realizadas sin sometimiento a las normas de contratación de la Administración estuvieran bien realizadas, ni que suponga una causa de exculpación"-
"Esta situación no torna en válidas tales contrataciones", incide la Sala, que recalca además que "no constituye argumento jurídico suficiente y excluyente que ningún grupo municipal se opusiera o no a tal proceder, máximo cuando constan mociones posteriores a 2005 requiriendo que la FTVCB actuara como ente público".
Los magistrados afirma asimismo no encontrar datos que apuntan a que la iniciativa del proyecto deportivo lo llevara Cacsa -como defendía el propio Grau-, sino "más al contrario", como tampoco, añade, se puede concluir que, "de cualquier manera, los acuerdos eran adoptados por la Junta de Patronos de la FTVCB con libertad de criterio".