Totalmente de acuerdo, un insulto a los españoles, otro más por parte de JCI
Tengo entendido que si es hereditario, de hecho en la concesión recalcó que el título era libre de impuestos en la transferencia, o sea que sí se transfiere y que no pagarán impuesto por ello,
Es cierto que hay algún título que se extingue al morir el titular, o como ellos lo llaman, el título vuelve a la corona que es quien lo concede, se de algún caso en el que nadie lo reclama (bien porque no hay herederos cercanos, bien porque el impuesto de sucesiones es tan alto que no pueden hacerse cargo, y tras un tiempo de creo un año o así sin reclamar el título se pierde/vuelve a la corona), solo recuerdo el caso de Salvador dali que solo acepto el título con la condición de que no fuera hereditario ya que entendía que las cosas había que ganárselo, me pareció muy honrado por su parte
Pero en general lo normal es que salvo que se indique lo contrario todo título sea hereditario, por ejemplo el del entrenador del bosque si es hereditario y de nueva creacion, el de Suárez que lo lleva su nieta ahora, el que le concedió a cela conde que lo lleva su hijo, etc...
Los títulos que vuelven a la corona son los que se conocen como títulos de la casa real, es decir los títulos que otorga el rey a sus familiares de forma vitalicia. Los ducados de las Infantas son títulos de la casa real. Al morir los titulares vuelven a la corona. El resto de títulos se diferencian entre hereditarios y vitalicios, los vitalicios desaparecen al morir el titular, los hereditarios caducan a los 40 años de la muerte de su último titular. Caducan es igual a desaparecen o dejan de existir. El rey puede otorgar un título caduco a otra persona y se considera como creación de un título nuevo. Una vez caducados no se pueden reclamar. Lo del año es el luto que se guarda por el fallecido antes de pedir el título. No es algo legal es una constumbre que actualmente está en desuso, hoy en día se pide la sucesión al mes más o menos.
Me extraña que no tengan que pagar los impuestos de sucesión por el señorío, por ley esta estipulado la cuantía que hay que pagar sin excepciones, varía según el rango y por si tiene grandeza de España o no.
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