Estrasburgo sentencia que no hubo un juicio justo para Otegi y sus compañeros de Bateragune

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Arnaldo Otegi

@ArnaldoOtegi





Mintieron, construyeron una acusación falsa, nos encarcelaron, cumplimos la condena... Nos encarcelaron por construir una estrategia pacífica.Hoy su gran mentira queda al descubierto. Nuestra sonrisa es más amplia y España queda retratada como lo que es: un Estado antidemocrático

10:07 - 6 nov. 2018




Cómo tergiversa lo que dicho el TEDH. El mismo día que ETA reconoce ser el causante de 754???? muertos y miles de atentados (eso lo dice ella misma). El tipo que militó, apoyó, no acusó, justificó y finalmente se autoproclamó "hombre de paz". Ah, ahora dice la misma ETA que el atentado de Hipercor fue un error, por aquello de no dañar las sensibilidades de los lazis nuevos (a los cuperos nunca ha tenido que justificarles nada, de la cuerda)


La realidad de la Sentencia del TEDH


Estrasburgo falla, en una sentencia no unánime, que la AN vulneró los derechos de Otegi en el juicio
NO HABRÁ MULTA PARA ESPAÑA NI OTRA COMPENSACIÓN PARA CINCO CONDENADOS POR EL CASO BATERAGUNE AL MARGEN DE ESTA DECISIÓN
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El exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi dice ahora que "España queda retratada como lo que es: un Estado antidemocrático"./ EP
INICIOTRIBUNALES

Confilegal | 06 Noviembre, 2018

El Tribunal de Derechos Humanos de la Unión Europea(TEDH) concluye, en una sentencia no unánime, que la Audiencia Nacional vulneró los derechos fundamentales del exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi en el juicio por el caso Bateragune, por el que fue condenado por un delito de pertenencia a la banda terrorista ETA y se le inhabilitó 10 años para ejercer cargos públicos.

La sentencia, dada a conocer hoy, dice que se ha producido una vulneración del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre Otegi, Jacinto García, Díez Usabiaga, Zabaleta Tellería y Rodríguez Torres, todos condenados en el citado procedimiento.





En concreto, por no atender la recusación por parcialidad que presentaron Otegi y esos cuatro dirigentes de la izquierda abertzale en 2011 contra la juez de la Audiencia Nacional Ángela Murillo.

El tribunal señala que “el recelo de los demandantes (hacia Murillo) podía considerarse objetivamente justificado”, teniendo en cuenta que dos meses antes el Tribunal Supremo había aceptado su recusación en otro caso.

Sin embargo, no habrá multa para España ni otra compensación para los cinco dirigentes al margen de esta decisión.


El caso, instado por la defensa de Otegi buscaba dilucidar si la actuación de la magistrada en el tribunal que le condenó por el ‘caso Bateragune’ vulneró sus derechos fundamentales. La defensa alegó que su imparcialidad estaba contaminada por el prejuicio mostrado en un juicio anterior contra él.

En concreto, decía que durante el juicio por el homenaje al cabecilla de ETA ‘Argala’, Murillo preguntó a Otegi si condenaba el terrorismo etarra y, ante su negativa a responder, la magistrada afirmó: “Ya sabía yo que no me iba a contestar esa pregunta”.


Otegi también denunciaba la presunta parcialidad del presidente del tribunal, Francisco Pérez de los Cobos, dada su militancia en el Partido Popular; y del magistrado Antonio Narváez, que fue el fiscal que impulsó la ilegalización de Batasuna.


El TEDH rechazó de plano estos argumentos, que tachó de “maliciosos” en primera instancia, admitiendo a trámite sólo la parte relativa a la Audiencia Nacional.
 
Estrasburgo sentencia que no hubo un juicio justo para Otegi y sus compañeros de Bateragune

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dictaminado que Arnaldo Otegi, Rafa Díez, Sonia Jacinto, Miren Zabaleta y Arkaitz Rodríguez no tuvieron un juicio imparcial y que se vulneró el artículo 6.1 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que establece el derecho a un juicio justo.

NAIZ|ESTRASBURGO|2018/11/06 09:50|0 iruzkin Eguneratua: 10:49
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Zabaleta, Otegi, Díez, Jacinto y Rodríguez en agosto pasado, cuando el ex secretario general de LAB salió de prisión. (Aritz LOIOLA/FOKU)

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha sentenciado por unanimidad que la Audiencia Nacional española vulneró el derecho a un juicio justo de Arnaldo Otegi, Rafa Díez, Sonia Jacinto, Miren Zabaleta y Arkaitz Rodríguez, que fueron condenados a entre seis y seis años y medio por el ‘caso Bateragune’.

