Rocío: contar la verdad para seguir viva | Montealto | En el nombre de Rocío

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"En el nombre de Rocío"​

17 de junio, 2022 a las 22:00 horas.​


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'Rocío. Contar la verdad para seguir viva' | 'Montealto: regreso a casa'​


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Domingo 21 de marzo, a partir de las 22:00 horas.







Rocío Carrasco romperá su silencio 25 años después y he pensando que sobre esto se hablará mucho mucho, así que necesitaba un hilo. ¿Que pensais primas? ¿Cuanto le habrán pagado? Yo la verdad es que tengo mucho hype por ver qué cuenta.
 
Última edición por un moderador:
Se comprende mejor con el párrafo completo:

También ha de hacerse referencia al informe mental llevado a cabo por los médicos forenses concluye con que " no pueden determinar la causa fundamental que ha provocado el trastorno que sufre la perjudicada ya que desde que se producen los hechos relatados por la paciente hasta que se realiza el primer diagnóstico de la enfermedad transcurren varios años" y esa indeterminación ya sería bastante para conducir a estimar la inexistencia de probanza de la relación directa de la conducta del investigado con la patología de la denunciante y ello aunque también se indique en el informe referido que puede existir una relación de causalidad "entre la agravación de la sintomatología que presenta y los hechos denunciados" lo que no puede tal conclusión es conducir a determinar que el investigado, como exige el tipo penal de las lesiones dolosas que se propugna y pretende aplicar por la denunciante utilice a sus hijos y a los medios de comunicación de forma deliberada y premeditada para infligir un daño psicológico a la denunciante, y que exista la correlación e intención directa necesaria entre su conducta intencionada y resultado dañoso para la perjudicada previsto y deseado por el denunciado, máxime cuando, como se señala en el informe del Ministerio Fiscal la denunciante no solo cuenta como factor desfavorable en su vida el de la actitud de su ex marido sino la falta de relación con sus hijos, con otros miembros de su familia, o dificultades laborales...
Acabas de mostrar cómo cambia el sentido de un párrafo solo, o en un contexto.
Las pruebas que se supone que ha mostrado RC son todo textos fuera de contexto.
Pero a mucha gente les ha convencido. Inaudito pero cierto.
 
He citado el caso de Samuel porque estaba hablando a otra forera sobre el tema de la palabra "paliza". Si no entras en ese tema, pues la cosa no tendrá sentido para ti. claro.

Sobre las medidas impuestas poco puedo decir, salvo que no acabo de fiarme cuando lo mencionais ya que los no expertos en derecho podemos observar que distintos jueces establecen distintas medidas y que, en el tema de menores, cada ciertos años se nos señala incluso a algún juez como ejemplar por sus curiosas medidas que dicen resultar muy efectivas.

Además, ten en cuenta que las rociístas creemos a RC cuando dice que siempre intentó proteger a sus hijos en el pasado. Que el episodio del cuchillo que aparece y desaparece ocurrió de verdad pero que, en este y otros episodios que pudieran afectar gravemente a la sentencia o a las medidas impuestas, ella ocultaba ciertas cosas para arropar a su hija. Del mismo modo, puede tener solo un informe médico (el conocido) o tener más. En el informe conocido no se si aparecen daños en el rostro. sin embargo pueden apreciarse en la foto de una visita al hospital que hicieron RC y Fidel (gracias a la amable prima que me la mostró, no recuerdo quién fue). En todo caso, el informe que hay no es la clave, sino la sentencia que fue condenatoria con ese informe y otras pruebas.

Ya que te tengo ahora a mano. prima, lo que si me gustaría es entender por qué narices hay este empeño en los medios en hacer pasar por Violencia Vicaria un caso en el que no la hay, no se corresponde.
¿Qué interés puede haber detrás de esto?
Me gustaría conocer tu opinión.
Mencionas un caso de homicidio/asesinato cuando estás hablando de una sentencia por maltrato. Tiene todo el sentido del mundo, máxime si añadimos que mencionas algo que la sentencia considera expresamente no acreditado
Es evidente que RC está ejerciendo violencia vicaria sobre sus hijos y, en el caso de su hija, parece que está teniendo éxito a tenor de tu mensaje que cito
 
Pues si habla se equivocara.
Mejor denunciar y dejar pasar el tema.
Si lo hace habrá quien la creerá y quien no , quien la criticara y quien la ensalzara, quien la insultara y quien la defenderá
Igual que le ha pasado a su madre
Este juego de la tele, es dinero rápido pero tiene consecuencia nefastas.