Lo que se ventilaba en este recurso era si el juicio a Arnaldo Otegi y sus compañeros había sido «justo» o no, que es lo que supondría una violación del artículo 6.1 del Convenio Europeo, al que se atiene el Tribunal Europeo de Derechos Humanos: «Toda persona tiene derecho a que su causa sea oída equitativa, públicamente y dentro de un plazo razonable, por un tribunal independiente e imparcial, establecido por la ley...», comienza diciendo ese artículo.

La sentencia establece ahora que sí se violó el citado artículo.

Antecedentes en el juicio por ‘Gatza’, que tuvo que repetirse

Los antecedentes son conocidos. La presidencia del tribunal en el juicio celebrado en junio-julio de 2011 fue ejercida por Angela Murillo, que anteriormente había visto anulada por el Supremo una condena a Arnaldo Otegi (por un homenaje a Joxe Mari Sagardui ‘Gatza’, entonces preso) debido a su manifiesta parcialidad. En ese caso se produjo la circunstancia de que Otegi fue juzgado de nuevo y quedó absuelto, contrariamente a lo que hizo el tribunal de Murillo en primera instancia.

Los siete jueces destacan ese extremo y afirman que en aquel caso Murillo mostró una «falta de imparcialidad que contaminó» al resto de jueces del tribunal, lo que hizo que se tuviera que volver a repetir la vista oral.

En aquella vista de marzo de 2010 por el homenaje a Gatza, la jueza respondió con varios exabruptos al líder independentista juzgado («por mí como si toma vino», dijo cuando Otegi pidió agua) y en la fase final de la vista le preguntó si condenaba la violencia de ETA, lo que el Supremo entendió como la manifestación de un «prejuicio acerca de la culpabilidad», por lo que ordenó repetir el juicio. Con otro tribunal diferente, fue exculpado.

Pese a esa anulación en febrero de 2011, Murillo fue mantenida también como la presidenta del tribunal del ‘caso Bateragune’, donde ciertamente tuvo una actuación más moderada. Lógicamente la defensa de los acusados pidió antes de la vista su recusación y la de los otros dos jueces (Juan Francisco Martel y Teresa Palacios) de una terna que estaba muy marcada políticamente, pero la demanda fue rechazada. En consecuencia, Murillo, Martel y Palacios juzgaron el asunto en la Audiencia Nacional y dictaron las condenas iniciales, que ascendieron a diez años en el caso de Otegi (luego rebajada a seis y medio por el Supremo).

Estrasburgo toma en consideración que el mismo tribunal presidido por Murillo condenó a los cinco militantes de la izquierda abertzale por el ‘caso Bateragune’ y afirma que Otegi y sus compañeros habían justificado objetivamente sus temores sobre la falta de imparcialidad de esos magistrados.

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Cómo tergiversa lo que dicho el TEDH. El mismo día que ETA reconoce ser el causante de 754???? muertos y miles de atentados (eso lo dice ella misma). El tipo que militó, apoyó, no acusó, justificó y finalmente se autoproclamó "hombre de paz". Ah, ahora dice la misma ETA que el atentado de Hipercor fue un error, por aquello de no dañar las sensibilidades de los lazis nuevos (a los cuperos nunca ha tenido que justificarles nada, de la cuerda)


La realidad de la Sentencia del TEDH


Estrasburgo falla, en una sentencia no unánime, que la AN vulneró los derechos de Otegi en el juicio
NO HABRÁ MULTA PARA ESPAÑA NI OTRA COMPENSACIÓN PARA CINCO CONDENADOS POR EL CASO BATERAGUNE AL MARGEN DE ESTA DECISIÓN
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El exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi dice ahora que "España queda retratada como lo que es: un Estado antidemocrático"./ EP
INICIOTRIBUNALES

Confilegal | 06 Noviembre, 2018

El Tribunal de Derechos Humanos de la Unión Europea(TEDH) concluye, en una sentencia no unánime, que la Audiencia Nacional vulneró los derechos fundamentales del exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi en el juicio por el caso Bateragune, por el que fue condenado por un delito de pertenencia a la banda terrorista ETA y se le inhabilitó 10 años para ejercer cargos públicos.

La sentencia, dada a conocer hoy, dice que se ha producido una vulneración del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre Otegi, Jacinto García, Díez Usabiaga, Zabaleta Tellería y Rodríguez Torres, todos condenados en el citado procedimiento.





En concreto, por no atender la recusación por parcialidad que presentaron Otegi y esos cuatro dirigentes de la izquierda abertzale en 2011 contra la juez de la Audiencia Nacional Ángela Murillo.

El tribunal señala que “el recelo de los demandantes (hacia Murillo) podía considerarse objetivamente justificado”, teniendo en cuenta que dos meses antes el Tribunal Supremo había aceptado su recusación en otro caso.

Sin embargo, no habrá multa para España ni otra compensación para los cinco dirigentes al margen de esta decisión.


El caso, instado por la defensa de Otegi buscaba dilucidar si la actuación de la magistrada en el tribunal que le condenó por el ‘caso Bateragune’ vulneró sus derechos fundamentales. La defensa alegó que su imparcialidad estaba contaminada por el prejuicio mostrado en un juicio anterior contra él.

En concreto, decía que durante el juicio por el homenaje al cabecilla de ETA ‘Argala’, Murillo preguntó a Otegi si condenaba el terrorismo etarra y, ante su negativa a responder, la magistrada afirmó: “Ya sabía yo que no me iba a contestar esa pregunta”.


Otegi también denunciaba la presunta parcialidad del presidente del tribunal, Francisco Pérez de los Cobos, dada su militancia en el Partido Popular; y del magistrado Antonio Narváez, que fue el fiscal que impulsó la ilegalización de Batasuna.


El TEDH rechazó de plano estos argumentos, que tachó de “maliciosos” en primera instancia, admitiendo a trámite sólo la parte relativa a la Audiencia Nacional.

gracias, siempre lo mismo , tergiversando sentencias. Los mismos periodistas que después de quejan de que faltan comillas en una tesis.
 
Bueno, como minimo podra pedir una indemnizacion por los perjuicios ocasionados.

Que lo pagaran con dinero público. Yo lo que haría es que los jueces que han dictado la sentencia tendrían la misma pena que la que ellos han dictado. Pero claro mientras acuden a la Doctrina del Derecho pueden resolver lo que quieran, porque estarán a salvo.
 
gracias, siempre lo mismo , tergiversando sentencias. Los mismos periodistas que después de quejan de que faltan comillas en una tesis.

Pues si los periodistas de tribunales son escasitos, y dicen alguna cosa entendible, como lo interpreta el personal es de aurora boreal. Inhabilitación fue la condena a Otegui, y no hay ni multa para España ni compensación económica para el pollo y compañía. Eso sí la democracia y tal y pascual.
 
SENTENCIA DEL 'CASO BATERAGUBE'
Egibar: "Eran inocentes desde el primer momento;fue una venganza política"
EP - Martes, 6 de Noviembre de 2018 - Actualizado a las 11:02h

16 comentarios
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El portavoz del PNV, Joseba Egibar, en declaraciones a los medios (EFE)


El portavoz parlamentario del PNV y presidente del GBB, Joseba Egibar, ha asegurado este martes que los condenados por el 'caso Bateragune' "eran inocentes desde el primer momento" y que su caso fue "una venganza política impulsada por Rubalcaba", entonces ministro de Interior del Gobierno.


BILBAO. Egibar ha realizado estas declaraciones, en una entrevista a ETB 1, recogida por Europa Press, antes de conocer que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) haya dictaminado este martes que los procesados Arnaldo Otegi, Rafa Díez, Sonia Jacinto, Miren Zabaleta y Arkaitz Rodríguez no tuvieron un juicio imparcial y que se vulneró la Convención Europea de Derechos Humanos, que establece el derecho a un juicio justo.

"Fueron juzgados por un impulso político y han cumplido penas de cárcel. Si vamos a aquellos años, está claro que el PSOE hizo un intento de mantener contactos con ETA tras el atentado de la T4. Eso fracasó y llegó una especie de venganza política, impulsada por Rubalcaba, para procesarlos y que pagarán lo ocurrido", ha explicado.

En este sentido, el dirigente jeltzale ha asegurado que Otegi, Díez Usabiaga y el resto de condenados en el caso "estaban inmersos en el trabajo de convencer a ETA de que abandonara definitivamente la violencia".

"Finalmente eso ocurrió en muy poco tiempo, pero ellos sufrieron penas de cárcel. Esa es la auténtica verdad, lo que, en mi opinión, ocurrió. Para mí fueron inocentes desde el principio", ha destacado.
 
Pues si los periodistas de tribunales son escasitos, y dicen alguna cosa entendible, como lo interpreta el personal es de aurora boreal. Inhabilitación fue la condena a Otegui, y no hay ni multa para España ni compensación económica para el pollo y compañía. Eso sí la democracia y tal y pascual.


En la sentencia no se entra en la multa ni la compensación económica, pero en base a esa resolución puede solicitar esa compensación económica al gobierno de España y que por supuesto lo pagaríamos con dinero público, cuando lo debiera pagar la jueza Murillo.
 
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