Claro... Pero hasta la que nadie pensaba se sentaría a hablar, se ha sentado.. X DINERO... Pero está chica es muy joven y aún se equivocará mucho.. Y LO HARÁ... Y pienso igual que tu: NO TENDRÍA QUE HACERLO.. Tendria que ir a los juzgados que como la justicia le diera la razón,, menuda bofetada con guante blanco a su madre y flanerio en general.. .
 
En el auto de la audiencía,

En el auto de la audiencia provincial se indica que “como se señala en el informe del Ministerio Fiscal la denunciante no solo cuenta como factor desfavorable en su vida el de la actitud de su ex marido sino la falta de relación con sus hijos, con otros miembros de su familia, o dificultades laborales...”

Ninguna interpretación de RC o Corredera.

Enga

El auto de archivo?

Pues claro, que no hay indicios racionales y suficientes para apreciar delito de maltrato psicológico continuado Confirmado por el TS.


Interpretación de las C ( Concoñito y Carlotiña), los jueces no saben Derecho.


Y así todo...
 
No es demagogia facilona.
Es a ti a quien le toca entender que tu y otras primas no sois el juez que tuvo que valorar ese informe ni el médico que lo hizo y que es quien podría ilustrarnos sobre si el informe que hizo puede encajar con el relato de "la paliza" de RC.

Lo que sí sabemos es que el juez que recibió ese informe y que escucho a RC hizo una sentencia condenatoria contra RFlores por: maltrato continuado (tres años), maltrato, amenazas, injurias
Sentencia que ya NO tiene efecto alguno, cuyos antecedentes estarian cancelados sino fuera porque su madre paridora, que no amorosa, la ha publicitado a los cuatro vientos saltandose la ley
 
En el auto de la audiencía,

En el auto de la audiencia provincial se indica que “como se señala en el informe del Ministerio Fiscal la denunciante no solo cuenta como factor desfavorable en su vida el de la actitud de su ex marido sino la falta de relación con sus hijos, con otros miembros de su familia, o dificultades laborales...”

Ninguna interpretación de RC o Corredera.

Enga.

ET, guapa, que sabes que te aprecio mucho, pero lo que dice ahí es que no solo ha referido la actitud de AD, sino que ha alegado mil cosas más, de entre las cuales NO se puede saber que ha causado su estado. Más claro no puede ponerlo.

O sea, que la actitud de AD no es el único factor desfavorable.

Otra cosa no, pero aparte de licenciada en derecho, lo practico y ya no sé cuantas sentencias he podido leer en mi vida..., pero cada uno es libre de entender las cosas como quiera. Eso si, lo escrito es lo que es.
 
Mencionas un caso de homicidio/asesinato cuando estás hablando de una sentencia por maltrato. Tiene todo el sentido del mundo, máxime si añadimos que mencionas algo que la sentencia considera expresamente no acreditado
Es evidente que RC está ejerciendo violencia vicaria sobre sus hijos y, en el caso de su hija, parece que está teniendo éxito a tenor de tu mensaje que cito

Paciencia tienes pri.... Yo los saltos en el vacío argumentales los llevo muy malamente.
 
Se comprende mejor con el párrafo completo:

También ha de hacerse referencia al informe mental llevado a cabo por los médicos forenses concluye con que " no pueden determinar la causa fundamental que ha provocado el trastorno que sufre la perjudicada ya que desde que se producen los hechos relatados por la paciente hasta que se realiza el primer diagnóstico de la enfermedad transcurren varios años" y esa indeterminación ya sería bastante para conducir a estimar la inexistencia de probanza de la relación directa de la conducta del investigado con la patología de la denunciante y ello aunque también se indique en el informe referido que puede existir una relación de causalidad "entre la agravación de la sintomatología que presenta y los hechos denunciados" lo que no puede tal conclusión es conducir a determinar que el investigado, como exige el tipo penal de las lesiones dolosas que se propugna y pretende aplicar por la denunciante utilice a sus hijos y a los medios de comunicación de forma deliberada y premeditada para infligir un daño psicológico a la denunciante, y que exista la correlación e intención directa necesaria entre su conducta intencionada y resultado dañoso para la perjudicada previsto y deseado por el denunciado, máxime cuando, como se señala en el informe del Ministerio Fiscal la denunciante no solo cuenta como factor desfavorable en su vida el de la actitud de su ex marido sino la falta de relación con sus hijos, con otros miembros de su familia, o dificultades laborales...
Gracias!
 
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